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Documento BOE-A-2011-5769

Orden DEF/690/2011, de 24 de marzo, por la que se resuelve el concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral, convocado por Orden DEF/2636/2010, de 30 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2011, páginas 33383 a 33384 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2011-5769

TEXTO ORIGINAL

Por Orden DEF/2636/2010, de 30 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» número 248, de 13 de octubre), modificada por Orden DEF/2764/2010, de 22 de octubre («Boletín Oficial del Estado» número 261, de 28 de octubre), se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del III Convenio Único.

Una vez valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados, de acuerdo con las bases de la convocatoria y las normas reglamentarias, este Ministerio resuelve:

Primero.–La adjudicación de los puestos de trabajo convocados en dicha Orden. La relación de adjudicatarios se publicará a través de los medios telemáticos de este Departamento (www.mde.es) y del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

Segundo.–Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en la citada relación, por falta de peticionarios o por cualquier otra circunstancia prevista en la Orden de convocatoria.

Tercero.–Los puestos que quedan vacantes en este concurso podrán ser adjudicados a quienes lo hayan solicitado por resultas, en un plazo máximo de dos meses.

Cuarto.–El cese en el anterior destino se efectuará dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles, si no existe cambio de residencia o en el de un mes si lo hubiera o se produjese el reingreso al servicio activo, contados a partir del día siguiente al del cese. En el caso del reingreso al servicio activo, el plazo para la incorporación comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y se obtenga otro en el presente concurso, el trabajador o trabajadora afectado podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación, entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.

El cómputo de los plazos de cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o el día siguiente al que se produzca el alta médica en caso de que el trabajador se encuentre de baja por incapacidad temporal.

Quinto.–Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno y no son renunciables una vez adjudicada la plaza, salvo que antes de la finalización del plazo de incorporación se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Contra la presente Orden podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en al artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 24 de marzo de 2011.–La Ministra de Defensa, P. D. (Orden 62/1994, de 13 de junio), la Directora General de Personal del Ministerio de Defensa, Adoración Mateos Tejada.

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