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Documento BOE-A-2011-4981

Resolución de 4 de marzo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto de red básica de transportes en alta presión B Treto-País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2011, páginas 29703 a 29721 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-4981

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado 9.d del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según el Real Decreto 1443/2010, de 5 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.–El promotor de la actuación es Naturgás Energía y Transporte, S.A.U. El órgano sustantivo es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El objeto del proyecto es la construcción de un gasoducto que cierre del anillo por el norte de la red básica de gasoductos de transporte entre las comunidades autónomas de País Vasco, Cantabria y Principado de Asturias. Asimismo con esta actuación se dotará de nuevos puntos de suministro de gas natural a las distintas zonas a lo largo de su traza, enlazando las plantas regasificadoras del norte de España, existentes y futuras, con el resto de la red básica nacional.

El gasoducto País Vasco-Treto comienza en la posición de válvulas 01 en Zierbena y enlazará en Treto con el gasoducto de Enagás Burgos-Santander-Asturias, por medio de la interconexión a la posición 05 situada en el término municipal de Bárcena de Cicero (Cantabria).

La longitud total del gasoducto de transporte (APB) País Vasco-Treto es de 53.963 m, de los cuales 7.271 m corresponden a la Comunidad Autónoma del País Vasco (todos ellos pertenecientes a la provincia de Vizcaya) y 46.692 m a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La actuación proyectada discurre por los siguientes términos municipales:

Zierbena (2.148 m) y Muskiz (5.123 m) en Vizcaya.

Castro-Urdiales (8.501 m), Guriezo (13.815 m), Ampuero (4.950 m), Rasines (4.674 m), Voto (11.918 m) y Bárcena de Cicero (2.835 m) en Cantabria.

De esta longitud, 45.336 m corresponden al tramo principal de 26”, comprendido entre las posiciones de válvulas 01 (Zierbena) y 04 (Bádames), mientras que los restantes 8.627 m corresponden al ramal de 12” que desde la posición 04 (Bádames) se dirige hacia la posición final de Treto.

Las características de las tuberías de conducción son las siguientes:

Diámetro de tuberías.

26”.

12”.

Ancho de pista de trabajo.

18 m.

14 m.

Ancho de pista restringida.

12 m.

10 m.

Ancho mínimo de zanja.

1.32 m.

1,11 m.

Profundidad mínima de zanja zona urbana.

1,76 m.

1,42 m.

Profundidad mínima de zanja zona rural.

1,66 m.

1,32 m.

Material.

Acero API 5L-X-70.

Acero API 5L-X-42.

Espesor.

9,5 mm.

8,4 mm.

Como norma general, la tubería irá enterrada a una profundidad mínima de 0,80 m en zonas urbanas y semiurbanas, y 0,9 m en zona rural, a contar entre la generatriz superior de la conducción y la rasante (cota natural) del terreno. Además, deberá existir una sobrexcavación de 20-30 cm bajo la conducción que deberá ser rellenada con material seleccionado al tipo de material de la tubería.

Asimismo se prevén una serie de instalaciones auxiliares y complementarias. En concreto, se llevarán a cabo cinco posiciones de válvulas: La posición de inicio 01- Zierbana; entre los vértices V-117/V-118, la posición de válvulas 02-Guriezo; V-144/V-145, la posición 03-Rasines; V-172/V-173, la posición 04-Bádames y la posición final de línea 05-Treto.

Estas posiciones de válvulas están constituidas por un recinto vallado en el que se sitúan todos los equipos y elementos que configuran la posición, un camino de acceso al recinto vallado desde el acceso rodado consolidado más cercano a dicho recinto y una acometida eléctrica desde la red eléctrica de baja tensión, o en su caso de media tensión, mas cercana a la posición, debido a la escasa potencia de los equipos eléctricos y electrónicos a instalar.

Además, en la posición 02-Guriezo, se instalará un sistema de protección catódica y en la posición 01-Zierbana se habilitará una trampa de rascadores para la limpieza de la tubería en las operaciones de mantenimiento durante la fase de explotación del gasoducto.

En todas estas posiciones la única instalación que está prevista en superficie constituye la caseta de control, donde se ubicarán los equipos de control y comunicaciones del gasoducto.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.–Espacios naturales protegidos. En el ámbito del proyecto se localizan los siguientes espacios naturales protegidos incluidos en la Red Natura 2000:

LIC (ES2130003) Ría del Barbadún.

LIC (ES1300011) Río Asón.

LIC (ES1300012) Río Agüera.

Próximo a la zona de actuación se encuentra el espacio natural protegido denominado LIC (ES1300007) Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, declarado además como ZEPA (ES0000143) Marismas de Santoña y Noja, Humedal RAMSAR Marismas de Santoña, Victoria y Joyel y Reserva Natural Marismas de Santoña y Noja.

Asimismo el trazado discurre por zonas de interés naturalístico clasificado como tal según las Directrices de Ordenación Territorial del País Vasco, destacando el área de Zierbena, el Humedal Ría Barbadún, que incluye áreas de especial protección (EP-2) Marismas y Arenales del Barbadún y Marismas de Pobeña, área degradada a recuperar (MA2-2) sector de CLH y área de suelo urbano (U-3) instalaciones industriales.

Dentro del Plan territorial sectorial de protección y ordenación del litoral de la CAPV, el trazado cruza por zonas con las siguientes categorías de ordenación: humedales, rías, forestal, agroganadera y campiña, áreas degradadas a recuperar, suelo urbano.

Según el Catálogo abierto de espacios naturales relevantes de la CAPV en la zona de actuación se encuentran los espacios catalogados: Marismas de Pobeña y playa de la Arena, área de Zierbena, y ampliación del área de Zierbena.

Vegetación. A lo largo del trazado del gasoducto se encuentran las siguientes comunidades: Alisedas, brezal-argomal-helechal atlántico, encinar cantábrico, lastonar de «Brachypodium pinnatum», plantaciones forestales, prados y cultivos atlánticos prebrezal atlántico: Robledal acidófilo, robledal eútrofo, vegetación de marismas, vegetación rupícola y vegetación ruderal nitrófila.

Por otro lado existe la posibilidad de presencia de flora vascular amenazada en la zona de afección de la traza del gasoducto proyectado, en concreto de la especie «Genista legionensis», endemismo propio de los montes Cantábricos. Esta especie catalogada como en peligro de extinción y que cuenta con un Plan de Gestión aprobado, de acuerdo al Decreto Foral 115/2006, de 19 de junio, está presente en la zona de interés naturalístico área de Zierbena.

Asimismo cabe destacar que en el río Asón se encuentra mas del 15 % de la población nacional de la especie de flora «Soldanella villosa».

En cuanto a las hábitat naturales de interés comunitario y prioritarios en el área de aplicación del proyecto se encuentran los siguientes:

91E0* Bosques aluviales de «Alnus glutinosa» y «Fraxinus excelsior» («Alno-Padion», «Alnion incanae», «Salicion albae»).

