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Documento BOE-A-2011-20012

Acuerdo 221/2011, de 24 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la cetrería en Castilla y León, como bien de interés cultural de carácter inmaterial.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2011, páginas 140341 a 140341 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2011-20012

TEXTO ORIGINAL

La cetrería, patrimonio humano vivo reconocido por la UNESCO Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad es una actividad tradicional consistente en criar y amaestrar halcones u otras aves rapaces para cazar presas en su entorno natural. Con más de cuatro mil años de historia, esta actividad transmitida de generación en generación, que ha sido y sigue siendo reconocida y practicada en toda la Comunidad de Castilla y León, ha dejado una significativa influencia en todos los ámbitos de la vida y cultura de nuestra sociedad.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 6 de julio de 2009, acordó incoar procedimiento de declaración de la Cetrería en Castilla y León, como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Universidad de Valladolid y la Universidad de Salamanca, informaron favorablemente la pretendida declaración.

Cumplido el trámite preceptivo de información pública dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural e Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar la Cetrería en Castilla y León, como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de noviembre de 2011, adopta el siguiente acuerdo:

Declarar la Cetrería en Castilla y León, como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 24 de noviembre de 2011.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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