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Documento BOE-A-2012-10374

Resolución de 17 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV La Serna-Magallón.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2012, páginas 55060 a 55073 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-10374

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado g) del grupo 3 del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor de la actuación es Red Eléctrica de España S.A., y el órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

La nueva línea cumplirá funciones de mallado de la red de transporte y servirá para la evacuación de instalaciones de generación eléctrica, tanto eólicas, como de ciclo combinado. El nuevo eje tiene como finalidad estratégica la de apoyar al sistema eléctrico entre Navarra y Aragón, estando incluido en la Planificación Nacional de los Sectores de Gas y Electricidad 2008-2016. Desarrollo de las Redes de Transporte.

El trazado de la línea eléctrica discurre por los términos municipales de Tudela, Murchante, Cascante, Fontellas, Ablitas, Ribaforada, Buñuel y Cortes, en la Comunidad Foral de Navarra, y Mallén, Frescano, Bisimbre y Magallón en la provincia de Zaragoza, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El proyecto contempla la construcción de una línea eléctrica entre las subestaciones, ya existentes, de La Serna, en el término municipal de Tudela (Navarra), y Magallón, en el término municipal del mismo nombre (Zaragoza). La línea tendrá una longitud de 39,86 km. y las siguientes características:

Características técnicas de la línea

Longitud total.

39,86 km

Frecuencia.

50 Hz

Número de circuitos.

2

Sistema.

Corriente alterna trifásica

Tensión nominal.

380 kV

Tensión más elevada de la red.

420 kV

Capacidad térmica de transporte por circuito.

2441 MVA/circuito

Número de conductores por fase.

3

Tipo de conductor.

CONDOR AW

Tipo de cables compuestos tierra.

2 cables de guarda compuestos tierra-óptico

Tipo de aislamiento.

Aisladores de vidrio U-210

Puestas a tierra.

Anillos cerrados de acero descarburado

Las distintas alternativas contempladas en el proyecto se recogen en el apartado 4.1. análisis ambiental para selección de alternativas de la presente declaración.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

La línea se encuentra al noroeste de la provincia de Zaragoza (Aragón), y al sur de la Comunidad Foral de Navarra, desarrollándose su recorrido por las dos Comunidades Autónomas.

En las proximidades de la línea destaca la presencia del río Ebro y sus afluentes: Queiles, Huecha y Alhama. En la zona también existen lagunas endorreicas como son la balsa del Pulguer, la laguna de Lor, la laguna de la Estanca de Borja y la balsa Agua Salada. El trazado también atraviesa el canal de Lodosa de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

La línea discurre por terrenos fundamentalmente agrícolas, encontrando en su camino algunas manchas donde aparecen hábitats naturales de interés comunitario ocupando pequeñas extensiones. Así se encuentran los hábitats 1430: Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoletea) y 1410: Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi), y los hábitats prioritarios 6220*: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, y el 1520*: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

El grupo faunístico más importante de esta zona son las aves. En los hábitats esteparios, destaca la presencia de la ganga ibérica (Pterocles alchata), el cernícalo primilla (Falco naumanni), la alondra de Dupont (Chersophilus duponti), la ganga ortega (Pterocles orientalis), el aguilucho pálido (Circus cyaneus), el aguilucho cenizo (Circus pygargus), el sisón (Tetrax tetrax) y el alcaraván (Burhinus oedicnemus). En las zonas húmedas, como lagunas, balsas o el canal de Lodosa, destacan especies como la garza imperial (Ardea purpurea), el avetorillo común (Lxobrychus minutus), el aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), y la garza real (Ardea cinerea). En ríos y barrancos se pueden encontrar la terrera marismeña (Calandrella rufescens), el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus).

En la zona donde se va a desarrollar el proyecto se encuentran los siguientes espacios protegidos: Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) Peñadil, el Montecillo y Monterrey ES2200042 que es el espacio más cercano, situado a 1.000 m, el LIC Laguna de Plantados y Laguna de Agón ES2430085, el LIC río Ebro ES2200040 y el LIC Balsa del Pulguer ES2200041. En las proximidades también se encuentra la Zona de Especial Conservación (ZEC) Peñadil, el Montecillo y Monterrey y la Reserva Natural Balsa del Pulguer.