6210 Prados secos semi-naturales y facies de matorral sobre sustratos calcáreos.

(«Festuco-Brometalia») (* parajes con notables orquídeas).

4030 Brezales secos europeos.

4090 Brezales oromediterraneos endémicos con aliaga.

9340 Bosques de «Quercus ilex» y «Quercus rotundifolia».

9230 Robledales galaico-portugueses con «Quercus robur» y «Quercus pyrenaica».

9160 Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del «Caprinion betuli».

6510 Prados pobres de siega de baja altitud («Alopecurus pratensis», «Sanguisorba officinalis»).

4040* Brezales secos atlánticos costeros de «Erica vagans».

Fauna. Las siguientes especies que se encuentran en el ámbito de actuación están catalogadas en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en alguno de sus anejos:

Nombre común

Nombre científico

Anexos de la Ley 42/2007

Lagarto verdinegro.

«Lacerta schreiberi».

II

Rana pasilarga.

Rana ibérica.

V

Murciélago mediterráneo de la herradura.

«Rhinolophus euryale».

II

Sábalo.

«Alosa alosa».

II y VI

Madrilla.

«Chondrostoma toxostoma».

II

Caracol quimper.

«Elona quimperiana».

II y V

Ciervo volante.

«Lucanus Cervus».

II

Longicornio alpino.

«Rosalia alpina».

II y V

Desmán ibérico.

«Galemys pyrenaicus».

II y V

Cangrejo de río.

«Austropotamobius pallipes».

II y VI

Salmón.

«Salmo salar2.

II y VI

Desmán Ibérico.

«Galemys pyrenaicus».

V

Rosalia alpina.

«Rosalia alpina».

V

Caracol de quimper.

«Elona quimperiana».

V

También debe destacarse el carricerín común («Acrocephalus schoenobaenu») catalogado como en peligro de extinción por el Catalogo Vasco de Especies Amenazadas.

Hidrología. El trazado del gasoducto realiza 21 cruces sobre ríos y arroyos de diferentes entidades, entre los que destacan el río Barbadún, Asón, Agüera y su afluente arroyo Remendón, así como el río Clarín, río Clarón, río Sámano y arroyo Cardeo. Los cursos de agua de manera general son atravesados en su tramo medio-bajo en zonas generalmente llanas lo que implica que estos terrenos circundantes son propensos a inundarse en caso de que aumente el nivel del agua o se produzca una avenida.

Debe destacarse que el trazado discurre por la cuenca del río Barbadún mas concretamente cerca de la desembocadura y sus marismas.

Patrimonio cultural y arqueológico. La distribución geográfica de lugares de interés patrimonial es bastante homogénea a lo largo de todo el territorio objeto de estudio dado que, además, se trata de una zona excepcionalmente rica en lo que a patrimonio se refiere.

Existen una serie de zonas que por características o proximidad merecen especial atención, estas son: Zona Alto Pico Ramos, Cordal Peñon-Montaño, Cordal Mello-La Rigada, vías romanas y caminos medievales, estructuras de la guerra civil, entorno del Vidular y Cordal Ventoso-Munillo, cueva de las Vacas y la Cervajera, estructuras tubulares del Campo Crespo, yacimientos megalíticos de Alto de Lodos-Mongarrido y cueva de la Iseca.

Montes de utilidad pública (MUP). En la zona del proyecto se encuentran 6 en el País Vasco, cuyo nombre, no se especifica, y 16 en Cantabria: Rugrande y otros, Labortosa y Rugrande, Molino de Santiago y Espumoso, El Hayal y Ruhermoso, Calzadilla y otros, Remendón, Sierra de Pilas y La Peña, Monillo y La Pedrera, Agüera, Cabaña Peraza, Buscanillo, Rucalzada y La Armanza y Fuente Buena y La Bernilla.

Paisaje. A lo largo del trazado del gasoducto se encuentra un gran número de diferentes paisajes. Debe destacarse que la franja costera tiene una alta calidad paisajística debido a la presencia de agua y a la diversidad morfológica.

En las zonas intermedias y laderas de los montes el efecto de la ganadería y la agricultura han dado paso a un tipo de paisaje que podemos denominar campiña atlántica, aunque es patente en estas zonas la alteración por plantaciones forestales, de Pinus radiata (principalmente en Vizcaya) y de Eucalyptus globulus (más dominante en Cantabria).

El paisaje por tanto, puede considerarse de tipo mosaicista, que conserva zonas de vegetación potencial y zonas que han sido modificadas de forma antrópica.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

3.1.1 Entrada documentación inicial. La tramitación se inició con fecha 18 de mayo de 2006, momento en que se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la documentación inicial del proyecto procedente del órgano sustantivo.

3.1.2 Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 7 de diciembre de 2006 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inicia el periodo de consultas previas En la tabla adjunta se recogen los organismos e instituciones que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Biodiversidad

X

Confederación Hidrográfica del Norte

X

Demarcación de Costas de Cantabria de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino

Dirección General de Costas

X

Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria

X

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria

X

Dirección General de Medio Natural de Cantabria

Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria

X

Dirección General de Pesca y Alimentación de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria

Dirección General de Industria de la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria

Dirección General de Ordenación del Territorio del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco

Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental, de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco

X

Viceconsejería de Transportes y Obras Públicas del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco

Dirección de Medio Natural del País Vasco de la Viceconsejería de Administración y Planificación, Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco

Dirección de Aguas de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco

X

Dirección de Planificación, Participación y Control Ambiental de la Viceconsejería de Medio Ambiente. Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco

Dirección de Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco

X

Ayuntamiento de Zierbena

Ayuntamiento de Muskiz

Ayuntamiento de Castro Urdiales

Ayuntamiento de Guriezo

X

Ayuntamiento de Ampuero

Ayuntamiento de Rasines

Ayuntamiento de Voto

Ayuntamiento de Bárcena de Cicero

Facultad de Ciencias de la Universidad de Cantabria

Cátedra de Ecología Aplicada a Obras Públicas. E.T.S de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos Universidad de Santander

Departamento de Biología Vegetal y Ecología. Facultad de Ciencias de la UPV Campus de Leoia

Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria, Joyel y Ría de Ajo

ADENA

Ecologistas en Acción

SEO

Greenpeace

Coordinadora para la Defensa del Litoral y las Tierras de Cantabria

Amigos de la Tierra

Eki, Plataforma Ecologista Eureka

Lanius, Sociedad Ornitológica

ARCA

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Espacios naturales protegidos. Las Direcciones Generales de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), y la del Gobierno Vasco indican los espacios de Red Natura 2000 coincidentes con el proyecto, siendo estos LIC ES1300012 río Agüera, LIC ES300011 río Ansón y LIC ES2130003 ría de Barbadún, así como los que podría verse afectados de forma indirecta por el mismo: LIC ES 2130001 Armañon, ZEPA ES0000143 Marismas de Santoña y Noja y LIC ES1300007 Marismas de Santoña. Victoria y Joyel.

