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Documento BOE-A-2012-12826

Resolución de 27 de septiembre de 2012, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se deja sin efecto la protección nacional transitoria concedida a la Indicación Geográfica Protegida "Aceite de Jaén".

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 13 de octubre de 2012, páginas 73330 a 73331 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-12826

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden de 10 de diciembre de 2010, de la Consejera de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 20 de diciembre de 2010, se emitió decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Aceite de Jaén» en el Registro comunitario de denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, publicándose como anexo a la citada Orden el pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas.

La solicitud de registro de la citada IGP fue transmitida a la Comisión Europea con fecha 10 de marzo de 2011, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del citado Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de registro a la Comisión Europea, se podrá conceder a la indicación geográfica protegida de que se trate la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, cesando esa protección a partir de la fecha en la que la Comisión adopta una decisión sobre la inscripción en el Registro.

En consecuencia, la protección nacional transitoria resultó concedida mediante Resolución de 27 de mayo de 2011, de esta Dirección General, entonces de Industria y Mercados Alimentarios, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de junio de 2011, por la que se publica, a tales efectos, el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Aceite de Jaén».

No obstante, dicha protección nacional transitoria fue dejada en suspenso mediante Resolución de 19 de diciembre de 2011, de la misma Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios («BOE» 9-01-2012), dictada como consecuencia del auto de 28 de octubre de 2011, confirmado por el de 22 de noviembre de 2011, dictados por la Sección Primera-D de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 1317.9/2011, seguido en relación con la aquella decisión emitida por la Consejera de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía el 10 de diciembre de 2010, favorable a la inscripción de la IGP «Aceite de Jaén» en el registro comunitario.

Los autos mencionados acordaron la suspensión cautelar de la tramitación administrativa prevista para la referida inscripción en el registro comunitario, debiendo informar a la Comisión Europea de la existencia del citado recurso contencioso-administrativo y la suspensión cautelar dictada por el Tribunal, lo que fue puesto en conocimiento de la Comisión Europea por parte del entonces Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en fecha 12 de diciembre de 2011.

Finalmente, la autoridad competente de la Junta de Andalucía, en fecha 24 de julio de 2012, ha solicitado al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la retirada de la solicitud de registro de la IGP «Aceite de Jaén» a instancia de la agrupación solicitante.

En consecuencia, este Ministerio, con fecha de 24 de julio de 2012, ha dado traslado de dicha comunicación a la Comisión Europea, para que fuese retirado el expediente de solicitud de registro de la IGP «Aceite de Jaén», habiéndose recibido el 6 de septiembre de 2012 escrito de la Comisión comunicando al Ministerio que, habiendo tomado nota de la decisión de retirar la referida solicitud de registro, se confirma que el expediente está cerrado.

En su virtud, habiendo quedando sin contenido, tanto la concesión de la protección nacional transitoria como su suspensión, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas, esta Dirección General acuerda:

Dejar sin efecto la Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de junio de 2011, por la que se publica el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Aceite de Jaén», a efectos de la correspondiente protección nacional transitoria, así como la Resolución de 19 de diciembre de 2011, de la misma Dirección General («BOE» de 9 de enero de 2012), que la dejó en suspenso.

Madrid, 27 de septiembre de 2012.–El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando José Burgaz Moreno.

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