Varios humedales se encuentran en las proximidades de la línea. Los catalogados en el Inventario de Zonas Húmedas de Navarra son: La Balsa del Cardete, la Balsa de Bajabán y la Balsa de agua salada. Dentro del Inventario de Humedales Singulares de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentran dos: Las Lagunas 1 y Las Lagunas 2, los cuales aparecen dentro del LIC Laguna de Plantados y Laguna de Agón. La línea se encuentra a más de 13 km. de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) más cercana.

La línea atravesará varias vías pecuarias como son el Cordel de la Loba, el Cordel del Saso y la Cañada Real en Murchante. El trazado de la línea eléctrica no atraviesa ningún monte de utilidad pública.

La línea discurre próxima a varios yacimientos arqueológicos catalogados tanto en Navarra como en Aragón, siendo los más próximos los yacimientos de Las Jimenas (a 100 m del trazado) y el de Campoadentro I (a 200 m), en la provincia de Zaragoza.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

3.1.1 Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 9 de octubre de 2007, momento en que tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) la documentación inicial del proyecto de Línea eléctrica a 400 kV La Serna-Magallón, remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones: Con fecha 22 de noviembre de 2007, la DGCyEA inicia el período de consultas previas. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento comprensivo:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Confederación Hidrográfica del Ebro del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Dirección General de Medio Ambiente y Agua del Gobierno de Navarra.

X

Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón.

X

Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón.

X

Ayuntamiento de Ablitas.

Ayuntamiento de Agón.

Ayuntamiento de Barillas.

Ayuntamiento de Bisimbre.

Ayuntamiento de Borja.

X

Ayuntamiento de Bulbuente.

Ayuntamiento de El Buste.

Ayuntamiento de Buñuel.

Ayuntamiento de Cabanillas.

Ayuntamiento de Cascante.

Ayuntamiento de Cortes.

X

Ayuntamiento de Fontellas.

X

Ayuntamiento de Frescano.

Ayuntamiento de Magallón.

Ayuntamiento de Mallén.

Ayuntamiento de Malón.

Ayuntamiento de Monteagudo.

Ayuntamiento de Murchante.

X

Ayuntamiento de Novallas.

X

Ayuntamiento de Ribaforada.

Ayuntamiento de Tarazona.

Ayuntamiento de Tudela.

Ayuntamiento de Tulebras.

Ayuntamiento de Vierlas.

X

Instituto Geológico y Minero de España (IGME).

Institución Príncipe de Viana.

X

SEO.

WWF/ADENA.

Asociación Naturalista de Aragón (ANSAR).

Ecologistas en Acción Aragón.

Asociación Landazuria.

Eguzkizaleak.

Ekologistak Martxan.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas fueron los siguientes:

Elección de alternativas: Según el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, los corredores menos impactantes son el A y el B, añadiendo que el mejor recorrido será el que se aproxime al actual tendido de 220 kV de La Serna-Magallón. Los corredores A, B y C son los de menor impacto, considerándose el pasillo A como el más favorable de todos por varios ayuntamientos. El ayuntamiento de Murchante dice que la mejor alternativa es la E, al ser la que menos afecta a núcleos de población. El ayuntamiento de Vila Fontellas indica que el mejor pasillo es el C, sin expresar su motivación.

Espacios protegidos: Tal y como especifica el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón ninguno de los corredores afecta a Red Natura 2000. Según el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, los puntos de mayor valor ambiental que podrían verse afectados por las actuaciones son el LIC Balsa del Pulguer ES2200041 y la balsa del Cardete.

Vegetación: El INAGA indica que las alternativas que implicarían una mayor pérdida de masa forestal (pinar fundamentalmente) serían los pasillos D y E. Los pasillos A, B y C discurren por un tramo pequeño de hábitat natural de interés comunitario de carácter prioritario 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea. En estos pasillos también se encuentra la especie Riella helicophilla, un briófito acuático catalogado como sensible a la alteración de su hábitat en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.

