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Documento BOE-A-2012-10728

Resolución de 30 de julio de 2012, de la Secretaría General de Universidades, por la que se modifica la de 27 de febrero de 2008, por la que se modificaron los conceptos retributivos y las dotaciones de las ayudas concedidas para investigación posdoctoral, incluidas las becas MEC/Fulbright y Cátedras "Príncipe de Asturias".

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 11 de agosto de 2012, páginas 57612 a 57612 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-10728

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 27 de febrero de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de marzo, se modificaron los conceptos retributivos y las dotaciones de las ayudas concedidas para investigación posdoctoral, incluidas las becas MEC/Fulbright y Cátedras «Príncipe de Asturias», señalándose en su Anexo los importes de las ayudas complementarias y de las ayudas para instalación y viajes en función del país de destino.

Dado que en el Anexo de la anterior resolución figuraban solamente los países de destino de los beneficiarios activos en el momento de la firma de la resolución, procede que se incluyan en dicho Anexo los nuevos países de destino de los beneficiarios de las ayudas posdoctorales.

Por lo anterior, se ha dispuesto:

Artículo único.

Incluir en el Anexo de la Resolución de 27 de febrero, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, el país Singapur, con la dotación como ayuda mensual complementaria de 300,00 € y la dotación como ayuda de instalación y viajes de 3.450,00 €.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. El anterior recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 30 de julio de 2012.–La Secretaria General de Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Federico Morán Abad.

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