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Documento BOE-A-2012-11440

Resolución de 27 de junio de 2012, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 8 de septiembre de 2012, páginas 63619 a 63673 (55 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-11440

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre, general presupuestaria, por lo que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la autoridad portuaria de Santa Cruz de Tenerife, correspondientes al ejercicio 2011, que figura con anexo a esta resolución.

Santa Cruz de Tenerife, 27 de junio de 2012.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Pedro Jorge Rodríguez Zaragoza.

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INFORME DEL ARTÍCULO 129 LGP(1) CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ANUAL TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011

(1) Artículo 2 y siguientes de la Orden EHA/614/2009, de 3 de marzo, por la que se regula el contenido del informe al que hace mención el artículo 129.3 de la Ley General Presupuestaria (Ley 47/2003, de 26 de noviembre).

1) Información sobre el programa de actuación plurianual.

Al ser elaborado y aprobado el Programa de Actuación Plurianual a nivel consolidado, será cumplimentado por Puertos del Estado.

2) Información sobre la liquidación de los presupuestos de explotación y capital.

Al disponer el sistema portuario de presupuesto consolidado, este apartado se cumplimentará con la información consolidada por Puertos del Estado.

3) Información regionalizada del importe de los pagos por actuaciones de inversión rea.l

Al disponer el sistema portuario de presupuesto consolidado, este apartado se cumplimentará con la información consolidada por Puertos del Estado.

4) Información relativa a la ejecución de los contratos programa y su grado de cumplimiento.

Esta entidad no ha suscrito contratos programa con el Estado durante el periodo de referencia, en función de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General Presupuestaria.

5) Información relativa al cumplimiento de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público y otra normativa en materia de procedimientos de contratación.

Por lo que se refiere al cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia se ha de señalar que las Autoridades Portuarias ajustan su contratación a las previsiones contenidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011) y, en especial, a la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores de agua, la energía, los transportes y los servicios postales, normativa mediante la cual se incorporan las Directivas 2004/17/CE y 92/13/CEE.

En lo no previsto en dicha Ley 31/2007 y teniendo presente los principios del artículo 191.b) y demás preceptos del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las Autoridades Portuarias se rigen por sus normas de contratación específicas. En este sentido, el artículo 24.2 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto Legislativo 2/2011) establece que «Las Autoridades Portuarias ajustarán sus actividades al ordenamiento jurídico privado, incluso en las adquisiciones patrimoniales y contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento les atribuya.

En la contratación, las Autoridades Portuarias habrán de someterse, en todo caso, a los principios de publicidad, concurrencia, salvaguarda del interés del organismo y homogeneización del sistema de contratación en el sector público, así como, conservando su plena autonomía de gestión, a lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, y la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, cuando celebren contratos comprendidos en sus respectivos ámbitos. Las Instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación, elaboradas al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésima quinta de la citada Ley 30/2007, de 30 de octubre, serán aprobadas por el Ministro de Fomento, previo informe de la Abogacía del Estado, y deberán ser publicadas en el Boletín Oficial del Estado», debiendo entenderse hecha la referencia a la Ley 30/2007 al mencionado Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, tal y como se dispone en la Disposición Adicional única de dicho cuerpo legal.

Por otro lado, las Normas y Reglas Generales de los Procedimientos de Contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Orden FOM 4003/2008), establecen los criterios generales que han de observarse en los procedimientos de contratación de obras, suministros, servicios, adquisición de bienes muebles e inmuebles y de asesoramiento técnico que, para el cumplimiento de sus respectivos fines, precisen celebrar Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, siendo el régimen jurídico de esos contratos el establecido en las propias Normas, en los correspondientes Pliegos de Condiciones y en las normas de Derecho Privado, Civil o Mercantil que resulten de aplicación.

Por lo que se refiere a los principios de concurrencia y publicidad, las Normas y Reglas Generales de los Procedimientos de Contratación contienen asimismo disposiciones que garantizan su cumplimiento debiendo citar, entre otras, las reglas 36 y 37, que hacen referencia a la publicidad de las licitaciones, o las reglas 39 a 42, que regulan los procedimientos de adjudicación y formalización de los contratos.

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6) Información relativa al cumplimiento de los principios que en materia de personal y disposición de fondos han de cumplir las entidades del sector público fundacional.

Apartado a cumplimentar por las entidades cuya personalidad jurídica responda al carácter de fundación del sector público estatal, que no es el caso de esta entidad.

7) Información sobre garantías recibidas o concedidas a otras entidades del sector público estatal .

Esta entidad no ha recibido ni concedido garantías a otras del sector público estatal durante el periodo de referencia.

8) Información sobre personal.

(Ver cuadros adjuntos

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MEMORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ANUAL TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011

1) Actividad de la empresa.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, con domicilio social establecido en Santa Cruz de Tenerife, Avda. Francisco La Roche n.º 49, C.P. 38001, es un Organismo Estatal de Derecho Público, de los reguladas en el artículo 2, apartado 1, letra g de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, Ley General Presupuestaria, creada al amparo de lo regulado en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de Modificación de la Ley anterior, R.D. 1590/1992 de 23 de diciembre, que enumera las autoridades portuarias y los puertos de interés general que administran, la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General y la Ley 33/2010, de 5 agosto, de modificación de la anterior, todas ellas objeto de compendio y refundición en el nuevo Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

La Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de Modificación de la Ley 27/1992, publicada el 30 de diciembre de 1997 (BOE n.º 312), trató de mejorar el régimen jurídico de la actividad portuaria, de integrar los intereses de las Comunidades Autónomas en la gestión de los puertos de interés general, de establecer un escenario de libre y leal competencia, perfilando los papeles que han de jugar tanto el sector público como el privado, y de dotar, en última instancia, al sistema portuario Español de las facilidades necesarias para mejorar su posición competitiva en un mercado abierto. Todo ello en un régimen de autonomía y gestión de las Autoridades Portuarias reflejado en su plena capacidad para desarrollar las políticas portuarias y de inversiones, comerciales, de organización y servicios, de recursos humanos, etc., que les permitiera ejercer su actividad con criterios empresariales.

Por su parte, la Ley 48/2003, publicada el 27 de noviembre de 2003 (BOE n.º 284), trajo causa del continuo crecimiento en la demanda de transportes, el aumento de los tráficos portuarios asociados al transporte internacional de mercancías, la introducción de innovaciones y nuevas tecnologías en el sector del transporte en general, y en el marítimo en particular, lo que conlleva la permanente búsqueda de fórmulas que permitan aunar el interés general y los intereses privados para mejorar la competitividad del conjunto de los puertos.

Por todo ello la Ley se dirigía especialmente a dotar a los puertos españoles de interés general de un marco jurídico consistente y estable en el ámbito de los regímenes económico financiero y tributario, de prestación de servicios y de utilización del dominio público portuario. Para ello se prevén nuevas fórmulas de gestión como es la existencia de una mayor flexibilidad en la actuación de las Administraciones portuarias para, dentro de los límites marcados por la prohibición de la discrecionalidad, la fijación de la cuantía de las prestaciones cobradas por la utilización del dominio y por la prestación de servicios portuarios.

Asimismo se concibe a las Autoridades Portuarias, además de como promotoras de estrategias globales tendentes a establecer y profundizar en las ventajas competitivas de los puertos atribuidos a su gestión, como proveedoras de infraestructuras y reguladoras del dominio público y, en el caso de los servicios portuarios básicos, sólo subsidiariamente como prestadoras de servicios. Así, las antiguas tarifas de servicios que implicaban la utilización del dominio público se convierten, previa redefinición de sus hechos imponibles, en verdaderas tasas por utilización especial de las instalaciones portuarias. También alcanzan dicha calificación las prestaciones exigibles por aquellos servicios obligatorios que no se prestan en concurrencia con el sector privado. El resto de servicios que coexisten con la iniciativa privada, y que no pueden calificarse como prestaciones patrimoniales impuestas de carácter público, siguen manteniendo su consideración de precios privados, derivados de servicios prestados en régimen de derecho privado.

Destacan también, dentro de los principios y objetivos del régimen económico del sistema portuario de titularidad estatal, entre otros, la autofinanciación del sistema portuario, la optimización de la gestión económica, la libertad tarifaria o el fomento de la participación de la iniciativa privada.

Por otra parte, entre los recursos del sistema portuario estatal deben resaltarse los ingresos derivados del nuevo Fondo de Compensación Interportuario y el nuevo sistema de financiación de Puertos del Estado a través de la asignación de un porcentaje de las tasas recaudadas por las Autoridades Portuarias.

Por su parte, la Ley 33/2010, de 5 agosto, de modificación de la Ley 48/2003, trató de reforzar la exigencia de adoptar en España medidas que mejoren la gestión de nuestros puertos y su eficiencia, impulsando su competitividad en una coyuntura de fuerte competencia internacional.

El importante papel que le corresponde desempeñar a los puertos y al transporte marítimo para la sostenibilidad económica, social y ambiental del sistema europeo de transporte de mercancías, fundamentado en la potenciación de la intermodalidad como la mejor forma de compatibilizar el crecimiento de la demanda con el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles y con la reducción de los costes externos asociados con el transporte, justifica la política de potenciación del modo marítimo/portuario a escala europea y, en concreto, de las autopistas del mar, preconizada desde la Unión Europea, y de la que España es uno de los primeros impulsores.

Para avanzar en estos objetivos, los puertos de interés general tienen que conformarse como puertos «Landlord avanzados», facilitadores de la actividad económica, de la competitividad de nuestro tejido social y empresarial y de su sostenibilidad ambiental, así como coordinadores de los diferentes agentes y administraciones que intervienen en el paso por puerto de buques y mercancías.

Para ello se ha venido a reforzar la normativa que, desde comienzos de la década pasada, partiendo de la Ley 27/1992, instauró los principios de autonomía de gestión y autosuficiencia económico-financiera de los puertos de interés general, siguiendo con la Ley 62/1997, que incorporó la participación de las Comunidades y Ciudades Autónomas a la gestión de las Autoridades Portuarias, y continuando con la Ley 48/2003, que adaptó el sistema tarifario portuario a la obligada naturaleza de tasas, avanzó en la liberalización de los servicios portuarios e incorporó una completa regulación del dominio público portuario para potenciar la participación e inversión de la iniciativa privada en la actividad portuaria.

La aportación de la Ley 33/2010 al marco normativo citado es la flexibilización del modelo tarifario para que cada Autoridad Portuaria pueda adaptarse a la realidad económica de cada momento y el refuerzo y profundización en la liberalización de los servicios portuarios y de la actividad económica y comercial que se desarrolla en los puertos, consiguiendo así que el conjunto de la legislación portuaria sea el cimiento estable para la mejora continua de la competitividad del sistema portuario de interés general en conjunto y de cada uno de los puertos que lo integran, asegurando el cumplimiento de su misión, que no es otra que coadyuvar al desarrollo económico y social del país.

El principio de autosuficiencia económica de los puertos, vigente desde la Ley 27/1992, en virtud del cual se recaudan los ingresos de cada una de las Autoridades Portuarias y que, tras la Ley 48/2003 pasaron de ser considerados precios privados a atribuirles la condición de tasas (ingresos procedentes de la utilización privativa y el aprovechamiento especial del dominio público portuario), se refuerza en la Ley 33/2010 al profundizar en la condición de tasas de las tarifas portuarias, reformular alguna de las bonificaciones e incorporar otras, a fin de dar seguridad jurídica al modelo sin incrementar los costes y fomentando así la competitividad de los puertos españoles.

Este principio de autosuficiencia económica queda asimismo garantizado mediante la posibilidad para las Autoridades Portuarias de establecer coeficientes correctores diferentes en las correspondientes tasas al buque, al pasaje y a la mercancía en cada una de ellas, tomando en consideración las previsiones plurianuales de evolución de sus tráficos, de nivel de endeudamiento y de necesidades de inversión, así como sus objetivos de gestión, la rentabilidad anual objetiva y un rendimiento razonable sobre el activo no corriente neto para los ejercicios siguientes.

Esto supone una importante novedad en la medida en que cada Autoridad Portuaria deberá proponer sus coeficientes correctores y su política de bonificaciones, de acuerdo con su propia realidad física, económica y de situación competitiva a nivel nacional e internacional.

Todo ello supone, en definitiva, una tendencia hacia la disminución de la financiación pública en inversiones portuarias, en la flexibilización del modelo tarifario para que cada Autoridad Portuaria pueda adaptarse a la realidad económica de cada momento y un marcado protagonismo de la iniciativa privada en la financiación y explotación de instalaciones portuarias, en la explotación de servicios a través del otorgamiento de los correspondientes títulos habilitantes y en la ejecución de obras portuarias, apareciendo en este marco las Autoridades Portuarias como entes reguladores con funciones de provisión, gestión y ordenación de los espacios portuarios.

Como resultado actual, se refunde todo este conjunto normativo (Leyes 27/1992, de 24 de noviembre; 62/1997, de 26 de diciembre; 48/2003, de 26 de noviembre y 33/2010, de 5 de agosto), en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, regulándose la actividad de las Autoridades Portuarias -como Organismos con personalidad jurídica y patrimonio propios, independientes de los del Estado, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines- en el citado Texto Refundido, en la Ley General Presupuestaria y, supletoriamente, por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y por las demás disposiciones que le sean de aplicación, actuando con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en las adquisiciones patrimoniales y de contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el Ordenamiento les atribuye, desarrollando las funciones asignadas bajo el principio general de autonomía funcional y de gestión, sin perjuicio de las facultades atribuidas al Ente Público Puertos del Estado (EPPE), y las de tutela y fiscalización que sobre ella ostente el Ministerio de Fomento.

La entrada en funcionamiento como tal Autoridad Portuaria, se produjo el 1 de enero de 1993, sucediendo al Organismo Autónomo de la Administración del Estado –Junta de los Puertos del Estado en Santa Cruz de Tenerife– en la titularidad de su patrimonio, quedando subrogada en su misma posición en las relaciones jurídicas de las que aquél fuera parte.

El objeto social de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, es el siguiente:

a) La prestación de los servicios generales, así como la gestión y control de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otros organismos.

b) La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

c) La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas, con sujeción a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

d) La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que les sea adscrito.

e) La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados.

f) El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario.

g) La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

h) La ordenación y coordinación del tráfico portuario, tanto marítimo como terrestre.

La actividad actual de la empresa coincide con su objeto social.

Órganos por los que se rige la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife:

A) Órganos de gobierno: Consejo de Administración y Presidente.

B) Órgano de gestión: Director.

C) Órgano de asistencia: Consejo de Navegación y Puerto.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, gestiona y administra los puertos de interés general siguientes:

1. Puerto de Santa Cruz de Tenerife, que incluye el de Granadilla.

2. Puerto de Los Cristianos.

3. Puerto de San Sebastián de La Gomera.

4. Puerto de Santa Cruz de La Palma.

5. Puerto de La Estaca.

Asimismo son de su competencia los espacios afectados al servicio de señalización marítima, abarcando los faros, balizas y terrenos adscritos a los mismos.

• Isla de Santa Cruz de Tenerife: Faro de Teno, Faro de Buenavista, Faro del Puerto de la Cruz, Faro de Punta del Hidalgo, Faro de Anaga, Faro de Punta de Abona y Faro de Punta de Rasca.

• Isla de San Miguel de La Palma: Faro de Punta Cumplida, Faro de Arenas Blancas, Faro de Fuencaliente y Faro de Punta de Lava.

• Isla de La Gomera: Faro de San Cristóbal.

• Isla del Hierro: Faro de Orchilla.

La Entidad es Sociedad Dominante del Grupo denominado Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y publica sus cuentas en el Boletín Oficial del Estado, una vez que han sido aprobadas por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y que han sido auditadas por la Intervención General de la Administración del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas). Las últimas cuentas anuales formuladas han sido las correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2010.

Son Sociedades Dependientes las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba (creadas al amparo de lo prevenido en el Real Decreto- Ley 2/1986 de 23 de mayo), cuya gestión está encomendada a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, son las siguientes:

• S. E. de E. y D. del Puerto de S/S de la Gomera (participación 90,41%).

• S. E. de E. y D. del Puerto de La Estaca (participación 100%).

Son Empresas Asociadas las siguientes:

• Parque Marítimo Santa Cruz de Tenerife S.A. (participación 50 %).

• Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife S.A. (participación 33,33%)

2) Bases de presentación de las cuentas anuales.

2.1) Imagen fiel.

Las Cuentas Anuales del ejercicio 2011 adjuntas han sido formuladas por el Consejo de Administración a partir de los registros contables de la Entidad a 31 de diciembre de 2011 y en ellas se han aplicado los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y el resto de disposiciones legales vigentes en materia contable, y muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad, así como la veracidad de los flujos incorporados en el estado de flujos de efectivo.

