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Documento BOE-A-2011-2005

Resolución de 10 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad de Castilla y León, para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan Proa), en el año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2011, páginas 11638 a 11640 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-2005

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad de Castilla y León, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria (Plan Proa) en el año 2010, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha Adenda.

Madrid, 10 de diciembre de 2010.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN PARA LA APLICACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE APOYO A CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA (PLAN PROA) EN EL AÑO 2010

En Madrid, a 16 de noviembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Gabilondo Pujol, como Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, en representación de la Comunidad de Castilla y León, el Excmo. Sr. don Juan José Mateos Otero, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 11/2007, de 2 de julio, de su Presidente, en el ejercicio de la competencia referida en el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y autorizado para la firma de esta adenda por Acuerdo de la Junta de Castilla y León de 21 de octubre de 2010.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y a tal efecto

EXPONEN

Que con fecha 1 de diciembre de 2005, el entonces Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Castilla y León suscribieron un convenio para la aplicación de diversos programas de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria, en cuya cláusula quinta se acuerda concretar anualmente mediante adenda, la colaboración y aportaciones de las partes, recogiendo asimismo, el número de centros que participarán en cada uno de los programas descritos en los anexos adjuntos al convenio.

Que con fecha 30 de marzo de 2010, el Consejo de Ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las Comunidades Autónomas de un crédito de 49.650.000 euros, destinado al Plan Proa en el año 2010. En dicho acuerdo se señala que la distribución resultante estará condicionada al compromiso con cada una de las Administraciones en relación con el número de centros que participen en cada uno de los programas del Plan Proa, de tal forma que en el caso de que el número de centros asumidos por alguna de ellas no alcanzara el que resulta de la distribución, el Ministerio de Educación asignará las cantidades sobrantes a otras Comunidades Autónomas que manifiesten su intención de asumir un aumento superior.

De conformidad con ello, ambas partes acuerdan que el Programa de apoyo a centros de educación primaria y educación secundaria se desarrollará durante el año 2010 con arreglo a los datos y aportaciones que se indican en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Número de centros participantes en el año 2010.

1.1. El Programa de acompañamiento escolar en educación primaria se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2009-2010 en 134 centros de educación primaria En el primer trimestre del curso 2010-2011 se desarrollará en 70 centros.

1.2. El Programa de acompañamiento escolar en educación secundaria se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2009-2010 y en el primer trimestre del curso 2010-2011 en 36 centros de educación secundaria.

1.3. El Programa de apoyo a centros de secundaria se desarrollará en el segundo y tercer trimestre del curso 2009-2010 en 43 centros de educación secundaria. En el primer trimestre del curso 2010-2011 se implantará en otro centro de educación secundaria que junto a los 43 del curso anterior constituirá un total de 44 centros incluidos en dicho Programa.

1.4. La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León podrá incorporar un número mayor de centros a cualquiera de los programas, manteniendo sus características y asumiendo íntegramente el coste de esta incorporación.

1.5. En la ejecución de los programas serán de aplicación las cláusulas acordadas en el convenio suscrito con fecha 1 de diciembre de 2005.

Segunda. Aportaciones económicas en el año 2010.

2.1. Los compromisos de aportación económica de las Administraciones firmantes para el cumplimiento del presente convenio en el año 2010, ascienden a un total de 6.482.190 euros con la siguiente distribución:

2.2. El Ministerio de Educación aportará en el año 2010 la cantidad total de 3.241.095 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322G.456, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.

2.3. La Comunidad de Castilla y León aportará en el año 2010 la cantidad total de 3.241.095 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias a las que se vienen imputando los gastos derivados del desarrollo de estas actividades desde comienzos del año 2010.

Tercera. Instrumentación del pago y justificación del gasto.

3.1. El Ministerio de Educación procederá a transferir a la Comunidad de Castilla y León, a la firma de la presente adenda, la aportación económica correspondiente al año 2010 prevista en el apartado segundo de la cláusula segunda de la presente adenda.

3.2. A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad de Castilla y León aportará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las Comunidades Autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cuarta. Financiación por el Fondo Social Europeo.

4.1. Dado que los programas objeto de esta adenda dirigidos al alumnado de la educación secundaria obligatoria se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación desarrolla, la Consejería de Educación deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió la adenda en los programas dirigidos al alumnado de educación secundaria obligatoria, así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo, deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

4.2. De acuerdo con el Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006 y el Reglamento N.º 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de educación secundaria obligatoria objeto de esta adenda (listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, relación de actuaciones, etc.) con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Educación, El Ministro, Ángel Gabilondo Puyol.–Por la Comunidad de Castilla y León, El Consejero de Educación, Juan José Mateos Otero.

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