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Documento BOE-A-2012-12356

Resolución de 20 de julio de 2012, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se publica la Addenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de acciones dirigidas a la elaboración de materiales para la plataforma de formación profesional a distancia y para la elaboración de instrumentos de acreditación y reconocimiento de las competencias profesionales, durante el ejercicio de 2011, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2012, páginas 70200 a 70202 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-12356

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Aragón han suscrito una addenda al Convenio de colaboración para el desarrollo de acciones dirigidas a la elaboración de materiales para la plataforma de formación profesional a distancia y para la elaboración de instrumentos de acreditación y reconocimiento de las competencias profesionales, durante el ejercicio de 2011, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha addenda al Convenio.

Madrid, 20 de julio de 2012.–El Director General de Formación Profesional, Ángel de Miguel Casas.

ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DIRIGIDAS A LA ELABORACIÓN DE MATERIALES PARA LA PLATAFORMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA Y PARA LA ELABORACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ACREDITACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES DURANTE EL EJERCICIO DE 2011

En Madrid, a 29 de junio de 2012.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. D. José Ignacio Wert Ortega, Ministro de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre («BOE» del 22), por el que se nombran Ministros del Gobierno.

Y de otra parte, la Excma. Sra. D.ª María Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, del Gobierno de Aragón, nombrada mediante Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación de la Diputación General de Aragón, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 15 de julio de 2011.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

1. Que el 15 de diciembre de 2011 se suscribió un Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio de Educación, para el desarrollo de acciones dirigidas a la elaboración de materiales para la plataforma de formación profesional a distancia y para la elaboración de instrumentos de acreditación y reconocimiento de las competencias profesionales durante el ejercicio de 2011, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, publicado en «Boletín Oficial del Estado» el 3 de enero de 2012.

2. Que en los apartados Primero y Segundo del convenio se establecían como objetivos el servir como instrumento de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Administración General del Estado para el desarrollo y elaboración de los materiales necesarios para el Portal Todo Fp y la elaboración de los instrumentos de acreditación y reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y por vías no formales de formación.

3. Que el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que la Administración General y los Organismos públicos vinculados o dependientes de la misma puedan celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias, y establece la norma a la que con carácter general habrá de ajustarse el contenido de los convenios.

4. Que la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en el punto 4 de su disposición adicional sexta, establece que la Administración General del Estado elaborará, en colaboración con las Comunidades Autónomas, los materiales necesarios para la oferta educativa a distancia.

5. Que el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el artículo 7.1.f) establece que la Dirección General de Formación Profesional ejercerá la función de la elaboración de la oferta formativa en materia de formación profesional.

6. Que en el Bloque Tercero del Plan Estratégico de Formación Profesional viene recogido como tercer instrumento el desarrollo de un sistema integrado de información y orientación profesional a fin de que la ciudadanía pueda contar con la información y orientación suficiente para una toma de decisiones adecuada para su futuro formativo o profesional para lo cual se ha puesto en funcionamiento el portal Todo FP.

7. Que el Portal Todo Fp pretende ofrecer al ciudadano toda la información sobre esta modalidad, presentando de manera integrada la oferta de formación profesional a distancia del Ministerio de Educación y de todas las Comunidades Autónomas, así como el acceso a cada plataforma educativa desde una única Web.

8. Que en la cláusula octava del convenio firmado por ambas administraciones se indica que la vigencia del mismo se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 30 de junio de 2012.

9. Que debido a la dificultad de elaboración de este tipo de materiales que ha impuesto a los autores un ritmo menor del previsto, así como al proceso riguroso de control de calidad, resulta conveniente prolongar los plazos de ejecución en la elaboración de los mismos.

Y, en consecuencia,

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el periodo de elaboración de materiales y de justificación económica hasta el 31 de diciembre de 2012.

Segundo.

Que la fecha que aparece en el citado convenio en los apartados primero y octavo, haciendo referencia a la vigencia del mismo, será a partir de ahora el 31 de diciembre de 2012.

Tercero.

Que todos los materiales resultantes del presente convenio cumplirán los requisitos de publicidad derivados del Apartado Vigésimo segundo 8, letras a), b) y c) de la Orden EDU 580/2011, según las cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, en la Resolución de la Secretaría General de Administración Pública de 2 de abril de 2007, y en el Manual de Imagen Institucional, así como mención a la Unión Europea y los logotipos y símbolos, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa europea.

Cuarto.

Las actuaciones derivadas de esta Addenda se inscriben entre las actuaciones que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en su nombre, la Dirección General de Formación Profesional desarrolla, en calidad de organismo intermedio, en el marco del Programa Operativo «Adaptabilidad y Empleo» cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio de colaboración, en tres ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Ministro, José Ignacio Wert Ortega.–Por la Comunidad Autónoma de Aragón, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, María Dolores Serrat Moré.

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