No existen razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se hayan aplicado disposiciones legales en materia contable.

Las Cuentas Anuales adjuntas formuladas, se someterán, de acuerdo con la normativa vigente, a la auditoría por parte de la Intervención General de la Administración del Estado (Ministerio de Economía y Hacienda), estimándose que serán informadas favorablemente.

En virtud de la Disposición transitoria quinta del Real Decreto 1514/2007, la Sociedad sigue aplicando, en lo que no se opone a la legislación mercantil actual, las Directrices de Puertos del Estado, que contienen los criterios contables específicos, adaptadas según Informe de la Intervención General del Estado de fecha 18 de marzo de 2009.

2.2) Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.

La Sociedad ha elaborado sus estados financieros bajo el principio de empresa en funcionamiento, sin que exista ningún tipo de riesgo importante que pueda suponer cambios significativos en el valor de los activos o pasivos en el ejercicio siguiente.

2.3) Comparación de la información.

Se presenta la misma estructura de balance y cuenta de pérdidas y ganancias, para los dos ejercicios que se comparan.

2.4) Agrupación de partidas.

Las cuentas anuales no tienen ninguna partida que haya sido objeto de agrupación en el balance, en la cuenta de pérdidas y ganancias, en el estado de cambios en el patrimonio neto o en el estado de flujos de efectivo.

2.5) Elementos recogidos en varias partidas.

No se presentan elementos patrimoniales registrados en dos o más partidas del balance.

2.6) Cambios en criterios contables.

No se han realizado en el ejercicio ajustes por cambios de criterios contables.

2.7) Corrección de errores.

Las cuentas anuales del ejercicio 2011 incluyen ajustes realizados como consecuencia de errores detectados en ejercicios anteriores.

Ajustes técnico-contables en el inmovilizado material de terrenos y bienes naturales en el ámbito de actuación de dársena de los llanos, dársena de Anaga, dársena del Este y cueva bermeja del puerto de S/C de Tenerife.

En el año 2010 se comenzó con la ampliación de la Dársena de Pesca un análisis exhaustivo de los inmovilizados en el puerto de S/C de Tenerife. Resultado de dicho análisis fue un informe con una propuesta que contenía una serie de ajustes contables que significaron, entre otros, como hecho más destacado el afloramiento de un valor de terrenos que no se había contabilizado en su origen.

Durante 2011 se ha continuado con este análisis del puerto de S/C de Tenerife, extendiéndolo hasta completar el resto de actuaciones en la Dársena de Los Llanos, Dársena de Anaga, Dársena del Este y Cueva Bermeja del puerto de S/C de Tenerife. que podían ser objeto de similares ajustes contables.

Estos ajustes se fundamentan en valoraciones técnicas sobre los proyectos originales realizadas por el Departamento de Infraestructura de la Autoridad Portuaria de S/C de Tenerife. Como consecuencia de dichas valoraciones se realizan ajustes contables que se resumen en cuatro tipos:

1. Reclasificación de los valores brutos de determinados Inmovilizados (Diques de Abrigo, Obras de Encauzamiento, etc.) con el afloramiento de valores de Terrenos, entre otros, como hecho más destacado.

2. Corrección de las amortizaciones acumuladas en función de los nuevos valores de inmovilizado que resultan de la valoración técnica.

Esto supone por un lado el alta de las amortizaciones acumuladas de aquellos inmovilizados que no se dieron de alta en su día con la inversión, con abono a la cuenta 117 de Reservas Voluntarias, y por otro la corrección de las amortizaciones realizadas hasta 31/12/2010 en aquellos inmovilizados que se habían dado de alta con cargo o abono, según corresponda, a la cuenta 117 de Reservas Voluntarias, es decir a Patrimonio Neto, en aplicación de la 22.ª Norma de Registro y Valoración PGC 2007.

Es de aplicación la 22.ª norma de Registro y Valoración del PGC 2007 ya que tal y como expresa la misma define como errores «... las omisiones o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuadamente, información fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la empresa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la formulación de dichas cuentas.». De acuerdo con esta norma su efecto se ha aplicado de forma retroactiva, por lo que los ingresos o gastos de ejercicios anteriores que se derivan de la subsanación del error se imputan directamente en el patrimonio neto. Asimismo la información comparativa que se incluye en las cuentas de 2011, fundamentalmente el balance a 31/12/2010, recogen las cifras afectadas por la subsanación del error. También se recogen este efecto en «El estado de cambios en el Patrimonio Neto.

3. Bajas de inmovilizados como consecuencia de la realización de las actuaciones inversoras analizadas, y

4. Bajas o Reclasificaciones de inmovilizados en todo o una parte debido a Activos Portuarios preexistentes que quedan subsumidos en activos nuevos. Esto es debido a que en el análisis de algunas de las actuaciones se comprobó cómo a partir de una fecha y por la realización de una inversión concreta, otro inmovilizado perdía en todo o en parte su función. El caso más frecuente es, por ejemplo, como un muelle pasa a ser considerado como terreno.

Responden a casos de Activos Portuarios preexistentes que quedan subsumidos en activos nuevos (página 4.13.1 Manual de Tratamiento Contable de los Activos Materiales del Sistema Portuario) por lo que primero se propone reclasificar como Rellenos, y por tanto Terrenos, la parte de los activos que se integraron y que perdieron su función de muelle y segundo corregir el exceso de amortización que como Muelle se doto hasta la fecha en que fue subsumido.

Balance de cierre a 31-12-2010

Ajuste

Balance de apertura 2011

ACT. NO CORRIENTE

488.619.359,51

1.025.875,78

ACT. NO CORRIENTE

489.645.235,29

INMOVILIZADO

 

 

INMOVILIZADO

 

Inmovilizado material

 

 

Inmovilizado material

 

Construcciones

288.116.974,40

-6.606.230,57

Construcciones

281.510.743,83

Inversiones inmobiliarias

 

 

Inversiones inmobiliarias

 

Terrenos

108.320.370,97

7.632.106,35

Terrenos

115.952.477,32

Activo corriente

24.800.223,38

 

Activo corriente

24.800.223,38

TOTAL ACTIVO

513.419.582,89

1.025.875,78

 

514.445.458,67

Patrimonio neto

418.670.776,14

1.025.875,78

Patrimonio neto

419.696.651,92

RESULTADOS ACUMULADOS

22.266.723,99

1.025.875,78

RESULTADOS ACUMULADOS

23.292.599,77

Pasivo no corriente

71.711.191,07

 

Pasivo no corriente

71.711.191,07

Pasivo corriente

23.037.615,68

 

Pasivo corriente

23.037.615,68

TOTAL PASIVO

513.419.582,89

1.025.875,78

 

514.445.458,67

3) Aplicación de resultados.

Se somete a la aprobación del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, la siguiente distribución de resultados del ejercicio:

Base de reparto

Importe

2011

2010

Resultado del ejercicio

-682.984,23

4.817.060,23

Distribución

Importe

2011

2010

Resultados acumulados

-682.984,23

4.817.060,23

4) Normas de registro y valoración.

4.1) Inmovilizado intangible.

Los elementos incluidos en el inmovilizado intangible figuran valorados por su precio de adquisición.

Después del reconocimiento inicial, el inmovilizado intangible se valora por su coste, menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

Para cada inmovilizado intangible se analiza y determina si la vida útil es definida o indefinida.

Los activos intangibles que tienen vida útil definida se amortizan sistemáticamente en función de la vida útil estimada de los mismos y de su valor residual. Los métodos y periodos de amortización aplicados son revisados en cada cierre de ejercicio y, si procede, ajustados de forma prospectiva. Al menos al cierre del ejercicio, se evalúa la existencia de indicios de deterioro, en cuyo caso se estiman los importes recuperables, efectuándose las correcciones valorativas que procedan.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife reconoce contablemente cualquier pérdida que haya podido producirse en el valor registrado de estos activos con origen en su deterioro, utilizándose como contrapartida el epígrafe «Pérdidas netas por deterioro» de la cuenta de pérdidas y ganancias, si bien en el presente ejercicio no se han reconocido «Pérdidas netas por deterioro» derivadas de los activos intangibles.

No existe ningún inmovilizado intangible con vida útil indefinida.

La Sociedad incluye en el coste del inmovilizado intangible que necesita un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, explotación o venta, los gastos financieros relacionados con la financiación específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, construcción o producción.

a) Aplicaciones informáticas:

Se valoran al precio de adquisición o coste de producción, incluyéndose en este epígrafe los gastos de desarrollo de las páginas web. La vida útil de estos elementos se estima en cinco años.

Las reparaciones que no representan una ampliación de la vida útil y los costes de mantenimiento son cargados en la cuenta de pérdidas y ganancias en el ejercicio en que se producen.

b) Deterioro de valor de inmovilizado intangible:

Al cierre del ejercicio o siempre que existan indicios de pérdidas de valor, la Entidad revisa los importes en libros de sus activos intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido una pérdida por deterioro de valor. Si existe cualquier indicio, el importe recuperable del activo se calcula con el objeto de determinar el alcance de la pérdida por deterioro de valor, si la hubiera. En caso de que el activo no genere flujos de efectivo por sí mismo que sean independientes de otros activos, la Entidad calculará el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece el activo.

El importe recuperable es el valor superior entre el valor razonable menos el coste de venta y el valor en uso.

Para estimar el valor en uso, la Entidad prepara las previsiones de flujos de caja futuros antes de impuestos a partir de los presupuestos más recientes aprobados por el Consejo de Administración de la Entidad. Estas previsiones cubren los próximos tres años, estimándose los flujos para los años futuros aplicando tasas de crecimiento razonables que, en ningún caso, son crecientes ni superan las tasas de crecimiento de los años anteriores.

Al evaluar el valor de uso, los futuros flujos de efectivos estimados se descuentan a su valor actual utilizando un tipo de interés de mercado sin riesgo, ajustados por los riesgos específicos del activo que no se han tenido en cuenta al estimar los futuros flujos de efectivo.

4.2) Inmovilizado material.

Se valora a su precio de adquisición o a su coste de producción que incluye, además del importe facturado después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio, todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en funcionamiento, como los gastos de explanación y derribo, transporte, seguros, instalación, montaje y otros similares. La Entidad incluye en el coste del inmovilizado material que necesita un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, explotación o venta, los gastos financieros relacionados con la financiación específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, construcción o producción. La Entidad no tiene compromisos de desmantelamiento, retiro o rehabilitación para sus bienes de activo. Por ello no se han contabilizado en los activos valores para la cobertura de tales obligaciones de futuro.

Los gastos realizados durante el ejercicio con motivo de las obras y trabajos efectuados por la Entidad, se cargarán en las cuentas de gastos que correspondan. Los costes de ampliación o mejora que dan lugar a un aumento de la capacidad productiva o a un alargamiento de la vida útil de los bienes, son incorporados al activo como mayor valor del mismo. Las cuentas del inmovilizado material en curso, se cargan por el importe de dichos gastos, con abono a la partida de ingresos que recoge los trabajos realizados por la Entidad para sí misma.

Los costes relacionados con grandes reparaciones de los elementos del inmovilizado material se reconocen como sustitución en el momento en que se incurren y se amortizan durante el periodo que medie hasta la siguiente reparación, dando de baja cualquier importe asociado a la reparación que pudiera permanecer en el valor contable del citado inmovilizado.

La amortización de los elementos del inmovilizado material se realiza, desde el momento en el que están disponibles para su puesta en funcionamiento, de forma lineal durante su vida útil estimada estimando un valor residual nulo, en función de la vida útil de cada uno de los elementos.

El día primero de enero de 1993, entraron en funcionamiento las Autoridades Portuarias, surgidas de la transformación de las hasta entonces denominadas Juntas de Puertos existentes a la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

El inicio de esta nueva andadura, puso de relieve la necesidad de llevar a cabo una minuciosa labor de investigación y análisis de las propiedades adscritas a esta Autoridad Portuaria, con la finalidad de reflejar fielmente la auténtica situación patrimonial de la Entidad, cometido que se fue posponiendo, ante la dificultad para encontrar empresa local independiente especializada en estos menesteres.

El Ente Público Puertos del Estado, consciente de los inconvenientes comunes encontrados también en otros puertos y dada la importancia del tema, adjudicó el 31 de octubre de 1995, a la firma AMERICAN APPRAISAL ESPAÑA, S.A., la realización y valoración de los activos fijos de todas las Autoridades Portuarias, con el fin de incorporar en los estados financieros de 1995, los resultados del trabajo encomendado.

Dado el corto espacio de tiempo de que se disponía, AMERICAN APPRAISAL, centró su trabajo exclusivamente en el estudio/valoración de determinados bienes materiales (terrenos, accesos marítimos, obras de abrigo y obras de atraque), quedando sin analizar el resto de los activos.

Por Puertos del Estado se fijaron, los siguientes criterios de valoración, estimados en función de la fecha de la inversión realizada:

A) Los activos producidos o adquiridos con anterioridad a la creación de las Autoridades Portuarias (1 de enero de 1993): por su valor real de utilización, entendiendo como tal el valor justo estimado entre un libre comprador y un libre vendedor actuando sin ninguna presión y teniendo ambos conocimiento pleno de todos los actos y considerando, al mismo tiempo como vida remanente el número de años estimado que puede transcurrir desde la fecha de valoración hasta el momento en que el bien deja de ser productivo.

B) Los bienes adquiridos con posterioridad al 1.º de enero de 1993: valorados exclusivamente a su precio de producción o adquisición, con una vida útil según nueva tabla de amortización fijada por Puertos del Estado.

4.3) Inversiones Inmobiliarias.

La Entidad clasifica como inversiones inmobiliarias aquellos activos no corrientes que sean inmuebles y que posee para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para su uso en la producción o suministros de bienes o servicios, o bien para fines administrativos, o su venta en el curso ordinario de las operaciones.

Para la valoración de las inversiones inmobiliarias se utiliza los criterios del inmovilizado material para los terrenos y construcciones, siendo los siguientes:

• Los solares sin edificar se valoran por su precio de adquisición más los gastos de acondicionamiento, como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúan con carácter previo a su adquisición, así como, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones presentes derivadas de los costes de rehabilitación del solar.

• Las construcciones se valoran por su precio de adquisición o coste de producción incluidas aquellas instalaciones y elementos que tienen carácter de permanencia, por las tasas inherentes a la construcción y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.

4.4) Arrendamientos.

Los activos arrendados a terceros bajo contratos de arrendamiento operativo se presentan de acuerdo a la naturaleza de los mismos resultando de aplicación los principios contables que se desarrollan en los apartados de inmovilizado material e inmaterial. Los ingresos procedentes de los arrendamientos operativos, netos de los incentivos concedidos, se reconocen como ingresos de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base sistemática de reparto por reflejar más adecuadamente el patrón temporal de consumo de los beneficios derivados del uso del activo arrendado.

La normativa vigente establece que el coste de los bienes arrendados se registrará en el balance según la naturaleza del bien objeto del contrato y, simultáneamente, un pasivo por el mismo importe. Este importe será el menor entre el valor razonable del bien arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de las cantidades mínimas acordadas, incluida la opción de compra, cuando no existan dudas razonables sobre su ejercicio. No se incluirán en su cálculo las cuotas de carácter contingente, el coste de los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador.

Los activos registrados por este tipo de operaciones se amortizan con criterios similares a los aplicados al conjunto de los activos materiales, atendiendo a su naturaleza.

En las operaciones de arrendamiento operativo, la propiedad del bien arrendado y sustancialmente todos los riesgos y ventajas que recaen sobre el bien, permanecen en el arrendador.

Cuando la Entidad actúa como arrendatario, los gastos del arrendamiento se cargan linealmente a la cuenta de pérdidas y ganancias en función de los acuerdos y de la vida del contrato.

Para aquellos inmovilizados con arrendamientos operativos a la Entidad, los pagos se registran como gastos en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando se devengan.

En aquellos inmovilizados que la sociedad arrienda a terceros, los ingresos derivados de los arrendamientos operativos se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando se devengan. Los costes directos imputables al contrato se incluyen como mayor valor del activo arrendado y se reconocen como gasto durante el plazo del contrato, aplicando el mismo criterio utilizado para el reconocimiento de los ingresos del arrendamiento.

4.5) Instrumentos financieros.

La Entidad tiene registrados en el capítulo de instrumentos financieros, aquellos contratos que dan lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. Se consideran, por tanto instrumentos financieros, los siguientes:

a) Activos financieros:

• Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.

