Visto el expediente de indulto de don Urko Martín Pérez, condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia, sección segunda, en sentencia de 31 de enero de 2007, como autor de un delito de lesiones, a la pena de 5 meses de prisión y accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2011,
Vengo en conmutar a don Urko Martín Pérez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 10 meses de multa que se satisfará en cuotas diarias de 4 euros, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de marzo de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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