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Documento BOE-A-2011-6253

Orden TAP/800/2011, de 18 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, mediante el sistema de concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal, en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y sus organismos autónomos.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2011, páginas 36306 a 36318 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Administración Pública
Referencia:
BOE-A-2011-6253

TEXTO ORIGINAL

La Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público establece que las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005.

El real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, establece en su artículo 10 que estarán incluidos en este supuesto los puestos desempeñados interina o temporalmente desde 2 de diciembre de 1998 hasta 31 de diciembre de 2004, ambas fechas incluidas.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284, del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio (BOE del 30).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Código 6000 por el sistema general de acceso libre.

Las plazas que se convocan en las presentes pruebas selectivas quedan distribuidas según se indica en el Anexo I.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario de Grado o los actualmente vigentes de Doctor, Licenciado, Ingeniero y Arquitecto.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina web www.060.es

5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfonos (91)5976878 o (91)5976402, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 24 de enero de 2011 (Boletín Oficial del Estado del 27).

7.2 La fecha de la realización del primer ejercicio coincidirá con la del mismo ejercicio de las pruebas selectivas convocadas para la consolidación de empleo temporal de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos en los ámbitos de los Ministerios de Ciencia e Innovación, Defensa, Economía y Hacienda, Política Territorial y Administración Pública, Política Social e Igualdad, Trabajo e Inmigración y Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

8. Superación del proceso selectivo

8.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el cese de los funcionarios interinos que desempeñan los puestos de trabajo ofertados en la presente convocatoria se producirá cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.

8.2 Los funcionarios interinos al servicio de la Administración del Estado que superen el proceso selectivo y no tomen posesión de la plaza obtenida cesarán en la plaza que ocupan interinamente, según Acuerdo de la Comisión Superior de Personal de 17 de julio de 1997, sobre proceso de consolidación de empleo temporal.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante señor Ministro de Política Territorial y Administración Pública en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 18 de marzo de 2011.–El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública, P.D. (Orden TAP/2964/2010, de 18 de noviembre), la Secretaria de Estado para la Función Pública, María Consuelo Rumí Ibáñez.

ANEXO I
Distribución territorial de las plazas objeto de la convocatoria para la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos afectadas por el proceso de consolidación de empleo temporal en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Localidad

N.º de Programa

N.º Plazas

MADRID (Madrid)

Derecho Constitucional y Administrativo

1

OVIEDO (Asturias)

Expropiaciones

1

SANTANDER (Cantabria)

Expropiaciones

1

PONFERRADA (León)

Expropiaciones

1

LUGO (Lugo)

Expropiaciones

1

ANEXO II
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases. Una fase de oposición y otra fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

1. Fase de oposición: constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios.

Primer ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, uno de la parte común y dos del programa de la parte específica a escoger entre cinco, dos de la parte común y tres del programa de la parte específica que serán seleccionados al azar en el momento del inicio de la prueba.

El tiempo de realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído posteriormente ante el Tribunal en sesión pública, quien podrá hacer al aspirante las preguntas que considere oportunas relacionadas con los temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos y lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 45 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 22,50 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio de carácter práctico: consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Tribunal relacionado con los temas del programa de la parte específica.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

El ejercicio será leído posteriormente en sesión pública ante el Tribunal quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con el ejercicio durante un período máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio se calificará de 0 a 55 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 27,50 puntos para superarlo.

Una vez superados los dos ejercicios, la calificación final de esta fase será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. Dicha fase podrá ser superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 6.3 y en aquellos otros lugares que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase.

Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados.

2. Fase de concurso: En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A. Los servicios efectivos prestados en el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y en los suprimidos de Medio Ambiente y de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos con vínculo de carácter temporal o interino, de acuerdo con la siguiente progresión:

1 año

5,75 puntos.

2 años

11,50 puntos.

3 años

17,25 puntos.

4 años

23 puntos.

5 años

28,75 puntos.

6 años

34,5 puntos.

7 años o más

40 puntos.

La valoración de los servicios prestados como mérito en la fase de concurso únicamente se realizará si el aspirante tiene la condición de funcionario interino de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y sus Organismos Autónomos, o la ha tenido en los últimos 3 años en este Ministerio, o en los suprimidos de Medio Ambiente y de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los servicios prestados se valorarán teniendo en cuenta los años completos, con arreglo a las siguientes circunstancias:

Para el tiempo prestado como personal funcionario interino: Los servicios prestados con este carácter.