• Créditos por operaciones comerciales: clientes y deudores varios;

• Créditos a terceros: tales como los préstamos y créditos financieros concedidos, incluidos los surgidos de la venta de activos no corrientes;

• Valores representativos de deuda de otras empresas adquiridos: tales como las obligaciones, bonos y pagarés;

• Instrumentos de patrimonio de otras empresas;

• Otros activos financieros: tales como depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al personal, fianzas y depósitos constituidos o dividendos a cobrar.

b) Pasivos financieros:

• Débitos por operaciones comerciales: proveedores y acreedores varios;

• Deudas con entidades de crédito;

• Otros pasivos financieros: deudas con terceros, tales como los préstamos y créditos financieros recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la compra de activos no corrientes o fianzas y depósitos recibidos.

c) Instrumentos de patrimonio propio: todos los instrumentos financieros que se incluyen dentro de los fondos propios.

Inversiones financieras a largo plazo:

• Préstamos y cuentas por cobrar: se registran a su coste amortizado, correspondiendo al efectivo entregado, menos las devoluciones del principal efectuadas, más los intereses devengados no cobrados en el caso de los préstamos, y al valor actual de la contraprestación realizada en el caso de las cuentas por cobrar. La Entidad registra las correspondientes provisiones por la diferencia existente entre el importe a recuperar de las cuentas por cobrar y el valor en libros por el que se encuentran registradas.

• Inversiones mantenidas hasta su vencimiento: aquellos valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijados, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la Entidad tiene intención y capacidad de conservar hasta su vencimiento. Se contabilizan a su coste amortizado.

• Activos financieros registrados a valor razonable con cambios en resultados.

• Las inversiones en empresas del grupo.

• Inversiones disponibles para la venta.

Efectivo y otros medios líquidos equivalentes registra el efectivo en caja y bancos, depósitos a la vista y otras inversiones a corto plazo de alta liquidez que son rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.

Pasivos financieros

• Los préstamos, obligaciones y similares se registran inicialmente por el importe recibido, neto de costes incurridos en la transacción. Los gastos financieros, incluidas las primas pagaderas en la liquidación o el reembolso y los costes de transacción, se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias según el criterio del devengo utilizando el método del interés efectivo. El importe devengado y no liquidado se añade al importe en libros del instrumento en la medida en que no se liquidan en el período en que se producen.

• Las cuentas a pagar se registran inicialmente a su coste de mercado y posteriormente son valoradas al coste amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectivo.

Inversiones en empresas del grupo:

• Las inversiones en empresas del grupo se valoran inicialmente por su coste, que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción.

• Al menos al cierre del ejercicio, la Sociedad procede a evaluar si ha existido deterioro de valor de las inversiones. Las correcciones valorativas por deterioro y en su caso la reversión, se llevan como gasto o ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias.

• La corrección por deterioro se aplicará siempre que exista evidencia objetiva de que el valor en libros de una inversión no será recuperable. Se entiende por valor recuperable, el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión, calculados bien mediante la estimación de los que se espera recibir como consecuencia del reparto de dividendos realizados por la empresa participada y de la enajenación o baja en cuentas de la inversión misma, bien mediante la estimación de su participación en los flujos de efectivo que se espera que sean generados por la empresa participada. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se tomará en consideración el patrimonio neto de la Entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración.

• Los pasivos financieros y los instrumentos de patrimonio se clasifican conforme al contenido de los acuerdos contractuales pactados y teniendo en cuenta el fondo económico. Un instrumento de patrimonio es un contrato que representa una participación residual en el patrimonio del grupo una vez deducidos todos sus pasivos.

La participación de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sociedades filiales o asociadas figura reflejadas en balance por su nominal.

Los valores mobiliarios de inversión temporales de renta fija, figuran por su precio de suscripción o compra.

4.6) Existencias.

Se valoran al precio de adquisición. El precio de adquisición es el importe facturado por el proveedor, deducidos los descuentos y los intereses incorporados al nominal de los débitos más los gastos adicionales para que las existencias se encuentren ubicados para su venta: transportes, aranceles, seguros y otros atribuibles a la adquisición.

El método FIFO es el adoptado por la empresa por considerarlo el más adecuado para su gestión. Los impuestos indirectos que gravan las existencias sólo se incorporan al precio de adquisición o coste de producción cuando no son recuperables directamente de la Hacienda Pública.

Cuando el valor neto realizable de las existencias es inferior a su precio de adquisición o a su coste de producción, se efectúan las oportunas correcciones valorativas reconociéndolas como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Si dejan de existir las circunstancias que causaron la corrección del valor de las existencias, el importe de la corrección es objeto de reversión reconociéndolo como un ingreso en la cuenta de pérdidas y ganancias.

No ha sido preciso efectuar ninguna corrección valorativa de las existencias.

Dada la naturaleza de la actividad que ejerce esta Autoridad Portuaria, no se produce la incorporación al proceso productivo de existencias. Las compras corresponden generalmente a consumibles destinados al mantenimiento y conservación de los activos.

4.7) Transacciones en moneda extranjera.

Las operaciones realizadas en moneda extranjera se registran en € a los tipos de cambio vigentes en el momento de la transacción. Durante el ejercicio, las diferencias que se producen entre el tipo de cambio contabilizado y el que se encuentra en vigor a la fecha de cobro o de pago se registran como resultados financieros en la cuenta de resultados. La Entidad no ha cambiado en el ejercicio la moneda funcional que es el euro.

Asimismo, al 31 de diciembre de cada año, se realiza al tipo de cambio de cierre la conversión de los saldos a cobrar o pagar con origen en moneda extranjera. Las diferencias de valoración producidas se registran como resultados financieros en la cuenta de resultados.

4.8) Fondo de Compensación Interportuario.

La Ley 48/2003 regula en su artículo 11.1.b) la contribución de las Autoridades Portuarias a los recursos económicos de Puertos del Estado, siendo en el caso de Canarias, el dos por ciento de los ingresos devengados en concepto de tasas, que tendrá la consideración de gasto de explotación y se liquidará con periodicidad trimestral.

Por otra parte y de conformidad con el principio de solidaridad entre los organismos públicos portuarios, se crea el Fondo de Compensación Interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal en el marco de los principios de autofinanciación y de libre y leal competencia, que será administrado por Puertos del Estado de conformidad con los acuerdos adoptados por el Comité de Distribución del Fondo, y se dotará anualmente en el presupuesto de explotación individual de dicho organismo público.

El Art. 13 de la Ley 48/2003, señala que las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado realizarán aportaciones al Fondo de Compensación Interportuario conforme a los criterios y límites establecidos en esta Ley. Dichas aportaciones tendrán la consideración de gasto no reintegrable.

4.9) Impuesto sobre beneficios y Provisión para impuestos.

De conformidad con lo señalado en el Art. 45 de la Ley 48/2003, «Las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado».

El gasto por impuesto se determina mediante la suma del gasto por impuesto corriente y el impuesto diferido. El gasto por impuesto corriente se determina aplicando el tipo de gravamen vigente a la ganancia fiscal, y minorando el resultado así obtenido en el importe de las bonificaciones y deducciones generales y aplicadas en el ejercicio.

Los activos y pasivos por impuestos diferidos, proceden de las diferencias temporarias definidas como los importes que se prevén pagaderos o recuperables en el futuro y que derivan de la diferencia entre el valor en libros de los activos y pasivos y su base fiscal. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.

Los activos por impuestos diferidos surgen, igualmente, como consecuencia de las bases imponibles negativas pendientes de compensar y de los créditos por deducciones fiscales generadas y no aplicadas.

Se reconoce el correspondiente pasivo por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, salvo que la diferencia temporaria se derive del reconocimiento inicial de otros activos y pasivos en una operación que en el momento de su realización, no afecte ni al resultado fiscal ni contable.

Por su parte, los activos por impuestos diferidos, identificados con diferencias temporarias deducibles, solo se reconocen en el caso de que se considere probable que la Sociedad va a tener en el futuro suficientes ganancias fiscales contra las que poder hacerlos efectivos y no procedan del reconocimiento inicial de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable. El resto de activos por impuestos diferidos (bases imponibles negativas y deducciones pendientes de compensar) solamente se reconocen en el caso de que se considere probable que la Entidad vaya a tener en el futuro suficientes ganancias fiscales contra las que poder hacerlos efectivos.

Con ocasión de cada cierre contable, se revisan los impuestos diferidos registrados (tanto activos como pasivos) con objeto de comprobar que se mantienen vigentes, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos, de acuerdo con los resultados de los análisis realizados.

El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación de los pasivos y activos por impuesto diferido, así como, en su caso, por el reconocimiento e imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias del ingreso directamente imputado al patrimonio neto que pueda resultar de la contabilización de aquellas deducciones y otras ventajas fiscales que tengan la naturaleza económica de subvención.

El importe de 1.500.603,84 € que figura en balance dentro del epígrafe Otras Provisiones, se mantiene para atender a los posibles pagos que, en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, pudieran resultar de aplicación caso de no prosperar los recursos interpuestos por este Organismo contra su liquidación.

No existe dotación por el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) al concurrir en la Entidad, los requisitos de exención establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Art. 82) exención que se hace extensiva por su equiparación al régimen tributario del Estado, en virtud de lo indicado en el Art. 45 de la Ley 48/2003. La exención es de carácter legal no rogada y como tal no requiere acto administrativo alguno para su reconocimiento.

4.10) Criterios empleados para el registro y valoración de los gastos de personal. Provisión para pensiones y obligaciones similares.

Para el caso de las retribuciones por prestación definida las contribuciones a realizar dan lugar a un pasivo por retribuciones a largo plazo al personal cuando, al cierre del ejercicio, figuren contribuciones devengadas no satisfechas.

El importe que se reconoce como provisión por retribuciones al personal a largo plazo es la diferencia entre el valor actual de las retribuciones comprometidas y el valor razonable de los eventuales activos afectos a los compromisos con los que se liquidarán las obligaciones.

Excepto en el caso de causa justificada, las sociedades vienen obligadas a indemnizar a sus empleados cuando cesan en sus servicios.

Ante la ausencia de cualquier necesidad previsible de terminación anormal del empleo y dado que no reciben indemnizaciones aquellos empleados que se jubilan o cesan voluntariamente en sus servicios, los pagos por indemnizaciones, cuando surgen, se cargan a gastos en el momento en que se toma la decisión de efectuar el despido.

El saldo actual de la cuenta de Provisión para pensiones y obligaciones similares es de 141.650,72 €, una vez externalizado el fondo de Pensiones, en el ejercicio 2002.

4.11) Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

No obstante, la Autoridad Portuaria, de acuerdo con el principio de prudencia, únicamente contabiliza los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos y las pérdidas previsibles, aun siendo eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidos.

Los ingresos por la venta de bienes o servicios se reconocen por el valor razonable de la contrapartida recibida o a recibir derivada de los mismos. Los descuentos por pronto pago, por volumen u otro tipo de descuentos, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos, se registran como una minoración de los mismos. No obstante la Sociedad incluye los intereses incorporados a los créditos comerciales con vencimiento no superior a un año que no tienen un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.

Los ingresos por servicios prestados, se registran sin incluir los importes correspondientes a los impuestos que gravan estas operaciones (IGIC).

Por lo que se refiere a los gastos, se aplica el siguiente procedimiento:

En cuanto al régimen de prorrata y su aplicación al IGIC hay que resaltar que la regla de prorrata será de aplicación cuando el sujeto pasivo, en el ejercicio de su actividad, efectúe conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones que no habiliten para el ejercicio de dicho derecho. También se aplica cuando el sujeto pasivo perciba subvenciones que no integren la base imponible y se destinen a financiar las actividades empresariales o profesionales del sujeto pasivo.

Cuando resulta aplicable la prorrata general, el sujeto pasivo podrá deducir solamente el resultado de aplicar a la totalidad del IGIC soportado el porcentaje o prorrata de deducción.

La regla de prorrata impone además determinadas reglas en relación con la contabilización del IGIC soportado en las operaciones realizadas por la entidad, partiendo la norma general de la existencia de una prorrata provisional determinada en función del volumen de operaciones realizado el ejercicio anterior, cuyo porcentaje permite conocer la parte del IGIC soportado que será deducible.

Hay que tener en cuenta que la entrada en vigor de la Ley 48/2003 ha supuesto importantes cambios en la tributación por el IGIC de las operaciones realizadas por las Autoridades Portuarias de Canarias. La Ley establece una nueva regulación de las contraprestaciones a percibir por las Autoridades Portuarias que pueden provenir de las tasas, que tienen naturaleza tributaria y de las tarifas, exigibles en los servicios comerciales y otros prestados en concurrencia con el sector privado.

Por su parte, El artículo 9 de la Ley 20/1991 reguladora del IGIC, establece que no están sujetas al impuesto:

«Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por los entes públicos sin contraprestación o mediante prestación patrimonial de carácter público.

Los supuestos de no sujeción a que se refiere este número no se aplicarán cuando los referidos entes actúen por medio de empresa pública, privada, mixta o, en general, de empresas mercantiles.

La constitución de concesiones y autorizaciones administrativas, excepto las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar inmuebles o instalaciones en puertos y aeropuertos….»

Conforme a esta regulación, las operaciones realizadas por las Autoridades Portuarias de Canarias remuneradas mediante tasas no están sujetas al impuesto. No obstante, todas las operaciones que tengan por objeto el uso o utilización de los inmuebles o instalaciones portuarias, mediante concesión o autorización administrativa estarán sujetas al IGIC, aunque sean remuneradas mediante tasas. También estarán sujetos al IGIC los servicios prestados en régimen privado que se remuneran mediante tarifas.

Asimismo, tampoco estarán sujetas las operaciones remuneradas mediante tarifas pero que tengan la naturaleza de contraprestaciones de naturaleza pública, que se caracterizan por la nota de la coactividad, puesto que se imponen obligatoriamente a los particulares, lo que significa que, el concepto de contraprestación pública, puede llevar al ámbito de la no sujeción a la prestación de algunos servicios remunerados mediante tarifas cuando tengan la naturaleza de contraprestaciones públicas.

En resumen, la tributación en el IGIC será la siguiente:

• Operaciones sujetas:

– Tasas por ocupación de los inmuebles o instalaciones portuarias, mediante concesión o autorización.

– Tarifas por servicios comerciales en régimen de concurrencia.

• Operaciones no sujetas:

– El resto de las Tasas.

– Servicios generales remunerados mediante tarifas pero que son coactivos y tienen naturaleza de contraprestación pública.

Obviamente, los servicios u operaciones sujetas estarán exentos en la medida en que se presten a buques afectos a navegación marítima internacional o en cualquier otro supuesto que la Ley del IGIC asimila a exportación. Por lo tanto, estos servicios, a pesar de estar exentos, tienen derecho a la deducción de los IGIC soportados en su actividad.

Por último, hay que hacer referencia a las aportaciones a Puertos del Estado que se establecen en el cuatro por ciento de los ingresos devengados por las Autoridades Portuarias en concepto de tasas (dos por ciento en el caso de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla), teniendo ésta la consideración de gasto de explotación y liquidándose con periodicidad trimestral (Art.11.1.b) L.48/2003).

En el Ejercicio 2011, esta Autoridad Portuaria ha aplicado un 37% como Regla de Prorrata.

4.12) Provisiones y contingencias.

Las obligaciones existentes a la fecha del balance de situación surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para la Sociedad cuyo importe y momento de cancelación son indeterminados se registran en el balance de situación como provisiones por el valor actual del importe más probable que se estima que la Sociedad tendrá que desembolsar para cancelar la obligación.

La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supone una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la Sociedad del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido, registrándose dicho activo por un importe no superior de la obligación registrada contablemente.

4.13) Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental.

Los costes incurridos, en su caso, en sistemas, equipos e instalaciones cuyo fin sea la minimización del impacto medioambiental en el desarrollo de la actividad, y/o la protección y mejora del medio ambiente se registran como inversiones en inmovilizado.

El resto de gastos relacionados con el medio ambiente, distintos de los anteriores, se consideran gastos del ejercicio. Para el cálculo de posibles provisiones medioambientales que pudieran surgir se dota de acuerdo a la mejor estimación de su devengo en el momento que se conozcan, y en el supuesto de que las pólizas de seguro no cubran los daños causados.

4.14) Subvenciones, donaciones y legados.

Las subvenciones de capital no reintegrables se valoran por el importe concedido, reconociéndose inicialmente como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se imputan a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el período por los activos financiados por dichas subvenciones, salvo que se trate de activos no depreciables en cuyo caso se imputarán al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos.

Mientras tienen el carácter de subvenciones reintegrables se contabilizan como deudas a largo plazo transformables en subvenciones.

Cuando las subvenciones se concedan para financiar gastos específicos se imputarán como ingresos en el ejercicio en que se devenguen los gastos que están financiando.

4.15) Criterios empleados en transacciones entre partes vinculadas.

En el supuesto de existir, las operaciones entre empresas del mismo grupo, con independencia del grado de vinculación, se contabilizarán de acuerdo con las normas generales. Los elementos objeto de las transacciones que se realicen se contabilizarán en el momento inicial por su valor razonable. La valoración posterior se realizará de acuerdo con lo previsto en las normas particulares para las cuentas que corresponda.

