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Documento BOE-A-2011-599

Resolución de 3 de diciembre de 2010, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2009, de Mutua de Andalucía y Ceuta, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social n.º 115.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 11 de enero de 2011, páginas 3609 a 3640 (32 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-599

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 de la Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y contenido del resumen de las cuentas anuales de las entidades gestoras, servicios comunes y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y sus centros mancomunados, a efectos de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con las modificaciones introducidas por la Resolución de 26 de enero de 2010, de la Intervención General de la Administración del Estado, esta Secretaría de Estado acuerda la publicación del resumen de las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2009, de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Mutua de Andalucía y Ceuta, M.A.T.E.P.S.S. n.º 115 y que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de diciembre de 2010.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.

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IV. RESUMEN DE LA MEMORIA

IV.1 Organización

Mutua de Andalucía y de Ceuta, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 115, fue autorizada para ejercer su actividad, por orden del Ministerio de Trabajo en 1.934, estando radicado su actual domicilio social en Ceuta, en Avenida Otero, s/n.

Por resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social de 2 de octubre de 2009 esta Mutua pasó de llamarse Mutua de Ceuta-Smat a Mutua de Andalucía y de Ceuta, manteniendo el número de registro que es el 115.

El objeto de la actividad de Mutua de Andalucía y de Ceuta, es cubrir las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores de los empresarios asociados a ella. Esta actividad se encuentra regulada por la Ley General de la Seguridad Social, Reglamento de Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y su posterior desarrollo, y los propios Estatutos de Mutua de Ceuta-Smat.

Mutua de Andalucía y de Ceuta está regida por la Junta de Asociados, Organo Superior de Gobierno de la Entidad, integrada por todos los asociados.

La Junta General, elige a la Junta Directiva, que tiene a su vez, el Gobierno directo e inmediato de la Entidad, llevando la alta dirección de la Mutua.

La Comisión de Prestaciones Especiales, constituida en términos paritarios, por asociados y trabajadores representantes de las empresas asociadas, tiene como misión la concesión de beneficios de asistencia social a favor de los trabajadores al servicio de los empresarios asociados y de los derecho-habientes de aquellos.

La Junta Directiva nombra el cargo de Director-Gerente, Jefe director de personal, que tiene a su cargo la dirección inmediata de todos los servicios, bajo la independencia de la Junta Directiva y la directa del presidente. Ostenta las facultades propias de su cargo, así como por los que delegación le puedan ser atribuidas. En cumplimiento de la legislación vigente, esta Mutua ha constituido la comisión de Control y Seguimiento formada, en términos paritarios, por 6 miembros, tres en representación de los trabajadores de las empresas asociadas y tres en representación de los propios empresarios. Esta Comisión, cuyas funciones son básicamente de control y seguimiento de la gestión de la Mutua ya viene funcionando con normalidad.

Las modificaciones que se vienen produciendo en el ordenamiento jurídico que afectan a las Mutuas, están suponiendo una ampliación de las funciones a realizar y servicios a prestar.

Como principales responsables de la entidad, se pasa a enumerar los miembros que componen la Junta Directiva, la Comisión de Control y Seguimiento, la Comisión de Prestaciones Especiales y al Director-Gerente.

Junta Directiva:

Presidentes de Honor:

D. Gabriel Rojas Fernández.

D. José Ríos Pozo.

Presidente: D. José Ibáñez Rodríguez.

Vicepresidentes:

D. Samuel Benasayag Isso.

D. Marcos Ajuelos Benatar.

Interventor: D. Francisco Sánchez Montoya.

Tesorero: D. Remigio José González Martínez.

Secretario: D. Miguel Ángel Azcoitia León.

Vocales:

D. Juan Manuel Borrás Martínez.

D. José Luis Morales Montero.

D. Víctor Javier Elena García.

D. Bhagwan Daswani Doulatram.

D. Luis Molina Weil.

D. Ignacio Aguirre Ibarzabal.

D. Diego Fernández Vázquez.

Representante de los trabajadores: D. José Carlos Iglesias Flores.

Comisión de Control y Seguimiento:

Presidente: D. José Ibáñez Rodríguez.

Representación CEOE: D. Pedro Contreras López.

Representación CEOE: D. Miguel Ángel Pérez del Castillo.

Representación UGT: D. Francisco Javier Luque de la Peña.

Representación CC.OO.: D. Antonio Campoamor Barredo.

Representación CC.OO.: D.ª Rosario Andreu Fournier.

Comisión de Prestaciones Especiales:

Presidente: D. José Ibáñez Rodríguez.

Representación UGT: D. Francisco Javier Luque de la Peña.

Representación CC.OO.: D. Antonio Campoamor Barredo.

Representación CC.OO.: D. Rosario Andreu Fournier.

Representación Empresarial: D. Francisco Sánchez Montoya.

Director-Gerente: D. Ignacio Azcoitia Gómez.

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