Fauna: El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra indica que el pasillo A discurre por una longitud menor dentro de una zona de aves esteparias (4,5 km) frente a la alternativa B (5,2 km). Este Departamento también indica que se han de señalizar los cables de tierra para la protección de las aves. El INAGA indica que los pasillos D y E cruzan una longitud sensiblemente mayor que el resto de pasillos de zonas con presencia de grupos de sisón, cigüeña blanca, aguilucho cenizo, alondra de Dupont y alimoche. Para la protección de las aves, este instituto indica que se ha de cumplir con lo establecido en la legislación autonómica respecto a las instalaciones eléctricas.

Patrimonio cultural: El departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Navarra indica que la alternativa A es la que menor afección presenta sobre el patrimonio arqueológico catalogado en Navarra. También indican que los apoyos deberán respetar los yacimientos catalogados fijando un perímetro de protección de 50 m. La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón indica que en los corredores propuestos existen múltiples yacimientos arqueológicos, además de poseer un alto potencial arqueológico. Señalan la necesidad de una prospección arqueológica previa a la realización de las obras, y el establecimiento de medidas específicas para proteger los yacimientos existentes y los que se puedan hallar en el desarrollo del proyecto. Además, especifican que todas las actuaciones en materia de patrimonio cultural deberán ser coordinadas por los Servicios Técnicos del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Montes de utilidad pública: El Ayuntamiento de la Ciudad de Borja indica que los pasillos D y E afectan al monte de utilidad pública Muela Alta y Baja, catalogado con el número 33.

Medio socioeconómico: Los ayuntamientos de Novallas y Vierlas expresan que los trazados de los pasillos A, B y C afectan al aeródromo de Ablitas.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas. El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor con fecha de 17 de marzo de 2008, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

3.2.1 Información pública y consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado.

El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Foral de Navarra somete a información pública la solicitud de autorización administrativa con declaración de impacto ambiental del proyecto mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» («B.O.E.»), número 274, el 13 de noviembre de 2009, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» («B.O.P.»), número 21, el 27 de enero de 2010, en el «Boletín Oficial de Navarra» («B.O.N.»), número 141, el 16 de noviembre de 2009.

Como resultado del periodo de información pública se recibieron informes de las siguientes entidades: Confederación Hidrográfica del Ebro, Agencia Estatal de Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento, Estado Mayor del Aire División de Operaciones del Ejército del Aire, Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra, Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra, Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón, Ayuntamiento de Ablitas, Ayuntamiento de Bisimbre, Ayuntamiento de Buñuel, Ayuntamiento de Cortes, Ayuntamiento de Fontellas, Ayuntamiento de Murchante, Ayuntamiento de Tudela, AVASA-Autopista Vasco Aragonesa, EON España, Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., Telefónica y Enagas, S.A.

A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos del proceso de participación pública, que son integrados en el análisis final:

Trazado: El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra indica que la alternativa elegida es la que ocasiona menor impacto ambiental.

Por su parte, el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Bisimbre, hacen algunas consideraciones sobre aspectos de detalle del trazado que se recogen en la integración de la evaluación.

El Ayuntamiento de Bisimbre muestra su rechazo al trazado por discurrir ya tres líneas por su término municipal, de lo que REE toma razón.

Fauna: El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra indica que se han de señalizar los cables de tierra situados entre los pp.kk. 7+400 y 10+500. El promotor indica que tendrá en cuenta esta medida. El INAGA considera necesario la implantación de salvapájaros a lo largo de toda la línea.

Paisaje: El Ayuntamiento de Tudela indica que la subestación de La Serna se encuentra situado en una zona que figura como paisaje protegido, por lo que todas las líneas que se conecten con la misma han de atravesar este espacio.

Patrimonio cultural: El Ayuntamiento de Fontellas indica que próximo al trazado se encuentra el yacimiento arqueológico de las Jimenas.

Medio socioeconómico: La Agencia de Seguridad Aérea indica que ninguna de las Servidumbres Aeronáuticas civiles establecidas se verá afectada por la línea. Sin embargo, el trazado de la línea se encuentra en las proximidades de la Base Aérea de Ablitas, cuyas servidumbres aeronáuticas son competencia del Ministerio de Defensa.

ENAGAS solicita que se tengan en cuenta las consideraciones generales para cruzamientos entre líneas eléctricas aéreas de alta tensión y un gasoducto.