Esta norma de valoración afecta a las partes vinculadas que se explicitan en la Norma de registro y valoración 13.ª del Plan General de Contabilidad. En este sentido:

• La Autoridad Portuaria entiende que una empresa forma parte del grupo cuando ambas estén vinculadas por una relación de control, directa o indirecta, análoga a la prevista en el artículo 42 del Código de Comercio, o cuando las empresas estén controladas por cualquier medio por una o varias personas jurídicas que actúen conjuntamente o se hallen bajo dirección única por acuerdos o cláusulas estatutarias.

• La Autoridad Portuaria entiende que una empresa es asociada cuando, sin que se trate de una empresa del grupo en el sentido señalado, la empresa o las personas físicas dominantes, ejerzan sobre esa empresa asociada una influencia significativa, tal como se desarrolla detenidamente en la citada Norma de registro y valoración 13.ª

• Una parte se considera vinculada a otra cuando una de ellas ejerce o tiene la posibilidad de ejercer directa o indirectamente o en virtud de pactos o acuerdos entre accionistas o partícipes, el control sobre otra o una influencia significativa en la toma de decisiones financieras y de explotación de la otra, tal como se detalla detenidamente en la Norma de registro y valoración 15.ª

4.16) Activos no corrientes mantenidos para la venta.

Se registran en este apartado aquellos activos en los que su valor contable se recuperará fundamentalmente a través de su venta, y siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

• El activo debe estar disponible en sus condiciones actuales para su venta inmediata, y

• Su venta debe ser altamente probable, ya sea porque se tenga un plan para vender el activo y se haya iniciado un programa para encontrar comprador, que la venta del activo debe negociarse a un precio adecuado en relación con su valor razonable actual y que se espera completar la venta dentro del año siguiente. Es improbable que haya cambios significativos en el mismo o que vaya a ser retirado.

Se valoran en el momento de su clasificación en esta categoría, por el menor entre su valor su valor contable y su valor razonable menos los costes de venta.

4.17) Operaciones interrumpidas.

La sociedad reconoce como tal los componentes que han sido enajenados o clasificados como mantenidos para la venta y cumplen alguna de las siguientes características:

1. Representan una línea de negocio o un área geográfica de la explotación.

2. Formen parte de un plan individual y coordinado de enajenación.

3. Es una empresa dependiente adquirida exclusivamente con la finalidad de venderla.

Los ingresos y gastos relacionados con las citadas operaciones se valorarán y reconocerán según la naturaleza de cada uno de los citados gastos e ingresos, clasificándose de forma separa en el estado de pérdidas y ganancias.

5) Inmovilizado material.

a) Altas.

El volumen imputado en este ejercicio al activo del subgrupo (23) «Inmovilizaciones materiales en curso», asciende a la cantidad de 21.696.506,77 €.

El valor de concesiones revertidas en el ejercicio 2011 asciende a 856.873,29 €.

b) Bajas.

No se han producido bajas.

c) Ajustes y reclasificaciones.

No se han producido ajustes y reclasificaciones.

d) Traspasos.

Durante el año 2011 se han incorporado al inmovilizado, por terminación de las mismas, obras que anteriormente estaban en «curso de ejecución» por importe de 38.066.284,54 €. El movimiento del subgrupo (23) «Inmovilizaciones materiales en curso» es el siguiente:

Inmovilizaciones materiales en curso

(en euros)

 

Altas

Bajas

Saldo

Saldo a 01.01.2011

 

 

52.727.729,33

Altas año 2011

21.696.506,77

 

 

Traspaso a inmovilizado

 

38.066.284,54

 

Sumas y saldo 31.12.2011

21.696.506,77

38.066.284,54

36.357.951,56

El siguiente cuadro, configura el valor bruto del inmovilizado material a fecha 31 de diciembre de 2011, una vez efectuada la incorporación a los bienes existentes el pasado año, de alta de nuevos activos, junto con el traspaso, ajustes y reclasificaciones habidas durante el presente ejercicio. La columna inicial presenta los datos a 01.01.2011 después de realizados los ajustes que se explican en el punto 2.7 de Corrección de errores realizados.

Inmovilizado material valores brutos

(en euros)

Resumen total

de bienes

Valores a

01.01.2011

Altas

Ejercicio

Bajas y

Reclasif.

Valores a

31.12.2011

1. Señales marítimas

0,00

0,00

 

0,00

2. Accesos marítimos

25.037.541,37

4.008.654,81

 

29.046.196,18

3. Obras de abrigo

183.764.949,41

6.922.490,38

 

190.687.439,79

4. Obras de atraque

111.616.541,63

14.272.899,44

 

125.889.441,07

5. Reparación barcos

547.101,39

0,00

 

547.101,39

6. Edificaciones

31.572.123,51

1.088.534,61

 

32.660.658,12

7. Instalaciones generales

24.734.567,75

2.089.697,25

 

26.824.265,00

8. Pavimentos, calzadas, vías

102.582.097,83

8.944.216,33

 

111.526.314,10

9. Manipulación mercancías

3.229.531,10

0,00

 

3.229.531,10

10. Material flotante

2.061.734,07

21.943,49

 

2.083.677,56

11. Equipo transporte

1.254.260,25

0,00

 

1.254.260.25

13. Equipo de taller

1.814.238,86

103.754,67

 

1.917.993,53

14. Mobiliario y enseres

4.378.924,93

222.461,10

 

4.601.386,03

15. Material diverso

377.462,66

20.614,56

 

398.077,22

16. Equipo informático

3.311.245,01

269.060,10

 

3.580.305,11

Instalación ayuda naveg.

1.190.986,47

101.957,80

 

1.292.944,27

Terrenos

11.876.308,70

0,00

 

11.876.308,70

Totales

509.349.614,94

38.066.284,54

 

547.415.899,48

e) Amortizaciones.

e. 1) Regularizaciones.

e. 2) Traspasos.

e. 3) Dotación del ejercicio.

Con cargo a gastos del ejercicio, cuenta contable (681), se ha registrado como dotación para el mismo, la cantidad de 17.127.715,93 €.

La amortización acumulada al cierre del ejercicio, una vez efectuados los ajustes a 01.01.2011 según se comenta en el punto 2.7 Corrección y errores y la dotación del año, se muestra en el siguiente cuadro:

Inmovilizado material

Amortizaciones a 31 diciembre de 2011 (en euros)

Resumen total

de bienes

Acumulada

01.01.2011

Dotación

del ejercicio

Am. Acum.

corrección

Total hasta

31.12.2011

1. Señales marítimas

0,00

0,00

0,00

0,00

2. Accesos marítimos

4.103.861,61

700.905,27

0,00

4.804.766,88

3. Obras de abrigo

57.752.243,24

4.398.921,79

0,00

62.151.165,03

4. Obras de atraque

49.993.964,45

3.604.453,59

0,00

53.598.418,04

5. Reparación barcos

343.617,97

20.446,32

0,00

364.064,29

6. Edificaciones

9.830.044,06

945.327,57

0,00

10.775.371,63

7. Instal. Generales

10.863.415,11

1.306.430,41

0,00

12.169.845,52

8. Pav., Calzadas, vías

65.457.032,62

5.179.695,19

0,00

70.636.727,81

9. Manip. Mercancías

2.416.250,08

86.586,36

0,00

2.502.836,44

10. Material flotante

1.415.503,41

45.180,27

0,00

1.460.683,68

11. Equipo transporte

956.658,64

91.947,09

0,00

1.048.605,73

13. Equipo de taller

714.479,37

118.118,09

0,00

832.597,46

14. Mob. Y enseres

2.788.411,49

301.241,11

0,00

3.089.652,60

15. Material diverso

364.128,34

9.920,60

0,00

374.048,94

16. Equipo informático

2.731.720,84

268.515,60

0,00

3.000.236,44

Instal.Ayuda naveg.

979.006,12

50.026,67

0,00

1.029.032,79

Totales

210.710.337,35

17.127.715,93

0,00

227.838.053,28

Porcentualmente, la amortización acumulada al cierre del presente ejercicio, equivale al 42,54 % del valor bruto de los activos materiales, excluidos los terrenos.

Finalmente, la comparación de los datos referidos a fecha 31 de diciembre de 2011, de los valores brutos de los bienes, por un lado, con los de la amortización acumulada, por el otro, componen el inmovilizado material neto de esta Autoridad Portuaria, siguiente:

Inmovilizado material

Valores netos a (31 diciembre 2011) (en euros)

Resumen total

de bienes

Valores

brutos

Amortización

acumulada

Valores

netos

1. Señales marítimas

0,00

0,00

0,00

2. Accesos marítimos

29.046.196,18

4.804.766,88

24.241.429,30

3. Obras de abrigo

190.687.439,79

62.151.165,03

128.536.274,76

4. Obras de atraque

125.889.441,07

53.598.418,04

72.291.023,03

5. Reparación barcos

547.101,39

364.064,29

183.037,10

6. Edificaciones

32.660.658,12

10.775.371,63

21.885.286,49

7. Instal. Generales

26.824.265,00

12.169.845,52

14.654.419,68

8. Pav., Calzadas, vías

111.526.314,16

70.636.272,81

40.889.586,35

9. Manip. Mercancías

3.229.531,10

2.502.836,44

726.694,66

10. Material flotante

2.083.677,56

1.460.683,68

622.993,88

11. Equipo transporte

1.254.260.25

1.048.605,73

205.654,52

13. Equipo de taller

1.917.993,53

832.597,46

1.085.396,07

14. Mob. Y enseres

4.601.386,03

3.089.652,60

1.511.733,43

15. Material diverso

398.077,22

374.048,94

24.028,28

16. Equipo informático

3.580.305,11

3.000.236,44

580.068,67

Instal.Ayuda naveg.

1.292.944,27

1.029.032,79

263.911,48

Terrenos

11.876.308,70

0,00

11.876.308,70

Totales

547.415.899,48

227.838.053,28

319.577.846,20

Durante el 2011 no se han realizado ninguna corrección valorativa de los bienes de inmovilizado, ni se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa que afecte al ejercicio presente o a ejercicios futuros en las estimaciones de las vidas útiles y de los métodos de amortización.

El saldo pasivo de los proveedores de inmovilizado es de 4.945.530,57 €, a corto plazo.

El IGIC soportado de inversiones en inmovilizado material ascendió a 1.256.617,94 €.

6) inversiones inmobiliarias.

El movimiento habido en este capítulo del balance de situación adjunto es el siguiente:

Inversiones inmobiliarias 2011

 

Saldo a 01/01/2011

Concesiones revertidas

Altas 2011

Saldo a 31/12/11

a) Terrenos

115.952.477,32

 

4.738.543,07

120.691.020,39

Terrenos afectos a la explotación

113.170.180,27

 

5.523.577,34

118.693.757,61

Terrenos no afectos a la explotación

2.782.297,05

 

-785.034,27

1.997.262,78

b) Construcciones

27.852.955,01

856.873,29

 

28.709.828,30

Obras de abrigo y defensa

 

 

 

 

Obras de atraque

 

 

 

 

Instalaciones para reparación de barcos

 

 

 

 

Edificaciones

27.852.955,01

856.873.29

 

28.709.828,30

Instalaciones generales

 

 

 

 

Pavimentos, calzadas y vías de circulación

 

 

 

 

Total

143.805.432,33

856.873,29

4.738.543,07

149.400.848,69

Amortización acumulada de inversiones inmobiliarias 2011

Concepto

Saldo a 31/12/10

Traspaso a / de inmovilizado material (+/-)

Dotacion amortizacion 2011

Saldo a 31/12/11

Obras de abrigo y defensa

 

 

 

 

Obras de atraque

 

 

 

 

Instalaciones para reparación de barcos

 

 

 

 

Edificaciones

8.429.716,99

0,00

831.774,28

9.261.491,27

Instalaciones generales

 

 

 

 

Pavimentos, calzadas y vías de circulación

 

 

 

 

Total

8.429.716,99

0,00

831.774,28

9.261.491,27

Durante el 2011 no se ha realizado ninguna corrección valorativa de los bienes de inmovilizado.

7) inmovilizado intangible.

a) Altas.

El importe de los bienes dados de alta en el presente ejercicio asciende a la cantidad global de 621.333,97 €.

b) Bajas.

No se han producido bajas en este ejercicio.

c) Ajustes y reclasificaciones.

No se han producido reclasificaciones entre las cuentas tal como se muestra el cuadro.

d) Amortizaciones.

La dotación del ejercicio asciende a 524.938,45 €.

El efecto de las anotaciones descritas, configura en el siguiente cuadro:

Inmovilizado intangible (en euros)

Resumen

Total

Bienes

Valores brutos

Total a

31.12.2010

Adiciones

Año 2011

Bajas

31.12.2011

Total a

31.12.2011

Aplic.inform.

4.817.193,63

483.395,82

145.848,00

5.446.437,45

Anticipos

272.895,70

137.938,15

(145.848,00)

264.985,85

Totales

5.090.089,33

621.333,97

0,00

5.711.423,30

Inmovilizado intangible (en euros)

Resumen

Total

Bienes

Amortización acumulada

Total

Netos a

31.12.2011

Valores a

31.12.2010

Dotación

año 2011

Bajas

31.12.2011

Aplic.inform.

3.307.935,52

524.938,45

 

3.832.873,97

Totales

3.307.935,52

524.938,45

 

3.832.873,97

La amortización de los elementos del inmovilizado intangible se hace de forma lineal durante su vida útil estimada, en función de los siguientes años de vida útil:

Descripción

Años

% anual

Desarrollo

 

 

Concesiones

 

 

Patentes, licencias, marcas y similares

 

 

Aplicaciones informáticas

5

20

Otro inmovilizado intangible

 

 

No se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa en el ejercicio presente o a ejercicios futuros que afecten a valores residuales, vidas útiles o métodos de amortización.

La sociedad no ha realizado correcciones valorativas de los bienes de inmovilizado intangible.

El IGIC soportado de inversiones en inmovilizado intangible ascendió a 30.114,73 €.

8) Arrendamientos operativos.

El importe abonado por arrendamiento operativo durante el ejercicio 2011 asciende a 147.413,12 €.

9) Instrumentos financieros.

a) Créditos a largo plazo al personal.

No se han producido movimientos en la cuenta (254) destinada a registrar el otorgamiento de préstamos al personal de la Entidad para la adquisición o mejora de vivienda, ya que durante el presente ejercicio no se han concedido nuevos préstamos al personal.

b) Participaciones en Capital.

El detalle de la participación en las empresas del grupo es el siguiente:

Cuotas de participación de la autoridad portuaria de S/C Tenerife en las sociedades estatales de estiba y desestiba

Puerto

Participación total

Euros

(%)

S/S de la Gomera

54.337,50

90,41

La Estaca

36.781,96

100,00

Total

91.119,46

 

El detalle de la participación en las empresas asociadas es el siguiente:

Puerto

Participación total

En euros

(%)

Parque Marítimo de Santa Cruz S.A.

30.050,61

50,00

Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife, S.A.

11.851,61

33,33

Total

41.902,22

 

Permanece inalterable nuestra cuota de participación del 50 % en la sociedad «Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.», constituida con fecha 21.12.1994, con el Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, con un capital social de 60.121,21 €.

La participación, respecto a la «Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife, S.A.», (SOFITESA), constituida el 12 de enero de 1999, es del 33,33%

c) Activos financieros.

Las Inversiones financieras a largo plazo corresponden a un depósito realizado hace años con La Caixa, que se mantenían en inversiones a corto y que se ha reclasificado a este epígrafe y además han sido actualizadas a valor razonable a 31 de diciembre resultando un importe de 342.564,41 €.

Como otros activos financieros incluimos una imposición a plazo fijo con Caja Canarias por valor de 600.000 €, y el resto por importe de 1.876,89 € corresponden a fianzas constituidas a largo plazo.

En Ingresos financieros de valores negociables y otros instrumentos financieros se incluyen los siguientes:

Intereses Bancarios

105.957,09

Intereses Demora de Facturas

417.348,93

Recargo de apremio

95.874,64

Otros Ingresos Financieros

4.361,02

Recargo pago fuera de plazo

131.250,29

Intereses cobros fraccionados

7.748,46

Intereses demora de Fras. Apremio

6.540,89

Total

769.081,32

d) Deudas no comerciales.

d.1) Deudas con empresas del grupo.

Los pagos realizados como aportación al Ente Público Puertos del Estado derivados de la aplicación del art. 11.1 durante este ejercicio fueron de 659.167,97 €.

La aportación anual devengada en 2011 a favor del Fondo de Compensación Interportuario asciende a 894.000 € y la cantidad a recibir de dicho Fondo asciende a 8.571.000 €, por tanto el resultado neto a recibir del Fondo en el ejercicio es de 7.677.000 €. Dado que los ingresos recibidos en 2011 por parte de Puertos del Estado en concepto de dicho Fondo fueron de 7.726.000 €, la cuenta Deudas con empresas del grupo figura con un saldo de 49.000 €.

d.2) Póliza de crédito (a corto) y deudas a largo plazo.

