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Documento BOE-A-2011-535

Resolución de 23 de diciembre de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las subvenciones de la Modalidad B para estancias de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en centros españoles, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2011, páginas 2482 a 2484 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-535

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 9), se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

Por otra parte, en el artículo 7 de la Resolución de 17 de marzo de 2009 de la Secretaría de Estado de Universidades («BOE» del 2 de abril) por la que se convocan subvenciones del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, se indica que las entidades a las que se adscriban los beneficiarios de la presente convocatoria asumirán la condición de entidad colaboradora. En el caso de los subprogramas y modalidades de estancias posdoctorales inscritas en el Registro general creado en virtud del Real Decreto 63/2006, ejercerán como entidad contratante de los beneficiarios.

Al respecto y de conformidad con dicha normativa, las universidades y organismos receptores de beneficiarios de subvenciones del Subprograma de «Estancias de jóvenes doctores extranjeros en centros españoles» vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración. En la cláusula 2.2 del mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución del Secretario General de Universidades.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para las «Estancias de jóvenes doctores extranjeros en centros españoles» y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año.

2. La compensación referida al ejercicio 2010, por un importe de 32.750,00 euros, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2010.

3. En el Anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios activos en el ejercicio 2010, así como de aquellos que van a continuar su estancia durante el ejercicio 2011. Asimismo, a aquellos organismos que se han incorporado como entidades colaboradoras en el ejercicio 2010, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en el inicio de la gestión, se les abona 3.000,00 euros.

Madrid, 23 de diciembre de 2010.–El Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO

Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de ayudas para estancias de jóvenes doctores extranjeros en centros españoles

Organismo

Año
activo del beneficiario

Número de
beneficiarios

Gastos
por gestión
de beneficiario

Gastos
por inicio
como Entidad Colaboradora

Total
gastos gestión

Barcelona Supercomputing Center/Centro Nacional de Supercomputación

 

 

 

 

 

2011

1

250,00

0,00

250,00

2010

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

2010

19

4.750,00

0,00

4.750,00

2011

21

5.250,00

0,00

5.250,00

Subtotal

 

40

10.000,00

0,00

10.000,00

Fundación Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III

 

 

 

 

 

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Fundación Privada Institut Recerca Biomedica (IRB)

2010

1

250,00

0,00

250,00

Instituto de Astrofísica de Canarias

2011

2

500,00

0,00

500,00

2010

2

500,00

3.000,00

3.500,00

Subtotal

 

4

1.000,00

3.000,00

4.000,00

Instituto de Salud Carlos III de Madrid

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad Autónoma de Barcelona

2011

2

500,00

0,00

500,00

2010

2

500,00

0,00

500,00

Subtotal

 

4

1.000,00

0,00

1.000,00

Universidad Autónoma de Madrid

2011

4

1.000,00

0,00

1.000,00

2010

3

750,00

0,00

750,00

Subtotal

 

7

1.750,00

0,00

1.750,00

Universidad Complutense de Madrid

2011

5

1.250,00

0,00

1.250,00

2010

5

1.250,00

0,00

1.250,00

Subtotal

 

10

2.500,00

0,00

2.500,00

Universidad de Barcelona

2011

5

1.250,00

0,00

1.250,00

2010

5

1.250,00

0,00

1.250,00

Subtotal

 

10

2.500,00

0,00

2.500,00

Universidad de Burgos

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad de Córdoba

2011

1

250,00

0,00

250,00

2010

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad de Granada

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad de Navarra

2010

1

250,00

0,00

250,00

Universidad de Santiago de Compostela

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

2

500,00

0,00

500,00

Subtotal

 

3

750,00

0,00

750,00

Universidad de Sevilla

2011

2

500,00

0,00

500,00

2010

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

3

750,00

0,00

750,00

Universidad de Valencia/Estudi General

2011

3

750,00

0,00

750,00

2010

3

750,00

0,00

750,00

Subtotal

 

6

1.500,00

0,00

1.500,00

Universidad de Valladolid

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad de Zaragoza

2011

1

250,00

0,00

250,00

2010

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad Nacional de Educación a Distancia

2011

1

250,00

0,00

250,00

2010

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad Politécnica de Cartagena

2010

1

250,00

0,00

250,00

2011

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad Politécnica de Cataluña

2011

1

250,00

0,00

250,00

2010

1

250,00

0,00

250,00

Subtotal

 

2

500,00

0,00

500,00

Universidad Politécnica de Madrid

2010

1

250,00

0,00

250,00

Universidad Politécnica de Valencia

2010

1

250,00

0,00

250,00

Universidad Pompeu Fabra

2011

3

750,00

0,00

750,00

2010

2

500,00

0,00

500,00

Subtotal

 

5

1.250,00

0,00

1.250,00

Universitat Jaume I de Castelló

2011

1

250,00

0,00

250,00

Total

 

119

29.750,00

3.000,00

32.750,00

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