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Documento BOE-A-2012-11865

Resolución 42B/38132/2012, de 28 de agosto, del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2012, páginas 66712 a 66750 (39 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2012-11865

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y lo establecido en la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de información a publicar.

He resuelto proponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Resumen de las cuentas anuales correspondientes al jercicio 2011 del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas.

Madrid, 28 de agosto de 2012.–El Director Gerente del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas, Luis Miguel Arjona Ruiz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

1. ORGANIZACIÓN Y ACTIVIDAD

1.1 NORMA DE CREACIÓN DE LA ENTIDAD.

Estatuto aprobado por Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre.

1.2 ACTIVIDAD PRINCIPAL DE LA ENTIDAD.

Cría Caballar de las Fuerzas Armadas se configura como un Organismo Autónomo al que se le han encomendado en régimen de descentralización funcional las actividades de fomento y prestacionales que se detallan a continuación:

a. La cría, selección, mejora, adquisición y cesión del ganado equino que precisen los Ejércitos y la Guardia Real.

b. Formación del personal militar en todas actividades ecuestres y de cría caballar.

c. Colaboración con entidades públicas y privadas en las actividades propias del Organismo.

d. El desarrollo, innovación, investigación, vinculados a la cría y reproducción equinas que tiene encomendadas.

e. Realización de las actividades necesarias para la consecución del objetivo de eficiencia en la gestión del patrimonio puesto a su cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones.

f. Facilitar la producción canina que atienda necesidades de los tres Ejércitos y Unidades dependientes del Órgano Central del Ministerio de Defensa (Real Decreto 1287/2010, de 15 de octubre).

Tiene personalidad jurídica diferenciada y plena capacidad de obrar, cuenta con patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, y dentro de la esfera de sus competencias le corresponden las potestades administrativas para el cumplimiento de sus fines, en los término previstos en su Estatuto (Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre), salvo la potestad expropiatoria.

El Organismo se rige por lo dispuesto en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como por su Estatuto aprobado por Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre, y por las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración General del Estado.

1.3 PRINCIPALES FUENTES DE INGRESOS.

Las principales fuentes de ingresos son las siguientes:

• Ingresos por precios públicos relacionados con la reproducción equina.

• Ingresos por venta de productos agrarios cultivados en las fincas del Organismo y que resultan excedentes de la recolección destinada a la alimentación del ganado.

• Transferencias Corrientes y de Capital procedentes del Ministerio de Defensa.

• Transferencias procedentes del FEOGA destinadas a subvencionar las producciones agrícolas.

• Ingresos procedentes de la venta de équidos excedentes o no aptos para el servicio.

1.4 CONSIDERACIÓN FISCAL DE LA ENTIDAD.

La entidad está sometida al impuesto sobre valor añadido y demás impuestos indirectos. Asimismo repercute el IVA en las enajenaciones de ganado, productos agrícolas e ingresos eventuales relacionados con premios recibidos en participaciones de eventos deportivos.

El Organismo presenta liquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido, desgravándose del IVA soportado en aquellos conceptos que repercute el impuesto en su facturación

1.5 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA BÁSICA.

Cría Caballar de las Fuerzas Armadas tiene la siguiente estructura orgánica básica:

a) Consejo Rector.

b) Dirección Gerencia.

c) Área de Gestión.

d) Área Técnica y de Investigación.

e) Área Económico-Financiera.

f) Centros Militares de Cría Caballar (en los que se integran las Yeguadas Militares y Depósitos de Sementales).

g) Escuela Militar Ecuestre.

h) Laboratorio de Investigación Aplicada.

1.6 PRINCIPALES RESPONSABLES DE LA ENTIDAD.

El Consejo Rector es el órgano colegiado de gobierno y tiene la siguiente composición:

○ Presidente: El Subsecretario de Defensa.

○ Vicepresidente: El Secretario General Técnico.

○ Vocales:

▪ El Director General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa.

▪ El Director General de Infraestructura del Ministerio de Defensa.

▪ El Director General de Personal del Ministerio de Defensa.

