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Documento BOE-A-2011-4602

Resolución de 28 de febrero de 2011, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica el Acuerdo por el que se prorroga el Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para el desarrollo del Plan Avanza y determinadas adendas.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2011, páginas 27831 a 27834 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-4602

TEXTO ORIGINAL

Suscrita Adenda de prórroga de 14 de septiembre de 2010, del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del Plan Avanza, y de la segunda Adenda del año 2008 al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada prórroga, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 28 de febrero de 2011.–El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Bernardo Lorenzo Almendros.

ACUERDO POR EL QUE SE PRORROGAN EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DEL PLAN AVANZA, Y DETERMINADAS ADENDAS A DICHO CONVENIO

Madrid, 14 de septiembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, D. Bernardo Lorenzo Almendros, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 976/2010, de 23 de julio, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. D. Antonio Ávila Cano, Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, designado para dicho cargo por Decreto del Presidente 19/2010, de 22 de marzo, (BOJA núm. 57, de 23 de marzo), de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA. núm. 57, de 223 de marzo), y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

Primero.–Que el desarrollo de la Sociedad de la Información (en adelante, SI) es una estrategia prioritaria en el actual momento social y económico de nuestro país, y su impulso es objetivo compartido por todas las Administraciones Públicas.

Segundo.–Que el 4 de noviembre de 2005 fue aprobado por el Consejo de Ministros un plan de convergencia con Europa y entre Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas en el ámbito de la Sociedad de la Información, denominado Plan Avanza. Este Plan fue fruto de la voluntad expresada por el Gobierno y el Senado, que reconocían la importancia de generalizar el uso y el impacto de las nuevas tecnologías en la economía y la sociedad.

El Plan Avanza ha permitido alcanzar una masa crítica en nuestro país, tanto en términos de mercado como de usuarios, en la aceptación generalizada de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (en adelante, TIC) y en la cobertura global de servicios TIC, lo que va a facilitar enormemente el progreso en los años próximos.

Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía vienen impulsando el desarrollo de la SI en sus ámbitos de competencia con diversas iniciativas, programas y actuaciones. El Plan Avanza, aprobado en Consejo de Ministros del día 4 de noviembre de 2005, ha colaborado en el desarrollo de dichas actividades, bien mediante su apoyo o bien mediante actuaciones complementarias que han incrementado su alcance y su impacto.

De manera más específica, el Plan Avanza ha buscado la consecución de un conjunto de objetivos estratégicos, definidos para cada una de las áreas de actuación en que se divide el Plan y alineados con la Agenda de Lisboa, persiguiendo la convergencia con los países europeos más avanzados de nuestro entorno en materia de SI, movilizando para ello el consenso necesario, teniendo en cuenta que la convergencia se tiene que producir también a nivel nacional entre las CC.AA.

Tercero.–Que con fecha 22 de mayo de 2006 (B.O.E. 21 de julio de 2006) se firmó un Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y Junta de Andalucía para la realización de las actuaciones del Plan Avanza (en adelante, el Convenio Marco)

En la cláusula séptima del mencionado Convenio se establece una Comisión Bilateral con el fin de de asegurar el adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del mismo.

La Comisión Bilateral tiene como misión establecer las acciones pertinentes para asegurar la buena marcha de las actuaciones recogidas en las adendas al Convenio Marco, llevando a cabo el seguimiento de su ejecución y financiación así como encaminar cualquier acción que permita el cumplimiento del Convenio o su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

Asimismo, la Comisión Bilateral aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Convenio que se planteen en su ejecución.

Cuarto.–Que con fecha 17 de diciembre de 2008 (B.O.E 19 de agosto de 2009) se firmó la primera adenda del año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa de infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza.

Quinto.–Que con fecha 15 de septiembre de 2008 (B.O.E 4 de diciembre de 2008) se firmó la segunda adenda del año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa ciudadanía digital en el ámbito del Plan Avanza.

Sexto.–Que con fecha 22 de septiembre de 2009 (B.O.E 17 de febrero de 2010) se firmó la adenda del año 2009 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de industria, turismo y comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo de los distintos programas propuestos en el ámbito del Plan Avanza.

Séptimo.–Una vez alcanzados una buena parte de los objetivos planteados y siendo conscientes de la necesidad de seguir avanzando hacia una sociedad del conocimiento, el 16 de julio de 2010 se aprobó en el Consejo de Ministros la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2, (en adelante el Plan Avanza 2). Esta segunda etapa da continuidad al Plan Avanza, incorporando las actuaciones en ejecución y actualizando sus objetivos iniciales para adecuarlos a los nuevos retos que nos presenta la sociedad en red del siglo XXI.