Para el tiempo prestado como personal laboral temporal: Los servicios prestados con este carácter, con excepción de los períodos de excedencia forzosa y suspensión de contrato, excepto por incapacidad temporal, maternidad, paternidad (art. 48 bis del Estatuto de los Trabajadores), excedencia para el cuidado de hijos, cónyuge y familiares y excedencia por razón de violencia sobre la trabajadora en los términos del art. 54 del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

B. Cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con las funciones del Cuerpo/Escala objeto de la convocatoria, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, Instituciones Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados o impartidos directamente por las Administraciones Públicas o por centros a los que se les haya encargado su impartición:

Puntuación máxima: 5 puntos.

La valoración de los cursos se realizará según el siguiente desglose:

– Cursos de duración inferior a 15 horas o aquellos cuya duración no conste en el correspondiente diploma: 0,10 puntos por curso.

– Cursos de 16 a 50 horas de duración: 0,50 puntos por curso.

– Cursos de 51 a 100 horas de duración: 0,75 puntos por curso.

– Cursos de más de 100 horas: 1 punto por curso.

Los funcionarios interinos a que se refiere la letra A) del apartado 2 en caso de solicitar puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

La certificación será expedida en el modelo que figura como Anexo VI a esta convocatoria, haciendo mención expresa, entre otros extremos, de lo siguiente:

– La condición de funcionario interino de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos del aspirante, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o durante los tres años inmediatamente anteriores a esta misma fecha, siempre referido al ámbito señalado en la letra A) del apartado 2.

– Antigüedad como personal laboral temporal o funcionario interino, referida al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

– Cursos de formación y perfeccionamiento que tenga acreditados ante esa unidad, debiendo constar el número de horas de duración de cada curso.

– Los cursos no certificados a través del Anexo VI se podrán acreditar así mismo mediante la presentación de fotocopia compulsada de los correspondientes títulos o certificados, en los que ha de constar el número de horas de duración.

La no presentación del Anexo VI o, en su caso, de los documentos justificativos de los méritos, por el aspirante, supondrá la no valoración en la fase de concurso del mérito correspondiente.

La lista provisional que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez finalizada la fase de oposición, en el lugar indicado en la base 6.3.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones que estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada en los méritos de la fase de concurso.

El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

– La mayor puntuación en la fase de oposición.

– La mayor puntuación en el segundo ejercicio.

– La mayor puntuación en el primer ejercicio.

– La mayor puntuación en la fase de concurso.

– La mayor puntuación alcanzada en el mérito antigüedad.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

No podrá declararse que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

ANEXO III
PROGRAMA

Temas comunes

Tema 1. La Constitución española de 1978. Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

Tema 2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno. Composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado.

Tema 3. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado y su organización periférica. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas.

Tema 4. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Tema 5. El Estatuto Básico del Empleado Público. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El personal funcionario y el personal laboral. Deberes y derechos de los funcionarios públicos.

Tema 6. Normas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales.

Tema 7. El III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Ámbito de aplicación y vigencia. Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio. El sistema de clasificación.

Tema 8. El contrato administrativo. Concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación. Ejecución.

Tema 9. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.

Tema 10. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Discapacidad y dependencia.

Temas específicos

Programa: Derecho Constitucional y Administrativo

1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. La Reforma constitucional.

2. Los principios constitucionales. El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución española.

3. Los derechos fundamentales, evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.

4. La protección de los derechos fundamentales. La vía judicial preferente y sumaria

5. Los derechos económicos y sociales en la Constitución española. El modelo económico en la Constitución de 1978.

6. La participación de los ciudadanos en las instituciones del Estado. Democracia directa y democracia representativa en la Constitución española. Otras formas de participación.

7. Los partidos políticos y los sindicatos en España. Regulación constitucional y régimen jurídico.

8. La Corona. Atribuciones según la Constitución española.

9. El Gobierno: Composición. Causas y procedimiento del nombramiento y cese del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. El Gobierno y la Administración.

10. Las funciones del Gobierno. La función normativa. La función política. La función administrativa

11. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones. Relaciones entre las dos cámaras.

12. Los privilegios parlamentarios colectivos. Los Reglamentos parlamentarios. El gobierno interior de las Cámaras. Los privilegios parlamentarios individuales: La inviolabilidad parlamentaria; la inmunidad parlamentaria.

