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Documento BOE-A-2012-12372

Orden SSI/2098/2012, de 20 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación Jaime Alonso Abruña y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2012, páginas 70364 a 70365 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-12372

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Jaime Alonso Abruña resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Jaime Alonso Abruña.

Fines: El objeto fundacional de la Fundación, de interés general, será el apoyo y desarrollo de iniciativas y proyectos relacionados con la infancia y la adolescencia en dos ámbitos fundamentales de actuación como son la salud y la educación.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación se establece en la avenida Conde Guadalhorce, número 59, C.P. 33400 Avilés (Asturias), y el ámbito de actuación será en todo el territorio español.

Fundador: Don Jesús Alonso Villarón.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por el fundador.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el Notario de Madrid, don Manuel Richi Alberti, el día 25 de mayo de 2012, con el número 1.595 de orden de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Jesús Alonso Villarón.

Vicepresidente: Don Orlando Alonso Villarón.

Secretario (no patrono): Don Manuel González Vila.

Vocales: Don Santiago Garrido de las Heras, doña Patricia Abruña Ripollés, don Daniel Alonso Villarón, don Antonio Julián Barderas Nieto, don Eduardo Ripollés Moro, don Borja Astarloa Echevarrieta, don Raimundo de Miguel Alonso, don Alberto Novales Martínez, don Sebastián Ojeda Gartner, don Juan Antonio Gutiérrez Hernando, don Alfredo Martínez Serrano, don Juan Marcos Sitges Breiter, doña Mónica Pérez-Mínguez de Diego, doña Blanca López-Ibor Aliño, don Julián Sanz Ortega, don Agustín González Morera, don Manuel Abradelo de Usera y don Santiago Sastre Llorente.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Jaime Alonso Abruña cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social y sanitarios, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 33-0147.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 20 de septiembre de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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