Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-11700

Resolución de 6 de septiembre de 2012, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se deja sin efecto la protección nacional transitoria concedida a la modificación de la Indicación Geográfica Protegida "Lechazo de Castilla y León".

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 17 de septiembre de 2012, páginas 65440 a 65441 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-11700

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 15 de marzo de 2010 del Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, publicada en el Diario Oficial de Castilla y León de 30 de marzo de 2010, se emitió decisión favorable a la solicitud de modificación de la Indicación Geográfica Protegida «Lechazo de Castilla y León», para que fuera registrada en el Registro comunitario de denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, publicándose como anexo a la citada resolución el pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas.

La solicitud de modificación del pliego de condiciones de la citada IGP fue transmitida a la Comisión Europea con fecha 14 de septiembre de 2010, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del citado Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de registro a la Comisión Europea, se podrá conceder a la Indicación Geográfica Protegida de que se trate la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, cesando esa protección a partir de la fecha en la que la Comisión adopta una decisión sobre la inscripción en el registro.

En consecuencia, la protección nacional transitoria resultó concedida mediante Resolución de 27 de mayo de 2011, de esta Dirección General, entonces de Industria y Mercados Alimentarios, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 27 de junio de 2011, por la que se publicó la modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica protegida «Lechazo de Castilla y León» a los efectos de la citada protección nacional transitoria.

No obstante, dicha protección nacional transitoria fue dejada en suspenso mediante Resolución de 10 de abril de 2012, de esta Dirección General (BOE 16-05-2012), dictada como consecuencia de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 28 de febrero de 2012, que acordó la suspensión cautelar, entre otros actos, de la Resolución de 15 de marzo de 2010 del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, por la se adoptó e hizo pública la decisión favorable a la solicitud de modificación de la Indicación Geográfica Protegida «Lechazo de Castilla y León».

Con independencia de lo anterior, se ha venido desarrollando el proceso de examen de la solicitud de registro remitida a la Comisión Europea en la ya citada fecha de 14 de septiembre de 2010 y, sin que se hubiera producido la decisión sobre la pertinencia de dicha solicitud, la autoridad competente de la Junta de Castilla y León ha comunicado al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con fecha 21 de mayo de 2012, que tras la petición de retirada del expediente por parte del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Lechazo de Castilla y León», solicitaba la retirada de la solicitud de registro de la modificación del pliego de condiciones de la IGP «Lechazo de Castilla y León».

En consecuencia, este Ministerio, con fecha de 30 de mayo de 2012, ha dado traslado de dicha comunicación a la Comisión Europea, para que fuese retirado el expediente de solicitud de registro de la modificación del pliego de condiciones de la citada IGP «Lechazo de Castilla y León», habiéndose recibido el 12 de julio de 2012 escrito de la Comisión comunicando al Ministerio que, habiendo tomado nota de la decisión de retirar la referida solicitud de registro, se confirma que el expediente está cerrado.

En su virtud, habiendo quedando sin contenido tanto la concesión de la protección nacional transitoria como su suspensión, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas, esta Dirección General acuerda:

Dejar sin efecto la Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de junio de 2010, por la que se concedió la protección nacional transitoria a la modificación de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Lechazo de Castilla y León», así como la de 10 de abril de 2012, de esta Dirección General («BOE» de 16 de mayo de 2012), que la dejó en suspenso.

Madrid, 6 de septiembre de 2012.–El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando José Burgaz Moreno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid