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Documento BOE-A-2011-19898

Resolución de 24 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan plazas para auxiliares de conversación de lengua española en centros docentes de Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal y Reino Unido, para el curso académico 2012-2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de diciembre de 2011, páginas 139574 a 139583 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-19898

TEXTO ORIGINAL

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio («BOE» de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior y en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Cultural, Científica y Técnica y los Memorandos suscritos entre España y Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal y Reino Unido, anualmente se convocan plazas para Auxiliares de Conversación españoles en centros públicos de los países mencionados, y recíprocamente, Auxiliares de Conversación de dichos países en España.

A través de este programa se fomenta el conocimiento y la difusión de la lengua y la cultura españolas en el exterior, tanto a través de los auxiliares de conversación españoles que van destinados a los mencionados países, como de los auxiliares de conversación extranjeros que se incorporan a centros educativos españoles, que acaban adquiriendo un alto dominio del español y un profundo conocimiento de la cultura española. A su vez, los auxiliares de conversación extranjeros inciden en la mejora de la calidad de la enseñanza de sus lenguas en España. Por último, el programa hace posible que los graduados o licenciados españoles participantes puedan perfeccionar el conocimiento del idioma y la cultura del país que les acoge, a la vez que adquieren experiencia en la enseñanza de la lengua y cultura españolas.

Los objetivos de este programa y de su desarrollo futuro se insertan en planes más amplios del Ministerio de Educación encaminados a favorecer de forma eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, que se concretan en el Plan Integral de Aprendizaje de Lenguas Extranjeras. Mediante este Plan, se pretende fomentar el plurilingüismo y dar prioridad a la competencia en lenguas extranjeras como demanda la sociedad española, en consonancia con la de los países de su entorno y con el lugar que España ocupa en un contexto internacional en los ámbitos educativo, económico y social.

Por todo ello, el Ministerio de Educación ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas para Auxiliares de Conversación en los países mencionados, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II, apartado decimonoveno, de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» de 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. Plazas.

1.1 Se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de lengua española para el curso escolar 2012-2013 en centros docentes de Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal y Reino Unido, según la distribución y las cifras que figuran en el Anexo I.

1.2 Tanto el número de plazas como los países participantes pueden sufrir variaciones en función de la planificación que las autoridades educativas de los países participantes realicen para el curso escolar 2012-1013.

2. Requisitos de los candidatos.

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

2.1 Tener nacionalidad española.

2.2 Ser estudiantes de último curso o estar en posesión de una titulación de las diplomaturas, licenciaturas o grados que se relacionan en el Anexo I.

2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como Auxiliar de Conversación.

3. Méritos de los candidatos.

3.1 Tendrán prioridad los candidatos que:

3.1.1 No hayan obtenido plaza de Auxiliar de Conversación con anterioridad.

3.1.2 Sean estudiantes del último curso de las correspondientes diplomaturas, licenciaturas o grados.

3.1.3 Habiendo obtenido la titulación, hayan finalizado sus estudios en fecha más reciente.

3.2 El orden de prioridad y la valoración de los méritos de los candidatos se calcularán de acuerdo con las especificaciones que se establecen en el Anexo III.

4. Solicitudes.

4.1 Forma de presentación de las solicitudes.

4.1.1 De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los candidatos inscribirán sus solicitudes en la sede electrónica del Ministerio de Educación, aplicación Profex, accesible desde www.educacion.gob.es/educacion/actividad-internacional.

4.1.2 Con antelación a la inscripción de la solicitud, el candidato deberá haberse registrado y haber cumplimentado su currículum en dicha aplicación.

4.1.3 En la solicitud se deberán escoger un máximo de dos países de preferencia, para lo que se tendrán en cuenta los requisitos específicos de cada país, relacionados en el Anexo I. En caso de escoger dos países, ambos deberán pertenecer al mismo grupo, de acuerdo con las agrupaciones que establece el citado anexo. En el caso de Italia o Portugal, sólo se podrá elegir un país.

En caso de escoger Alemania, Francia, Estados Unidos, Italia o el Reino Unido, los candidatos podrán expresar su preferencia por las zonas del país relacionadas en el Anexo II, eligiendo una zona de cada grupo por orden de preferencia.

Asimismo, los candidatos podrán expresar su preferencia por el tipo de población de destino y por centros de educación secundaria o primaria.

