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Documento BOE-A-2011-6221

Resolución de 23 de marzo de 2011, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se publica el Acuerdo de modificación de la Addenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas rurales.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2011, páginas 35513 a 35514 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-6221

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo de modificación de la Addenda al Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas rurales de Andalucía, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 23 de marzo de 2011.–El Director General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, Jesús Casas Grande.

ANEXO
Acuerdo de modificación de la Addenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de un programa piloto de desarrollo rural sostenible en las zonas rurales de Andalucía

En Madrid, a 30 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, don Josep Puxeu Rocamora, Secretario de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del Real Decreto 574/2008, de 21 de abril, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, de acuerdo con las facultades que le atribuye el capítulo I, 1.c) de la Orden ARM/1603/2010, de 8 de junio, sobre delegación de competencias.

Y de otra, doña Clara Eugenia Aguilera García, Consejera de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, en virtud del Decreto 4/2009, de 23 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras de la Junta de Andalucía, facultada para este acto por el artículo 1 del Decreto 172/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca

EXPONEN

Primero.–Que el 9 de diciembre de 2009 se suscribió la Addenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el desarrollo de un Programa Piloto de Desarrollo Rural sostenible en las zonas rurales de Andalucía.

Segundo.–Que reunida en Loja el 29 de junio de 2010, la Comisión de Seguimiento de la citada Addenda al mencionado Convenio de colaboración prevista en su cláusula quinta, se ha considerado que para el buen cumplimiento del Convenio se requiere la modificación de diversas actuaciones incluidas en el anexo II por la imposibilidad de su total ejecución.

Tercero.–Que en dicha Comisión, la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha solicitado la modificación del importe de dos de las actuaciones previstas. El remanente resultante de la reducción presupuestaria, se empleará en dos nuevas actuaciones. Las dos actuaciones que se modifican tienen un importe inicialmente previsto en el Convenio de 9.460.000 €.

Cuarto.–Que en su lugar, se ha propuesto incorporar al anexo II del Convenio las dos actuaciones que se especifican en el cuadro que figura en la cláusula primera, siendo estas, coherentes con la planificación de actuaciones de la Junta de Andalucía en el Programa Piloto, y que valoradas conjuntamente tienen el mismo importe.

Quinto.–Que a solicitud de la Junta de Andalucía, la aportación de tres millones de euros (3.000.000 euros) en concepto de anticipo que estaba previsto librar en el ejercicio presupuestario de 2010, será diferida al ejercicio presupuestario 2011.

Sexto.–Que, de conformidad con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de modificar el Convenio mediante la presente Addenda, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Se modifica el Programa de actuaciones del anexo II de acuerdo con lo siguiente:

Actuaciones que se suprimen

Presupuesto (€)

Centro de interpretación de la Dehesa y el Cerdo Ibérico en Jabugo (Huelva)

6.500.000

Museo activo de aceite de oliva y sostenibilidad en Mengíbar

2.960.000

Presupuesto bajas

9.460.000

Replanificación de las actuaciones

Presupuesto (€)

Centro de interpretación de la Dehesa y el Cerdo Ibérico en Jabugo (Huelva)

6.207.583

Museo activo de aceite de oliva y sostenibilidad en Mengíbar (Jaén)

2.160.000

Restauración y puesta en valor huertos históricos en Cañaveral de León (Huelva)

292.417

Musealización de Almazara en la Provincia de Jaén (Jaén)

800.000

Presupuesto altas

9.460.000

Segunda.–Se modifica la cláusula sexta «Financiación» del Convenio, cuyo cuarto párrafo queda redactado como sigue:

«De los veintiséis millones quinientos mil euros (26.500.000 euros) restantes, se transferirán a la Comunidad Autónoma, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.18.414C.751 de los Presupuestos Generales del Estado, veintitrés millones quinientos mil euros (23.500.000 euros), en concepto de anticipo, tras haberse suscrito el presente Convenio de colaboración, y en todo caso, dentro del ejercicio presupuestario 2009 y tres millones de euros (3.000.000 euros), igualmente en concepto de anticipo, en el ejercicio presupuestario de 2011, previa certificación justificativa de la cantidad anticipada en 2008 y 2009, y valoración de las actuaciones realizadas, con la conformidad de la Comisión de Seguimiento.»

Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de modificación de la Addenda de modificación suscrita el 9 de diciembre de 2009, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al inicio indicados, rubricando cada una de las páginas de las que consta.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, P. D. (Orden ARM/1603/2010, de 8 de junio), el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.–La Consejera de Agricultura y Pesca, Clara Eugenia Aguilera García.

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