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Documento BOE-A-2012-11862

Orden AEC/1986/2012, de 18 de septiembre, por la que se conceden prácticas no remuneradas 2012-2013 en el servicio exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para alumnos españoles del Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2012, páginas 66698 a 66699 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-11862

TEXTO ORIGINAL

En el BOE número 191, de 10 de agosto de 2012, se publicó la Orden AEC/1778/2012, de 20 de julio, por la que se convocaban 24 prácticas no remuneradas con destino en el servicio exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, para alumnos españoles del «Master Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales», que imparte la Escuela Diplomática con una duración de cuatro meses, desde el 1 de octubre de 2012 al 31 de enero de 2013.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Orden, una vez examinadas las alegaciones efectuadas por los interesados, y a propuesta del Presidente de la Comisión de Valoración, reunida al efecto, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha resuelto:

Primero.

De las 24 plazas convocadas para prácticas no remuneradas 2012-2013 en el servicio exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación por Orden AEC/1778/2012, de 20 de julio, se han concedido las que se indican a continuación, declarándose el resto desiertas:

1. Don Jesús Valles Gutiérrez. Embajada en Copenhague.

2. Don Miguel Ángel Arias Carrascosa. Embajada en Kiev.

3. Don Josep Delgado de Molina Martínez. Embajada en La Valetta.

4. Don Mateo Quentin Velázquez Massias. Embajada en Wellington.

5. Doña M.ª Ángeles Pulido Prada. Consulado General en París.

Segundo.

Se ordena la publicación en el BOE de las prácticas no remuneradas reconocidas en esta resolución, en los términos previstos por la citada Orden ministerial AEC/1778/2012, de 20 de julio.

Tercero.

Los beneficiarios estarán obligados a comunicar la aceptación expresa de las prácticas al Embajador-Director de la Escuela Diplomática, por correo ordinario, electrónico o fax dirigido a la Unidad de Becas de la Escuela Diplomática en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente al de la notificación de la concesión. De no comunicar en dicho plazo la aceptación ni presentar justificación alguna, las prácticas le serán anuladas.

Cuarto.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Disposición final única.

La presente orden producirá efectos desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de diciembre de 2012.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo.

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