4.1.4 Los solicitantes que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán inscribir y registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel.

4.1.5 Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán inscribir su solicitud a través de la aplicación Profex, imprimir, firmar el documento de solicitud y presentarlo en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo.

4.1.6 La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato electrónico, preferiblemente en PDF, al apartado correspondiente de la solicitud en Profex con un tamaño máximo de 3MB por fichero. En caso de que el fichero tenga un tamaño superior, deberá comprimirse mediante un sistema de compresión ZIP o RAR para no exceder el límite.

5. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «BOE» Únicamente serán tenidos en cuenta los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro de dicho plazo.

6. Documentación acreditativa de requisitos y méritos.

Los candidatos deberán adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación en la aplicación Profex, en formato electrónico y en la forma que se especifica en el apartado 4.1.6.

6.1 Certificación Académica Personal expedida por la escuela universitaria o facultad donde se hayan realizado los estudios, en la que consten las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas, y la calificación media numérica, con indicación expresa de que el titular de la certificación cursa el último año del plan de estudios o, en el caso de los titulados, que tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios y la fecha de finalización de los mismos. En caso de presentar titulaciones obtenidas en universidades extranjeras, se deberá adjuntar la homologación correspondiente.

6.2 Documentación acreditativa de los títulos, diplomas y certificaciones de validez oficial alegados como méritos.

6.3 Escrito redactado por el candidato, en la lengua del país solicitado, explicando su motivación para solicitar su participación en el programa.

6.4 Carta de referencia, debidamente firmada y sellada, relativa a las aptitudes del candidato, emitida por un profesor de la facultad o escuela universitaria en la que el mismo cursó sus estudios.

6.5 Una fotografía, que se adjuntará en el apartado indicado del currículum.

6.6 Formulario de autobaremación de méritos, disponible en la página web del programa:

www.educacion.gob.es/horizontales/servicios/profesores/convocatorias/espanoles/auxiliares-conversacion.html. Los solicitantes deberán completar dicho formulario, en el que deberán indicar su propuesta de baremación en los diferentes apartados correspondientes a méritos, en formato doc o odt.

7. Admisión, preselección y notificación a los solicitantes.

7.1 Recibidas las solicitudes, se revisarán para comprobar si reúnen los requisitos de la convocatoria y, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, si se advirtiesen defectos formales u omisión en la solicitud o en la documentación que debe acompañarla, o no reuniese los requisitos precisos, se le notificará al solicitante para que en un plazo máximo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Dicha notificación individual se podrá consultar en la sede electrónica del Ministerio de Educación, accesible en la web https://sede.educacion.gob.es/portada.html a través del enlace «notificaciones».

Adicionalmente, se enviará a los solicitantes un aviso individual de la notificación por correo electrónico, dirigido a la cuenta que conste en la solicitud. Este aviso no tendrá, en ningún caso, efectos de notificación practicada.

7.2 El plazo de subsanación mencionado en el apartado 7.1 comenzará a contar desde la fecha y hora en que el solicitante acceda a la notificación descrita en ese apartado. En caso de que el solicitante no acceda a la notificación en el plazo de diez días naturales desde la emisión de la misma, se entenderá que ha sido rechazada, se hará constar en el expediente y se tendrá por efectuado el trámite.

7.3 Transcurrido el proceso de revisión y subsanación de incidencias en las solicitudes, se hará pública en la dirección de Internet www.educacion.gob.es/educacion/actividad-internacional la relación de candidatos excluidos del proceso, con especificación de las causas que motivan su exclusión, así como la de admitidos al proceso de selección.

8. Procedimiento de selección de candidatos.

8.1 La evaluación de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los candidatos se realizará de acuerdo con lo señalado en el baremo que figura como Anexo III de la presente convocatoria.

8.2 El Ministerio de Educación propondrá la lista provisional de candidatos seleccionados, conforme a la puntuación obtenida, a las correspondientes Subcomisiones Mixtas Bilaterales, constituidas por representantes del Ministerio y las autoridades educativas del país correspondiente.

8.3 Las Subcomisiones Mixtas Bilaterales realizarán la selección definitiva de candidatos teniendo en cuenta su perfil académico, así como su adecuación a las necesidades de los países participantes. Por parte española, estas Subcomisiones Mixtas estarán presididas por la Subdirectora General de Cooperación Internacional o la persona en quien delegue.

