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Documento BOE-A-2011-6699

Orden ARM/896/2011, de 30 de marzo, por la que se revoca el reconocimiento, como Organización Interprofesional Agroalimentaria a la Organización Interprofesional del Lino de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 2011, páginas 38308 a 38308 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-6699

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Secretaría General de Medio Rural, relativa a la revocación del reconocimiento, e inscripción de la misma en el registro general de organizaciones interprofesionales agroalimentarias, de la Organización Interprofesional del Lino de España, OILE, como Organización Interprofesional Agroalimentaria, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, reuniendo todos los requisitos establecidos en la vigente normativa y habiéndose informado favorablemente la revocación por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en su reunión del día 9 de marzo de 2011, acuerdo:

Revocar el reconocimiento e inscribir la revocación en el Registro de organizaciones interprofesionales agroalimentarias, de la Organización Interprofesional del Lino de España, OILE, como Organización Interprofesional Agroalimentaria.

La presente orden pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra la misma podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante la Sra. Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, computado del mismo modo. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 30 de marzo de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar Rivero.

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