Vías pecuarias y montes de utilidad pública: el INAGA indica que se les deberá solicitar, en su caso, la autorización para la ocupación de las vías pecuarias Cordel de la Loba, El Cordel de San Gil, así como la concesión de uso privativo del dominio público forestal para la ocupación de terrenos del monte de utilidad pública n.º CUP 447 Monte Burrén.

Plan de Vigilancia Ambiental: El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra indica que se ha de presentar en esa dirección general, con una periodicidad semestral, los informes del plan de vigilancia ambiental, tanto para la fase de construcción como para la de explotación. El promotor expresa que tendrá en cuenta estas indicaciones.

El INAGA realiza las siguientes consideraciones respecto al programa de vigilancia ambiental:

Se describirá y justificará la metodología empleada para el seguimiento. Se analizará la mortandad de las aves por colisión y la evolución de las zonas con vegetación natural restauradas.

Los seguimientos se realizarán en las cuatro estaciones del año, durante los tres primeros años, prorrogable según los resultados obtenidos, presentando un informe anual que será remitido al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de Aragón. Tras la valoración del informe podrán establecerse nuevas medidas correctoras.

3.2.2 Fase previa a la declaración de impacto. Con fecha 9 de febrero de 2011, la DGCyEA solicitó a la Dirección General de Política Energética y Minas la ampliación de las consultas sobre el estudio de impacto ambiental a todas las entidades que fueron consultadas inicialmente, en cumplimiento del artículo 9.3 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Como resultado de esta consulta, con fecha 27 de octubre de 2011, se reciben los informes del Ayuntamiento de Borja y el Ayuntamiento de Novallas.

El Ayuntamiento de Novallas solicita que se tenga en cuenta el proyecto de parque eólico que pretende instalarse en este término municipal y que es atravesado por el trazado de la línea, imposibilitando la instalación de 3 de los aerogeneradores proyectados.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. En el estudio de impacto ambiental se plantean 5 pasillos diferentes, los cuales comparten tramos en común, tal y como aparece representado en la figura que sigue a continuación:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Las alternativas de pasillo que se presentan son las siguientes: pasillo A, pasillo B, pasillo C, pasillo D y pasillo E.

Estos pasillos comparten tramos en común, tal y como aparece representado en la figura anterior.

A continuación se muestran los pasillos junto a los elementos con los que interfieren:

A la vista de las figuras de protección de la figura anterior, y tras el análisis de las contestaciones a consultas previas, los pasillos D y E se presentan como los más desfavorables debido a que son las alternativas de mayor longitud, afectan a un tramo mayor de hábitats naturales de interés comunitario, discurren por un mayor espacio de masas forestales de pinar, afectan más a zonas de importancia para aves esteparias y se aproximan a zonas de nidificación y campeo de rapaces, además de discurrir por zonas de mayor calidad visual.

El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra señala que los pasillos menos impactantes son el A y el B.

La alternativa C presenta la desventaja de ser la alternativa que más se acerca al LIC Peñadil, el Montecillo y Monterrey y al ZEC Peñadil, el Montecillo y Monterrey.

Los pasillos A y B destacan por su paralelismo con diversas infraestructuras existentes, como otra línea eléctrica, un gasoducto o la AP-68. Esto supone una menor afección a valores naturales, por discurrir a lo largo de un pasillo por donde ya se desarrolla el trazado de varias infraestructuras.

El pasillo A en su trazado afecta suelo urbanizable programado en el término municipal de Tudela.

Por lo tanto, el promotor concluye que la alternativa más favorable es el pasillo B, lo cual es corroborado posteriormente por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en la fase de consultas a administraciones ambientales afectadas, en cumplimiento del artículo 9.3 de la ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Atendiendo a las modificaciones de trazado propuestas por algunos organismos en fase de información pública, tal y como se ha visto en el apartado 3.2.1, el promotor asume lo siguiente:

Vértices V-09 y V-10: Ante la indicación del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra de que este tramo afecta a un espacio libre público denominado Parque Calchetas, el promotor determinará el trazado en este tramo en fase de diseño del proyecto de ejecución.

Vértices V-15 y V-16: Para evitar la afección a un campo de golf proyectado y a una actuación residencial a desarrollar en el Cerro de Valpertuna, en el término municipal de Fontellas, el promotor considera viable trasladar el vértice 15, prolongando la alineación 14-15, sin que se vean afectados otros elementos presentes en el medio.