8.4 En relación con los candidatos que soliciten Estados Unidos y Canadá, serán evaluados por una comisión de valoración integrada por funcionarios de carrera con destino en el Ministerio de Educación, designados por la Subdirectora General de Cooperación Internacional. Esta comisión de valoración realizará la selección definitiva de candidatos teniendo en cuenta su perfil académico y profesional.

9. Documentación que deberán presentar los candidatos seleccionados y forma de presentación:

9.1 Los candidatos seleccionados deberán presentar, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de los listados de seleccionados en la dirección de Internet www.educacion.gob.es/educacion/actividad-internacional, la documentación acreditativa impresa, original o compulsada, que se especifica en el apartado 6.

9.2 La documentación deberá presentarse en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los candidatos seleccionados que opten por presentar la documentación en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo.

9.3 Los candidatos que figuren en lista de reserva presentarán la documentación una vez que hayan sido seleccionados.

10. Resolución de la convocatoria y nombramiento.

10.1 El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional dictará Resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados por las Subcomisiones Mixtas Bilaterales, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Esta resolución también se publicará en la dirección de Internet www.educacion.gob.es/educacion/actividad-internacional.

10.2 Con la debida antelación, las autoridades de los países de destino comunicarán directamente a los candidatos seleccionados los centros docentes en los que ejercerán sus funciones, otorgándoles el correspondiente nombramiento.

10.3 La adjudicación definitiva de las plazas de Auxiliares de Conversación en Australia, Canadá, Estados Unidos y Nueva Zelanda, quedará, en todo caso, condicionada a la obtención de los correspondientes visados.

10.4 El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional dictará resolución que contenga la relación de candidatos adjudicados, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la dirección de Internet http://www.educacion.es/educacion/actividad-internacional.html. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

10.5 El plazo máximo para resolver es de 6 meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

11. Aceptaciones y renuncias.

11.1 Tras recibir el nombramiento citado en el apartado anterior, los interesados deberán aceptar su plaza a través de la Aplicación Profex.

11.2 En el caso de que el candidato no acepte la plaza adjudicada, deberá remitir, con la máxima urgencia, un correo electrónico o un escrito de renuncia a las autoridades del país de destino, con copia a la Subdirección General de Cooperación Internacional: auxiliares.conv@educacion.es.

12. Régimen.

12.1 Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán adscritos por las Autoridades correspondientes a los distintos centros de enseñanza donde ejercerán sus funciones como ayudantes de prácticas de conversación, bajo la dirección de un profesor titular, durante doce horas semanales.

En el caso de Estados Unidos y Canadá, los Auxiliares de Conversación ejercerán sus funciones con una dedicación de dieciséis a veinte horas semanales.

En el caso de Australia y Nueva Zelanda, la dedicación será de quince a dieciocho horas y la duración del curso escolar de febrero a diciembre de 2013.

12.2 Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a los presupuestos del país de destino, en concepto de gastos de alojamiento y manutención, las cantidades que, a título orientativo, se indican en el Anexo V.

12.3 Estas Ayudas son compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

12.4 Los Auxiliares de Conversación destinados a Estados Unidos y Canadá percibirán del Ministerio de Educación la cantidad mensual que se indica en el Anexo V. El Ministerio también financiará los costes de la cobertura de los riesgos médico-sanitarios de estos Auxiliares, por un importe máximo global por todos los seleccionados que no excederá de 21.000 Euros, así como, en su caso, los gastos de autorización de visados, por una cantidad máxima global por todos los seleccionados no superior a 10.000 Euros. Todos estos costes se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.144A.487.01, de acuerdo con lo que se establece en la base 16 de la presente Resolución.

12.5 Los gastos de desplazamiento al país de destino y de regreso a su lugar de residencia correrán a cargo de los candidatos seleccionados.

12.6 Al finalizar el curso académico, la Subdirección General de Cooperación Internacional expedirá, a los Auxiliares de Conversación que lo soliciten, un certificado acreditativo de participación en el programa, con indicación de las horas impartidas, conforme al punto 12.1. Para ello, deberán aportar un certificado expedido por el centro docente de destino.

