Suscrita Adenda de 30 de junio de 2010 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 14 de marzo de 2011.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Bernardo Lorenzo Almendros.
ACUERDO POR EL QUE QUEDA PRORROGADA LA ADENDA DEL AÑO 2008 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA
En Madrid, a 30 de junio de 2010
REUNIDOS
De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.
De otra, doña María del Mar Pereira Álvarez, en calidad de Secretaria General de Modernización e Innovación Tecnológica de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la representación que ostenta y especialmente facultada para este acto en virtud de lo dispuesto de la disposición adicional segunda del Decreto 325/2009, de 18 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.
Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,
EXPONEN
Primero.–Que el desarrollo de la Sociedad de la Información es una estrategia prioritaria en el actual momento social y económico de nuestro país, y su impulso es objetivo compartido por todas las Administraciones Públicas.
Segundo.–Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la SI en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza pretende colaborar en el desarrollo de dichas actividades, en la medida que se estime conveniente, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que incrementen su alcance y su impacto, observando el vigente régimen competencial de las Administraciones Públicas.
Tercero.–Que con fecha 16 de Junio de 2006 se firmó un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de las actuaciones del Plan Avanza.
Cuarto.–Que en la cláusula quinta del citado Convenio Marco de Colaboración se establece que el Convenio se desarrolla mediante la realización de adendas incluidas durante la vigencia del mismo, del año 2006 al 2010.
En dichas Adendas quedan recogidas las medidas y líneas de actuación contempladas en el Convenio, incluyendo una descripción de las actuaciones a desarrollar, así como la financiación correspondiente y su periodo de ejecución.
El 23 de julio de 2007 se firmó la Adenda Ciudadanía Digital 2007 al citado Convenio Marco de Colaboración.
El 4 de julio de 2008 se firmó la segunda Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza.
El 3 de julio de 2009 se suscribió el acuerdo por el que se prorroga la segunda Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza, extendiendo su período de vigencia hasta el 30 de junio de 2010.
Quinto.–Que en la cláusula séptima del mencionado Convenio se establece una Comisión Bilateral con el fin de asegurar el adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del mismo.
La Comisión Bilateral tiene como misión establecer las acciones pertinentes para asegurar la buena marcha de las actuaciones recogidas en las adendas al Convenio Marco, llevando a cabo el seguimiento de su ejecución y financiación así como encaminar cualquier acción que permita el cumplimiento del Convenio o su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.
Asimismo, la Comisión Bilateral aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución.
En la reunión de la Comisión Bilateral de control y seguimiento del Convenio entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, celebrada el pasado 26 de abril de 2010, se puso de manifiesto por parte de los representantes de la Xunta de Galicia la necesidad de prorrogar nuevamente el plazo de vigencia de la Segunda Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza hasta el 31 de diciembre de 2010.
Sexto.–Esta prórroga viene motivada por la necesidad de que determinadas actuaciones, recogidas en la Adenda mencionada, se ejecuten correctamente, garantizando la consecución de los objetivos planteados para cada una de ellas y buscando el éxito de las mismas entre los beneficiarios finales del Convenio Marco, empresas y ciudadanía.
De una parte, en línea con los objetivos fijados en la actuación 1, y para cumplir parcialmente el objeto de la misma, la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia, convocó, el 31 de diciembre de 2008 (DOG de 16 de enero de 2009), y por un importe de 500.000 euros, una orden de ayudas, en régimen de competencia competitiva, de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, para impulsar la realización de actividades de difusión, de sensibilización y formativas, así como promover la producción y difusión de contenidos digitales, relacionadas específicamente con el desarrollo e implantación de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de esta actividad con el fin de llevar a cabo correctamente la citada orden de ayudas.
Por otra parte, en el marco de la actuación 2, el 13 de abril de 2010 (DOG de 21 de abril de 2010), la Xunta de Galicia realizó una Convocatoria de premios al desarrollo de nuevos contenidos para Internet, dando especial consideración a aquellos relacionados con la lengua y cultura gallegas. Los destinatarios de esta Convocatoria de ayudas son, tanto las personas físicas como las entidades sin ánimo de lucro, a excepción de las asociaciones empresariales, que hayan desarrollado contenidos que merezcan ser destacados por su creatividad y calidad.
Resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de esta actuación con el fin de llevar a cabo correctamente la citada Convocatoria de premios.
En consecuencia, las partes
ACUERDAN
1. Prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2010, el plazo de vigencia de las siguientes actividades:
a) Orden de ayudas, convocada el 31 de diciembre de 2008, en régimen de competencia competitiva, de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, financiada con cargo a la actuación 1 de la adenda.
b) Convocatoria de premios, de 13 de abril de 2010, al desarrollo de nuevos contenidos para Internet, financiada con cargo a la actuación 2 de la adenda.
2. Mantener el plazo de vigencia actual (30 de junio de 2010), para el resto de actuaciones de la Adenda.
3. Asimismo, durante la vigencia del Convenio, la Comisión Bilateral de control y seguimiento y de acuerdo con lo que se establece en la cláusula séptima del Convenio mencionado, llevará a cabo la valoración de la correcta realización de las actuaciones previstas en la Adenda a éste.
4. Que no se establece ninguna modificación más sobre lo acordado en el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia.
Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
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