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Documento BOE-A-2011-341

Resolución de 23 de diciembre de 2010, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves, impuestas a Change and Transfer, SA y a doña Sofía Jiménez Antonini.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 6 de enero de 2011, páginas 1353 a 1354 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2011-341

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 26 de septiembre de 2008, el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó Acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/CM-6/2007, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 12 de noviembre de 2007 a Change and Transfer, S.A., y a doña Sofía Jiménez Antonini, confirmado el referido acuerdo del Consejo de Gobierno en alzada por Resolución ministerial de fecha 21 de enero de 2009. Habiendo adquirido firmeza en virtud de sentencia desestimatoria firme de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, de fecha 6 de mayo de 2010, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de las sanciones por infracciones muy graves, impuestas en dicha Resolución, que acordó:

«Imponer a la entidad Change and Transfer, S.A.:

Una sanción de revocación de la autorización de la entidad, prevista en el artículo 9.b) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 7.3.I.d) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, por el que se regula el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito, en relación con el artículo 4.i) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, consistente en la falta de remisión al órgano administrativo competente de cuantos datos o documentación deban remitírsele o requiera en el ejercicio de sus funciones, cuando con ello se dificulte la apreciación de la situación patrimonial y financiera del Establecimiento. A estos efectos se entenderá que hay falta de remisión cuando la misma no se produzca dentro del plazo concedido al efecto por órgano competente al recordar por escrito la obligación o reiterar el requerimiento.

Imponer a doña Sofía Jiménez Antonini, en su condición de Administradora Única de Change and Transfer, S.A.:

Una sanción de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier establecimiento de cambio o entidad del sector financiero durante el plazo de dos (2) años, prevista en el artículo 12.1.d) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 7.3.I.d) del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, por el que se regula el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito, en relación con el artículo 4.i) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, consistente en la falta de remisión al órgano administrativo competente de cuantos datos o documentación deban remitírsele o requiera en el ejercicio de sus funciones, cuando con ello se dificulte la apreciación de la situación patrimonial y financiera del Establecimiento. A estos efectos se entenderá que hay falta de remisión cuando la misma no se produzca dentro del plazo concedido al efecto por órgano competente al recordar por escrito la obligación o reiterar el requerimiento.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 23 de diciembre de 2010.–El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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