Ambas modificaciones no suponen cambios desde el punto de vista ambiental y son compatibles con la evaluación practicada.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. A continuación se recogen los impactos más significativos y las medidas protectoras y correctoras diseñadas para su prevención o minimización. Para ello se ha tenido en cuenta el estudio de impacto ambiental y los informes recibidos como respuesta al trámite de consultas previas e información pública, ya mencionados en el apartado 3.

Calidad atmosférica y ruido. La principal afección se puede producir en fase de obra debido a la emisión de ruido. A este respecto hay que indicar que la población más cercana a la línea es Murchante, situada a unos 800 m de la misma. Existen algunas edificaciones dispersas a distancias menores. Además existe un hospital en el T.M. de Tudela, que se encuentra a 850 m de la línea, si bien entre la línea y éste existe una gasolinera y varias naves, además de un pinar y una elevación del terreno.

La línea se sitúa a suficiente distancia como para que el ruido adicional no cause molestias a la población. Además, en algunos tramos la autopista AP-68 se sitúa entre el trazado y las poblaciones más cercanas, por lo que no se incrementa el nivel de ruido preoperacional a causa de la línea.

Hidrología. Los cursos naturales que serán cruzados por la línea son: el río Cortes entre los pp.kk 9+000 y 9+250, el río Principal entre los pp.kk 12+750 y 13+000, el barranco de Volcafrailes entre los pp.kk. 29+000 y 29+250, río Huecha entre los pp.kk. 33+500 y 33+750 y el barranco de la Marga entre los pp.kk. 37+750 y 38+000.

La línea cruza por quince puntos el Canal de Lodosa, además, ésta discurrirá a 160 m de la Balsa del Cardete, incluida en el Inventario de Zonas Húmedas de Navarra.

A este respecto, el promotor indica que los apoyos se ubicarán en todo caso lo más alejado posible de los cursos de agua, de modo que no interfieran con los mismos, tanto en fase de obra como en funcionamiento.

Durante la fase de obras, y con las medidas de control previstas, el promotor tampoco prevé que se produzca contaminación por vertidos accidentales debido a pérdidas de aceite de la maquinaria, vertido del hormigón sobrante o incremento de partículas en los cauces debido a los movimientos de tierras.

Respecto a las aguas subterráneas, parte del proyecto se sitúa sobre el acuífero 62 Terrazas del Ebro y afluentes. No se prevé afección a la misma debido a las dimensiones de las cimentaciones.

Suelo. El suelo se verá afectado principalmente en fase de obra. En esta etapa se producirán movimientos de tierra necesarios para la ejecución de los trabajos, el trasiego de vehículos, la habilitación de zonas de acopio, apertura de accesos, etc.

Respecto a la creación de los apoyos, el promotor indica que los movimientos de tierras generados por la excavación de cimentaciones y la apertura de accesos, serán de escasa magnitud reduciéndose al mínimo necesario.

Vegetación. Las alteraciones sobre la vegetación en la fase de construcción de la línea vendrán motivadas fundamentalmente por la eliminación y degradación de la cubierta vegetal debido al acondicionamiento o mejora de accesos, la excavación de cimentaciones y el tendido del cable.

La mayor parte del recorrido de la línea discurre por terrenos de cultivo. En el trazado de la línea se encuentran varios hábitats naturales de interés comunitario ocupando pequeñas extensiones. Así se encuentran los hábitats 1430: Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoletea) y 1410: Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi), y los hábitats prioritarios 6220*: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, y el 1520*: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia). El INAGA indica que en los ambientes acuáticos próximos a la línea se encuentra la especie Riella helicophilla. Estos hábitats se presentan de forma puntual, en lugares muy específicos siendo atravesados en longitudes que en su mayor parte no superan los 200 m.

El promotor indica, respecto a la vegetación en general, que la superficie de afección será escasa ya que se limita a la superficie ocupada por los apoyos. Respecto a los accesos, se utilizarán viales existentes para acceder a los apoyos, de forma que la apertura de nuevos accesos será mínima.