Al cierre del ejercicio se mantienen abiertas las dos pólizas de crédito suscritas con La Caixa y Banco Bilbao Vizcaya, por importe de 13 M y de 10 M de Euros respectivamente.

En febrero de 2008 se firmó un préstamo en modalidad Club Deal para financiar el plan de inversiones a largo plazo de esta Entidad, la operación con cuatro entidades de crédito (Caja Canarias, Banco Bilbao Vizcaya, Banco Santander y La Caixa) siendo nombrada entidad Agente Caja Canarias, por importe de hasta 120M de €, 25 años y con periodo de carencia de principal de hasta 5 años.

El saldo que figura en balance dentro del epígrafe deudas con entidades de crédito a largo plazo por importe de 91.935.200,00 € se compone de las disposiciones realizadas hasta 2011 por 93M de € minorado en los gastos de formalización de dicho crédito que han sido traspasados a esta cuenta con la entrada en vigor del nuevo plan.

En el ejercicio 2011 se han traspasado 52.800 € a gasto en concepto de gastos de formalización deudas y 3.000.000 € por amortización que vence en 2012 del préstamo Club Deal.

e) Pasivos financieros.

Como Deudas a largo plazo (Otras), del Balance, figura la cantidad de 468.693,87€ correspondiente al importe recibido durante el ejercicio 2010 del Ministerio de Ciencia e Innovación por el proyecto GISPORT. Se ha traspasado a corto plazo el vencimiento de 2012 por importe de 33.478,13€.

Como Deudas a corto plazo, existe un saldo de 1.242.807,87€, que se desglosa como sigue: El vencimiento traspasado de largo de 33.478,13€ (proyecto GISPORT); 1.074.165,74 € que corresponden a partidas financieras pendientes de regularizar y 135.164,00 € que corresponden a fianzas recibidas a corto plazo.

f) Patrimonio Neto.

El Patrimonio neto de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife a 31 de diciembre de 2011 asciende a 417.329.073,79 € y se compone de Fondos Propios 331.465.788,76 €, Ajustes por cambios de valor 57.503,78 € y de Subvenciones, donaciones y legados recibidos 85.805.781,25 €.

f.1) Fondos Propios.

f.1.1) Patrimonio.

El Patrimonio de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, reflejado en el balance a 31 de diciembre de 2010, no se ha visto alterado en el presente ejercicio siendo su importe de 304.039.112,99 €.

f.1.2) Resultados acumulados.

Con fecha 01.01.2010 se han realizado los ajustes ya comentados en el epígrafe 2.7 Corrección de errores.

Los resultados acumulados durante el ejercicio 2011 son los siguientes:

Resultados acumulados

Resultados acumulados 01.01.2011

23.292.599,77

1-Resultados de las operaciones 2010

4.817.060,23

2-Disminución reservas conc. Revertidas

 

Resultados acumulados a 31/12/2011

28.109.660,00

f.1.3) Resultado del ejercicio.

El resultado obtenido en este ejercicio es: -682.984,23 €.

f.2) Ajustes por cambios de valor.

En el epígrafe I. Activos financieros disponibles para la venta se ha registrado una actualización a valor razonable de las imposiciones y depósitos a largo plazo por importe de 6.454,39 €, siendo su saldo a 31 de diciembre de 2011 por importe de 57.503,78 €.

f.3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos.

Ver capítulo 16) de este documento.

g) Tesorería y otros activos financieros.

El saldo de tesorería a 31 de diciembre de 2011 es de 3.281.977,55 €.

10) Existencias.

La composición del saldo de las existencias es la siguiente:

Almacenes

Debe

Haber

Saldo

Saldo a 31.12.2010

 

 

563.709,04

Compras año 2011

240.548,59

 

 

Consumo año 2011

 

396.604,62

 

Existencias finales

 

 

407.653,01

Al cierre del ejercicio no existe compromiso de compra o venta de los materiales en existencia, pudiendo disponerse libremente de los mismos al no estar afectados de garantía o carga ninguna.

La naturaleza de las existencias al 31 de diciembre de 2011 se corresponde con Material para reposición, reparación y conservación. No se han producido correcciones valorativas por deterioro de las existencias.

11) Situación fiscal.

a) Impuesto sobre Sociedades.

Antecedentes.

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 51, establecía que «las Autoridades Portuarias quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado», afirmación esta que, en relación con la entonces vigente Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, conllevaba sin mayor problema la exención de las Autoridades Portuarias respecto al Impuesto, dada la exención subjetiva del Estado (artículo 5.1 de la citada Ley 61/1978).

La nueva Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades conservó la exención de las Autoridades Portuarias respecto al tributo de referencia por dos vías distintas; en primer lugar, al mantener la exención tributaria del Estado (artículo 9.a) y continuar entonces vigente el artículo 51 de la LPEMM (no obstante lo dispuesto en la Disposición Transitoria Decimotercera de la Ley 43/95) y, en segundo lugar, al afirmar el artículo 9.f de la Ley 43/1995 la exención de los entes públicos del artículo 6.5 de la Ley General Presupuestaria y tener las Autoridades Portuarias precisamente la consideración de entidades de derecho público de las previstas en el artículo 6.5 de dicha Ley General Presupuestaria (artículo 35 LPEMM).

A mayor abundamiento, la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 31 de diciembre de 2001, introduce una serie de modificaciones en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, disponiendo que estarán parcialmente exentos del Impuesto, en los términos previstos en los artículos 133 y siguientes de la Ley 43/1995, la Entidad de Derecho público Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero del año 2002 si bien, la Disposición final tercera establece que dicho régimen será aplicable a los ejercicios impositivos correspondientes a los años 2000 y 2001.

Situación actual.

Al igual que ocurría en la Ley de Puertos de 1992, con la nueva Ley 48/2003 Puertos del Estado y Autoridades Portuarias tienen el mismo régimen tributario que el Estado (Art. 45 «Las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado, sin perjuicio de la aplicación a dichas Entidades del régimen de entidades parcialmente exentas en el Impuesto sobre Sociedades, a cuyo efecto los ingresos por la prestación de servicios comerciales tendrán la consideración de ingresos procedentes de explotaciones económicas.»). Ahora bien, a estas entidades se les aplicará el régimen de entidades parcialmente exentas en el Impuesto sobre Sociedades, respecto de los ingresos procedentes de explotaciones económicas en la prestación de servicios comerciales que estarán sujetos al Impuesto, a diferencia de los ingresos de naturaleza tributaria que estarán exentos. Ello obedece, como se ha señalado, a la modificación de la Ley 43/1995 del Impuesto de Sociedades, en la que se reconoce la exención parcial de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias.

De acuerdo con estas normas, los ingresos por actividades comerciales, sometidos al impuesto de Sociedades son: grúas; suministros, de agua y electricidad; Servicios diversos; y los financieros y accesorios.

Para el cálculo del impuesto, en lo relativo a las tarifas, se ha considerado como gasto los directamente imputables a las mismas, así como una parte de los gastos generales, una vez restado los gastos de las tarifas no exentas, en función del peso relativo que estas tarifas han tenido en el total de la facturación.

Los ingresos accesorios y financieros se han sumado, netos de gastos, en la tabla para el cálculo del rendimiento neto.

b) Retenciones y pagos a cuenta.

Durante el ejercicio en cuestión, no se ha realizado ningún pago a cuenta (ya que las respectivas declaraciones resultaron negativas), y las retenciones practicadas por la remuneración de tesorería ha sido de 11.369,30 €.

c) Impuesto General Indirecto Canario.

Al cierre del ejercicio, el saldo a nuestro favor del IGIC, asciende a la cantidad de 253.228,83 €, cifra que corresponde a la diferencia entre el impuesto soportado y el repercutido en el ejercicio.

d) Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Durante el ejercicio 2011, se ha procedido al pago del mencionado impuesto por importe de 807.524,05 €, de los que 473.690,39 € han sido por aplicación de la provisión para impuestos.

e) Impuesto de Actividades Económicas.

Exenta.

g) Otras deudas con las Administraciones Públicas.

El saldo a 31 de diciembre de 2011 por este concepto asciende a la suma de 317.474,60 €, que se desglosa principalmente en las cuentas contables (475) «Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales» que al cierre del ejercicio presenta un saldo acreedor por importe de 110.294,12 € la (476) «Organismos de la Seguridad Social, acreedores» por importe de 210.331,29 €.

12) Ingresos y gastos.

a) Personal.

La cuenta (641) recoge el importe correspondiente a las indemnizaciones del ejercicio por importe de 44.593,06 €.

La cuenta contable (642) «Seguridad Social a cargo de la empresa» recoge exclusivamente el coste de la cuota patronal devengada en el presente ejercicio, cuyo importe es de 2.219.113,28 €.

La cuenta (643) recoge el importe abonado por la Empresa como aportación al plan de pensiones por importe de 107.072,60 €.

El detalle de la cuenta contable (649) «Otros gastos sociales» es como sigue:

6490001

Atenciones sociales

Suministro de cortesía

19.583,82

 

 

Cesta navidad

19.288,87

 

 

Comisión paritaria

15.366,00

 

 

Previmac

17.342,24

 

 

Campus de verano

10.096,76

 

 

Actividades deportivas

2.103,41

 

 

Varios

2.101,15

6490002

Vestuarios

Uniformes

16.486,57

6490003

Cursos formación personal

Cursos

39.680,40

6490004

Seguro medico

Seg.medico

74.136,52

Total

216.185,74

b) Provisión para insolvencias de crédito.

En este ejercicio se sigue manteniendo el criterio de provisionar la cobertura de probables insolvencias de clientes por operaciones de tráfico. Otro tanto, se realiza con el resto de deudores.

A finales de año, se realiza un análisis de cada uno de los saldos, procediéndose a aplicar sobre los mismos, el cálculo, que a criterio del (EPPE), debe seguirse para las deudas de dudoso cobro.

La tabla de porcentajes aplicada es la siguiente:

Antigüedad

De la deuda

Servicios

Portuarios

Concesiones

Autorizaciones

Deudores

Varios

Entre 0 y 6 meses

0%

0%

0%

Entre 6 y 12 meses

100%

0%

100%

Entre 12 y 18 meses

100%

50%

100%

Entre 18 y 24 meses

100%

50%

100%

Más de 24 meses

100%

100%

100%

Dotación provisión insolvencias año 2011

Antigüedad deudas

Clientes 430.0

Tasas 430.1

Total

Total

Desde - hasta

Meses

%

B a s e

Dotación

%

B a s e

Dotación

Bases

Dotación

Jul/dic. 2011

(0 - 6)

0

763.472,30

0

0

6.849.447,78

0

7.612.920,08

 

B162 jul/dic 11

 

100

92,85

92,85

100

 

0

92,85

92,85

Ene/jun. 2011

(6 - 12)

100

112.765,68

112765,68

0

809.921,79

0

922.687,47

 

B162 ene/jun 11

 

0

185,70

185,7

100

514.352,88

514352,88

514.538,58

627.304,26

Ene/dic 2010

(12 - 24)

100

252.142,16

252142,16

50

1.168.053,58

584026,79

1.420.195,74

 

B162 ene/dic 10

 

100

1.278,28

1278,28

100

330.190,86

330190,86

331.469,14

1.167.638,09

Ene/dic. 2009

(> 24)

100

140.467,09

 

100

3.126.036,52

 

3.266.503,61

 

Ene/dic. 2008

 

 

158.233,54

 

 

1.888.915,35

 

2.047.148,89

 

Ene/dic. 2007

 

 

329.565,67

 

 

789.585,84

 

1.119.151,51

 

Ene/dic. 2006

 

 

52.469,17

680735,47

 

456.640,67

6261178,38

509.109,84

6.941.913,85

 

 

 

1.810.672,44

1.047.200,14

 

15.933.145,27

7.689.748,91

17.743.817,71

8.736.949,05

A lo largo del ejercicio se han producido anulaciones de créditos fallidos, dados de baja por insolvencia de clientes, que han sido cargados a la cuenta contable (650) «Pérdidas de créditos comerciales incobrables «con abono a sus respectivas cuentas de los subgrupos (43).

Al final de cada ejercicio, la provisión estimada según antigüedad y porcentajes anteriormente reseñados, se abona a la cuenta contable (490) «Provisión para insolvencias de tráfico «con cargo a la cuenta (694) «Dotación a la provisión para insolvencias de tráfico».

Asimismo al final del ejercicio, se carga en la citada cuenta (490) el importe de la dotación realizada al cierre del ejercicio anterior, con abono a la cuenta (794) «Provisión para insolvencias de tráfico aplicada».

El detalle de la cuenta queda como sigue:

1) Cargo en el presente ejercicio a la cuenta (650) «Pérdidas de créditos comerciales incobrables» de fallidos.

• Servicios Portuarios

44.832,31

• Cánones por concesiones

443.447,96

• Deudores varios

0,00

Total

488.280,27

2) Por cancelación de los saldos del ejercicio precedente de la cuenta (490) «Provisión para insolvencia de tráfico» con abono a la cuenta (794) «Provisión para insolvencias tráfico aplicada».

• Servicios Portuarios

897.028,02

• Cánones por concesiones

6.324.797,85

• Deudores

0,00

Total

7.221.825,87

3) La provisión calculada sobre los saldos de créditos pendientes a 31 de diciembre del presente año, ha sido cargada a la cuenta contable (694) «Dotación a la provisión de insolvencias de tráfico» con abono a la (490)»Provisión para insolvencias de tráfico»

• Servicios Portuarios

1.047.200,14

• Cánones por concesiones

7.689.748,91

• Deudores

0,00

Total

8.736.949,05

Quedando finalmente para el presente ejercicio, el siguiente resumen de la variación de las provisiones de tráfico en la cuenta de pérdidas y ganancias.

• Cta. (650)

488.280,27

• Cta. (694)

8.736.949,05

• Cta. (794)

-7.221.825,87

Total

2.003.403,45

c) Facturación neta del ejercicio.

La distribución del importe neto de la cifra de negocios (excluido el IGIC.) correspondiente a las actividades ordinarias del ejercicio, es la siguiente:

Facturación neta año 2011

Puerto

P. Privados

Tarifas

P. Públicos

Tasas

Importe

Total

S/C. de Tenerife

2.255.086,10

26.163.595,62

28.418.681,72

Los Cristianos

155.736,15

2.407.722,21

2.563.458,36

S/C. de La Palma

251.911,21

2.624.035,95

2.875.947,16

SS. de La Gomera

228.480,67

2.208.952,87

2.437.433,54

Granadilla

 

3.946,75

3.946,75

La Estaca

72.393,95

360.889,50

433.283,45

Total Puertos

2.963.608,08

33.769.142,90

36.732.750,98

La facturación neta, detallada por puertos del ejercicio 2011, ha supuesto un incremento global del 5,38% respecto del año 2010.

Variación que queda representada en el siguiente cuadro:

Facturación total neta (años 2007-2011)

 

2007

2008

2009

2010

2011

D (11/07)

S/C Tenerife

27.942.051,48

30.128.031,67

30.157.364,07

26.856.702,22

28.418.681,72

1,71

Los Cristianos

2.570.646,43

2.411.210,26

2.383.228,00

2.420.280,91

2.563.458,36

-0,28

La Palma

2.444.403,80

2.693.874,33

2.875.429,03

3.008.463,70

2.875.947,16

17,65

S/S Gomera

2.068.566,16

2.221.662,65

2.210.989,42

2.239.713,05

2.437.433,54

17,83

La Estaca

343.706,60

336.668,15

301.848,73

332.582,38

3.946,75

-98,85

Granadilla

22.544,35

23.479,14

14.265,38

0,00

433.283,45

0,00

AP Tenerife

35.391.918,82

37.814.926,20

37.943.124,63

34.857.742,26

36.732.750,98

3,79

Diferencia

 

2.423.007,38

128.198,43

-3.085.382,37

1.875.008,72

 

Porcentaje

 

6,85

0,34

-8,13

5,38

 

El número de trabajadores/as de esta Autoridad Portuaria a 31 de diciembre de 2011 es de 236 con el detalle siguiente:

Categoría

Profesional

Personal fuera de convenio

Total

Puestos

Media

Fijos

Eventuales

H

M

H

M

Alto cargo

1

0

0

0

1

0,25

Alta dirección

1

0

0

0

1

0,25

Jefe de Área

1

0

0

0

1

0,25

Jefe de Departamento

4

1

0

0

5

1,25

Jefe de División

9

3

1

0

13

3,25

Jefe de Unidad

6

0

2

0

8

1,75

Total

22

4

3

0

29

 

Niveles

Personal fijo sujeto a convenio colectivo

Media

1

2

3

4

5

6

7

8

Total

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

Total grupo II, banda I

0

0

3

1

0

0

2

1

2

3

0

0

1

0

4

4

21

1,31

Total grupo II, banda II

1

0

5

9

3

0

6

9

4

0

5

3

3

1

4

5

58

3,63

Total grupo III, banda I

0

0

0

0

0

0

8

0

1

0

0

0

1

0

0

0

10

0,63

Total grupo III, banda II

0

0

80

6

3

3

0

0

3

0

0

0

3

0

0

0

98

6,13

Total grupo III, banda III

2

0

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

3

0,19

Total

3

0

88

16

6

3

16

10

10

3

5

3

9

1

8

9

190

 

Niveles

Personal temporal sujeto a convenio colectivo

 

 

1

2

3

4

5

6

7

8

Total

Media

Total Grupo II, Banda I

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Total Grupo II, Banda II

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

3

0,00

Total Grupo III, Banda I

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0,00

Total Grupo III, Banda II

0

0

0

0

3

0

0

0

0

0

0

0

9

3

0

0

14

0,94

Total Grupo III, Banda III

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

1

0,06

Total

0

0

0

0

3

0

0

0

0

0

0

0

10

3

0

0

16

 

La regulación laboral de las retribuciones del personal integrado en la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, es la siguiente:

Los altos cargos, nombrados de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 27/1992 de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina Mercante; perciben sus retribuciones a tenor de lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley 51/2007 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado.

