Visto el expediente de indulto de don Mohamed Kheireddine Morsli, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de 14 de marzo de 2011, como autor de dos delitos de lesiones con uso de instrumento peligroso, a la pena por cada uno de ellos de dos años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de julio de 2012,
Vengo en conmutar a don Mohamed Kheireddine Morsli las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de julio de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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