En lo que se refiere a los hábitats naturales de interés comunitario, el promotor indica que la mayoría serán sobrevolados. Además, medidas como el balizamiento de las formaciones vegetales de mayor interés, ayudarán a su preservación.

Fauna. El desarrollo de las obras, así como la explotación del proyecto pueden suponer una alteración en las comunidades faunísticas que habitan la zona.

En los hábitats esteparios, los más abundantes, destaca la presencia de la ganga ibérica (Pterocles alchata), el cernícalo primilla (Falco naumanni), la alondra de Dupont (Chersophilus duponti), la ganga ortega (Pterocles orientalis), el aguilucho pálido (Circus cyaneus), el aguilucho cenizo (Circus pygargus), el sisón (Tetrax tetrax) y el alcaraván (Burhinus oedicnemus). A este respecto, en el primer tramo de la línea se atraviesa una zona importante para la avifauna de acuerdo con el Inventario y categorización de áreas esteparias en Navarra (Astraín y cols. 1995).

En las zonas húmedas, como lagunas, balsas o el canal de Lodosa, destacan especies como la garza imperial (Ardea purpurea), el avetorillo común (Lxobrychus minutus), el aguilucho lagunero (Circus aerugunosus), y la garza real (Ardea cinerea).

En ríos y barrancos se pueden encontrar la terrera marismeña (Calandrella rufescens), el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus).

Las aves pueden verse amenazadas por la presencia de la línea eléctrica, debido al riesgo de colisión con la misma.

Para evitar esta afección sobre las aves, el promotor propone instalar dispositivos salvapájaros en los tramos que se considera como más sensibles, los cuales son:

Entre el p.k.. 0+120 y p.k. 7+400, por discurrir por la zona importante para las aves esteparias denominada Agua-Salada-Planas de Montes del Cierzo y, a continuación, por una zona rodeada de zonas húmedas como el carrizal de la Torre o la Balsa del Cardete. En este sentido, hay que señalar que el tramo comprendido entre el p.k. 0+000 y el p.k. 0+120 también discurren dentro de esta zona, si bien por incluirse dentro de la subestación de La Serna y situarse junto al parque eólico Montes del Cierzo y la instalación fotovoltaica del mismo nombre no se considera necesaria la instalación de salvapájaros.

Entre el p.k. 10+500 y el p.k. 36+500, por discurrir por zonas próximas a hábitats esteparios y zonas húmedas de especial interés para la fauna, y por atravesar a lo largo de este recorrido el canal de Lodosa en varias ocasiones y también el río Huecha.

Según el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, para una mejor protección de la avifauna, se deberán instalar salvapájaros entre los pp.kk. 7+400 y 10+500.

El promotor indica que tendrá en cuenta esta indicación.

El INAGA considera necesario balizar los cables de tierra en todo su trazado.

Espacios protegidos. La mayoría de los espacios protegidos presentes en la zona se encuentran a suficiente distancia de la línea, como para no verse afectados por el desarrollo de la misma. La Balsa del Cardete es la única que se sitúa a menos de 1 km. Los humedales se caracterizan por la presencia de aves acuáticas. Su proximidad a la línea aumenta la posibilidad de colisiones con la misma. El promotor indica que la separación entre conductores y la instalación de salvapájaros en los cables de tierra evitarán la electrocución y la colisión de las aves. Las medidas establecidas para la protección del medio hídrico servirán igualmente para preservar la calidad de los humedales.

Patrimonio cultural. El trazado de la línea discurre próxima a varios yacimientos arqueológicos catalogados tanto en Navarra como en Aragón, siendo los más próximos los yacimientos de Las Jimenas (a 100 m del trazado) y el de Campoadentro I (a 200 m), en la provincia de Zaragoza. El promotor también cree que, en esta misma provincia, los restos de calzada romana del T.M. de Cortes pueden ser sobrevolados por la línea.

El promotor estima que, a pesar de la proximidad del trazado, ninguno de los yacimientos será afectado por la línea.

El promotor indica que para la protección del patrimonio cultural llevará a cabo una prospección arqueológica del entorno afectado por la construcción de la línea. En todo caso, si durante la ejecución de las obras se produjese el hallazgo de algún bien de interés cultural, se paralizarán las obras y se pondrá en conocimiento de la autoridad competente.