▪ El Director General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda.

▪ El Director General de Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.

▪ El Director Gerente del Organismo.

▪ Secretario: Actuará como tal, con voz pero sin voto, uno de los Jefes de Área del Organismo.

Los principales responsables administrativos son:

• Director Gerente.

• Jefe del Área de Gestión.

• Jefe del Área Técnica y de Investigación.

• Jefe del Área Económico-Financiera.

1.7 NÚMERO DE EMPLEADOS.

PERSONAL MILITAR

EMPLEO

TOT. H

TOT. M

TOTAL

CORONEL

1

0

1

TENIENTE CORONEL

20

0

20

COMANDANTE

16

0

16

CAPITÁN

18

0

18

TENIENTE

0

2

2

SUBTENIENTE

59

0

59

BRIGADA

55

0

55

SARGENTO 1.º

3

0

3

SARGENTO

0

0

0

CABO 1.º

15

2

17

CABO

35

8

43

SOLDADO

20

10

30

TOTAL MILITAR

242

22

264

PERSONAL CIVIL

CATEGORÍA

FUNCIONARIO

LABORAL

TOTAL

 

H

M

H

M

TOT. H

TOT. M

TOTAL

A1

1

0

0

0

1

0

1

A2

1

0

0

0

1

0

1

C1

1

4

0

0

1

4

5

C2

4

1

0

0

4

1

5

C3

0

0

32

3

32

3

35

D4

0

0

7

5

7

5

12

E5

0

0

3

4

3

4

7

TOTAL P. CIVIL

7

5

42

12

49

17

66

TOTAL PERSONAL ORGANISMO ................................

291

39

330

1.8 ENTIDAD DE LA QUE DEPENDE.

El Organismo depende de la Secretaría General Técnica, órgano directivo encuadrado en la Subsecretaria del Ministerio de Defensa.

1.9 ENTIDAD DEL GRUPO.

El Organismo no está incluido en ninguna entidad de grupo.

3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LAS CUENTAS

3.1 IMAGEN FIEL.

Las Cuentas Anuales del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas del Ejercicio 2011 reflejan fielmente el patrimonio, la situación financiera, el resultado económico patrimonial y la ejecución del presupuesto.

3.2 COMPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

3.2.1 ASPECTOS DERIVADOS DE LA TRANSICIÓN A LAS NUEVAS NORMAS CONTABLES.

El apartado 1 de la disposición transitoria tercera de la orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, establece que:

«No se reflejarán en el balance, en la cuenta del resultado económico patrimonial ni en el resto de estados que incluyan información comparativa, la cifras relativas al ejercicio o ejercicio anteriores.

Sin perjuicio de lo anterior, en la memoria de dichas cuentas anuales se reflejarán el balance y la cuenta del resultado económico patrimonial incluidos en las cuentas anuales del ejercicio anterior».

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

3.3 RAZONES E INCIDENCIAS DE CORRECCIÓN DE ERRORES.

Se ha contabilizado con cargo a la cuenta 120000 «Resultados de ejercicios anteriores», la baja de 26 caballos por un valor total de 89.891,20 que fueron entregados al Cuerpo Nacional de Policía durante el ejercicio 2010 y cuya cesión no fue contabilizada en el correspondiente ejercicio.

Asimismo se ha efectuado un abono en la citada cuenta 120000, por un importe de 17.161,05 por el ganado asignado, que estaba incorrectamente calificado como cedido.

4. NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN

4.1 INMOVILIZADO MATERIAL

El Organismo aplica, como norma general, los criterios y tablas de amortización establecidos en la Resolución de 14-12-1999 de la Intervención General de la Administración del Estado, «por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio: Amortizaciones, provisiones de gastos e ingresos».

En el caso específico de los caballos, que son considerados parte del inmovilizado, se valoran a precio de compra, cuando son adquiridos a otros entes, depreciándose a medida que envejecen y pierden aptitudes.