13. El funcionamiento de las Cámaras. Plenos y Comisiones. Grupos parlamentarios. Sesiones: Sus clases. La disolución

14. Las funciones de las Cortes Generales. La moción de censura.

15. El Defensor del Pueblo. Formas de actuación.

16. Organización y competencias del Tribunal de Cuentas.

17. El Consejo de Estado: Organización y competencias.

18. El Poder Judicial en la Constitución. La organización judicial en España.

19. El Tribunal Constitucional. Naturaleza, organización y atribuciones.

20. El recurso de inconstitucionalidad. La cuestión de inconstitucionalidad. Recurso de amparo constitucional.

21. Los conflictos constitucionales. Conflictos entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Conflictos en defensa de la autonomía local.

22. La Administración Pública: Principios constitucionales.

23. La Administración General del Estado. Sus órganos centrales.

24. La organización territorial de la Administración general del Estado. Delegados y subdelegados del Gobierno. Otros órganos territoriales.

25. La Administración Institucional. Los Organismos Públicos. Organismos Autónomos, Entidades Públicas Empresariales y Agencias estatales.

26. Las Comunidades Autónomas. Naturaleza. Organización política y administrativa.

27. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza. Contenido. Reforma.

28. La Administración local. Regulación constitucional. Legislación en materia de régimen local. Entidades que integran la Administración local.

29. La distribución de competencias entre las Administraciones públicas. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Mecanismos de cooperación, coordinación y control.

30. La reforma constitucional. Restricciones a las libertades públicas: Estados de alarma, excepción y sitio. Los deberes constitucionales.

31. El Derecho Administrativo. Concepto y contenido. Tipos históricos y su evolución.

32. La Administración Pública y el Derecho Administrativo. La Administración, las funciones y los poderes del Estado.

33. Fuentes del Derecho Administrativo. La ley: Clases de leyes estatales en la Constitución. Las leyes de las Comunidades Autónomas

34. Disposiciones del Gobierno con valor de ley: decretos legislativos; decretos-leyes.

35. El Reglamento: Concepto y naturaleza. Clasificación de los Reglamentos. Impugnación

36. Fundamento de la potestad reglamentaria. Órganos con potestad reglamentaria. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los reglamentos.

37. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: En especial, la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.

38. La Administración y los Tribunales de Justicia. Conflictos de Jurisdicción entre los Tribunales y la Administración. Otros conflictos de jurisdicción.

39. El administrado. Clases. Capacidad del administrado y sus circunstancias modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado. La participación del administrado en las funciones administrativas.

40. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento.

41. Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: Concepto y elementos.

42. La forma de los actos administrativos. La motivación, la notificación y la publicación. El silencio administrativo: su régimen jurídico. Utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración.

43. La eficacia del acto administrativo: Principios generales. Efectividad del acto administrativo. Procedimientos de ejecución. Términos y plazos.

44. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La revisión de oficio.

45. Organización administrativa. El órgano administrativo. Concepto y naturaleza. Clases de órganos: en especial, los colegiados. La competencia: Naturaleza, clases y criterios de delimitación.

46. Las relaciones interorgánicas: Coordinación y jerarquía. Desconcentración y delegación de competencias. Delegación de firma. Encomienda de gestión. La avocación.

47. Procedimiento Administrativo: Principios generales. La estructura del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

48. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial: Su naturaleza y regulación.

49. Los recursos administrativos: Concepto y principios generales. Clases de recursos.

50. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza. Órganos de este orden jurisdiccional. El recurso contencioso-administrativo: Procedimiento general.

51. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Legislación española: Antecedentes y regulación actual. Procedimiento general. Procedimiento abreviado.

52. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

53. La potestad sancionadora de la Administración: Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.

54. Los contratos de las Administraciones Públicas: Criterios de distinción entre los contratos administrativos y los demás contratos de las Administraciones Públicas. Legislación vigente: Ámbito de aplicación. Órganos competentes para su celebración. Capacidad para contratar: Prohibiciones.

55. El procedimiento de contratación y la adjudicación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. La invalidez de los contratos administrativos. Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión y subcontratación.

56. El contrato de obras: Régimen jurídico. El contrato de gestión de servicios públicos: Régimen jurídico.

57. El contrato de suministro: Régimen jurídico. Los contratos de consultoría y asistencia, los contratos de servicios: Régimen jurídico.

