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Documento BOE-A-2011-9495

Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan plazas para la realización de actividades de verano para la formación permanente del profesorado que ejerce en niveles anteriores al universitario, en colaboración con diversas entidades públicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2011, páginas 53712 a 53729 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-9495

TEXTO ORIGINAL

Mejorar la calidad de la educación es, hoy día, un objetivo prioritario para todos los sistemas educativos. Este objetivo exige que todos los miembros de la comunidad educativa contribuyan, en un esfuerzo compartido, a su consecución. Un factor esencial en el logro de este objetivo es, sin duda alguna, el profesorado, cuya labor educativa y docente obliga a un dinamismo permanente en su formación y a una actualización continua en su preparación científica, pedagógica y didáctica.

La sociedad actual, cada vez más compleja y exigente, necesita un profesorado capaz de asumir nuevas competencias profesionales. La mejora de éstas constituye un derecho y una obligación para todos los docentes y una responsabilidad para las Administraciones educativas a quienes les corresponde promover una oferta de formación permanente, sistemática y diversificada.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 102, establece que los programas de formación permanente deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas, así como todos aquellos aspectos de coordinación, orientación, tutoría, atención educativa a la diversidad y organización encaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento de los centros. Asimismo, faculta al Ministerio de Educación para ofrecer programas de carácter estatal y establecer, a tal efecto, los convenios oportunos con las instituciones correspondientes.

La presente convocatoria de actividades atiende fundamentalmente a criterios de calidad en la formación del profesorado. Por ello, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio) y de acuerdo con el apartado cuatro de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de Abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo), dispongo:

1. Objeto y finalidad de la convocatoria

1.1 Objeto.–La presente Resolución tiene como objeto hacer pública la convocatoria para la adjudicación, de 1888 plazas para la realización de actividades de verano para la formación permanente del profesorado. De estas 1888 plazas 520 serán asignadas previa selección por las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas o Direcciones Provinciales de las Ciudades Autónomas y el resto de las plazas se asignarán previa selección por el Ministerio de Educación según lo establecido con carácter general en esta convocatoria.

Dicha distribución está condicionada a la cobertura total de las plazas. En el supuesto de quedar vacantes entre las asignadas por las Administraciones Autónomas, pasarán a ser ocupadas por riguroso orden de la lista de espera de la Administración General.

1.2 Finalidad.–Esta convocatoria tiene como finalidad principal actualizar las competencias pedagógicas y didácticas del profesorado en ejercicio de las distintas enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica de Educación, con objeto de poder responder adecuadamente a las demandas de la sociedad actual.

2. Características de las actividades

2.1 El Ministerio de Educación, a través del Instituto de Formación del Profesorado, Investigación e Innovación Educativa, a partir de ahora IFIIE, oferta y financia 21 actividades de verano orientadas a atender las principales necesidades formativas de profesores y centros en todo el territorio nacional. Dichas actividades se desarrollan, en colaboración con las siguientes instituciones: Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Universidad Nacional de Educación a Distancia, Universidad Complutense de Madrid, a través de su Fundación General y Patrimonio Nacional.

2.2 Las actividades que se ofertan en la presente convocatoria son de índole diversa: congresos, cursos y jornadas y en ellas se consideran tanto los aspectos curriculares más significativos de la Ley Orgánica de Educación, desarrollo de competencias básicas, como los factores más relevantes para mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento de los centros: liderazgo educativo, orientación y atención tutorial o evaluación.

2.3 Todas las actividades se estructuran en cinco grupos, según la entidad colaboradora y el lugar de celebración, y cada actividad va dirigida a docentes que prestan sus servicios en un determinado nivel educativo o imparten determinadas áreas o materias con objeto de lograr más eficazmente los objetivos propuestos.

2.4 Especificidad propia tienen los dos cursos que se desarrollarán en Ávila del 4 al 8 de julio de 2011, dedicados al liderazgo educativo, ya que van dirigidos a equipos de profesores del mismo centro, no a profesores de forma individual. En el curso dirigido a centros de Enseñanza Secundaria, estos equipos deberán estar formados por cinco miembros: el director, el jefe de estudios, orientador y dos profesores del centro. En el curso dirigido a centros de Educación Infantil y Primaria, los equipos deberán estar formados por cuatro miembros: el director, el jefe de estudios, y dos profesores del centro. Para solicitar la participación en estos cursos se cumplimentará la instancia de solicitud que figura en el Anexo III.