Indican que se debe realizar una caracterización exhaustiva del medio físico indicando los valores naturales y grado de alteración. Esta evaluación debe realizarse en los términos incluidos en la Directiva 92/43/CEE y centrarse en los objetivos de conservación de dichos lugares, de forma especial los LIC río Agúera y río Asón.

Por otro lado, tanto la Dirección General de Biodiversidad del MARM, como la del Gobierno Vasco indican que el proyecto afectará a hábitat de de interés comunitario prioritario para los que se deberá establecer las correspondientes medidas para minimizar la afección a la vegetación, destacando la restricción del ancho de pista.

La Dirección General para la Biodiversidad del MARM indican que el trazado mas conveniente medioambientalmente es el trazado básico propuesto ya que las variantes afectan a más superficie de hábitat.

Vegetación. La Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental, de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco ha señalado la presencia de «Genista legionensis» catalogada en el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas como en peligro de extinción, ya que la zona de Zierbena constituye su extremo oriental de distribución, e indican que se debe localizar poblaciones o individuos aislados de esta especie. Del mismo modo la Dirección General de Biodiversidad del MARM solicita que se analice la presencia de las poblaciones de «Soldanella villosa» en el LIC río Asón.

Asimismo la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria indica que debe tenerse en cuenta la aparición de especies alóctonas invasoras, especialmente «Cortaderia selloana», «Reynoutria japonica» o «Bacharis halimifolia» por lo que se contemplaran medias de control y correctoras.

Además incide en la necesidad de revegetar todas las superficies afectadas con especies autóctonas en el menor tiempo posible, diseñar los taludes con una pendiente que posibilite el desarrollo de la vegetación y revegetar los muros de contención con especies trepadoras en la parte superior y herbáceas en la cara exterior.

Para finalizar, la Dirección de Aguas del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco estima necesario conservar la vegetación de ribera existente.

Fauna. La Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental, de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco enumera las especies que se encuentran en la zona de estudio. Asimismo indica que el trazado se sitúa a 450 m de un refugio prioritario para el murciélago mediterráneo de herradura, por lo que se deben adoptar las medidas de reducción de ruidos y de preservación de los hábitat y formaciones vegetales. En cuanto al carricerín («Acrocephalus schoenobaenu») y el sábalo («Alosa alosa»), para evitar afecciones sobre estas especies considera que basta con adoptar las medidas para limitar emisiones de polvo, ruido, sólidos en suspensión y contaminantes en la fase de obras.

La Dirección General de Biodiversidad del MARM indica que se pueden producir molestias a la avifauna por la realización de voladuras e instalación de líneas de media tensión.

Asimismo, se solicita un calendario de obras para reducir la afección a la fauna, especialmente cerca de las marismas de Santoña para la ornitofauna, y en el cruce de los ríos para la ictiofauna.

La Dirección General de Biodiversidad del MARM solicita que se analice la presencia de las poblaciones de «Rosalia alpina» y «Galemys pyrenaicus» en el LIC río Agüera.

Hidrología. La Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Norte indica que todos los cruzamientos con la red hídrica se deben realizar bajo cauce. Por su parte la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria indica que los cruces con cauces se deben realizar mediante perforación dirigida sin afectar al cauce ni a la vegetación asociada.

Asimismo, indica que la actuación puede tener efectos significativos sobre la calidad de aguas superficiales y subterráneas por lo que debe considerarse la instalación de elementos de depuración en caso de que sea necesario, siempre contando con la autorización del organismo de la cuenca.

La Dirección de Aguas del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio Gobierno Vasco indica que en la banda de terreno donde se ha proyectado el gasoducto se sitúan una serie de captaciones, aprovechamientos y puntos de agua de la que no se dispone de cartografía precisa por lo que se debe tener en cuenta esta información comprobando su situación en el campo. También se debe tener en cuenta a lo largo del trazado la existencia de suelos y rocas de permeabilidad muy alta situados próximas al monte Balterana.

Suelo. La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria incide en la necesidad de controlar la erosión y los movimientos de tierras para evitar perdida de suelo, ya que este es uno de los principales impactos. Asimismo indica que el trazado debe seguir la línea de máxima pendiente y consideran que las medidas correctoras deben de ser completadas con técnicas basadas en elementos vegetales, como estaquillado y fajinas.

Patrimonio cultural. La Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco indica que puede verse afectado el recinto de El Peñón que está previsto incluir en el Inventario General de Patrimonio Cultural, por lo que solicitan que se realice un proyecto arqueológico para que lo apruebe la Diputación Foral.

La Consejería de Cultura Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria indican que si aparece un yacimiento arqueológico se deberán paralizar las obras y remitir informe al organismo competente para determinar si procede una excavación de urgencia, sin reanudar la actividad hasta que se lo comunique el citado organismo.

Esta última indica que se puede afectar a los siguientes elementos: Trazado de la vía romana Pisoraca-Flaviobriga entre el puerto de las Muñecas y Otañes, conjunto megalítico del cordal Montañoso Ventoso-Munillo, cuevas de las Vacas y la Cervajera, estructuras tubulares del paraje denominado Campo Crespo en las orillas del embalse de Juncal, yacimientos megalíticos de Alto de Lodos-Mongarrido y cueva de la Iseca.

Se proponen algunas medidas para evitar la afección. Asimismo proponen un trazado alternativo que evita las afecciones a los yacimientos.

Paisaje. La Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria indica que se debe realizar un proyecto de integración paisajística en el que se definan la totalidad de los elementos del proyecto susceptibles de generar impacto paisajístico, y se restauren las zonas afectadas.

La Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco indica que el espacio de interés natural catalogado como Ría Barbadúm se encuentra en el anteproyecto de Catalogo de Paisajes Sobresalientes y Singulares de la CAPV. En el EsIA se debe evaluar la incidencia visual y adoptar medidas para su integración paisajística produciéndose las mayores impactos en la zona de seguridad desprovista de vegetación e instalaciones auxiliares.

Ordenación del territorio. La Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental y la Dirección de Aguas del Gobierno Vasco indican que la actuación afecta espacios de interés recogidos en las Directrices de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la CAPV, Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral de la CAPV y Catalogo Abierto de Espacios Naturales Relevantes de la CAPV.

Instalaciones auxiliares. La Dirección General de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino indica que no se han indicado las descripciones de líneas de media tensión de las instalaciones auxiliares y su posible impacto.

Asimismo, la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria afirma que se debe realizar un estudio para valorar los diferentes emplazamientos de las zonas de préstamo, auxiliares, depósito de inertes, asimismo se debe contemplar la posibilidad de reutilización de materiales sobrantes de la excavación para actuaciones de restauración ambiental, así como que se debe incluir descripción, planos de las zonas de préstamos, deposito de inertes e instalaciones auxiliares.

