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Documento BOE-A-2012-11500

Orden JUS/1915/2012, de 31 de julio, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden JUS/1094/2012, de 9 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 12 de septiembre de 2012, páginas 64170 a 64172 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-11500

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/1094/2012, de 9 de mayo («BOE» del 26), se convocó concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Centro de Estudios Jurídicos.

Vista la documentación presentada por los interesados y habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en las bases de la convocatoria; vista asimismo la propuesta formulada por la Comisión de Valoración a que hace referencia la base séptima de la Orden de convocatoria.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Primero.

Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los términos que se recogen en el anexo a esta Orden.

Segundo.

Los puestos adjudicados se han adecuado a lo dispuesto en el Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, así como al Estatuto del Centro de Estudios Jurídicos, aprobado por Real Decreto 1276/2003, de 10 de octubre.

Tercero.

El plazo de la toma de posesión de los destinos adjudicados se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cuarto.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por él, en cuyo caso vendrán obligados a comunicar por escrito a este Departamento, en los tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.

Quinto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el órgano que dictó la Orden, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de los Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 9.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 31 de julio de 2012.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Subsecretario de Justicia, Juan Bravo Rivera.

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