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Documento BOE-A-2012-12654

Real Decreto 1351/2012, de 21 de septiembre, por el que se indulta a doña Davinia Llamas López.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 10 de octubre de 2012, páginas 72331 a 72331 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-12654

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de doña Davinia Llamas López, condenada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Cádiz, en sentencia de 21 de septiembre de 2009, como autora de tres delitos de robo con violencia, un delito intentado de robo con violencia, un delito de hurto de uso de ciclomotor y una falta de lesiones, a la pena de dos años y un mes de prisión, por cada uno de los delitos de robo consumados; un año y un mes de prisión, por el delito de robo intentado, con inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas; seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, por el delito de hurto de uso y seis días de localización permanente a cumplir en centro penitenciario por la falta. En aplicación del artículo 76 del Código Penal, se fija como tiempo máximo de cumplimiento por todas las penas impuestas, la de seis años y tres meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2012,

Vengo en indultar a doña Davinia Llamas López un año y tres meses de las penas privativas de libertad impuestas a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 21 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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