3.1.3. Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió las consultas al promotor con fecha 30 de marzo de 2007, incluyendo los aspectos destacados que debería incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

3.2.1 Recepción de estudio de impacto ambiental y expediente de información pública. Con fecha 16 de junio de 2010, se recibió en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el estudio de impacto ambiental, así como el expediente de información pública.

3.2.2 Información pública. Resultado. La Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sometió el estudio de impacto ambiental y el proyecto de actuación al trámite de información pública mediante anuncio en:

«Boletín Oficial del Estado» («BOE») número 28, del lunes 2 de febrero de 2009.

«Boletín Oficial de Bizkaia» («BOB») número 12, del martes, 20 de enero de 2009.

«Boletín Oficial de Cantabria» («BOC») número 140, del miércoles, 22 de julio de 2009.

Diario «El Correo», del jueves 22 de enero de 2009.

Diario «El Mundo», del jueves 22 de enero de 2009.

Diarios «El Diario Montañés» y «El Diario de Cantabria», 16 julio 2009.

Con fecha 22 de diciembre de 2008 se solicitó informe a las administraciones afectadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco y con fecha 30 de junio de 2009 a las mismas de Cantabria en virtud del cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

En el transcurso del procedimiento legalmente establecido, se recibieron escritos procedentes de administraciones públicas, asociaciones y ayuntamientos, cuyos aspectos ambientales más significativos, se referían a:

Espacios naturales protegidos. Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria indica que pueden ser afectados los LIC ES1300012 río Agüera y ES 1300011 río Asón pero si se realiza la técnica de perforación dirigida indicada en el EsIA no se prevén impactos significativos. Asimismo indica que en los citados LIC, no se podrá ubicar la cata de inicio ni el foso de recepción de la perforación dirigida, ni la ocupación temporal para situar la tubería.

El Ayuntamiento de Muskiz indica que la traza del gasoducto entre los puntos V-017 y V-020 discurre por zonas del LIC ría del Barbadún en el que se están realizando trabajos de regeneración de marismas.

Por su parte, la Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental del Gobierno Vasco indica que con las medidas contempladas en el estudio no se prevén efectos significativos sobre los LIC indicados.

Vegetación. La Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria propone una serie de medidas, principalmente de revegetación, encaminadas a la conservación de la vegetación y control de especies invasoras alóctonas.

Asimismo indica que se debe incluir en el Plan de Vigilancia Ambiental un exhaustivo control durante la fase de obras y explotación en cuanto a la aparición de especies alóctonas invasoras, especialmente «Cortaderia selloana», «Reynoutria japonica» y «Bacharis halimifolia».

El citado PVA también debe incluir medidas preventivas para evitar incendios forestales.

Por otro lado, el Ayuntamiento de Muskiz presenta un informe en el que indica que el trazado afecta al paraje denominado Las Ganceas e invade cumbres de los montes Ramos y Janeo llegando hasta las Cordillas, y que no se ha valorado el impacto de uno de las cordales mejor conservadas de Muskiz, así como que no hay análisis sobre afección al medio físico, por lo que solicita que se estudie un posible trazado alternativo que evite la destrucción de especies autóctonas en los bosques y a los suelos con riqueza agropecuaria de los montes Ramos y Janeo, el Bosque de Las Gancillas, los terrenos de la Llosa de Cordillas, Morenillo y las praderas de Areano.

Fauna. La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería Pesca y Biodiversidad, del Gobierno de Cantabria indica que el LIC río Asón es una zona de producción de moluscos bivalvos, por lo que cualquier afección al cauce del Asón afecta a la desembocadura y las zonas de producción próximas, por lo que solicita que las obras relacionadas con el cauce afecten lo mínimo imprescindible al periodo reproductivo comprendido entre mayo y agosto.

Hidrología. La Confederación Hidrográfica del Norte indica que la actuación tendrá impactos en las zonas de dominio público y policía de los cauces afectados asimismo se producirá afección a la calidad de agua por lo que se deberá tener en cuenta elementos de depuración en caso de que sea necesario realizar algún vertido, así como obtener las autorizaciones correspondientes.

El Ayuntamiento de Zierbena indica que habrán de obtenerse las autorizaciones precisas para el cruzamiento con los cauces existentes.

Por su parte el Ayuntamiento de Muskiz indica que en la vega del río Barbadún se están realizando trabajos de regeneración de las marismas y que en el EsIA no se menciona la posible afección, que ha sido estudiada por el promotor e informada favorablemente por el Gobierno Vasco.

La Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria propone una serie de medidas encaminadas a conservar la calidad del agua y el estado de las márgenes con el objeto de evitar los impactos sobre los ríos y la vegetación de ribera.

La Demarcación de Costas de País Vasco indica que se producen invasiones en el Dominio Público Marítimo Terrestre en el tramo de la ría de Barbadún en el término municipal de Muskiz, lo que requiere una concesión administrativa.

La Agencia Vasca del Agua indica que el proyecto incluye 4 cruces sobre dominio público hidráulico y 1 bajo dominio público marítimo-terrestre y propone una serie de condiciones relativas a cruzamientos de determinados cauces.

Patrimonio cultural. La Dirección de Patrimonio Cultural de Gobierno Vasco indica que se pueden ver afectados elementos patrimoniales y yacimientos arqueológicos. Para la ejecución del proyecto se deben tener en consideración estos lugares y tener en cuenta las prescripciones legales emanadas de las declaraciones que los amparan.

Ordenación del territorio. El Ayuntamiento de Muskiz solicita que el proyecto sea declarado previo al comienzo del mismo de interés público, y que se rectifique el tramo que afecta a la depuradora municipal, trasladando el gasoducto fuera de sus límites.

Asimismo indica que en el proyecto no se estudia la afección sobre las zonas de humedales de la CAPV catalogadas como de especial protección por el Plan Territorial Sectorial, siendo esta una zona estricta de protección que prohíbe el soterramiento de cualquier instalación.

Por su parte la Dirección de Biodiversidad y Participación Ambiental del Gobierno Vasco, indica que el citado plan, en el momento de la realización de la fase de información pública se encontraba en tramites de modificación de la legislación para que este tipo de actuaciones sean permitidas por lo que no ve inconveniente en la realización del proyecto.

El Ayuntamiento de Zierbena indica que el trazado discurre bajo espacios calificados como urbanos, considerando compatible la técnica de perforación dirigida con estos siempre que no se produzcan daños a servidumbres o a suelos urbanos. Asimismo solicita que se tenga en consideración determinados viales y caminos rurales y la posibilidad de mejora de los mismos.

Alternativas. El Ayuntamiento de Muskiz indica que no se ha sometido a estudio los posibles trazados alternativos para evitar servidumbres urbanísticas, ni se ha evaluado el más adecuado para el desarrollo urbanístico poblacional.

Asimismo solicita que se planteen alternativas que eviten la destrucción de especies autóctonas en los bosques y los suelos con riqueza agropecuaria.