Vías pecuarias y montes de utilidad pública. La línea eléctrica a lo largo de su recorrido atravesará las siguientes vías pecuarias:

En Navarra: La línea atraviesa una pasada o ramal en Tudela y otra en Ribaforada, un ramal en el límite municipal entre Tudela y Murchante y la cañada real en Murchante.

En Aragón: Cordel de la Loba, en Mallén, y cordel del Saso, en el límite municipal entre Mallén y Bisimbre.

El promotor indica que en ningún caso se interrumpirá el paso ganadero por la misma.

El promotor especifica que el trazado de la línea no atraviesa en ningún momento de su recorrido montes de utilidad pública. En cualquier caso, si fuera necesaria alguna zona de ocupación temporal en el MUP número CUP 447 Monte Burrén, el promotor indica que se procedería a solicitar la ocupación de acuerdo con lo establecido en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Medio socioeconómico. La línea cruzará varias infraestructuras lineales: carreteras, gasoductos y otras líneas eléctricas.

El promotor indica que en ningún caso la construcción de la línea interferirá con el normal funcionamiento de las infraestructuras mencionadas.

El trazado de la línea entre los pp.kk. 10 y 15 discurre por zona de servidumbre aeronáutica de la base aérea militar de Ablitas, tal y como confirma la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. La línea, tanto en fase de obra como en la de funcionamiento, puede suponer un obstáculo para la correcta circulación aérea, por lo que se seguirán las indicaciones de la autoridad competente para garantizar la seguridad de las maniobras aéreas.

5. Condiciones al proyecto

Para la realización del proyecto, el promotor deberá cumplir y ejecutar todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en el plan de vigilancia ambiental; las indicadas por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra y el INAGA, y las siguientes condiciones:

5.1 Selección de alternativas. La alternativa seleccionada para el trazado de la línea eléctrica será la correspondiente al pasillo B con las modificaciones indicadas en el apartado 4.1.

5.2 Protección de la atmósfera. En todo caso se cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

5.3 Protección de los recursos hídricos. Se evitará la instalación de apoyos, y se minimizará el trazado de accesos, dentro del Dominio Público Hidráulico, sus zonas de servidumbre y de policía.

Los depósitos temporales y materiales no aprovechables, procedentes de la excavación, no se depositarán en los cauces de ríos ni arroyos próximos, ni en sus márgenes o proximidades, a fin de evitar el arrastre y aporte de sólidos a sus aguas.

La realización de obras, captaciones de aguas, vertidos, drenajes, etc. en el dominio público hidráulico o en la zona de policía de cauces, necesita la obtención de concesión o autorización previa del organismo de cuenca, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que ese aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

5.4 Protección del suelo y de la vegetación. Para acceder a las bases de los apoyos se aprovecharán los caminos existentes evitándose al máximo la apertura de nuevos accesos. En caso de que se requiera la apertura de nuevos caminos de acceso, se comunicará al órgano competente de la comunidad autónoma en el que se desarrolle la actuación.

El diseño de los accesos de las posiciones de los apoyos minimizará el impacto sobre: las especies protegidas en las áreas con vegetación autóctona y en las áreas con presencia de hábitats de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, como son los hábitats 1430: Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoletea) y 1410: Pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi), y los hábitats prioritarios 6220*: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea, y el 1520*: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

Las cortas de arbolado se limitarán a lo largo de todo el trazado a los pies estrictamente necesarios para garantizar la seguridad de la línea, debiéndose obtener previamente la preceptiva licencia del órgano competente. En el caso de que fuese necesario podar la vegetación arbórea por superar ésta la altura de seguridad se ajustará al mínimo imprescindible y se ejecutará con arreglo a criterios silvícolas.

Se diseñará un programa de prevención y extinción de incendios específico para el proyecto acorde con el Plan Especial de Prevención de Incendios de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Comunidad Foral de Navarra.

La gestión de residuos se hará conforme a los términos establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

5.5 Protección de la fauna. En el diseño de las líneas eléctricas se cumplirá lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, así como el Decreto 178/2006, de 10 de octubre, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para las instalaciones eléctricas de alta tensión.

Se instalarán dispositivos salvapájaros a lo largo de toda la línea, con un efecto equivalente a un dispositivo cada 7 metros.