El personal directivo, percibe sus emolumentos basándose en contratos de trabajos individuales, formalizados al margen del Convenio Colectivo vigente, con sujeción al Estatuto de los Trabajadores y al RD. 1382/85 de 1 de agosto.

El resto del personal se rige por el II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, que fue suscrito por las partes con fecha 1 de febrero de 2005 y publicado en el Boletín Oficial del Estado, el día 11 de enero del 2006. Este convenio colectivo será de aplicación desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2009, excepto en aquellos conceptos para los que se establecen fechas de vigencia diferentes. Actualmente se ha iniciado la negociación del III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, con lo que el Convenio anterior queda prorrogado hasta la finalización de las negociaciones y firma del nuevo.

De la misma manera, a nivel local, sigue vigente el Acuerdo de Empresa de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por el que se regulan determinados aspectos del II Convenio Colectivo, y que fue suscrito por las partes el 3 de agosto de 2006, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, el 5 de abril de 2007.

En el epígrafe Sueldos, Salarios y Asimilados, de la cuenta de pérdidas y ganancias se incluye el importe de la cuenta (645) Dietas consejeros de administración por importe de 7.403,97 € y (640) Sueldos y salarios por el importe que se detalla en el siguiente cuadro:

Sueldos y salarios 2011

Conceptos

retributivos

Directivo

fijo

Directivo

temporal

Laboral

fijo

Laboral

indefinido

Laboral

temporal

Suma

total

Retribuciones básicas

1.144.886,60

99.952,78

4.144.711,34

44.209,76

258.151,31

5.691.911,79

Sueldo base

924.889,10

85.101,52

3.179.035,81

35.682,72

221.943,79

 

Antigüedad

55.036,01

849,59

344.618,00

1.421,58

1.293,99

 

Paga extraordinaria Salarios

155.550,72

13.870,31

558.415,08

6.827,05

34.667,88

 

Paga extraordinaria Antigüedad

9.410,77

131,36

62.642,45

278,41

245,65

 

Retribuciones complementarias

304.645,87

25.824,44

868.245,21

11.448,12

63.970,28

1.274.133,92

Residencia

70.029,19

5.368,52

426.667,85

4.054,34

26.187,59

 

Horas extraordinarias

0,00

0,00

0

0

0

 

Programa productividad

297.336,42

26.310,51

689.756,62

10.229,58

52.687,14

 

Descuento R.D. Ley 8/2010

-62.719,74

-5.854,59

-248.179,26

-2.835,80

-14.904,45

 

Total

1.449.532,47

125.777,22

5.012.956,55

55.657,88

322.121,59

6.966.045,71

Fondo Fines Sociales

 

 

 

 

 

53.768,76

Total

1.449.532,47

125.777,22

5.012.956,55

55.657,88

322.121,59

7.019.814,47

e) Otros gastos de explotación.

Detalle de los gastos por subcuentas

 

Reparación y conservación

4.188.283,43

6120000

Variación existencia mat. Rep. Y conserv.

156.056,03

6020301

Sum. Canalizac. Urbaniz. Pavimentación

0,00

6020601

Sum. Material de faros

47.583,02

6020701

Sum. Cerramiento y carpintería

0,00

6020801

Sum. Red de agua

15.503,22

6020901

Sum. Red eléctrica

5.639,67

6021001

Sum. Otras señales marítimas

15.873,41

6021101

Sum. Señal. Viaria y señaletica

13.807,15

6021201

Sum. Grúas, rampas y embarcaciones

2.902,20

6021401

Sum. Otras redes

193,32

6021501

Suministro material electrónico

85,50

6021601

Sum. Sistemas de información

41.462,24

6021701

Sum. Parque móvil

15.288,86

6022001

Sum. Seguridad ambiental

677,57

6023101

Sum. Otros materiales

81.417,98

6029901

Otros

114,45

6220101

Mnto. dique de abrigo y atraque

9.812,08

6220201

Mnto. De muelles y pantalanes

0,00

6220301

Mnto. canaliza. urbaniza. pavimen

0,00

6220402

Mantenimiento de estructura

1.325.079,76

6220502

Mantenimiento de albañilería

0,00

6220602

Mantenimiento de faros

91.178,25

6220702

Mnto. cerramiento y carpintería

124.564,26

6220803

Mantenimiento red de agua

13.912,00

6220903

Mantenimiento red eléctrica

421.595,08

6221003

Mnto. otras señales marítimas

285,76

6221103

Mnto. señal. viaria y señaletica

71.761,97

6221203

Mnto. grúas,rampas, embarcacione

219.384,92

6221303

Mantenimiento de basculas

10.159,01

6221403

Mantenimiento de otras redes

153.788,11

6221503

Mantenimiento electrónico

771,34

6221603

Mnto. sistemas de información

52.433,37

6221703

Mantenimiento parque móvil

84.637,02

6221803

Mantenimiento de maquinaria

3.413,80

6221903

Mnto. control, prevención, seguri

75.786,64

6222003

Mnto.de la seguridad ambiental

0,00

6222103

Mnto. sistemas de climatización

56.825,25

6222203

Mnto. De otras instalaciones

71.046,59

6223303

Recogida desechos generac. Buques

999.651,94

6229903

Otros mantenimientos

5.591,66

 

Serv. Profesionales independientes

2.134.209,90

6231603

Servicio sistemas información

382.145,92

6231903

S. control, prevención y segurid

97.700,57

6232003

Servicio seguridad ambiental

305.214,05

6232303

S. control tráfico marítimo por

476.094,79

6232503

S. control, gestión e inspección

213.685,17

6232603

S. emp.t.t y selección personal

8.771,40

6232703

Aseso .jurídico, contable, fiscal

104.335,65

6232803

Servicios de trabajo submarino

210.330,27

6232903

Estudios e informes técnicos

188.259,68

6233003

Servicio de amarre

6.144,18

6239903

Otros servicios profesionales

141.528,22

 

Suministros

2.082.377,48

6280104

Combustible a granel

836,00

6280204

Combustible parque móvil

49.915,24

6281001

Agua

1.168.765,52

6281002

Energía eléctrica

862.860,72

 

Otros servicios exteriores

3.267.761,56

 

Arrendamientos

147.413,12

6210002

A. De edificios y otras const.

0,00

6210003

A. De maquinaria inst. Y utill

44.182,92

6210004

A. de material de transporte

103.230,20

 

Transportes

14.603,27

6240001

Transportes entes privados

14.603,27

 

Seguros

232.276,13

6250001

Primas de seguros

232.276,13

 

Servicios bancarios

74.243,26

6260001

Servicios bancarios y similares

74.243,26

 

Otros servicios exteriores

2.799.225,78

 

 

805.941,62

6270002

Atenciones protocolarias

50.423,56

6270101

Publicidad y propaganda

192.390,34

6270201

Patrocinios y colaboraciones

105.555,91

6270301

Concierto de navidad

340.974,23

6270401

Promociones y ferias

116.597,58

 

 

1.993.284,16

6290001

Dietas

76.151,84

6290002

Locomoción

120.000,94

6290005

Telefónica, télex y telefax

313.225,11

6290006

Servicios de limpieza

1.248.976,98

6290007

Varios

28.131,49

6290011

Gastos por fundaciones

100.000,00

6290101

Dietas por formación

2.387,74

6291002

Locomoción por formación

622,23

6292001

Impresos, papeler.y mat. oficina

28.823,33

6292002

Prensa, revistas y libros

21.167,17

6292003

Anuncios y publicaciones

22.668,32

6292004

Mensajerías

28.805,30

6292005

Fotocopias y varios

2.323,71

 

Tributos

1.559.359,27

6310001

Otros tributos

1.576.656,36

6390000

Ajustes positivos igic circula

-4.359,82

6391000

Ajustes positivos igic inversi

-12.937,27

f) Gastos financieros y asimilados.

Los gastos financieros en el ejercicio 2011 ascienden a 3.759.675,01 €. La utilización de las Pólizas de Crédito 64.183,54 €; la disposición del préstamo a largo plazo (Club Deal) 1.929.504,51 €; pago de tributos fuera de plazo 176.626,69 €; abono de sentencias 71.369,26 €; los gastos de formalización del préstamo Club Deal 52.800 € y a otros gastos financieros 9.924,01 €. Además se ha dotado a propuesta de la IGAE los intereses correspondientes a la Reclamación de Cepsa n.º de auto 230/006, por importe de 1.455.267,00 €.

g) Ingresos financieros.

Los ingresos financieros en el ejercicio 2011 ascienden a 1.000.940,15 €, de entre los cuales cabe señalar que 417.348,93 € corresponden a intereses de demora de facturas, 131.250,29 € a recargo por pago fuera de plazo y 259.742,02 € a incorporación al activo de gastos financieros.

h) Ingresos traspasados al resultado por concesiones revertidas.

Los ingresos por este concepto ascienden a la cantidad de 173.942,85 €.

i) Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar.

El saldo a 31 de diciembre de 2011 por este concepto, es 10.741.499,94 €.

Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a proveedores. Disposición adicional tercera. Deber de información de la Ley 15/2010, de 5 de julio.

Pagos realizados y pendientes de pago en la fecha de cierre del balance

2011

2010

Importe

%

Importe

%

Dentro del plazo máximo legal

11.471.174,98

74,50

9.736.199,24

68,75

Resto

3.926.827,75

25,50

4.426.301,84

31,25

Total pagos del ejercicio

15.398.002,73

100

14.162.501,08

100

PMPE (días) de pagos

35,17

 

16,78

 

Aplazamientos que a la fecha de cierre sobrepasan el plazo máximo legal

191.738,72

 

513.102,42

 

13) Provisiones y contingencias.

a) Provisiones del grupo 1.

Los saldos de las cuentas que componen las provisiones son:

Concepto

31-12-2011

Para impuestos (IBI)

1.946.538,84

Para retribuciones a L/P al personal

140.738,06

Provisión para responsabilidades

3.469.726,00

Totales

5.557.002,90

A 31 de diciembre de 2010 se encontraba pendiente de resolución una demanda de la Compañía Cepsa ante la Jurisdicción Contencioso–Administrativa, número de Autos 230/2006, en la que reclama en concepto de devolución de ingresos indebidos el importe de 2.014.459,00 € (cuenta 659 Otros gastos de gestión corriente) más los intereses de demora por importe de 1.455.267,00 € calculados hasta el cierre del ejercicio.

Se ha procedido a realizar la dotación correspondiente en provisiones para responsabilidades.

b) Contingencias.

La Autoridad Portuaria tiene constituidos tres avales con Caja Canarias por importes de 600.000,00 €, para responder ante la Sociedad Polígono Industrial de Granadilla S.A. por los daños que pudieran causarse a las infraestructuras de dicho Polígono, y por importes de 22.000,00€ y de 21.250,00 €, ante la Dirección General de Política Energética y Minas para retribución de la actividad de producción de energía mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007 25 de Mayo, para dicha tecnología y un aval con La Caixa por importe de 282.159,85 € ante el Ayuntamiento de Valverde de El Hierro, por la cantidad correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles liquidado sobre el Puerto Comercial de La Estaca, a los efectos de suspender el procedimiento recaudatorio de la liquidación del mencionado Impuesto de Bienes Inmuebles mientras dure la sustentación del recurso de reposición interpuesto.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por Auto de 23 de febrero de 2009, suspendió la vigencia de la Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias de fecha 2 de febrero de 2009, en virtud de la cual se procede a la descatalogación de la población de cymodocea nodosa que se encuentra en el ámbito territorial de las obras del futuro Puerto de Granadilla.

Dicha descatalogación tuvo lugar al amparo de lo dispuesto en el Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que se creó el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias y la Orden de 13 de julio de 2005, por la que se determinan los criterios que han de regir la evaluación de especies de flora y fauna silvestres amenazadas.

De acuerdo con dichas normas, la cymodocea nodosa, en su conjunto como especie, estaba catalogada como especie de «interés especial» en atención a su importancia científica, cultural, ecológica o singularidad.

A la vista del Auto de 23 de febrero de 2009, la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife estimó la conveniencia de paralizar cautelarmente las obras, por lo que en fecha 26 de febrero de 2009 se suscribió Acta de Suspensión Temporal Total por un plazo de ocho (8) meses.

Posteriormente, en fechas 23 de octubre de 2009, 25 de enero de 2010 y 26 de abril de 2010, no habiendo variado las circunstancias que motivaron la decisión de la Autoridad Portuaria de paralizar cautelarmente las obras, se suscribieron una segunda, tercera y cuarta Actas de Suspensión Temporal Total, en todos los casos, por periodos respectivos de tres (3) meses.

El 9 de junio de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias la Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo de Especies Protegidas. Dicha Ley –que entró en vigor al día siguiente (Disposición Final 2)– supone la derogación normativa del Decreto 151/2001 y de la Orden de 23 de julio de 2005.

En virtud de dicha norma, la cymodocea nodosa pasa a estar catalogada, en su conjunto y sin excepciones, como especie de «interés para los ecosistemas canarios» (Anexo III).

En base a lo expuesto, por considerar que la Orden de 2 de febrero de 2009 había perdido toda su virtualidad habida cuenta el cambio de régimen jurídico y de protección de la cymodocea nodosa, por resolución del Director de la Autoridad Portuaria, de fecha de 12 de julio de 2010, se dispuso la reanudación de las obras.

En el caso de las obras del Contradique, durante al año 2010 se realizaron labores de implantación (replanteo, instalaciones de obra, desbroce y movimientos de tierra). En 2011 con la fabricación de bloques casi al completo se comienza los avances en el mar.

En el caso de las Obras de Abrigo durante el año 2010 la implantación de las mismas se simultaneó con el acopio de materiales en la zona terrestre de obras. En 2011 se finaliza la traslocación de sebadales afectandos por la obra, comenzándose a pleno rendimiento con la fabricación en el parque de bloques, avanzándose el Dique en Talud Norte y se comienza con el avance de las obras en el mar.

14) Información sobre medio ambiente.

En la propia naturaleza de la actividad de la Autoridad Portuaria está la generación de infraestructura portuaria y la explotación de las mismas. Al acometer nuevas obras se han de realizar las consultas pertinentes sobre la necesidad de someter o no dichas obras al trámite ambiental aplicable según la legislación vigente. De estas consultas se derivan la realización de Estudios de Impacto Ambiental, en sus distintos tipos, y estudios complementarios al mismo, y los posteriores programas de vigilancia ambiental.

En lo relacionado con la explotación de la infraestructura portuaria resultan necesarias otra serie de actuaciones cuyo objetivo es también la protección del medio ambiente.

En el ejercicio 2010, la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife ha acometido la realización de varias acciones, tanto en infraestructuras como en explotación, relacionadas con la protección del medio ambiente, entre los que cabe destacar:

La Fundación Pública Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla se ha encargado de la vigilancia ambiental del proyecto de «Tercera fase del defensa del ensanche de la explanada de la Dársena de Pesca del Puerto de Santa Cruz de Tenerife». Durante 2010 se ha continuado el Programa de Vigilancia Ambiental de la de dicha obra, iniciado en 2004 y que tras la finalización de las obras en 2007, se ha centrado en el seguimiento del LIC ES7020120 «Sebadal de San Andrés».

Además se continúa con los Programas de Vigilancia Ambiental de dos obras con declaración de impacto ambiental:

«Nueva Base de Contenedores en la Dársena del Este del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, Fase II», iniciada en 2008.