El promotor contesta a las alegaciones asumiendo la mayor parte de las medidas propuestas en las mismas, estás están recogidas en el apartado 4.2 del presente documento.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto. Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. Una vez analizado el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y las consultas a administraciones afectadas, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural, y Marino consideró que existían algunos aspectos que no habían sido tratados con el grado de detalle adecuado. Por ello, con fecha 27 de octubre de 2010, se solicitó al promotor información complementaria al estudio de impacto ambiental, en forma de documentación gráfica y explicativa, relativa los siguientes puntos:

Modificación del trazado entre los vértices V-149/V-150.

Afección a vías pecuarias, vías públicas, montes de utilidad pública y hábitat de interés comunitarios.

Descripción de las instalaciones auxiliares.

Inclusión de un PVA que contenga un apartado referente al control de la aparición de especies alóctonas invasoras, control de impactos sobre el paisaje y afecciones sobre núcleos urbanos próximos a la zona de actuación.

Evaluación del servicio de las infraestructuras.

Análisis del impacto sobre el paraje de las Ganceas y los Montes Ramos, Janeo y Cordillas.

Establecer las medidas oportunas.

El 19 de noviembre de 2010 se recibió la respuesta del promotor a la solicitud de información complementaria, aportando los datos solicitados que se analizan en el siguiente apartado 4 de integración de la evaluación practicada.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. Los criterios de evaluación que permiten estimar las afecciones ambientales en el caso del trazado base y de cada una de las alternativas han sido los siguientes: afección a espacios naturales protegidos, afección a la diversidad de hábitat, afección a comunidades forestales no productivas, cruces con cursos de agua, cercanía a elementos del patrimonio, accesibilidad, longitud de la traza y cercanía a núcleos de población.

Se ha estudiado una trazado base y cinco alternativas principales, dentro de éstas se han analizado un subtramo variante en la alternativa 4 y otro en la alternativa 5.

Cada una de estas se ha comparado con el trazado base siendo el resultado de este análisis el siguiente:

Alternativa 1 (8.415 m): Fuerte presión demográfica. Tramo en paralelismo con ramal a Castro-Urdiales, de Enagás, por zona densamente poblada y en expansión. Recorrido más largo que el correspondiente al trazado base.

Alternativa 2 (6.401 m): Esta alternativa conectaría con el trazado propuesto en la alternativa 3 y continuaría por ella hacia el W hasta enlazar con el trazado base.

Alternativa 3 (8.925 m): Conecta con el trazado propuesto en la alternativa 4 y continuaría por ella hacia el W hasta enlazar con el trazado base.

Estas dos alternativas (2 y 3) discurren por terreno muy montañoso, incomunicado y rocoso. Se aleja de la población de Guriezo, ausente de infraestructuras gasistas. Atraviesa dos veces el LIC río Agüera. El tramo final atraviesa una zona cercana a yacimientos arqueológicos datados.

Alternativa 4 (10.742 m) y 4.1: Alarga el recorrido de forma considerable respecto al trazado básico (yendo hacia el S para luego retomar la misma latitud retornando hacia el N).

Alternativa 4.1 (2.185 m): Supone una alternativa al paso del núcleo urbano de Cereceda. Esta alterna es la que produce menor afección ambiental después del trazado base, ya que el cambio que se introduce respecto al mismo es pequeño. Se ha descartado porque aumenta la longitud del trazado.

Alternativa 5 (4.837 m) y 5.1 (3.555 m): Alargan el recorrido respecto al trazado básico (yendo hacia el E para luego retomar el trazado seguido por el trazado seleccionado retornando hacia el W). Mayor afección al núcleo urbano de Cicero, limitando su futura expansión urbanística por el SW.

La alternativa 5 produce mayor afección al núcleo urbano de Nates, al discurrir más próximo a él que la traza seleccionada y la considerada en la alternativa 5.1.

El promotor ha realizado la matriz de impactos resultando el trazado base como el trazado de menor afección de forma global y de forma específica en cuanto a afección a comunidades forestales, patrimonio cultural y cercanía núcleos de población, siendo esta la solución finalmente adoptada.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.

Espacios naturales protegidos. Los espacios naturales protegidos atravesados por el gasoducto son los siguientes: LIC (ES2130003) ría del Barbadún, LIC (ES1300011) río Asón y LIC (ES1300012) río Agüera.

Entre los vértices V-19 y V-20 el trazado cruza el LIC ría del Barbadún que también comprende la zona de marismas con categoría de ordenación EP-2 (especial de protección). Este cruce se ha resuelto de manera que no se creen impactos sobre la superficie protegida por medio de la técnica de perforación dirigida ejecutándose a una profundidad en la que no interaccione con los sustratos superiores del entorno a proteger.

Entre los vértices V-147 y V-148, el gasoducto cruza el LIC río Asón, donde se podría afectar a la especie de flora Soldanella villosa que tiene mas del 15 % de la población nacional en este lugar. Para evitar afecciones al cauce y a sus márgenes se ha adoptando la técnica de perforación dirigida.

Entre los vértices V-117 y V-118 se cruza dos veces el LIC río Agüera, configurado por el propio río Agüera y su afluente el arroyo de Remendón. Sus márgenes se encuentran bien conservadas y dotadas de vegetación arbórea de cierto porte. Para evitar impactos se adoptará la técnica de perforación dirigida para el cruce del Río Agüera y de perforación horizontal mediante trépano para el cruce al arroyo Remendón.

El promotor indica que tanto en la perforación dirigida como en la técnica de perforación horizontal mediante trepano la cata de inicio, el foso de recepción, la ocupación temporal para la situar la tubería o las instalaciones auxiliares se ubicarán fuera del LIC, de forma que se evitarán las afecciones al mismo.

Vegetación. La eliminación de la cubierta vegetal es el impacto mas importante que van a producir las obras afectando principalmente a zonas de prados y cultivos, siguiendo en superficie el brezal-argomal-helechal y las plantaciones forestales. Asimismo se afectará a encinares o robledales.

Por otro lado, en el desarrollo de las obras se pueden producir acciones que impliquen dejar una porción de suelo desnudo, lo que puede provocar la aparición de especies alóctonas invasoras como «Cortaderia selloana», «Reynoutria japonica» y «Bacharis halimifolia».

Por otro lado el promotor ha analizado la presencia de la especie Genista Legionensis a lo largo del área de influencia de la traza, constatando que su presencia se limita al principio del recorrido, al N de la ubicación de la posición 01 de Zierbena, en la ladera de ascenso al monte La Vista y fuera del ámbito del proyecto, en una zona no accesible para la maquinaria, quedando fuera del ámbito del proyecto, por lo que no se esperan impactos sobre esta especie. Aun así el promotor como medida señalizará la zona mediante carteles de prohibición de paso a dichas áreas, tanto a personas como a maquinaria.

En cuanto a la «Soldanella villosa» cabe destacar que esta especie se encuentra dentro del LIC río Asón y al ser este atravesado por perforación dirigida no se espera afección sobre la citada especie.

