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Documento BOE-A-2012-10739

Orden ECD/1797/2012, de 9 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Música Maestro.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2012, páginas 57632 a 57633 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-10739

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Música Maestro resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Asociación «Orquesta Grappelli», doña Marta Simal Torcida, doña María Sonia Marco Rodríguez y don Jesús Moreno Herrero, en Madrid, el 13 de febrero de 2012, según consta en la escritura pública número 81, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Amérigo Cruz y rectificada con la escritura pública número 317, otorgada el 10 de mayo de 2012, ante el mismo Notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Antonio Maura, número 16, 5.º izqda., y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y se ha procedido al desembolso de siete mil ochocientos euros (7.800,00 euros). El resto de la dotación por importe no desembolsado de veintidós mil doscientos euros (22.200,00 euros), deberá hacerse efectivo en un plazo no superior a cinco años desde el otorgamiento de la escritura pública número 81, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Amérigo Cruz.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

1. Defensa de los intereses de los niños y jóvenes, en relación con su aprendizaje del instrumento musical que hayan elegido, fomentando su compromiso con la orquesta de la que forman parte y el talento individual latente en cada individuo.

2. Fomentar y defender el papel de la orquesta como base principal en el desarrollo de la formación de los integrantes de la misma, como elemento básico de creación de riqueza musical y cultural en los niños y jóvenes.

Quinto. Patronato.

Presidenta: Doña Marta Simal Torcida.

Secretaria: Doña María Sonia Marco Rodríguez.

Vocales: Doña Miriam Embarek Hernández y doña María Martín Blanco.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Música Maestro y su Patronato.

Madrid, 9 de julio de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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