58. La expropiación forzosa: Naturaleza y justificación, sujetos y objetos. Procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos expropiatorios especiales.

59. Las propiedades administrativas. El dominio público. Los bienes patrimoniales del Estado. El Patrimonio Nacional. Los bienes comunales.

60. Formas de actuación administrativa. La actividad administrativa de fomento. La actividad administrativa de servicio público. La actividad de policía o de limitación.

Programa: Expropiaciones

1. La Administración Pública del Agua en España. Demarcación Hidrográfica y El Consejo Nacional del Agua.

2. Los Organismos de Cuenca. El Consejo del Agua y Comité de Autoridades Competentes.

3. La Planificación Hidrológica en España. El Plan Hidrológico Nacional. Los Planes Hidrológicos de Cuenca.

4. Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y su modificación por la Ley 62/2003.

5. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico y su modificación por el Real Decreto 606/2003: De la utilización del dominio público hidráulico.

6. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico y su modificación por el Real Decreto 606/2003: Protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas.

7. El Reglamento del Dominio Público Hidráulico y su modificación por el Real Decreto 606/2003: Régimen económico y financiero de la utilización del dominio público hidráulico.

8. Modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico por el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero.

9. El Dominio Público Hidráulico. Definición. Bienes que lo integran. Delimitación. Zonas de Policía y Servidumbre.

10. El Dominio Público Hidráulico. Limitaciones en su uso. Servidumbres naturales y legales. Servidumbre forzosa de acueducto.

11. Delimitación del dominio público hidráulico. Deslinde: concepto. Procedimiento, competencias, tramitación. Efectos jurídicos del deslinde.

12. Usos y derechos para la utilización del agua. Usos comunes generales y especiales. Usos privativos. Breve esquema de los procedimientos administrativos aplicables. Competencias.

13. La cesión de derechos al uso privativo de aguas públicas. Requisitos. Normas que la regulan. Competencias.

14. Autorizaciones de uso en terrenos de dominio público hidráulico. Obras en los cauces. Aprovechamientos de materiales. Siembras. Navegación. Procedimiento administrativo.

15. Procedimiento administrativo de otorgamiento de concesiones y sus relaciones con la Ley de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. Competencias.

16. Aguas subterráneas. Investigación, disposiciones transitorias de la Ley 25/1985, de Aguas. Aprovechamientos inferiores a 7.000 m3. Normas para la tramitación de derechos preexistentes.

17. El registro de aguas. Objeto. Derechos inscribibles. Estructura. Efectos jurídicos de la inscripción. Extinción de derechos.

18. Autorizaciones de vertido. Procedimiento administrativo de otorgamiento, renovación, revisión y revocación de la autorización de vertido.

19. Autorizaciones de obra en zona de policía de cauces. Procedimiento administrativo de otorgamiento y tratamiento.

20. Autorizaciones de obra en zonas inundables. Zona de flujo preferente: delimitación y usos. Planes de encauzamiento.

21. La Directiva Marco de Calidad del Agua (Directiva 200/60/CE) y su incorporación al derecho interno. Definiciones. Estrategia común de implantación.

22. Objetivos medioambientales de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de Aguas.

23. Obras para regadío. Conducciones abiertas, tuberías, elevación de agua. Materiales y criterios de diseño.

24. Principales técnicas de riego I: Riego por superficie. Tipos y técnicas de mejora.

25. Principales técnicas de riego II: Riego por aspersión. Características, sistemas y cálculos.

26. Principales técnicas de riego III: Riego localizado. Características, componentes y diseño.

27. Hidrología e hidrogeología: Conceptos básicos y definiciones.

28. El ciclo hidrológico: fases y procesos del ciclo hidrológico.

29. Legislación sobre Evaluación de Impacto Ambiental: La EIA en el ámbito comunitario: Directiva 85/337/CEE, ámbito de aplicación. Proyectos sometidos a EIA. La evaluación ambiental estratégica de planes y programas.

30. El marco jurídico de evaluación de impacto ambiental en España. Legislación básica estatal: Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos.

31. La evolución ambiental de estratégica de planes y programas públicos. La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

32. El régimen jurídico del Dominio Público marítimo terrestre: El Dominio público marítimo terrestre en la constitución española de 1978. La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y su Reglamento.