Asimismo se va a producir afección a una serie de hábitat de interés comunitario situados fuera de la Red Natura 2000, siendo algunos de ellos:

91E0* Bosques aluviales de «Alnus Glutinosa» y «Fraxinus excelsior».

6210* Prados secos seminaturales y facies de matorral sobre sustrato calcáreo («Festuco-Bromeliata») (parajes con importancia de orquídeas). 4030 Brezales secos europeos.

4090 Brezales oromediterraneos endémicos con aliaga.

9340 Bosques de «Quercus ilex» y «Quercus rotundifolia».

9230 Robledales galaico-portugueses con «Quercus robur» y «Quercus pyrenaica».

9160 Robledales pedunculados o albares subatlánticos y medioeuropeos del «Caprinion betuli».

6510 Prados pobres de siega de baja alritud («Alopecurus pratnedid» y «Sanguisorba officinalis»).

4030 Brezales secos europeos.

4040* Brezales secos atlánticos costeros de «Erica vagans».

Como medidas preventivas el promotor propone las siguientes:

Con el fin de minimizar la ocupación de suelo y la afección a la cubierta vegetal que puede darse como consecuencia de las obras, se realizará el jalonamiento de la zona de ocupación de la actuación prescribiéndose que la circulación de maquinaria se restrinja a la zona acotada.

Las zonas de suelo que queden desprovistas de vegetación por motivo de las obras deberán ser revegetadas de forma que permanezcan desnudas el menor tiempo posible.

Tanto en la fase de obras como en la fase de explotación, se establecerán medidas de control de la aparición de especies vegetales alóctonas de carácter invasor, en especial del plumero («Cortaderia selloana»), «Reynoutria japoniva» y «Bacharts halimofilia», aplicando entre otras las medidas contempladas en el documento Programa para el control de las plantas invasoras en Cantabria de la Dirección General de Biodiversidad de la Consejería de desarrollo Rural, Ganadería y Pesca y Biodiversidad. Asimismo el Programa de Vigilancia Ambiental incluirá control en cuanto a la aparición de estas especies.

Se procederá a la revegetación de los terrenos afectados que comprende la retirada selectiva de las capas de tierra vegetal, descompactación del suelo afectado, aporte de tierra vegetal previamente retirada, hidrosiembra de los taludes y la banda afectada por la apertura de las zanjas y plantación con vegetación natural en las zonas pertenecientes a suelos públicos.

Para facilitar los procesos de colonización vegetal en las labores de separación de los horizontes superficiales se incorporarán los restos de la vegetación existente en el terreno en el momento de su separación.

Las especies para revegetación arbóreas o arbustivas serán autóctonas y pertenecientes a la serie de los hábitat afectados, se debe obtener autorización de la administración competente para la siembra en hábitat.

En casos en los que sea necesario proteger pies arbóreos especialmente interesantes situados en las inmediaciones de la zona de obras, se procederá al entablillado longitudinal de los troncos o al cercado de todo el pie. En el caso que se produzcan daños se tratarán las heridas y eliminarán las partes muertas mediante poda por personal autorizado.

En el caso particular de paso por hábitat prioritarios, riberas con vegetación riparia bien conservada y de interés, áreas con especies protegidas incluidas en el anexo de la Directiva Europea de Hábitat o por zonas boscosas de vegetación autóctona de interés, se ha procedido a utilizar una pista especial de ancho reducido, con el objeto de minimizar la posible afección.

En concreto entre los siguientes vértices:

Entre vértices

Código hábitat/ tipo vegetación presentes

V-000/V-002

9340/6210*/4090.

V-048/V-049

Vegetación riparia (río Sabiote). Bosque mixto/Robledal.

V-055/V-056

Bosque mixto/Robledal.

V-061/V-062

Vegetación riparia (arroyo Rocalzada).

V-066

Vegetación riparia (arroyo Callejamala).

V-140/V-141

Vegetación riparia (río Bernales).

V-130

9230. Vegetación riparia (arroyo de las Toberas).

V-132/V-133

9160/91E0* (arroyo Vallino).

V-166/V-167

Vegetación riparia (río Clarín).

V-171/V-172

91E0* (Río Clarón).

V-175/V-179

9340.

V-201

Vegetación riparia (barranco de Ocina).

En la fase de explotación, en los terrenos de servidumbre permanente, debida a la existencia de la tubería de gas se limitará la profundidad de arado a 50 m y la plantación de árboles y arbustos de tallo alto a una distancia inferior a 2,5 m del eje de la conducción. Con esta medida se evitaría la afección a los montes y terrenos agroganaderos.

Fauna. La realización de las obras puede suponer la molestia a la fauna por ruidos y vibraciones, modificación de hábitat que podría llegar a suponer la desaparición permanente o temporal de especies.

Asimismo, puede en la fase de obras suponer una barrera para el desplazamiento de la fauna y en la fase de explotación por la ausencia de vegetación en la zona de servidumbre, algunas especies pueden ver modificadas sus pautas de comportamiento, evitando el paso por una zona carente de refugio.

En la desembocadura del río Asón tiene su área de producción especies de molusco bivalvos, en vista de que el citado río se pretende cruzan mediante perforación dirigida no se esperan afecciones sobre la calida del agua y por lo tanto sobre estas especies.

En cuanto a la ictiofauna los hábitat acuáticos pueden verse alterados fundamentalmente por afección directa de los cauces y por problemas de contaminación del agua superficial. Estos impactos se producirán únicamente durante la fase de las obras.

Para mitigar estas afecciones se propone la realización de recorridos por especialistas para detectar in situ lugares de interés para la fauna (madrigueras, nidos, dormideros), informando, en su caso, al organismo ambiental competente.

Se tendrá especial precaución en las riberas de los ríos a lo largo del ámbito del proyecto para descubrir posibles refugios de desmán ibérico. En caso de detectarse algún indicio de su presencia, se informará inmediatamente a la administración competente que dictará las actuaciones a seguir. En el caso de los cruces del arroyo de Vallino y el río Clarín, por la posible presencia de esta especie se evitará realizar las obras en el periodo crítico para su reproducción entre el 15 de marzo y el 31 de julio.

Para evitar que los animales puedan quedar atrapados en las tuberías durante la fase de construcción, los extremos libres serán cerrados herméticamente al final de cada jornada. Se revisará la zanja todas las mañanas en previsión de encontrar individuos atrapados. Asimismo se adecuarán los sistemas de cierre perimetral de la zanja y se acondicionarán pasos que puedan utilizarse como zonas de tránsito para la fauna.

Para la protección de la fauna piscícola se realizarán los cruces con los cauces fuera de las épocas de desove, siendo estas épocas para Salmónidos: noviembre-enero y para Ciprínidos: mayo-julio, realizando pesca eléctrica para el traslado de las especies presentes en el tramo afectado por el cruce a otros puntos del cauce previamente seleccionados.

No se crearán nuevos obstáculos que puedan entorpecer los movimientos o migraciones de las especies piscícolas. No serán admisibles obstáculos que generen saltos superiores a 0,5 m en estiaje.