12.7 Asimismo, a la finalización de la participación en el programa, la Consejería o Agregaduría de Educación en el país correspondiente presentará a la Subdirección General de Cooperación Internacional un certificado de cumplimiento, de cada Auxiliar de Conversación, de las actividades por las que se le ha otorgado la subvención.

13. Formación inicial.

Los candidatos seleccionados para Estados Unidos y Canadá serán convocados a unas Jornadas de Información, cuyos gastos de alojamiento, manutención y espacios necesarios para el desarrollo de las mismas serán asumidos por el Ministerio de Educación por una cantidad máxima global por todos los seleccionados de 4.500 Euros, con cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria 18.01.144A.487.01, de acuerdo con lo que se establece en la base 16 de la presente Resolución.

14. Recursos.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

15. Información.

Cualquier información sobre esta convocatoria puede obtenerse:

En el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación (Alcalá 36, 28071 Madrid) y en la página web www.educacion.gob.es/portada.html.

En la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado 28, 2.ª planta, 28014 Madrid, Teléfono 91-506.55.94.) y en la página web: www.educacion.gob.es/educacion/actividad-internacional.html.

16. Desarrollo.

Se autoriza a la Subdirectora General de Cooperación Internacional a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Madrid, 24 de noviembre de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

ANEXO I
Relación de plazas y requisitos específicos por país

Grupo

País

Plazas

Titulación

1

Alemania.

125

a) Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Alemana o Traducción e Interpretación con alemán como primera lengua extranjera.

b) Estudiante del último curso de Magisterio o Maestro con especialidad en lengua extranjera, si se tiene incluida la lengua alemana en el plan de estudios.

c) Estudiante del último curso o Licenciado en Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua alemana en el plan de estudios.

Austria.

25

2

Bélgica.

15

a) Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Francesa o Traducción e Interpretación, con francés como primera lengua extranjera.

b) Estudiante del último curso de Magisterio o Maestro con especialidad en francés como primera lengua extranjera.

c) Estudiante del último curso de magisterio o de una licenciatura, o Licenciado o Maestro con cualquier especialidad, si se acreditan conocimientos de francés.

Canadá.

1

Francia.

490

3

Australia.

2

a) Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Inglesa o Traducción e Interpretación, con inglés como primera lengua extranjera.

b) Estudiante de último curso de Magisterio o Maestro con especialidad en inglés como primera lengua extranjera.

c) Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Hispánica o Románica, si se tiene incluida la lengua inglesa en su plan de estudios.

Estados Unidos.

27

Canadá.

2

Irlanda.

12

Malta.

4

Nueva Zelanda.

3

Reino Unido.

350

4

Italia.

25

a) Estudiante del último curso o licenciado en Filología Italiana o Traducción e Interpretación, con italiano como primera lengua extranjera.

b) Estudiante del último curso o licenciado en Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua italiana en su plan de estudios.

5

Portugal.

10

c) Estudiante del último curso o licenciado en Filología Portuguesa o Traducción e Interpretación, con portugués como primera lengua extranjera.

d) Estudiante del último curso o licenciado en Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua portuguesa en su plan de estudios.

ANEXO II
Áreas de preferencia de Alemania, Francia, Estados Unidos, Italia y Reino Unido