33. Bienes que integran el dominio público marítimo terrestre. Derechos y obligaciones de la Administración con respecto a ellos.

34. El deslinde del Dominio Público marítimo terrestre. Procedimiento de deslinde. Efectos del deslinde.

35. Servidumbres y otras limitaciones al derecho de propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar.

36. Utilización del dominio público marítimo terrestre. Reservas y adscripciones. Autorizaciones y concesiones.

37. Competencias administrativas sobre el dominio público marítimo terrestre.

38. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Objeto y conceptos generales. Competencias de las administraciones públicas.

39. Clasificación y régimen jurídico de los montes públicos. Recuperación posesoria y deslinde de los montes públicos. Régimen de los montes privados. Régimen de los montes protectores y montes con otras figuras de especial protección. Derecho de adquisición preferente y unidades mínimas de actuación forestal.

40. Gestión forestal sostenible. Información forestal. Planificación forestal. Ordenación de montes. Aprovechamientos forestales.

41. Conservación y protección de montes. Usos del suelo. Conservación de suelos, lucha contra la erosión y la desertificación y restauración hidrológico-forestal. Incendios forestales.

42. Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Principios Generales.

43. Expropiación Forzosa requisitos previos. Declaración de utilidad pública o interés social. Declaración de necesidad de ocupación.

44. El justiprecio en la expropiación forzosa. Determinación del justiprecio por mutuo acuerdo. Pieza separada de justiprecio. Valoración.

45. El jurado provincial de expropiación. Actuación. Constitución. Normas de funcionamiento. Procedimiento.

46. El pago y toma de posesión. Pago o consignación. Ocupación.

47. Procedimiento expropiatorio de urgencia. Consideración. Tramitación del acuerdo. Levantamiento de actas previas. Ocupación de los bienes.

48. Responsabilidad por demora. Intereses de demora. Retasación.

49. Procedimientos especiales de expropiación. Expropiaciones por zonas o grupos de bienes. Por incumplimiento de la función social de la propiedad. De bienes de valor artístico, histórico y arqueológico.

50. Procedimientos especiales de expropiación. Por entidades locales o por razones de urbanismo. Expropiaciones que den lugar a traslado de poblaciones. Por causa de colonización o obras públicas.

51. Reversión. Casos en los que procede. Plazo para su solicitud. Valoración de los bienes a revertir.

52. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Disposiciones Generales y condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes.

53. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Régimen Urbanístico del Suelo.

54. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Valoraciones del suelo.

55. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial.

56. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Función social de la propiedad y gestión del suelo.

57. Valoración Agraria. Objetos de la valoración agraria. Métodos clásicos de valoración. Métodos modernos de valoración. Métodos estadísticos. Determinación de la renta de la tierra.

58. Valoración de fincas rústicas e instalaciones agrarias. El mercado de fincas. Características del mercado de fincas en España. Fijación del precio de mercado.

59. El catastro. Situación actual. Coordinación con otros sistemas registrales públicos. Especial referencia al Registro de la Propiedad.

60. El catastro inmobiliario rústico: Objeto y clases. Contenido, uso y finalidades del catastro rústico.

ANEXO IV
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: José Sáenz González, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Secretaria: Mercedes Montesinos del Valle, Escala Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Vocal: Lucía Campos Zambrano, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocal: Isidoro Miguel Pérez, Cuerpo Ingenieros de Montes.

Vocal: M.ª Antonia García Jiménez, Escala Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Tribunal suplente:

Presidenta: Ana M.ª Oñoro Valenciano, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: Juan Carlos Mérida Fimia, Cuerpo Ingenieros de Montes.

Vocal: M.ª Teresa Santos Ruiz de Eguilaz, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocal: Miguel Aymerich Huyghues-Despointes, Escala Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Vocal: José Ramón Martínez Cordero, Cuerpo Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos», y en el recuadro correspondiente a código que figura a su lado «6000».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», los aspirantes que estén prestando servicios como funcionarios interinos de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino consignarán necesariamente la letra «A». El resto de los aspirantes consignarán la letra «B».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Secretaría de Estado para la Función Pública».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 4.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 28,72 € y para las familias numerosas de categoría general de 14,36 €.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0049/6645/56/2010000790 (código IBAN: ES47, código BIC: BSCHESMMXXX) del Banco Santander a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

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