«Prolongación del Dique del Puerto de San Sebastián de La Gomera» iniciada en 2009 finalizando el seguimiento de la fase de obras a finales de 2010.

En julio de 2010 se reanudan los trabajos correspondientes a «Obras de abrigo del puerto de Granadilla» y «Contradique del puerto de Granadilla» y con ello, la vigilancia ambiental de las mismas. Estas obras fueron el motivo fundacional del Observatorio Ambiental de Granadilla, que es quien realiza la vigilancia ambiental.

Por otro lado, durante el año 2010 se continúa con la tramitación de impacto ambiental iniciada en 2009 de los siguientes proyectos:

«Proyecto de ordenación del área funcional de Valleseco».

«Proyecto de mejora de la capacidad de las instalaciones de varada en la Dársena de Pesca en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife».

«Ensanche de explanada en la segunda alineación del dique sur del Puerto de Santa Cruz de Tenerife».

Asimismo la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, dentro de su política ambiental, conjuntamente a las resoluciones y declaraciones de impacto ambiental emitidas por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, viene realizando la:

a) Redacción, y aplicación durante las obras, de un Programa de Vigilancia Ambiental con el mismo grado de control que obras de similares características y sometidas recientemente a tramitación reglada de Impacto Ambiental.

b) Incorporación en la documentación objeto de contratación las medidas correctoras que, con carácter general, la Autoridad Portuaria viene aplicando a obras marítimas de similares características.

En el desarrollo de la Declaración de Impacto Ambiental del Nuevo Puerto en el litoral de Polígono Industrial de Granadilla se ha realizado el Proyecto Piloto de Rehabilitación de Sebadales. Este proyecto, ya iniciado en el año 2004, consistía en un proyecto piloto para poder acometer con garantía de éxito todas aquellas iniciativas destinadas a minimizar los efectos negativos que sobre los sebadales se puedan producir con la construcción de la Dársena de Granadilla. Este proyecto ha continuado desde 2004 hasta 2009, en su fase de experimentación aportando nuevas técnicas con respecto a años anteriores (replantación mediante semillas, análisis de la variabilidad genética, etc.) y seguimiento de las experiencias realizadas. Esta fase ha concluido en 2010.

Asimismo, en cumplimiento del dictamen de la Comisión Europea, el 4 de abril de 2008 se ha constituido la Fundación Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla y fue inscrita en el registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Marino y Rural, el 14 de octubre de 2008.

Igualmente en relación a la medida B.iii. del Dictamen de la Comisión Europea sobre el proyecto del Nuevo Puerto de Granadilla, la «Campaña de avistamiento de la tortuga boba, Caretta caretta, en el LIC Sebadales del Sur» se inició en 2007, y una vez constituida la Fundación Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla en abril de 2008, la misma ha continuado con el Programa de Seguimiento para evaluar el estado de conservación de la población Caretta caretta en las islas Canarias, ya iniciado en el año 2008.

En el ámbito de la explotación del puerto:

En septiembre de 2009 la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife contrata a la Sociedad «Compañía General de Ingeniería y Sondeos, S.A.» para la realización de la Asistencia Técnica para asesoramiento, seguimiento y control analítico del subsuelo en seis emplazamientos del Puerto de Santa Cruz de Tenerife. Dicha Compañía ha continuado los trabajos iniciados en 2009 de control y evaluación del subsuelo comprendido en el ámbito portuario, realizando revisiones y toma de muestras quincenales que han permitido un mejor conocimiento del estado del mismo así como el estudio de métodos de remediación más eficaces.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en colaboración con Empresas que operan en la zona de servicio portuario, supervisa en la actualidad las labores de descontaminación activas en diferentes emplazamientos. En dichos trabajos se emplean diferentes métodos como barreras hidráulicas, zanjas drenantes de recogida, etc. Hasta el momento el resultado de los trabajos es positivo tal y como se refleja en los resultados de los ensayos periódicos de control y se constata una disminución paulatina de los niveles de contaminación en el subsuelo.

El 12 de noviembre de 2009 La Autoridad Portuaria adjudica a la Empresa Markleen Terra S.L. el Suministro de Medios de lucha contra la contaminación marina accidental en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife. Dicho suministro cuyo importe de adjudicación asciende 398.686,42 € IGIC excluido, comprende la adquisición de numeroso material para hacer frente a los posibles derrames de productos contaminantes procedentes de buques, así como medios sofisticados para la recogida de estos. La Autoridad Portuaria se equipa además con medios fácil y rápidamente trasladables sobre remolque, pudiendo hacer frente a cualquier contingencia en el resto de Puertos de su competencia. Los equipos adquiridos permiten el cierre de cualquier dársena en el Puerto de Santa Cruz en un tiempo inferior a 5 minutos, garantizando la concentración y recogida de productos contaminantes en caso de vertidos accidentales, sin que se vea afectado el entorno próximo. Para ello y durante el año 2010 se han llevado a cabo cursos de especialización y simulacros, para el personal implicado en el manejo de estos nuevos y modernos medios de lucha contra la contaminación marina.

Asimismo se ha contratado, dentro del servicio de limpieza, la recogida selectiva de Residuos sólidos urbanos (papel y plástico), así como residuos peligrosos (pilas), en el ámbito de las oficinas portuarias. Este contrato está vigente desde 2007 hasta febrero de 2012.

En agosto de 2010, se otorgó licencia a la entidad «La Esponja del Teide, S.L.» para la prestación del servicio de recepción de desechos líquidos y sólidos generados por buques en los puertos de la Autoridad Portuaria.

En el ámbito de las dos actividades, la Autoridad Portuaria está realizando la Implantación de la Directiva Marco del Agua y aplicando la R.O.M. 5.1-0.5. En este sentido durante el año 2006, se contrató la «Asistencia tecnica para la realización de ensayos para el plan de vigilancia sistemático de la autoridad portuaria de Santa Cruz de Tenerife», que ha sido desarrollada durante los años 2007, 2008 y 2009, culminando esta fase de ensayos de 2 años y medio con la selección de indicadores de calidad de las aguas portuarias. Este plan se ha redefinido en colaboración con el ICCM y el Observatorio Ambiental de Granadilla, y se prolongará hasta 2012, con la nueva selección de indicadores. A lo largo de 2010, el Observatorio Ambiental de Granadilla ha sido quien ha llevado a cabo esta labor.

En el ámbito del Área de planificación y urbanismo se ha iniciado la tramitación ambiental de los siguientes proyectos y planes:

En noviembre de 2010 se da por finalizado por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el procedimiento de evaluación ambiental del Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de Los Cristianos. Dicho comunicado se hace a partir de la solicitud de desistimiento realizada por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

En mayo de 2010, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite resolución por la que se decide no someter a evaluación ambiental el Plan de Utilización de Espacios Portuarios del puerto de San Sebastián de La Gomera, en respuesta a la consulta realizada por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

15) Retribuciones a largo plazo al personal.

La cuenta (643) recoge la aportación que, como promotor, la Autoridad Portuaria ha realizado al plan de pensiones que gestiona la empresa Puertos Pensiones, F.P. por importe de 107.072,60 €

En el ejercicio 1993, se dotó un provisión que según cálculo actuarial realizado, cubría la obligación en el abono de los complementos de pensión reconocidos a favor del personal pasivo del Montepío de Previsión Social para Empleados y Obreros de Puertos existente en 1 de mayo 1987, fecha en que dicho Montepío quedó integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, en aplicación del R.D. 2248/1985 de 20 de noviembre. En el ejercicio 2002, se procedió a la externalización efectiva del mismo.

El saldo a 31 de diciembre de 2011 de esta provisión es de 141.650,72 €.

16) Subvenciones, donaciones y legados.

a) Subvenciones de capital.

Los importes y variaciones experimentadas por las diversas partidas que componen las subvenciones recibidas de los distintos órganos para inversiones del inmovilizado, quedan detalladas en los cuadros que más abajo se insertan.

a.1) Devengo.

Subvenciones de capital (devengos)

 

Saldo a

31/12/2010

Aj.contraido

año 2011

Contraído

año 2011

Saldo a

31/12/211

Feder M.C.A. 89/93

 

 

 

 

P.O.C. - Obras en Muelle Bufadero

193.525,89

 

0

193.525,89

P.O.C. - Ampliación Pto. La Palma

4.113.344,71

 

0

4.113.344,71

REGIS I- Defensa D. Este y Tacón Buques Ro-Ro

1.473.720,90

 

0

1.473.720,90

P.O.I. GOMERA- Ampliación Pto. S/S Gomera

3.419.952,77

 

0

3.419.952,77

Feder M.C.A. 94/99

 

 

 

0

P.O.C. - Ampliación Pto. S/S Gomera

3.562.198,74

 

0

3.562.198,74

P.O.C. - Vía Servicio Muelle Norte/ Bufadero

9.143.895,34

 

0

9.143.895,34

REGIS II-Habilitación Muelle La Palma

1.794.808,46

 

0

1.794.808,46

REGIS II- Vía Servicio Dique Este/ Dna. Pesquera

4.732.835,21

 

0

4.732.835,21

Feder M.C.A. 00/06

 

 

 

0

Defensa nueva explanada D. Pesca

832.365,93

 

0

832.365,93

Acondicionamiento Infraestructura Actual Dique

1.744.452,69

 

0

1.744.452,69

Pantalán para Ferries M. Enlace

2.044.672,34

 

0

2.044.672,34

Tacón Norte M. Bufadero

879.798,41

 

0

879.798,41

Def. rellenos D. Este Quiebro 1 y 2 Esp

2.809.112,58

 

0

2.809.112,58

Acondicionamiento Pavimento Dique Este

310.956,36

 

0

310.956,36

Atraque Ro-Ro Dique Cierre Nueva D.

1.109.979,15

 

0

1.109.979,15

Mod. 1 Acondicionamiento Borde Peatonal

420.265,62

 

0

420.265,62

Acondicionamiento del Pavimento e Inst. 2 Alinec

248.960,50

 

0

248.960,50

Acondicionamiento Espaldón D. Sur

1.128.544,03

 

0

1.128.544,03

Pavimentación Explanada Anexa Pant

481.321,22

 

0

481.321,22

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca

1.091.491,79

 

0

1.091.491,79

Apertura Bocana D. Los Llanos D.

1.183.533,07

 

0

1.183.533,07

Defensa Ensanche Explanada D. Pesca 3F

5.461.060,91

 

0

5.461.060,91

Rampa Roll-on Roll-off Muelle Sur

956.099,43

 

0

956.099,43

Urb. Vía Interior y calle transversal 4 D. de Pesca

119.301,37

 

0

119.301,37

Abastecimiento M. Ribera Dársena Anaga

108.050,77

 

0

108.050,77

Nueva Base de Contenedores D. Este

8.230.764,60

 

0

8.230.764,60

Ampliación y prot. Explanada R. Hila

3.581.488,32

 

0

3.581.488,32

Nuevo Tacón Rampa Fast-Ferries

1.427.989,49

 

0

1.427.989,49

Acondicionamiento acceso Muelle Bufadero

80.412,26

 

0

80.412,26

Inst. Canalización Servicio Edif. P. Ciudad M. Norte

159.067,46

 

0

159.067,46

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca 2 fase

1.676.926,34

 

0

1.676.926,34

Comp.1 3F Defensa Ensanche Expl. D. Pesca

894.642,15

 

0

894.642,15

Complem. Nuevo tacón para fast-ferries La Palma

308.682,68

 

0

308.682,68

Reord. Accesos-plataf. E M L. Palma

453.128,67

 

0

453.128,67

Reforma y ampliac. Infraest. Elec. Puerto La Palma

245.842,78

 

0

245.842,78

Prolongación Sur Muelle Ribera La Palma

1.550.713,99

 

0

1.550.713,99

Ensanchamiento de la 3.ª Alineac. Dique La Palma

3.193.861,61

 

0

3.193.861,61

Acceso Sur al Puerto La Palma

399.280,12

 

0

399.280,12

Obra Civil para Rampa Móvil

76.725,79

 

0

76.725,79

Instalación Grupo Electrógeno Estación Marítima

97.228,32

 

0

97.228,32

Adaptación Estación Marítima Pto Cristianos

76.820,01

 

0

76.820,01

Comp. 2.ª Fase Urbaniz. Ensanche Explanada

303.804,48

 

0

303.804,48

Acondicionamiento 2º Alineación Dique Exterior

124.175,44

 

0

124.175,44

Proyecto señalización Informativa Esquema Gral

128.346,06

 

0

128.346,06

Comp Mod/. 1 Nueva Base Contenedores

827.814,26

 

0

827.814,26

Feder M.C.A. 07/13

 

 

 

 

Nueva Base de Contenedores D. Este 2.ª fase

3.178.672,95

103.740,05

 

3.282.413,00

Canalización del Desagüe Barranco Bufadero

1.466.653,62

 

 

1.466.653,62

Acondicionamiento Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

172.639,02

 

 

172.639,02

Adecuación Paisajística Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

78.294,36

 

 

78.294,36

RUP 07/13

 

 

 

 

Ampliación Estación Marítima Puerto S/C la Palma

639.334,25

 

 

639.334,25

Instalación de energía fotovoltáica E. M. S/C la Palma

138.942,25

2.724,63

 

141.666,88

Ampliación Estación Marítima Puerto S S Gomera

710.006,25

395.761,78

 

1.105.768,03

Prolongación del Dique del Puerto SS Gomera

1.673.725,77

380.499,30

 

2.054.225,07

Mod. 2 Acond. Explanada Acceso LC

0,00

101.478,67

 

101.478,67

Acond. Sup. Anexa Tinglado Sur LP

 

115.016,94

 

115.016,94

Feder POC 07/13

 

 

 

 

Infrae. Parcela DP. Fase I

50.000,00

50.000,00

 

100.000,00

Infrae. Parcela DP. Fase II

50.000,00

50.000,00

 

100.000,00

Fondos de cohesión

 

 

 

 

Ampliación del Puerto de la Estaca

21.114.914,12

 

0

21.114.914,12

Vía acceso al nuevo complejo Portuario

1.859.514,88

 

0

1.859.514,88

Feoga, Ifop

 

 

 

 

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

55.395,38

 

0

55.395,38

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

111.168,36

 

0

111.168,36

Remodelación Edf. Comercialización D. Pesca

1.471.988,90

 

0

1.471.988,90

Otras Subvenciones

 

 

 

 

D.G.Telecomunicaciones- Santa Cruz 4 Plus

320.724,10

 

0

320.724,10

Gobierno Canarias- Vía Dique Este/Dna. Pesca

1.202.024,20

 

0

1.202.024,20

Subvención daños temporal 1999

4.192.118,53

 

0

4.192.118,53

Infopaxmac

555.165,50

 

0

555.165,50

Cruisatlan

63.067,14

 

0

63.067,14

Alermac

33.205,19

 

0

33.205,19

Tec-Tripe

16.092,08

 

0

16.092,08

Donación Escultura

 

20.974,12

0

20.974,12

Totales

112.355.609,87

1.220.195,49

0,00

113.575.805,36

a.2) Ajustes.

En este ejercicio se ha procedido a ajustar el importe devengado en 1.220.195,49€.

a.3) Amortización.

Con cargo a la cuenta (130) «Subvenciones oficiales de Capital» se ha realizado el siguiente asiento, por importe 3.594.174,22€, con abono a la cuenta (746) «Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio».

Subvenciones de capital (amortizaciones)

 

Saldo a

31/12/2010

Dotación

año 2011

Ajuste

dotación

Acumulada

31/12/2011

Feder M.C.A. 89/93

 

 

 

 

P.O.C. - Obras en Muelle Bufadero

142.542,05

8.065,58

 

150.607,63

P.O.C -.Ampliación Pto. La Palma

2.370.848,52

157.308,91

 

2.528.157,43

REGIS I- Defensa D. Este y Buques Ro-Ro

593.180,94

38.068,11

 

631.249,05

P.O.I. GOMERA- Ampliación Pto. S/S Gomera

1.870.878,58

122.396,12

 

1.993.274,70

Feder M.C.A. 94/99

 

 

 

 

P.O.C. - Ampliación Pto. S/S Gomera

1.948.763,73

127.492,70

 

2.076.256,43

P.O.C. - Vía Servicio Muelle Norte/ Bufadero

6.756.320,80

609.593,02

 

7.365.913,82

REGIS II- Habilitación Muelle La Palma

588.360,78

44.883,58

 

633.244,36

REGIS II- Vía Servicio Dique Este/ Dna. Pesquera

3.979.992,33

315.543,38

 

4.295.535,71

Feder M.C.A. 00/06

 

 

 

 

Defensa nueva explanada D. Pesca

201.806,38

20.013,84

 

221.820,22

Acondicionamiento Infraestructura Actual Dique

363.441,92

38.940,24

 

402.382,16

Pantalán para Ferries M. Enlace

598.697,75

65.911,68

-105.115,15

559.494,28

Tacón Norte M. Bufadero

276.008,69

30.386,28

-19.171,10

287.223,87

Def. rellenos D. Este Quiebro 1 y 2 Esp

484.834,23

61.810,86

 

546.645,09

Acondicionamiento Pavimento Dique Este

190.642,66

20.709,69

 

211.352,35

Atraque Ro-Ro Dique Cierre Nueva D.