2.5 Varias actividades se estructuran en dos fases: una fase presencial, que se desarrollará en los lugares y fechas señalados en el Anexo I de esta Resolución, y una fase en red, que se desarrollará a continuación de la anterior y tendrá una duración variable dependiendo de la actividad. Con esta segunda fase se pretende el diseño y realización de un trabajo práctico que permita la aplicación de los contenidos trabajados en la primera fase. El seguimiento se realizará a través de una plataforma moodle.

Las dos fases forman una sola actividad inseparable, siendo preceptivo realizar ambas para obtener la certificación correspondiente. Las actividades con dos fases son las siguientes:

En Santander:

Congreso: «Aulas del S XXI: Retos educativos».

Curso: «La competencia científica: Enseñar a actuar con conocimiento y en contexto».

Congreso: «Aulas del S XXI: hacia una escuela de futuro».

Curso: «Leer para aprender en la era digital. Educación de adultos».

Curso: «Claves para el asesoramiento educativo».

En Ávila: Los dos cursos «El liderazgo educativo: Proyectos de mejora del éxito escolar».

En el Escorial: Curso: «Leer para aprender en la era digital. Educación Secundaria».

En Valencia: Curso: «Leer para aprender en la era digital. Educación primaria»

En Madrid: Nuevas metodologías para la enseñanza de la biodiversidad y el cambio climático en la Educación Primaria y Secundaria.

En Burgos: Patrimonio e Identidad.

3. Modalidades y distribución de plazas

3.1 Se ofertan 1.888 plazas, que se distribuyen en dos modalidades:

Modalidad A: 1510 plazas, que incluyen los gastos de matrícula y alojamiento en régimen de pensión completa.

Modalidad B: 378 plazas, que incluyen los gastos de matrícula y almuerzo.

3.2 Los lugares y fechas de celebración de las actividades, la distribución de plazas por modalidad así como los destinatarios específicos de cada una de ellas varían según el tipo de actividad. Su distribución figura en el Anexo I de esta Resolución.

3.3 El alojamiento de los asistentes se realizará en habitaciones compartidas en las siguientes sedes:

Lugar de celebración

Entidad colaboradora

Santander.

Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

El Escorial.

Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid.

Madrid.

Patrimonio Nacional.

El Escorial.

Segovia.

Burgos.

Madrid.

Real Jardín Botánico, CSIC y Real Jardín Botánico Juan Carlos I, de la Universidad de Alcalá.

3.4 Todos los gastos de desplazamiento correrán a cargo de los beneficiarios de las plazas.

3.5 Previa fiscalización del gasto derivado de la organización de las actividades formativas objeto de esta convocatoria, se abonará a las Universidades y a las empresas o entidades adjudicatarias de los oportunos procedimientos de contratación, una vez finalizadas las actividades de formación y previa justificación de los gastos derivados de las mismas, con arreglo a lo establecido en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, un importe máximo autorizado de 1.452.956 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.321N.484.02 del ejercicio 2011.

3.6 Toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones, podrá dar lugar a la modificación de la concesión o al reintegro del exceso que corresponda.

4. Destinatarios y requisitos

4.1 Destinatarios.–Podrán optar a las plazas ofertadas:

a) De forma individual, los docentes que estén prestando sus servicios en centros sostenidos con fondos públicos tanto en centros educativos que imparten enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica de Educación, como en Departamentos de de Orientación, Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica o de Atención Temprana, siempre que reúnan los requisitos señalados en el apartado 4.2.

b) Equipos de un mismo centro educativo formados por los siguientes miembros: director, jefe de estudios, orientador y profesores, si se opta por los cursos «El liderazgo educativo» que se desarrollarán en Ávila del 4 al 8 de julio.

4.2 Requisitos.–Los participantes, a nivel individual, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar, en el presente curso escolar, impartiendo docencia directa en el aula o formar parte del equipo directivo del centro o estar prestando servicio como orientador o miembro de un Equipo de Orientación o de Atención Temprana.

b) Pertenecer al grupo de docentes al que va dirigida la actividad que se solicita, según la distribución siguiente:

Actividad

Destinatarios

Aulas del S XXI: hacia una escuela de futuro.

Profesorado Primaria.

Aulas del S XXI: Retos educativos.

Profesorado de Secundaria y maestros que imparten primer ciclo.

Curso «Leer para aprender en la era digital: Educación Infantil y Primaria».

Profesorado de Infantil y Primaria.

Curso «Leer para aprender en la era digital: Educación Secundaria».