Asimismo la Dirección General de Biodiversidad del Gobierno de Cantabria indica en su alegación que la aparición de peces o fauna acuática nadando en superficie o con signos de estrés llevará implícita la paralización de los trabajos y el aviso a esta Dirección General para evitar la mortandad de peces. El promotor acepta llevar a cabo esta medida en caso necesario, según indica en el documento de contestación a las alegaciones.

Hidrología. De los 26 cursos de agua cruzados por el trazado, tres serán cruzados mediante perforación dirigida (la ría y marismas del Barbadún, el río Agüera y el río Asón) y uno mediante perforación horizontal o trépano (el arroyo de Remendón), el resto son cruzados a cielo abierto.

Los principales impactos son la destrucción del lecho fluvial así como interrupción del sistema hidrológico en el transcurso de las obras, eliminación de la vegetación de ribera, turbidez de las aguas por arrastre de sólidos en suspensión, y vertido de residuos al agua.

Asimismo, se puede producir afección directa al lecho del cauce por cruce de maquinaria en el caso de que los cruces sean inevitables.

Para mitigar estos impactos se proponen una serie de medidas, entre las que se encuentran:

Los cruces que se realicen mediante perforación dirigida no deberán afectar al cauce ni a la vegetación asociada por lo que el punto de perforación será retranqueado lo necesario para garantizar esta condición.

Los cursos de agua en el que el cruce se realiza a cielo abierto se deberán proteger de la erosión tanto el lecho como ambas márgenes del cauce, se implantarán sistemas de retención de sólidos y se instalaran balsas de decantación para el agua achicada de los pozos de ataque y recepción en la realización de la perforación horizontal por trépano, con el fin de evitar los sólidos en suspensión al verter de nuevo este agua al río.

Durante las fases de ejecución del tendido de la tubería, deberá garantizarse el flujo normal del cauce mediante la colocación de conductos que canalicen el agua en la zona afectada, evitando en lo posible la formación de presas, impidiendo que se aneguen las zonas colindantes y vertiendo el agua dentro del propio cauce.

Se acondicionará morfológicamente el lecho de los cauces afectados extendiendo sobre el lecho un substrato que facilite la colonización de la fauna acuática, minimice la energía cinética aportada y contribuya a la creación de áreas de velocidad de agua reducida. Para esta restitución se pueden utilizar acarreos del propio río.

Se delimitará exactamente la superficie de ribera que será necesario afectar para realizar los cruces sobre ríos y arroyos y se colocará un dispositivo que aísle la zona de obra del resto de manera que no se alteren mayores longitudes de cauce que las estrictamente necesarias

De forma específica en los cruces con fauna piscícola tanto potencial como confirmada, se adoptarán las medidas de protección a la fauna que se detallan en el capítulo correspondiente.

La Agencia Vasca del Agua propone en la fase de información pública las siguientes medidas que son aceptadas por el promotor:

No se dispondrán de hitos indicadores en los 5 m de servidumbre a cada lado de cualquier cauce, ni se realizarán paralelismos conducto-cauce sobre dicha franja.

Bajo el arroyo situado entre los vértices V-1 y V-2 con vegetación de encinar cantábrico se minimizará la calle de apertura en el tramo cruzando por un punto donde no afecta árboles de ribera en caso de afección se transplantarán los ejemplares a las zonas mas próximas.

Para el cruce bajo el arroyo Cardedo, entre los vértices V-9 y V-10, Zona de Interés Naturalístico, se minimizará la calle de apertura en la zona de cruce y en 50 m a cada lado del mismo.

Adicionalmente el estudio de impacto ambiental incluye el anejo Análisis de detalle y caracterización de los cauces afectados por el paso del gasoducto de transporte primario (APB) País Vasco-Treto en el que se indica los cauces en los que se realizará ancho de pista restringida en base a su importancia ecológica.

Suelo. Los principales impactos se generarán en la fase de obras por la retirada y compactación del suelo, asimismo se puede producir contaminación de los mismos por vertidos accidentales.

Durante la ejecución de las obras, se puede provocar la rotura de los horizontes superiores del perfil edáfico, quedando este expuesto a los procesos hídricos y eólicos.

Otra afección consiste en la ocupación temporal de la franja de suelo correspondiente a la pista de trabajo, y un empobrecimiento y pérdida de productividad del mismo al quedar este desprotegido de la cobertura vegetal.

Asimismo se pueden producir deslizamientos de ladera por la apertura de pistas o zanjas.

Para evitar estas afecciones se establecen una serie de medidas como:

Realizar el jalonamiento de la zona de ocupación de la actuación prescribiéndose que la circulación de maquinaria se restrinja a la zona acotada.

Minimizar la longitud sobre nuevos accesos, disponiéndose solamente los estrictamente necesarios y procurando en todo caso que discurran por las zonas menos sensibles del entorno, lo que provocará la minimización de la cubierta edáfica afectada derivando esto en la disminución de los riesgos de erosión.

Para prevenir la erosión, en terreno montañoso se evitará que la traza de los accesos sea perpendicular a las curvas de nivel.

Ordenación del territorio. En el Proyecto de Modificación del Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se modifica el artículo 8. Definición de usos del suelo y actividades por el que la actividad por el que la perforación horizontal dirigida o hincado horizontal pasa a ser una acción permitida.

El trazado del gasoducto cruza del Plan Territorial Sectorial (PTS) de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco se encuentra el área de especial protección (EP-2) Marismas y arenales del Barbadún, marisma de Pobeña, siendo en cruce de este espacio por perforación dirigida, que como se ha visto anteriormente se trata de una actividad permitida actualmente.

Patrimonio cultural. Para evitar afecciones a elementos patrimoniales se han planteado una serie de medidas:

Prospección arqueológica y paleontológica intensiva del proyecto previa al inicio de las obras, afectando al menos una banda de 50 m a cada lado de la infraestructura o de obras subsidiarias. Asimismo se plantea la realización de sondeos en aquellos lugares de presunción arqueológica y balización de elementos en las inmediaciones del trazado y excavación arqueológica en extensión de aquellas áreas directamente afectadas durante las obras.

Seguimiento arqueológico de las obras por dos arqueólogos a pie de obra por cada punto de obra abierto, afectando a todo tipo de remociones del terreno, inmediaciones de yacimientos arqueológicos, zonas kársticas y terrazas fluviales.

Se evitará el paso de maquinaria pesada por las inmediaciones de los elementos patrimoniales así como la localización de préstamos y vertederos en las cercanías de éstos.

En caso de que durante los trabajos de ejecución del proyecto apareciese algún resto arqueológico se paralizarán las obras de forma cautelar y se informará al órgano competente de cada Comunidad Autónoma.

Todas las actuaciones en materia de arqueología y paleontología deberán ser realizadas por personal técnico cualificado en cada una de las materias.

