La Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios, dependiente de la Dirección General de Inmigración, viene ejerciendo las funciones que le han sido atribuidas por el artículo 6.2.b) Real Decreto 1129/2008 de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril de 2008, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Por razones de carácter técnico y organizativo, la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración ha considerado necesario ordenar a la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios un conjunto de tareas relacionadas con la gestión económica y administrativa de los servicios comunes en el ámbito de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y bajo la dirección de su titular, que se ejercerán sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Ministerio de Trabajo e Inmigración y en coordinación con ellos.
Por este motivo, y en tanto se aprueba un nuevo Real Decreto de desarrollo de la estructura orgánica básica del Departamento, se considera oportuna y necesaria la delegación de las competencias que ostenta la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios en la Subdirección General de Modernización de la Gestión.
Conforme a la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, el Director General de Inmigración ha aprobado previamente esta delegación.
De acuerdo con lo anterior y en virtud del artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Delegar en el Subdirector General de Modernización de la Gestión, dependiente de la Dirección General de Inmigración, las siguientes competencias:
a) La programación, ordenación y coordinación con otros centros directivos para la determinación del contingente anual de trabajadores extranjeros y la elaboración de la propuesta del Acuerdo del Consejo de Ministros que apruebe el contingente de trabajadores extranjeros y de sus normas de desarrollo.
b) La ordenación y gestión de los procedimientos de concesión de autorizaciones cuya resolución corresponda a la Dirección General de Inmigración, a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración o al titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración, incluyendo la gestión de los procedimientos de concesión de autorizaciones derivados de las Instrucciones del Consejo de Ministros de 16 de febrero de 2007.
c) La coordinación, canalización y gestión de las ofertas de empleo y autorizaciones de trabajo para la contratación de trabajadores extranjeros en sus países de origen.
d) La coordinación, participación y gestión de los procesos de selección y contratación de los trabajadores en los países de origen.
e) La gestión y coordinación de los procedimientos de selección y contratación de trabajadores documentados con visados de búsqueda de empleo.
f) El apoyo a los trabajadores seleccionados a través del contingente y seguimiento de las contrataciones.
g) La participación en los encuentros con otros organismos extranjeros relativos a la selección y contratación de trabajadores extranjeros.
h) La gestión de proyectos-piloto de selección de trabajadores en origen.
i) La gestión del Convenio de Migraciones Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración-Agentes sociales-Federación Española de Municipios y Provincias.
j) La participación en proyectos europeos e internacionales en el ámbito de la selección de trabajadores en origen
De conformidad con el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de estas competencias delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 5 de abril de 2011.–El Subdirector General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios, Antonio Sánchez Díaz.
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