Los équidos producidos por el Organismo, no se valoran al precio de coste dado que no se tiene establecida contabilidad analítica. Por otra parte repercutir todos los costes en los caballos producidos conllevaría una marcada desviación con respecto a los precios del mercado, de hecho la producción de un asno puede tener unos costes semejantes a la de un semental calificado de pura raza, sin embargo existe una gran diferencia con el precio que cada ejemplar puede alcanzar en el mercado.

Para adecuar la valoración de los caballos a la imagen fiel del patrimonio se ha optado por valorar los caballos conforme a una tabla, que en base a las experiencias adquiridas en las subastas de ganado, estima el precio del ganado según la especie, raza y edad, incrementándose a partir del nacimiento hasta los 9 años, edad en la que el équido adulto puede alcanzar su máximo rendimiento. Esta estimación permanece invariable hasta los 12 años, a partir de este momento el valor del ganado se deprecia progresivamente hasta los 20 años. El valor estimado a los 20 años se considera residual y por tanto se conserva hasta la enajenación o defunción del animal.

4.3 INMOVILIZADO INTANGIBLE.

El único inmovilizado intangible que posee el Organismo son programas informáticos que se amortizan conforme al punto 7 «sistemas y programas informáticos» del anexo de la Resolución de 14 de diciembre de 1999 citada de la Intervención General del la Administración del Estado anteriormente citada.

4.4 ARRENDAMIENTOS.

El Organismo no realiza contratos de arrendamientos financieros.

4.5 PERMUTAS.

El Organismo no realiza permutas.

4.6 ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS.

Los únicos activos financieros que posee el Organismo corresponden a los préstamos por pagas de anticipos concedidos al personal conforme a la legislación vigente. Estos créditos se valoran en el balance conforme al precio de concesión, una vez descontadas las cuotas reintegradas por los interesados.

El valor nominal aplicado a los 4.183,41 euros que figuran en la cuenta 254 «Créditos a largo plazo al personal», se ha efectuado de conformidad con lo en la 8.ª norma de reconocimiento y valoración, que establece en su último párrafo: «No obstante las partidas a cobrar a largo plazo se podrán valorar por el nominal y los préstamos concedidos a largo plazo con intereses subvencionados por el importe entregado, cuando el efecto de la no actualización, globalmente considerado, sea poco significativo en las cuenta anuales de la entidad».

4.7 COBERTURAS CONTABLES.

El Organismo no realiza coberturas contables.

4.8 EXISTENCIAS.

Las existencias de productos adquiridos se contabilizan a según el precio de compra.

Los productos agrícolas se valoran a precio de mercado.

La gestión de almacenes se efectúa por el método FIFO.

4.9 ACTIVOS CONSTRUIDOS PARA OTRAS ENTIDADES.

El Organismo no construye activos para otras entidades.

4.10 TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA.

El Organismo no realiza operaciones ni tiene existencias de moneda extrajera.

4.11 INGRESOS Y GASTOS CRITERIOS GENERALES APLICADOS.

Los ingresos y gastos se reconocen conforme al principio del devengo.

4.12 PROVISIONES Y CONTINGENCIAS.

El Organismo no realiza provisiones dado que se considera que no existen partidas susceptibles de riesgos.

4.13 TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES.

La Entidad no efectúa transferencias ni subvenciones en efectivo. Se contabilizan como subvenciones las entregas de caballos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como a otras entidades del Ministerio de Defensa.

Las entregas de caballos se imputan al resultado del ejercicio.

4.14 ACTIVIDADES CONJUNTAS.

El Organismo no realiza actividades conjuntas susceptibles de ser imputadas a las cuentas anuales.

4.15 ACTIVOS EN ESTADO DE VENTA.

La entidad no tiene activos en estado de venta.

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27. HECHOS POSTERIORES AL CIERRE

En los primeros meses del año 2012 se han cobrado derechos reconocidos en concepto de transferencias corrientes del Estado por un importe de 4.137.764,64 euros. Asimismo, se han recibido 418.600 euros por transferencias de capital del Estado reconocidas en el ejercicio 2011.

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