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Documento BOE-A-2012-10

Resolución de 12 de diciembre de 2011, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se nombran funcionarios de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 2 de enero de 2012, páginas 11 a 12 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2012-10

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con las propuestas elevadas por las Comisiones nombradas para juzgar los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, convocados mediante Resolución de esta Universidad, de fecha 5 de septiembre de 2011 (BOE de 26 de septiembre), y presentada por los interesados la documentación a que hace referencia la base octava de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril), y el artículo 87 de los Estatutos de esta Universidad y demás disposiciones concordantes, ha resuelto efectuar los nombramientos que se relacionan en el anexo.

Estos nombramientos surtirán plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por los interesados, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, sin que en este caso se pueda interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJ-PAC.

Santiago de Compostela, 12 de diciembre de 2011.–El Rector, Juan José Casares Long.

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