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Documento BOE-A-2011-7502

Orden DEF/1038/2011, de 14 de abril, por la que se señala la zona de seguridad lejana para la instalación militar Campo de Adiestramiento de la Sierra del Retín, en el término municipal de Barbate (Cádiz) y se modifica la Orden DEF/3338/2010, de 21 de diciembre, por la que se señala la zona de seguridad para la instalación militar Polvorín de Cuadros, en el término municipal de Cuadros (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2011, páginas 42825 a 42827 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2011-7502

TEXTO ORIGINAL

En el término municipal de Barbate (Cádiz) se encuentra la instalación militar denominada Campo de Adiestramiento de la Sierra del Retín, que es preciso preservar de cualquier obra o actividad que pudiera afectarle, así como asegurar tanto la actuación eficaz de los medios de que disponga como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad y, en su caso, la de las propiedades próximas, cuando aquellos entrañen peligrosidad para ellas, en conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por el Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo.

Por ello es necesario establecer la zona de seguridad para este Campo de Adiestramiento, en cuyo expediente consta la propuesta razonada del Almirante Jefe del Apoyo Logístico de la Bahía de Cádiz y la conformidad del Estado Mayor de la Armada.

Por otra parte, una vez publicada la Orden DEF/3338/2010, de 21 de diciembre, por la que se señala la zona de seguridad para la instalación militar Polvorín de Cuadros, en el término municipal de Cuadros (León), se han detectado errores en su redacción y en la clasificación de dicha instalación que es necesario subsanar.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Clasificación de la instalación militar.

A los efectos previstos en el título I, capítulo II, del Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, en adelante el Reglamento, la instalación militar denominada Centro de Adiestramiento Sierra del Retín en el término municipal de Barbate (Cádiz) se clasifica dentro del grupo quinto de los establecidos por el artículo 8 del Reglamento.

Artículo 2. Señalamiento de la zona de seguridad lejana de la instalación militar.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 27.2 del Reglamento y para la instalación militar denominada Campo de Adiestramiento Sierra del Retín se señala una zona de seguridad lejana de las definidas para las instalaciones del grupo quinto.

Artículo 3. Delimitación de la zona de seguridad lejana.

En conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.2 del Reglamento, la zona seguridad lejana señalada en el artículo anterior estará delimitada por una franja de 2.000 metros de anchura en torno a la instalación militar Campo de Adiestramiento Sierra del Retín, desde su perímetro exterior.

La parte terrestre de esta zona queda definida por las siguientes coordenadas WGS-84:

Punto

X

Y

Punto

X

Y

1

244651

4001093

26

246301

4014370

2

244881

4001108

27

245768

4014640

3

245652

4001910

28

245169

4014770

4

245829

4002045

29

244811

4014893

5

246167

4002424

30

244383

4014912

6

246221

4002502

31

244559

4014900

7

246831

4002887

32

243893

4014931

8

247752

4005048

33

243059

4014624

9

248007

4005476

34

242680

4014242

10

248179

4005761

35

242528

4014363

11

248311

4005870

36

241411

4014918

12

248971

4006404

37

240825

4014803

13

249177

4006681

38

240049

4014995

14

249417

4006931

39

298887

4014559

15

249868

4007627

40

238317

4013743

16

250166

4008177

41

237886

4013255

17

250368

4008625

42

237525

4012499

18

250905

4009551

43

237634

4011391

19

250983

4011059

44

238452

4010294

20

250286

4012464

45

238943

4009970

21

249209

4012767

46

238906

4009886

22

248921

4012949

47

238450

4009414

23

247948

4013757

48

238128

4008704

24

247099

4014304

49

238128

4008179

25

246365

4014346

 

 

 

En la parte marítima, el límite SW, queda definido por la línea poligonal que une el último punto con el vértice «A» situado en la mar en latitud norte 36º10,128’ y longitud oeste 5º55,527’ pasa por el vértice «B» en latitud norte 36º06,677’ y longitud oeste 5º51,355’, y cierra con el primer punto.

Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/3338/2010, de 21 de diciembre, por la que se señala la zona de seguridad para la instalación militar Polvorín de Cuadros, en el término municipal de Cuadros (León).

La Orden DEF/3338/2010, de 21 de diciembre, queda modificada como sigue:

Uno. En el primer párrafo del preámbulo, la referencia hecha al artículo 9 del Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, deberá entenderse hecha al artículo 24 del mismo reglamento.

Dos. Los artículos 1 y 2 quedan redactados del siguiente modo:

«Artículo 1. Clasificación de la instalación militar.

A los efectos previstos en el título I, capítulo II, del Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, en adelante el Reglamento, la instalación militar denominada "Polvorín de Cuadros", situada en el término municipal de Cuadros (León), se clasifica dentro del grupo tercero de los establecidos en el artículo 8 del Reglamento.

Artículo 2. Señalamiento de la zona de seguridad de la instalación militar.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 24.2 del Reglamento y para la instalación militar denominada "Polvorín de Cuadros", se señala una zona próxima de seguridad de las definidas para las instalaciones del grupo tercero.»

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de abril de 2011.–La Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras.

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