Visto el expediente de indulto de don José Antonio León Avalo, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección octava, con sede en Jerez de la Frontera, en sentencia de 13 de julio de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 68.000 euros, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de agosto de 2012,
Vengo en conmutar a don José Antonio León Avalo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 24 de agosto de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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