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Documento BOE-A-2011-2152

Resolución de 12 de enero de 2011, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica la Segunda Adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Cataluña, para la financiación de plazas públicas del primer ciclo de educación infantil en el marco del Plan Educa3. Año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2011, páginas 12406 a 12409 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-2152

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Cataluña han suscrito una segunda Adenda al Convenio de colaboración, para la financiación de plazas públicas del primer ciclo de educación infantil en el marco del Plan Educa3, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicha segunda Adenda.

Madrid, 12 de enero de 2011.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, MEDIANTE EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE PLAZAS PÚBLICAS DEL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL CON FONDOS DE NUEVA DISPOSICIÓN. PLAN EDUCA3. 2010

En Madrid, a 23 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte don Ángel Gabilondo Pujol, como Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, don Ernest Maragall i Mira, como Consejero de Educación, nombrado por el Decreto 423/2006, de 28 de noviembre («DOGC» n.º 4771) en nombre y representación de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en virtud de la competencia conferida por la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Cataluña y en virtud de la autorización que se efectúa en el Acuerdo de Gobierno de fecha 23 de noviembre de 2010.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto

EXPONEN

1. Que el Ministerio de Educación y la Administración de la Generalitat de Cataluña suscribieron el día 22 de diciembre de 2009 un Convenio de colaboración para la creación de plazas de primer ciclo de Educación infantil en Cataluña dentro del Plan Educa3. Posteriormente el 22 de noviembre de 2010 se firmó una Adenda a dicho convenio.

En dicha adenda se establece la aportación del Ministerio de Educación en el año 2010 para el desarrollo de Educa3, financiándose con esta aportación la creación de las plazas enumeradas como Anexo a la citada adenda.

2. Que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 30 de marzo el Acuerdo por el que se aprueban los criterios de distribución del crédito, así como la distribución resultante, para la aplicación en el año 2010 del Plan de extensión e impulso del primer ciclo de Educación infantil Educa3, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación. En este Acuerdo se previó la posibilidad de que «en caso de que alguna administración autonómica no acepte total o parcialmente los fondos asignados, la cantidad correspondiente se distribuirá entre las que lo deseen con los mismos criterios».

3. Que la Administración de la Generalitat de Cataluña tiene la voluntad de impulsar la creación de un número de plazas de primer ciclo de Educación infantil a un ritmo mayor que el previsto como resultado de la aplicación del plan Educa3.

4. Que la distribución real del crédito entre las comunidades autónomas ha dado lugar a un remanente que permite la aplicación de la previsión indicada en el párrafo anterior.

De conformidad con ello, ambas partes, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, y del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, suscriben la presente Adenda conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Nuevas aportaciones económicas en el año 2010.–Además de la cantidad recogida en la Cláusula primera de la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Administración de la Generalidad de Cataluña mediante el Departamento de Educación para la financiación de plazas públicas del primer ciclo de educación infantil en el marco del plan Educa3, el Ministerio de Educación, aportará en el año 2010 a la Administración de la Generalitat de Cataluña la cantidad de 3.500.000 euros para la creación y puesta en funcionamiento de las escuelas infantiles en la Comunidad Autónoma de Cataluña, en los términos fijados en este convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322A.453.02 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

La Administración de la Generalidad de Cataluña, la administración de la que dependa cada escuela infantil, o ambas, aportarán al menos la cantidad de 3.500.000 euros. Esta aportación se podrá realizar en el presente ejercicio y a lo largo de los dos años posteriores.

Segunda. Destino y distribución de los fondos y plazos de aplicación.–Las aportaciones de ambas administraciones a las que se refiere la cláusula anterior lo serán para la financiación de la creación de las plazas recogidas en el Anexo a esta Adenda, en las condiciones y con los plazos establecidos para el resto de las plazas cofinanciadas y que se establecen en las cláusulas Tercera a Sexta del Convenio.

Tercera. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación procederá a transferir a la Administración de la Generalitat de Cataluña, a la firma de la presente Adenda, la aportación a la que se refiere la cláusula primera de esta Adenda.

A efectos de la justificación del libramiento, la Administración de la Generalitat de Cataluña aportará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cuarta. Régimen aplicable.–En la ejecución de los Programas serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito en fecha 22 de diciembre de 2009.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos de la presente Adenda que no queden solventadas por la Comisión mixta de Seguimiento prevista en la cláusula Novena del Convenio, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

La presente Adenda tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable a la misma el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, el Ministro, Ángel Gabilondo Pujol.–Por la Administración de la Generalitat de Cataluña, el Consejero de Educación, Ernest Maragall i Mira.

ANEXO

Relación de escuelas infantiles cuya creación se cofinancia a través de esta Adenda

Municipio: Bellpuig.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle Orient s/n.

N.º de unidades: 6.

N.º de plazas: 94.

Municipio: Calafell.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle del Repós, 44-46.

N.º de unidades: 5.

N.º de plazas: 74.

Municipio: El Soleràs.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Carretera de Bellpuig, 23.

N.º de unidades: 2.

N.º de plazas: 26.

Municipio: Gualba.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Camino del RACC, 2.

N.º de unidades: 2.

N.º de plazas: 26.

Municipio: Isona i Conca Dellà.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicació: Calle de la Posa, s/n.

N.º de unidades: 3.

N.º de plazas: 41.

Municipio: La Pobla de Mafumet.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle Mina de Madró, esquina Molí Tendre.

N.º de unidades: 6.

N.º de plazas: 82.

Municipio: La Portella.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle Escoles/Calle La Bassa.

N.º de unidades: 2.

N.º de plazas: 30.

Municipio: L’Armentera.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Carretera de l’Escala, s/n.

N.º de unidades: 3.

N.º de plazas: 41.

Municipio: Masquefa.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle Major, s/n.

N.º de unidades: 2.

N.º de plazas: 31.

Municipio: Rosselló.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Avenida Ponent, s/n.

N.º de unidades: 6.

N.º de plazas: 82.

Municipio: Rubí.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle Cadmo, 2/C. Joaquim Blume.

N.º de unidades: 3.

N.º de plazas: 39.

Municipio: Sant Feliu de Pallerols.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Calle de Soler / Avenida del Brugent.

N.º de unidades: 5.

N.º de plazas: 81.

Municipio: Torà.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Paseo dels Rosers, s/n.

N.º de unidades: 3.

N.º de plazas: 41.

Municipio: Vilanova d’Escornalbou.

Administración titular: Ajuntament.

Ubicación: Avenida Reus, 1.

N.º de unidades: 2.

N.º de plazas: 30.

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