Según lo que establece la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Profesores Titulares de Escuela Universitaria que posean el título de Doctor, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, podrán integrarse en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en las mismas plazas que ocupen.
Vista la solicitud presentada por la Profesora Titular de Escuela Universitaria, señora Josefina Recasens Guitart, para integrarse en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en virtud de la resolución de la Comisión de Reclamaciones del Consejo de Universidades, de fecha 15 de septiembre del 2010, y, una vez comprobado el cumplimiento por la interesada de los requisitos establecidos, en uso de las competencias que me otorga el artículo 73.c) del Estatuto de la Universitat de Barcelona, resuelvo hacer pública la integración en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a la profesora de esta Universidad, señora Josefina Recasens Guitart, fecha de efectos de la integración 5 de octubre de 2009.
Barcelona, 4 de octubre de 2009.–El Rector, Dídac Ramírez i Sarrió.
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