Visto el expediente de indulto de don Ndene Ndiaye, condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia, sección primera, en sentencia de 5 de febrero de 2009, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Bilbao, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión, que se sustituye por expulsión del territorio nacional por plazo de 10 años con prohibición de entrar por el mismo periodo y multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros, accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de marzo de 2011,
Vengo en conmutar a don Ndene Ndiaye las penas privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de marzo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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