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Documento BOE-A-2011-7618

Decreto 19/2011, de 9 de marzo, por el que se delimita el entorno de protección de la cueva de Coimbre, en Peñamellera Alta.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 2011, páginas 43355 a 43357 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2011-7618

TEXTO ORIGINAL

La Cueva de Coimbre o de Las Brujas, sita en el lugar de Besnes, en el concejo de Peñamellera Alta, fue declarada Bien de Interés Cultural en aplicación del artículo 40.2 de la Ley 16/85, de 16 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Cuenta esta cueva con tres niveles de galerías, en los que hay constancia de la existencia de arte rupestre en el superior. El repertorio de arte parietal de esta cavidad se distribuye en cinco conjuntos, la mayoría de ellos sitos en angostas galerías. Se trata en todos los casos de grabados, en su mayoría de trazo final, aunque hay algunos ejemplos notables de grabado con trazo profundo.

Mediante Resolución de 5 de noviembre de 2009 de la Consejería de Cultura y Turismo, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección de esta cueva.

Con posterioridad a esa Resolución se ha seguido la tramitación regulada en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural. Se cuenta con informes favorables de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, la Real Academia de la Historia y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Mediante Resolución de 22 de marzo de 2010, publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de fecha 9 de abril de 2010, se abría un período de información pública, en el transcurso del cual no se presentó ningún escrito respecto a este expediente.

Finalmente, el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión de 14 de diciembre de 2010, emitió informe favorable y motivado respecto a esta propuesta de protección patrimonial, por lo que, cumplimentados los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de marzo de 2011, dispongo:

Único.–Se procede a delimitar el entorno de protección de la cueva de Coimbre o de Las Brujas, sita en Besnes, concejo de Peñamellera Alta, según la descripción complementaria que se hace constar en el Anexo que se adjunta y que forma parte del presente decreto.

Oviedo, 9 de marzo de 2011.–El Presidente del Principado, Vicente Álvarez Areces.–La Consejera de Cultura y Turismo, Mercedes Álvarez González.

(Publicado en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» número 68, de 23 de marzo de 2011)

ANEXO
Extracto del expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Coimbre en Peñamellera Alta

I. Datos sobre el bien objeto de la delimitación

1. Denominación: Cueva de Coimbre o de las Brujas.

2. Localización:

a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.

b) Provincia: Asturias.

c) Municipio: Peñamellera Alta.

d) Localidad: Besnes.

II. Entorno de protección

La superficie abarcada por la delimitación de entorno propuesta alcanza 20,91 hectáreas. Comprende el espacio incluido dentro del perímetro definido por los siguientes puntos:

1 Intersección de la carretera AS-345 con el camino a Besnes.

1-2 Sigue el eje de la carretera AS-345 hacia el Norte, hasta el punto 2.

2-3-4 Del punto 2 siguiendo líneas de cambio de vertiente, bordeando las parcelas de referencia catastral: (pol 003) 54 y 56, hasta el punto de altitud 534,08 (Pendendo).

4-1 Sigue el eje de la carretera AS-345 hacia el Noroeste, hasta su encuentro con el punto 1.

En los casos en los que el entorno limita con carreteras, se ha de entender que el espacio protegido llega hasta el límite exterior de la zona de dominio público de carreteras.

III. Descripción gráfica del entorno de protección

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

IV. Datos administrativos

1. Expediente CPCA 59/08.

2. Incoacion del expediente.

a) Fecha de incoación. 5 de noviembre de 2009.

b) Fecha de notificación de la incoación: 9 de diciembre de 2009.

c) Fecha de publicación: BOPA: 2 de febrero de 2010, BOE: 19 de marzo de 2010.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural: 9 de diciembre de 2009.

3. Instrucción:

a) Instituciones que han emitido informe favorable:

Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Real Academia de la Historia.

Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA).

b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: BOPA: de 9 de abril de 2010. Duración 20 días hábiles.

c) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Peñamellera Alta.

d) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del 14 de diciembre de 2010.

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