202.463,20

33.960,97

 

236.424,17

Mod. 1 Acondicionamiento Borde Peatonal

227.521,67

27.989,69

 

255.511,36

Acondicionamiento del Pavimento e Inst. 2 Alinec

143.821,14

16.580,77

 

160.401,91

Acondicionamiento Espaldón D. Susr

207.921,70

25.459,80

 

233.381,50

Pavimentación Explanada Anexa Pant

274.178,32

31.635,96

 

305.814,28

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca

422.058,00

60.294,00

 

482.352,00

Apertura Bocana D. Los Llanos D.

213.227,71

35.051,13

-49.306,25

198.972,59

Defensa Ensanche Explanada D. Pesca 3F

241.783,16

109.221,22

 

351.004,38

Rampa Roll-on Roll-off Muelle Sur

140.402,54

23.902,49

26.932,35

191.237,38

Urb. Vía Interior y calle transversal 4 D. de Pesca

51.080,70

7.833,80

 

58.914,50

Abastecimiento M. Ribera Dársena Anaga

44.774,05

7.196,18

 

51.970,23

Nueva Base de Contenedores D. Este

580.458,48

274.084,46

-238.472,51

616.070,43

Ampliación y prot. Explanada R. Hila

157.193,29

71.629,77

 

228.823,06

Nuevo Tacón Rampa Fast-Ferries

293.441,85

59.069,46

 

352.511,31

Acondicionamiento acceso Muelle Bufadero

26.278,42

5.355,46

 

31.633,88

Inst. Canalización Servicio Edif. P. Ciudad M. Norte

47.570,93

10.593,89

 

58.164,82

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca 2 fase

247.233,02

111.683,29

 

358.916,31

Comp.1 3F Defensa Ensanche Expl.D.Pesca

178.749,51

59.583,17

 

238.332,68

Complem. Nuevo tacón para fast-ferries La Palma

52.631,74

11.695,11

 

64.326,85

Reord. Accesos-plataf. E M L. Palma

91.389,15

30.107,29

 

121.496,44

Reforma y ampliac. Infraest. Elec. Puerto La Palma

39.919,92

14.455,56

 

54.375,48

Prolongación Sur Muelle Ribera La Palma

65.682,27

31.014,28

 

96.696,55

Ensanchamiento de la 3.º Alineación Dique La Palma

225.240,95

106.355,59

 

331.596,54

Acceso Sur al Puerto La Palma

85.686,98

26.100,10

 

111.787,08

Obra Civil para Rampa Móvil

8.781,42

1.918,14

 

10.699,56

Instalación Grupo Electrógeno Estación Marítima

20.001,76

5.717,03

 

25.718,79

Adaptación Estación Marítima Pto Cristianos

6.676,08

2.189,37

 

8.865,45

Comp.2.ª Fase Urbaniz. Ensanche Explanada

25.975,29

8.658,43

 

34.633,72

Acondicionamiento 2.º Alineación Dique Exterior

23.088,90

8.270,08

 

31.358,98

Proyecto señalización Informativa Esquema Gral

35.514,02

12.834,61

 

48.348,63

Comp Mod. 1 Nueva Base Contenedores

90.508,11

42.516,54

 

133.024,65

Feder M.C.A. 07/13

 

 

 

0,00

Nueva Base de Contenedores D. Este 2.º fase

0

57.998,08

 

57.998,08

Canalización del Desagüe Barranco Bufadero

0

37.950,35

 

37.950,35

Acondicionamiento Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

0

8.221,69

 

8.221,69

Adecuación Paisajística Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

0

3.728,66

 

3.728,66

RUP 07/13

 

 

 

 

Ampliación Estación Marítima Puerto S/C la Palma

15.425,47

18.221,03

 

33.646,50

Instalación de energía fotovoltáica E. M. S/C la Palma

0

8.330,01

 

8.330,01

Ampliación Estación Marítima Puerto S S Gomera

1.607,73

20.235,18

 

21.842,91

Prolongación del Dique del Puerto SS Gomera

0

37.404,37

 

37.404,37

Mod. 2 Acond. Explanada Acceso LC

 

2.888,56

 

2.888,56

Acond. Sup. Anexa Tinglado Sur LP

 

6.799,68

 

6.799,68

Feder POC 07/13

 

 

 

 

Infrae. Parcela DP. Fase I

 

10.765,48

 

10.765,48

Infrae. Parcela DP. Fase II

 

9.343,56

 

9.343,56

Fondos de cohesión

 

 

 

 

Ampliación Puerto Estaca

1.671.693,28

450.496,61

 

2.122.189,89

Vía acceso al nuevo complejo Portuario

557.854,48

123.967,66

 

681.822,14

Feoga, IFOP

 

 

 

 

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

55.148,86

246,52

 

55.395,38

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

59.398,03

3.407,74

 

62.805,77

Remodelación Edf. Comercialización D. Pesca

152.817,00

41.111,43

 

193.928,43

Otras Subvenciones

 

 

 

 

D.G.Telecomunicaciones- Santa Cruz 4 Plus

320.724,10

 

 

320.724,10

Gobierno Canarias- Vía Dique Este/Dna. Pesca

888.161,66

80.134,95

 

968.296,61

Subvención daño temporal

754.122,00

83.842,38

 

837.964,38

Infopaxmac

212.449,41

29.785,33

 

242.234,74

Alermac

11.859,10

2.371,80

 

14.230,90

Cruisatlan

26.931,48

4.135,63

 

31.067,11

Tec-Tripe

16.092,08

 

 

16.092,09

Donanción Escultura

 

3.838,55

 

3.838,55

Totales

29.581.858,32

3.979.306,88

-385.132,66

33.176.032,54

Detalle de los cobros con expresión de fechas y programas:

Subvenciones cobradas en el ejercicio 2011

Fecha

Programa

Euros

16/02/2011

RUP 07/13

300.740,14

30/03/2011

RUP 07/13

998.466,08

 

TOTAL

1.299.206,22

Cuadro resumen con expresión de programa, importe devengo, amortizado y neto:

Subvenciones de capital (netos)

 

Devengado

Amortizado

Diferencia

Feder M.C.A. 89/93

 

 

 

P.O.C. - Obras en Muelle Bufadero

193.525,89

150.607,63

42.918,26

P.O.C. - Ampliación Pto. La Palma

4.113.344,71

2.528.157,43

1.585.187,28

REGIS I- Defensa D. Este y Buques Ro-Ro

1.473.720,90

631.249,05

842.471,86

P.O.I. GOMERA- Ampliación Pto. S/S Gomera

3.419.952,77

1.993.274,70

1.426.678,07

Feder M.C.A. 94/99

 

 

 

P.O.C. - Ampliación Pto. S/S Gomera

3.562.198,74

2.076.256,43

1.485.942,31

P.O.C. - Vía Servicio Muelle Norte/ Bufadero

9.143.895,34

7.365.913,82

1.777.981,52

REGIS II-Habilitación Muelle La Palma

1.794.808,46

633.244,36

1.161.564,10

REGIS II- Vía Servicio Dique Este/ Dna. Pesquera

4.732.835,21

4.295.535,71

437.299,50

Feder M.C.A. 00/06

 

 

 

Defensa nueva explanada D. Pesca

832.365,93

221.820,22

610.545,71

Acondicionamiento Infraestructura Actual Dique

1.744.452,69

402.382,16

1.342.070,53

Pantalán para Ferries M. Enlace

2.044.672,34

559.494,28

1.485.178,06

Tacón Norte M. Bufadero

879.798,41

287.223,87

592.574,54

Def. rellenos D. Este Quiebro 1 y 2 Esp

2.809.112,58

546.645,09

2.262.467,49

Acondicionamiento Pavimento Dique Este

310.956,36

211.352,35

99.604,01

Atraque Ro-Ro Dique Cierre Nueva D.

1.109.979,15

236.424,17

873.554,98

Mod. 1 Acondicionamiento Borde Peatonal

420.265,62

255.511,36

164.754,26

Acondicionamiento del Pavimento e Inst. 2 Alinec

248.960,50

160.401,91

88.558,59

Acondicionamiento Espaldón D. Sur

1.128.544,03

233.381,50

895.162,53

Pavimentación Explanada Anexa Pant

481.321,22

305.814,28

175.506,94

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca

1.091.491,79

482.352,00

609.139,79

Apertura Bocana D. Los Llanos D.

1.183.533,07

198.972,59

984.560,48

Defensa Ensanche Explanada D. Pesca 3F

5.461.060,91

351.004,38

5.110.056,53

Rampa Roll-on Roll-off Muelle Sur

956.099,43

191.237,38

764.862,05

Urb. Vía Interior y calle transversal 4 D. de Pesca

119.301,37

58.914,50

60.386,87

Abastecimiento M. Ribera Dársena Anaga

108.050,77

51.970,23

56.080,54

Nueva Base de Contenedores D. Este

8.230.764,60

616.070,43

7.614.694,17

Ampliación y prot. Explanada R. Hila

3.581.488,32

228.823,06

3.352.665,26

Nuevo Tacón Rampa Fast-Ferries

1.427.989,49

352.511,31

1.075.478,18

Acondicionamiento acceso Muelle Bufadero

80.412,26

31.633,88

48.778,38

Inst. Canalización Servicio Edif. P. Ciudad M. Norte

159.067,46

58.164,82

100.902,64

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca 2 fase

1.676.926,34

358.916,31

1.318.010,03

Comp.1 3F Defensa Ensanche Expl.D.Pesca

894.642,15

238.332,68

656.309,47

Complem. Nuevo tacon para fast-ferries La Palma

308.682,68

64.326,85

244.355,83

Reord. Accestos-plataf. E M L. Palma

453.128,67

121.496,44

331.632,23

Reforma y ampliac. Infraest. Elec. Puerto La Palma

245.842,78

54.375,48

191.467,30

Prolongación Sur Muelle Ribera La Palma

1.550.713,99

96.696,55

1.454.017,44

Ensanchamiento de la 3.º Alineación Dique La Palma

3.193.861,61

331.596,54

2.862.265,07

Acceso Sur al Puerto La Palma

399.280,12

111.787,08

287.493,04

Obra Civil para Rampa Móvil

76.725,79

10.699,56

66.026,23

Intalación Grupo Electrógeno Estación Marítima

97.228,32

25.718,79

71.509,53

Adaptación Estación Marítima Pto Cristianos

76.820,01

8.865,45

67.954,56

Comp. 2.ª Fase Urbaniz. Ensanche Explanada

303.804,48

34.633,72

269.170,76

Acondicionamiento 2.º Alineación Dique Exterior

124.175,44

31.358,98

92.816,46

Proyecto señalización Informativa Esquema Gral

128.346,06

48.348,63

79.997,43

Comp Mod. 1 Nueva Base Contenedores

827.814,26

133.024,65

694.789,61

Feder M.C.A. 07/13

 

 

 

Nueva Base de Contenedores D. Este 2.º fase

3.282.413,00

57.998,08

3.224.414,92

Canalización del Desagüe Barranco Bufadero

1.466.653,62

37.950,35

1.428.703,27

Acondicionamiento Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

172.639,02

8.221,69

164.417,33

Adecuación Paisajística Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

78.294,36

3.728,66

74.565,70

RUP 07/13

 

 

 

Ampliación Estación Marítima Puerto S/C la Palma

639.334,25

33.646,50

605.687,75

Instalación de energía fotovoltáica E. M. S/C la Palma

141.666,88

8.330,01

133.336,87

Ampliación Estación Marítima Puerto S S Gomera

1.105.768,03

21.842,91

1.083.925,12

Prolongación del Dique del Puerto SS Gomera

2.054.225,07

37.404,37

2.016.820,70

Mod. 2 Acond. Explanada Acceso LC

101.478,67

2.888,56

98.590,11

Acond. Sup. Anexa Tinglado Sur LP

115.016,94

6.799,68

108.217,26

Feder POC 07/13

 

 

 

Infrae. Parcela DP. Fase I

100.000,00

10.765,48

89.234,52

Infrae. Parcela DP. Fase II

100.000,00

9.343,56

90.656,44

Fondos de cohesión

 

 

 

Ampliación del Puerto de la Estaca

21.114.914,12

2.122.189,89

18.992.724,23

Vía acceso al nuevo complejo Portuario

1.859.514,88

681.822,14

1.177.692,74

Feoga, Ifop

 

 

 

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

55.395,38

55.395,38

0,00

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

111.168,36

62.805,77

48.362,59

Remodelación Edf. Comercialización D. Pesca

1.471.988,90

193.928,43

1.278.060,47

Otras Subvenciones

 

 

 

D.G.Telecomunicaciones- Santa Cruz 4 Plus

320.724,10

320.724,10

0

Gobierno Canarias- Vía Dique Este/Dna. Pesca

1.202.024,20

968.296,61

233.727,59

Subvención daños temporal 1999

4.192.118,53

837.964,38

3.354.154,15

Infopaxmac

555.165,50

242.234,74

312.930,76

Cruisatlan

63.067,14

31.067,11

32.000,03

Alermac

33.205,19

14.230,90

18.974,29

Tec-Tripe

16.092,08

16.092,08

0

Donación Escultura

20.974,12

3.838,55

17.135,57

TOTALES

113.575.805,36

33.176.032,54

80.399.772,83

b) Subvenciones de explotación

El saldo de las cuentas (740) Subvenciones, donaciones y legados a la explotación y (747) Otras subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio, se detalla a continuación:

Concepto

Importe

Concierto de Navidad 2011

70.886,85

Bonificación cuota patronal por Formación Continua

4.431,40

Proyecto Gesport

15.140,63

Proyecto Gisport

43.248,00

Corrección cobros 2004

72,40

TOTAL

133.779,28

c) Administraciones Públicas, anticipos de subvenciones.

El saldo por este concepto a 31 de diciembre 2011 es de 5.025.000,00 €.

d) Donaciones y legados.

Se ha recibido una escultura como donación que se ha incluido en el cuadro con las subvenciones.

17) Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas.

Al cierre del ejercicio de 2011, no hay activos no corrientes mantenidos para la venta ni se han producido operaciones interrumpidas.

18) Hechos posteriores al cierre.

Para dar cumplimiento a la OM HAP/5837/2012, el Consejo de Administración, en 27 de abril de 2012, acordó facultar al Presidente para llevar a cabo los trámites de liquidación de las Sociedades Estatales de Estiba Desestiba de Gomera y Puerto de la Estaca y para ofrecer las acciones de la AP del Parque Marítimo al Cabildo.

19) Operaciones con partes vinculadas.

En el ejercicio 2011 no hay operaciones con partes vinculadas.

20) Otra información.

a) Los miembros del Consejo de Administración tienen asignadas dietas por asistencia a los Consejos de Administración. En el año 2011 el importe total de las dietas pagadas ha sido de 111.944,25 €, de los que 7.403,97 € corresponden a personal de la Autoridad Portuaria.

b) La distribución por sexos al término del ejercicio de los miembros del Consejo de Administración es el siguiente:

Distribución de los miembros del consejo de administración por sexo

2011

2010

V

H

V

H

CONSEJEROS

17

2

20

4

c) No hay gastos de auditoría externas, por considerar suficiente la auditoría efectuada anualmente por la Intervención General de la Administración del Estado.

d) Origen y aplicación de Fondos.

21) Información segmentada.

Facturación neta año 2011

Puerto

P. privados tarifas

P. públicos tasas

Importe total

S/C. de Tenerife

2.255.086,10

26.163.595,62

28.418.681,72

Los Cristianos

155.736,15

2.407.722,21

2.563.458,36

S/C. de La Palma

251.911,21

2.624.035,95

2.875.947,16

SS. de La Gomera

228.480,67

2.208.952,87

2.437.433,54

Granadilla

 

3.946,75

3.946,75

La Estaca

72.393,95

360.889,50

433.283,45

Total Puertos

2.963.608,08

33.769.142,90

36.732.750,98

22) Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables.

Las cuentas anuales de la Sociedad del ejercicio 2008 fueron las primeras elaboradas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Esta normativa supone, con respecto a las cuentas anuales de la Sociedad del ejercicio anterior:

• Cambios en las políticas contables, criterios de valoración y forma de presentación de los estados financieros que forman parte de las cuentas anuales.

• La incorporación a las cuentas anuales de dos nuevos estados financieros: el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo.

• Un incremento significativo en la información facilitada en la memoria de las cuentas anuales.

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