Se establecerá un calendario de obras que evite los meses de febrero a julio entre los vértices 1 y 6, para garantizar la protección de las aves esteparias. Dicho calendario podrá modificarse con la aprobación previa del órgano competente de la comunidad autónoma.

5.6 Protección del paisaje. Deberá elaborarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por las obras incluyéndose los accesos provisionales, las instalaciones anejas, los acopios de materiales sobrantes, el parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever asimismo su cronograma y la financiación necesaria.

La restauración será realizada con especies propias de la zona afectada y deberá ser supervisado por el órgano autonómico competente.

5.7 Protección del patrimonio cultural y elementos socioeconómicos. Se realizará una prospección arqueológica intensiva con cobertura total de todos los elementos de la línea eléctrica previa al inicio de las obras, que corrobore la no afección a los yacimientos conocidos y descarte la existencia de otros yacimientos no contemplados en el estudio. Esta prospección se realizará bajo la tutela de los órganos autonómicos competentes de Navarra y Aragón.

En el desarrollo de las obras se deberá contar con un seguimiento arqueológico por parte de personal técnico autorizado por el órgano competente. Si durante los diferentes trabajos de ejecución del proyecto apareciera algún yacimiento, hallazgo o indicios que pudieran tener un significado arqueológico o paleontológico de importancia valorable por especialistas, la empresa responsable de obras, o las subcontratas, deberán paralizar cautelarmente las labores que pudieran suponer una afección a los mismos y remitir, de forma inmediata, a lo órganos competentes un informe del hecho para su valoración y determinación de si procede la realización de una excavación de urgencia, para recuperar los restos arqueológicos. En todo caso la actividad no se reanudará en dicho punto hasta que no lo comunique el órgano competente.

En concreto, se tomará como medida el balizado, señalizado y seguimiento de las obras en elementos del patrimonio cultural, como los yacimientos de Las Jimenas y el de Campoadentro I o los restos de calzada romana del T.M. de Cortes.

Se deberá cumplir con lo establecido en la legislación específica de vías pecuarias. Para poder realizar cualquier actuación sobre los terrenos de las vías pecuarias afectadas deberá contarse previamente con la autorización del organismo autonómico competente.

5.8 Condiciones para el seguimiento ambiental. Se cumplirá el programa de vigilancia ambiental (PVA) contenido en el estudio de impacto ambiental para el seguimiento y control de los impactos y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el mismo, así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observase que los impactos son superiores a los previstos o las medidas correctoras propuestas fuesen insuficientes.

Se designará a un responsable, con cualificación técnica adecuada, de la ejecución del programa de vigilancia y, en su caso, el equipo técnico que se considere necesario para desarrollarlo adecuadamente. Será necesario la presencia de un técnico ambiental, a cargo del promotor, durante el período de ejecución de la obra, incluida la fase de restauración ambiental, especialmente en aquellos tramos que requieran una supervisión especial, como los que afecten a espacios protegidos, los que pasen por zonas con hábitats naturales de interés comunitario o afecten a especies de vegetación protegidas.

Para realizar el seguimiento de la posible colisión de avifauna con el tendido eléctrico, se diseñará un programa de vigilancia específico, supervisado por el órgano autonómico competente, que deberá especificar y justificar la metodología de estudio empleada, así como los resultados obtenidos del mismo, detallando el tramo de la línea o apoyo causante del accidente, las características de los restos de las aves recogidas y el índice de colisión por especie. El periodo de tiempo durante el cual se realizará este seguimiento será de tres años, prorrogable según las indicaciones del órgano autonómico competente, y durante las cuatro estaciones del año.

El promotor de la instalación, o en su caso el titular de la misma, pondrá en conocimiento del órgano autonómico competente, de forma inmediata, cualquier incidente que se produzca en las instalaciones objeto del presente proyecto con relación a la avifauna de la zona (colisión, intento de nidificación en los apoyos, etc.), al objeto de determinar las medidas suplementarias necesarias, las cuales serán de obligado cumplimiento para el promotor o titular de las instalaciones.

Los informes del PVA indicados anteriormente, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Línea eléctrica a 400 kV La Serna–Magallón, al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa correspondiente al pasillo B y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 17 de julio de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

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