En general Profesorado de Secundaria y de forma preferente el profesorado que desarrolla programas que atienden a al diversidad del alumnado por medio de la integración de áreas del currículo (como programas de diversificación curricular o de cualificación profesional inicial y proyectos que integren Educación plástica, Música y/o Educación Física).

Curso: «Leer para aprender en la era digital: Educación de adultos».

Profesorado de Adultos.

Curso «Claves para el asesoramiento educativo».

En general Equipos Orientación y de Atención temprana. Y de forma preferente departamentos de Orientación.

Congreso «Proyectos de Innovación en Educación Infantil: Escuelas que se transforman».

Profesorado de Educación Infantil y Educadores Infantiles.

Curso «Liderazgo educativo: Proyectos de mejora del éxito escolar I».

Equipos Primaria (dirección, jefatura de estudios y dos profesores).

Curso «Liderazgo educativo: Proyectos de mejora del éxito escolar II».

Equipos Secundaria (dirección, jefatura de estudios, orientador y dos profesores).

Curso «La competencia científica Enseñar a actuar con conocimiento y en contexto».

Profesorado que imparte en enseñanza secundaria Ciencias de la Naturaleza, Física y Química, Biología y Geología.

Congreso «aprendizaje de lenguas extranjeras desde una perspectiva plurilingüe».

Profesorado que imparte áreas o materias en lenguas extranjeras de Infantil, Primaria y Secundaria en centros bilingües.

Curso «El Palacio Real, vehículo de aprendizaje».

Profesorado de Secundaria de la especialidad de Geografía e Historia y profesorado de Historia del Arte de Enseñanzas Artísticas y Diseño.

La Ciencia en la época de Felipe II.

Profesorado de Infantil, Primaria y maestros que imparten áreas de ciencias en el primer ciclo de Secundaria.

Patrimonio e Identidad.

Profesorado de Infantil y Primaria.

Curso «Enseñar en contextos complejos».

Profesorado de Enseñanza Secundaria y maestros que imparten primer ciclo.

Curso: «Nuevas metodologías para la enseñanza de la biodiversidad y el cambio climático en la Educación Primaria y Secundaria».

Profesorado de Primaria y Secundaria.

Curso:» Introducción a la educación para el desarrollo global en la escuela».

Profesorado de Infantil, Primaria, Secundaria y técnicos de Formación Profesional.

En el curso »Introducción a la educación para el desarrollo global en la escuela» tendrá preferencia el profesorado que no haya participado en el seminario «I Encuentro nacional de Docentes en educación para el desarrollo» realizado en el año 2010.

Aquellos solicitantes que hayan sido beneficiarios en la convocatoria de actividades de verano 2010, sólo serán baremados en el caso de que no se hayan cubierto todas las plazas.

Para solicitar los cursos «El liderazgo educativo: Proyectos de mejora del éxito escolar» serán requisitos, además de los requisitos a y b del apartado anterior:

a) Que todos los miembros del equipo estén prestando servicio en el mismo centro.

b) Presentar un proyecto de actuación para la mejora de los resultados académicos de los alumnos, de acuerdo con el modelo del anexo IX.

5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación

5.1 Solicitudes.–Los interesados que deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán solicitarlo indicando con claridad en las mismas: las actividades que se solicitan por orden de preferencia y la modalidad de plaza por la que se opta.

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el modelo que se incluye como Anexo II para la participar de forma individual y Anexo III para los cursos de liderazgo educativo, que serán generados por vía telemática en la página web del Ministerio de Educación:

http://www.educacion.gob.es/educacion/profesorado/formacion/formacion-permanente/cursos-congresos/cursos/cursos-de-verano.html

Y se entregarán junto a la documentación requerida, en el Registro Central del Ministerio de Educación, C/ Los Madrazo 15,17, 28014 Madrid, e irán dirigidas al Director General de Formación Profesional, pudiendo utilizarse cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. Si la documentación es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de proceder a su certificación.

La entrega de la solicitud y la documentación fuera del plazo previsto en la convocatoria, conllevará la no valoración de la misma.

5.2 Documentación.–Junto con la instancia de solicitud, los participantes deberán acompañar la siguiente documentación, original o fotocopia debidamente compulsada, que se presentará siguiendo el orden que a continuación se determina:

a) Para las actividades solicitadas de forma individual:

Certificado del centro docente donde se esté prestando servicios en el que conste que el participante está impartiendo, en el presente curso escolar, docencia directa en el aula o prestando servicios en un EOEP o EAT, especificando los niveles/cursos a los que imparte docencia y las áreas/materias que imparte. Este certificado deberá ser transcripción literal del modelo que figura en el Anexo VI.

