De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 27 de abril de 2005 («Boletín Oficial del Estado» número 113, de 12 de mayo de 2005) por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales de desarrollo, para la realización de intervenciones en materia de cooperación internacional para el desarrollo y en la Resolución de 22 de abril de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se establece el procedimiento para la obtención de la calificación por las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y para su revisión y revocación, instruido el correspondiente procedimiento, esta Presidencia de la AECID ha resuelto ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución de 23 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la AECID, cuya parte dispositiva resuelve lo siguiente:
1. Revocar la Resolución de 5 de agosto de 2010 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden subvenciones a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo para la realización de convenios, correspondientes al período 2010-2013, a la organización Asamblea de Cooperación por la Paz.
2. Declarar extinguidos los preconvenios suscritos con fecha 13 de septiembre de 2010.
Madrid, 11 de enero de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.
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