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Documento BOE-A-2011-4703

Orden SPI/530/2011, de 28 de febrero, por la que se clasifica la Fundación Dennis Desarrollo Técnico Solidario y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2011, páginas 28526 a 28527 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-4703

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Dennis Desarrollo Técnico Solidario resultan los siguientes

Hechos

Primero.—Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.—Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación.—Fundación Dennis desarrollo técnico solidario.

Fines.—La cooperación al desarrollo para mejorar las condiciones y la calidad de vida de los habitantes de las comunidades carentes en África subsahariana. Dichas mejoras se basarán en la cobertura de las necesidades básicas sanitarias, alimentarias y educacionales existentes en dicha población, así como crear puestos de trabajo que les permita desarrollarse dignamente.

Domicilio.—Calle Julio Sáez de la Hoya, número 2, entreplanta, de Burgos, CP 09005, con ámbito nacional e internacional.

Fundadores.—Don Frédéric Adoum Dennis, don Jesús Enrique Ovejero Salas, don Helios Joaquín Rodríguez y don Pascal Dominique Brahim Dennis.

Dotación inicial.—Treinta mil euros, aportados por los fundadores.

Escritura pública de constitución.—Otorgada ante el notario de Burgos, don José María Gómez-Oliveros Sánchez de Rivera, el 28 de enero de 2011, con el número 238 de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato.—Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Frédéric Adoum Dennis.

Vicepresidente 1.º: Don Jesús Enrique Ovejero Salas.

Vicepresidente 2.º: Don Helios Joaquín Rodríguez.

Vicepresidente 3.º: Pascal Dominique Brahim Dennis.

Secretario no patrono: Doña Isabel Beatriz Miranda Núñez.

Fundamentos de Derecho

Primero.—Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.—Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de Fundaciones y concordantes de los Reales Decretos 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y 1611/2007 de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Por cuanto antecede, y previo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.—Clasificar la Fundación Dennis desarrollo técnico solidario, cuyos fines de interés general son de cooperación al desarrollo, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.—Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 09-0307.

Tercero.—Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 28 de febrero de 2011.—La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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