La documentación acreditativa de los méritos que considere conveniente aportar en relación al baremo establecido en el Anexo IV, entendiéndose que solamente se tendrán en cuenta, y por tanto valorados, aquellos méritos acreditados mediante la documentación que se determina en dicho Anexo, en los términos establecidos en él y presentados dentro del plazo establecido en el apartado 5.3. de esta convocatoria.

b) Para los cursos «El liderazgo educativo»:

Certificado del centro docente correspondiente donde conste que todos los miembros del equipo están, en el presente curso escolar, prestando sus servicios en el centro reseñado en la solicitud y especificando la labor que desempeñan.

Proyecto de actuación para la mejora de los resultados académicos de los alumnos de acuerdo con el anexo IX.

5.3 Plazo de presentación.–El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

De acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si la solicitud no reúne los requisitos señalados en la presentes convocatoria, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos correspondientes.

5.4 Concluido el plazo de presentación no se admitirá ninguna instancia de participación ni documentación acreditativa de méritos ni modificación alguna a las peticiones formuladas en la solicitud.

5.5 La presente convocatoria y toda la información sobre la misma se encontrará a disposición de los interesados en las siguientes direcciones de Internet:

http://www.educacion.gob.es/educacion/profesorado/formacion/formacion-permanente/cursos-congresos/cursos/cursos-de-verano.html

5.6 La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases.

6. Órgano de instrucción y Comisión de selección

6.1 Órgano de instrucción.–La instrucción del procedimiento de adjudicación de plazas, y cuantas actuaciones se estimen necesarias para su resolución, se llevará a cabo por el IFIIE al que se autoriza para aplicar y desarrollar lo dispuesto en la presente Resolución.

6.2 Comisión de selección.–Para la selección de candidatos y adjudicación de plazas se constituirá una Comisión que estará integrada por los siguientes miembros:

Director General de Formación Profesional, que la presidirá, o persona en quien delegue.

Director del IFIIE.

Jefa del Área de Formación del Profesorado

Jefe del Servicio de Planificación de la Formación del Profesorado

Dos asesoras técnico-docentes del IFIIE designadas por el director de dicho Instituto, uno de los cuales actuará como secretario.

Para la valoración de las solicitudes la Comisión podrá disponer la constitución de subcomisiones técnicas especializadas.

7. Criterios de valoración y adjudicación de plazas

7.1 Criterios de valoración.–La selección de los participantes se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

a) Para las actividades solicitadas de forma individual:

Haber obtenido mayor puntuación según el baremo que figura en el Anexo IV de esta Resolución, y según la modalidad elegida en la solicitud.

Distribución equitativa de las plazas por ámbitos en las siguientes actividades:

Congreso «Congreso «Aulas del S XXI: Retos educativos» -que se celebrará en Santander del 28 de junio al 2 de julio-. Se distribuirá a los asistentes en cuatro grupos: ámbito científico-matemático, ámbito lingüístico, ámbito artístico-educación física y ámbito de ciencias sociales

Curso «Leer para aprender en Educación Secundaria» -que se celebrará en El Escorial del 4 al 8 de julio- Se distribuirá a los asistentes en tres grupos: ámbito científico-matemático, ámbito sociolingüístico, ámbito artístico-educación física.

b) Para los cursos «El liderazgo educativo: Proyectos de mejora del éxito escolar»:

Haber obtenido mayor puntuación según el baremo que figura en el Anexo V.

En caso de empate, se tendrá en cuenta la fecha de recepción de la solicitud en el organismo público donde ésta se presente, y de persistir el empate, el mayor número de años de servicio.

7.2 Adjudicación de plazas.–La adjudicación de plazas se hará en régimen de concurrencia competitiva y atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado anterior; por tanto no será suficiente para la obtención de plaza reunir los requisitos exigidos, sino también obtener un número de orden que le sitúe dentro del total de plazas a conceder, de acuerdo con la distribución por actividad y modalidad establecidas.

El disfrute de una plaza al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de similares características, financiada con fondos públicos.

7.3 Cada solicitante sólo podrá ser beneficiario de una plaza; por tanto aquellos candidatos que, habiendo solicitado plaza en varias actividades, resulten seleccionados en una de ellas, quedarán automáticamente excluidos de las otras, independientemente de que, con posterioridad, renuncien a la actividad en la que han sido seleccionados.