Asimismo se establecen una serie de medidas individuales para las zonas de riesgo, siendo estas: Cordal Peñón-Montaño, zona Alto Pico Ramos, Cordal Mello-La Rigada, vía romana cerca de Otañes, entorno del Vidular. Destacando Cordal Ventoso – Munillo, Se propone un área de protección de cada elemento de 30 m de diámetro y desarrollará un seguimiento arqueológico especialmente intensivo por todo el cordal pero mostrando especial atención en elementos destacables del mismo.

Residuos. Los residuos provenientes de la maquinaria utilizada (aceites, grasas, etc.) serán recogidos y gestionados adecuadamente y trasladados a vertedero autorizado, no mezclándose con el resto de materiales inertes.

Se dispondrá, si se considera necesario en fase de construcción, de instalaciones con solera impermeabilizada o cubeta para recoger posibles vertidos, que permitan la conservación de los aceites usados hasta su entrega a gestor autorizado.

Se realizarán operaciones periódicas de limpieza y recogida de escombros y materiales de desecho.

Montes de utilidad pública. En la zona del proyecto se verían afectados 16 MUP en Cantabria, en concreto en total se verían afectadas 324.668 m2 de superficie de ocupación temporal y 18.234 m de servidumbre permanente de paso, asimismo, se verían afectados 6 MUP en el País Vasco, de los cuales se verán afectadas 36782,12 m2 de superficie de ocupación temporal y 2198,41 m de servidumbre permanente de paso.

Con el fin de evitar la afección a la vegetación de estos MUP, el promotor propone una serie de medidas que ya fueron recogidas en el apartado de vegetación relativo a los terrenos de servidumbre permanente de paso debida a la existencia de la tubería de gas. Por otro lado, en los terrenos de servidumbre permanente de paso debida a la existencia de cables de conexión y de elementos dispersores del sistema de protección catódica se limitará la profundidad de arado a 50 m y la plantación de árboles y arbustos a una distancia inferior a 1,5 m del eje del cable o cables o del limite de la instalación enterrada de los lechos dispersos.

Instalaciones auxiliares. En la información complementaria aportada por el promotor se recoge una descripción de las instalaciones auxiliares previstas acompañado de la cartografía correspondiente.

Vías verdes. Se producen dos cruces con vías verdes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el término municipal de Castro Urdiales, en concreto entre los vértices v-061/v-062 que se corresponde con el paso del antiguo tren minero de Castro-Otañes-Traslaviña, y entre los vértices v-067/v-068, sobre el túnel del antiguo tren minero Castro-Alén, no obstante en este ultimo caso no se produce interferencia en la vía verde ya que el cruce se produce sobre un tramo en el que dicha vía verde discurre en túnel.

El cruce con el antiguo tren minero de Castro-Otañes-Traslaviña se realizará a cielo abierto y se restituirá el firme de la pista a las condiciones originales. El promotor establece una serie de medidas en relación a la ejecución de los cruces que se deberán llevar a cabo a la hora de llevarlos a cabo.

5. Condiciones al proyecto.–El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas durante el proceso de evaluación de impacto ambiental. No obstante, también deberá contemplar las siguientes medidas:

Protección de la avifauna: Los nuevos tendidos eléctricos se proveerán de salvapájaros o señalizadores visuales así como de elementos antielectrocución.

Protección de la vegetación: Previamente a la entrada de la maquinaria, se llevará a cabo una comprobación del inventario de flora realizado en el estudio, en especial en los hábitat naturales de interés comunitario.

En el caso de hallarse presente, algún pie de las especies incluidas en los catálogos de flora protegida nacional o autonómico en el terreno afectado, se evitará a toda costa su eliminación. Se tomarán medidas, en especial para aquellos pies más desarrollados y mejor conservados y en las zonas que presenten una mayor densidad de estas especies, como realizar pequeñas variantes del trazado o inversiones o estrechamiento de pista si así fuera necesario, o transplantándolas a una zona con un hábitat similar, o incluso dejarlas en la propia pista con las medidas de protección oportunas.

Se deberá presentar un plan de restauración al organismo competente de cada Comunidad Autónoma.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.–El estudio de Impacto ambiental incluye un plan de vigilancia ambiental con el fin de realizar el seguimiento de los impacto identificados y la adecuación de las medidas propuestas, detectar impactos no previstos, instaurar las medidas oportunas y verificar el cumplimiento de las limitaciones establecidas.

El programa incluye los siguientes aspectos:

Se controlará el agua de los manantiales en aquellos que se consideren susceptibles de afección durante las visitas previas al comienzo de la obra y durante el replanteo.

Antes del inicio de las obras en las proximidades de los manantiales se realizará un análisis preoperacional; durante las obras en el área la periodicidad de los análisis de aguas será mensual, finalizando en el momento en que se produzca el relleno de la zanja del gasoducto en las proximidades del punto de muestreo.

Los análisis que se efectuarán serán de caudal, sólidos en suspensión, pH, conductividad e hidrocarburos.

Durante la fase de construcción del gasoducto se garantizará el correcto establecimiento de las medidas a implantar así como su efectividad. Estas se centraran en los siguientes aspectos:

Control de zonas de acopio y parques de maquinaria, control de la erosión, medidas de prevención contra incendios, control de la afección a los cursos hídricos y manantiales, control y gestión de los residuos y emisión de vertidos contaminantes, control de las afecciones sobre fauna, con especial atención a la mastofauna e ictiofauna, (con relación a la ictiofauna, se coordinará con el organismo competente en la realización de la pesca eléctrica en los cruces con cursos hídricos en los que sea necesario).

Asimismo se llevará a cabo un control de las afecciones de la obra sobre los elementos socioeconómicos: tránsito de vehículos, tránsito ganadero, desmonte y reposición de vallas, etc.

Asimismo se llevará a cabo el programa de restauración ambiental.

En lo referente al control del patrimonio cultural, tan sólo cabe señalar que el programa de vigilancia de este aspecto será llevado por un grupo independiente, conforme a lo señalado en el estudio especifico realizado.

Durante la fase de explotación:

Se realizarán visitas con el fin de comprobar la evolución de las medidas de restauración planteadas.

Se vigilará el cumplimiento del programa de revegetación y la evolución de las siembras y plantaciones efectuadas, así como el mantenimiento del pasillo de ocupación definitiva.

Se controlará la erosión de las zonas en las que se ha retirado cobertura vegetal en algún momento de la ejecución del proyecto.

Se efectuará un seguimiento de la recuperación medioambiental en los puntos de cruce con los cursos hídricos y aguas abajo de los mismos.

Se remitirá, semestralmente durante la fase de obras, un informe técnico que refleje los resultados de las visitas a obra realizadas por parte de la Asesoría Ambiental. Asimismo se realizará un informe final al término de las mismas. Durante el periodo de garantía se realizará un informe anual.

Conclusión. En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la propuesta de resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Gasoducto de red básica de transportes en alta presión B (APB) Treto-País Vasco concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa del trazado base y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto,

Madrid, 4 de marzo de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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