Vistas las propuestas efectuadas por los Órganos de Selección y las Resoluciones dictadas concediendo las ayudas de conformidad con las bases establecidas en la Resolución de 13 de mayo de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional («Boletín Oficial del Estado» de 31 de mayo), por la que se convocan ayudas para adquisición de libros de texto y material didáctico e informático, para el curso académico 2010-2011, he resuelto:
Primero.–Resolver la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros y material didáctico e informático, en los niveles obligatorios de la enseñanza para el curso académico 2010-2011, ordenando publicar el listado del alumnado beneficiario de dichas ayudas en los tablones de anuncios de las Administraciones educativas competentes, en las Consejerías de Educación en el exterior y en los Centros docentes que proceda, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.1 de la Resolución de 13 de mayo de 2010, junto a la presente Resolución, a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.–Denegar todas aquellas solicitudes presentadas y que no se encuentran relacionadas en el listado a que se refiere el apartado anterior, en atención al número de ayudas convocadas y en función de las prioridades y renta pér cápita del último alumno seleccionado.
Tercero.–La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante la Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Cuarto.–El importe total de las ayudas concedidas asciende a la cantidad de 1.029.420,00 euros, abonándose con cargo al crédito 18.04.323M.483.00 del Presupuesto de Gastos de este Departamento.
Quinto.–La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de febrero de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.
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