7.4 Los miembros de los equipos incluidos en la solicitud para participar en los cursos «El liderazgo educativo» que, de forma individual, hayan también solicitado plaza en otras actividades, quedarán automáticamente excluidos de éstas si han sido seleccionados en los cursos sobre liderazgo.

7.5 Las plazas que puedan quedar vacantes como consecuencia de las renuncias que se presenten serán adjudicadas por riguroso orden de puntuación y según la modalidad correspondiente.

8. Resolución de la convocatoria

8.1 La Comisión de selección, finalizado el proceso de valoración, hará públicas en la dirección de Internet señalada en el apartado 5.5 de esta Resolución, las relaciones provisionales, ordenadas por orden de puntuación, de candidatos seleccionados y de candidatos que no han conseguido un número de orden que les permita obtener plaza y que constituirán la lista de espera de cada curso con la que se irán sustituyendo, por riguroso orden y según la modalidad elegida, las vacantes que puedan producirse, así como la relación provisional de excluidos, indicando el motivo de su exclusión.

8.2 Contra estas relaciones provisionales los interesados podrán presentar, en los mismos lugares previstos para la presentación de solicitudes, reclamación en el plazo de tres días naturales a partir del siguiente al de su publicación. En el mismo plazo, los interesados podrán también presentar renuncia a su participación, entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en la instancia de solicitud.

8.3 Una vez resueltas las reclamaciones y renuncias presentadas, la Comisión seleccionadora hará públicas, en la dirección de Internet señalada en el apartado 5.5, las relaciones definitivas de candidatos seleccionados, que en ningún caso podrá superar el número de plazas convocadas, de candidatos en lista de espera y de candidatos excluidos, y elevará al IFIIE, como órgano instructor la correspondiente propuesta de resolución para que, una vez conformada, la eleve al Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, como órgano concedente, en el plazo de quince días, y publicación definitiva en la mencionada página web. En caso de no dictarse Resolución en el plazo establecido se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas.

8.4 El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de seis meses a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haberse llevado a cabo la resolución, la misma tendrá carácter desestimatorio.

8.5 Esta resolución definitiva, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso – administrativo, en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa.

8.6 Los candidatos que resulten seleccionados recibirán la oportuna comunicación por parte del IFIIE, junto con la correspondiente información complementaria.

9. Renuncias

El plazo de presentación de renuncias será el establecido en el apartado 8.2. de esta convocatoria. No obstante, en el supuesto de que alguno de los candidatos seleccionados tuviera que renunciar con posterioridad a dicho plazo, deberá comunicarlo inmediatamente al IFIIE mediante fax: 91-7459436 entendiéndose, en cualquier caso, que la plaza se tendrá por adjudicada a todos los efectos y con las consecuencias que esto implica para la próxima convocatoria de estas actividades.

10. Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de estas actividades estarán obligados a:

a) Aceptar todas las bases de esta convocatoria y realizar la actividad concedida de acuerdo con las normas fijadas en ésta, así como las que el IFIIE establezca en el desarrollo de la misma.

b) Someterse a las actuaciones de comprobación, evaluación y control que realice el IFIIE así como cumplimentar los documentos que, al efecto, les sean requeridos.

c) Realizar las dos fases de formación en aquellas actividades que las tengan.

11. Certificaciones

A los profesores asistentes a estas actividades se les expedirá, una vez finalizadas las mismas, un certificado de cuatro créditos de formación, de acuerdo con la legislación que regula la formación permanente del profesorado.

A los profesores participantes en las actividades que conllevan fase en red se les expedirá un certificado de ocho créditos de formación a la finalización de ambas fases, excepto en el curso «Nuevas metodologías para la enseñanza de la biodiversidad y el cambio climático en la Educación Primaria y Secundaria» que se expedirá un certificado de 6 créditos.

El acta de la actividad acreditará la asistencia de los profesores y servirá como documento justificativo del disfrute de la plaza adjudicada.

12. Retirada de la documentación

Durante el mes de noviembre de 2011 los interesados que manifiesten no haber interpuesto recurso podrán retirar, personalmente o delegar en otra persona debidamente autorizada, la documentación aportada, a excepción de la instancia de solicitud, entendiéndose que, transcurrido dicho plazo, se perderá todo derecho sobre la misma que será destruida.

Los participantes en actividades con fase en red tendrán un mes para retirar la documentación una vez terminada esta fase.

13. Recursos

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso contencioso – administrativo, en el plazo de dos meses, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa.

Madrid, 24 de mayo de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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