En el citado Consejo de Ministros se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a prorrogar con carácter excepcional los convenios marcos suscritos con las Comunidades Autónomas para el desarrollo del Plan Avanza cuando resulte imprescindible para dar cumplimiento a los objetivos asumidos en el marco del citado Plan Avanza.

La excepcionalidad de dicha habilitación, que en ningún caso podrá ser utilizada de una manera genérica para la prórroga de aquellas Adendas no finalizadas, deberá establecerse mediante una justificación individualizada de las mismas, objetiva, razonada y fundada, determinando la descripción de actuaciones realizadas hasta la fecha y de aquellas pendientes de realizar, el grado de ejecución económica, la previsión temporal de la ejecución de las actuaciones pendientes durante el periodo de prórroga, las razones que han impedido la ejecución en plazo de aquellas actuaciones retrasadas así como los motivos de interés social para la concesión de la prórroga y las consecuencias negativas de la no concesión y por tanto no finalización de las actuaciones.

Octavo.–Que en la reunión de la Comisión Bilateral celebrada el 19 de julio de 2010, se acordó por unanimidad proponer la prórroga del Convenio Marco hasta 31 de diciembre de 2012.

Noveno.–Que en la mencionada reunión, se acordó por unanimidad iniciar los trámites para prorrogar el plazo de vigencia de las siguientes adendas al Convenio Marco:

La segunda adenda del año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza por periodo de un año, hasta el 14 de septiembre de 2011.

La primera adenda del año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa de infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza, hasta el 31 de diciembre de 2012.

La adenda del año 2009 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo de los distintos programas propuestos en el ámbito del Plan Avanza, hasta el 31 de diciembre de 2011.

Décimo.–Que la motivación de la prórroga del Convenio Marco se sustenta en la necesidad de que determinadas actuaciones, recogidas en las Adendas enumeradas en la apartado expositivo décimo, se ejecuten correctamente, garantizando así la consecución de los objetivos planteados para cada una de ellas y buscando el éxito de las mismas entre los beneficiarios finales del Convenio Marco, empresas y ciudadanía.

En consecuencia las partes

ACUERDAN

1. Prorrogar el plazo de vigencia del Convenio Marco hasta el 31 de diciembre de 2012.

2. a) Ampliar el plazo de vigencia de la segunda adenda del año 2008 al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital en el ámbito del Plan Avanza, hasta el 14 de septiembre de 2011, para las siguientes actividades:

Concesión de incentivos destinados a la apertura y explotación de centros de acceso público a Internet, dirigida a entidades asociativas con actuación en barriadas menos favorecidas en Andalucía, y a la de puntos de acceso público a Internet para comunidades andaluzas (Orden de 23 de julio de 2009), financiada con cargo a la actuación 1 de la adenda.

Concesión de incentivos destinados a la adquisición de dispositivos y servicios TIC entre el colectivo de personas con discapacidad y personas mayores, posibilitándoles el acceso a la Sociedad de la Información y el Conocimiento en igualdad de condiciones (Orden de 9 de diciembre de 2009), financiada con cargo a la actuación 1 de la adenda.

Andalucía CERT (instrumento de prevención, detección y respuesta a incidentes y amenazas de seguridad), financiada con cargo a la actuación 2 de la adenda.

b) Mantener el plazo de vigencia actual (14 de septiembre de 2010), para el resto de actuaciones de la adenda.

3. Acordar la posibilidad de prorrogar la primera adenda del año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo del programa de infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito del Plan Avanza hasta el 31 de diciembre de 2012, siempre que se acredite previamente el cumplimiento de la excepcionalidad establecida en el párrafo tercero del apartado séptimo de la parte expositiva del presente Acuerdo.

4. Acordar la posibilidad de prorrogar la adenda del año 2009 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Junta de Andalucía para el desarrollo de los distintos programas propuestos en el ámbito del Plan Avanza hasta el 31 de diciembre de 2011, siempre que se acredite previamente el cumplimiento de la excepcionalidad establecida en el párrafo tercero del apartado séptimo de la parte expositiva del presente Acuerdo.

5. No establecer ninguna otra modificación sobre lo acordado en el Convenio Marco, ni en ninguna de las Adendas al mismo.

Y en prueba de conformidad, firman los intervinientes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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