Alemania

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

Bremen

Hamburgo Mecklenburg-Vorpommern

Baja Sajonia Schleswig-Holstein

Berlín

Brandenburgo Sajonia

Sajonia-Anhalt Thüringen

Hessen

Renania del Norte-Wesfalia

Saarland

Baden-Württemberg

Baviera

Renania-Palatinado

Francia

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Aix-Marsella

Burdeos

Créteil

Dijon

Lyon

Montpellier

Niza

París

Poitiers

Toulouse

Versailles

Amiens

Besançon

Grenoble

Lille

Limoges

Nantes

Orléans-Tours

Reims

Rouen

Estrasburgo

Caen

Clermont-Ferrand

Córcega

Nancy-Metz

Nueva Caledonia *

Rennes

Guadalupe

La Reunión

Mayotte

Martinica

Guayana

Estados Unidos

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

California

Nuevo México

Oregón

Utah

Estado de Washington

Illinois

Indiana

Iowa

Kentucky

Nebraska

Connecticut

Massachusetts

Virginia

Washington, DC

Florida

Georgia

Texas

Italia

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Liguria

Lombardía

Piamonte

Valle d’Aosta

Emilia-Romagna

Friuli-Venezia Giulia

Trentino-Alto Adige

Veneto

Lazio

Marche

Toscana

Umbría

Cerdeña

Abruzzo

Basilicata

Calabria

Campania

Molise

Puglia

Sicilia

Reino Unido

Grupo A

Grupo B

Grupo C

01 South West

03 Sussex

06 Gran Londres

09 South Midlands

11 South West Midlands

14 East Anglia

20 Escocia

02 South Central

04 Surrey

05 Kent

07 Essex

08 Hertfordshire

15 North East Midlands

16 Yorkshire

19 North East

10 Midlands

12 Gales

13 North West Midlands

17 Lancashire, Merseyside e Isla de Man

18 Cumbria

21Irlanda del Norte

* Curso escolar con comienzo en febrero de 2013.

ANEXO III
Baremo

Orden de prioridad y méritos

Puntuación máxima

Documentación acreditativa

(Escaneada y adjuntada en la aplicación Profex)

Formación Académica

Calificación media del expediente académico.

10

Certificación Académica Personal expedida por la escuela universitaria o facultad donde se hayan realizado los estudios, en la que consten las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas, y la calificación media numérica, con indicación expresa de que el titular de la certificación cursa el último año del plan de estudios o, en el caso de los titulados, que tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios y la fecha de finalización de los mismos. En caso de presentar titulaciones obtenidas en universidades extranjeras, se deberá adjuntar la homologación correspondiente.

Ser estudiante de último curso de los estudios alegados para participar en la convocatoria.

10

Haber terminado los estudios (alegados para participar en la convocatoria) en 2011.

5

Haber terminado los estudios (alegados para participar en la convocatoria) en 2010.

3

Especialidad en el idioma del país o países solicitados, en los estudios alegados para participar en la convocatoria.

2

Títulos y certificaciones de validez oficial

Otros títulos y diplomas acreditativos del conocimiento del idioma del país solicitado.

1

Títulos o certificados acreditativos.

Cursos de formación en el ámbito de la educación (0,10 puntos por cada 10 horas).

3

Certificados acreditativos con indicación del número de horas de duración del curso.

Máster en formación del profesorado o equivalente (obtenido antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes).

2

Certificación acreditativa.

Se recuerda que:

Únicamente serán baremados aquellos méritos alegados, y debidamente justificados, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de ser seleccionados, los candidatos deberán aportar en papel la documentación original o en copias debidamente compulsadas tal y como se indica en las bases 9.1 y 9.2 de la convocatoria.

ANEXO IV
Direcciones de Organismos Internacionales

Alemania: Pädagogischer Austauschdienst. Lennestrasse, 6, postfach 2240, 53113 Bonn, 1.

Australia: Department of Education and Early Childhood Development. 2 Treasury Place East Melbourne, Victoria, 3002.

Austria: Bundesministerium für Unterricht und Kunst. Wissenschft und Forschung. Dr. Ignaz Seipel-platz, 2-Viena.

Bélgica: Commissariat général aux Relations internationales de la Communauté francaise de Belgique (Wallonie-Bruxelles), Place Sainctelette,2,B-1080 Bruxelles.

Estados Unidos y Canadá: Consejería de Educación en Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av., N.W. Washington D.C. 20037.

Francia: Centre International d’Etudes Pédagógiques. Departement Langues et Mobilité, 1 avenue León Journault - 92318 Sèvres.

Irlanda: Department of Education and Science, Cornamaddy, Post-Primary Teacher’s Section, Language Assistants Programme, Athlone, Co. Westmeath.

Italia: Direzione Generale per gli Affari Internazionali, Ministero dell´Istruzione, dell´Università e della Ricerca, Viale Trastevere, 76/A - 00153 Roma.

Malta: Ministry of Education, Employment and the Family.

Palazzo Ferreria, Republica Street-Valletta.

Nueva Zelanda: International Languages Exchanges and Pathways. UniServices, 22 -28 Willeston Street, Wellington. PO Box 25509, Panama Street, Wellington 6146

Reino Unido: Language Assistants, Contracts & Projects, the British Council, 10 Spring Gardens. Londres SW1A 2BN.

ANEXO V
Retribuciones orientativas

Alemania: 800 euros mensuales.

Australia: 1.400 dólares australianos mensuales.

Austria: 984,13 euros mensuales.

Bélgica: 832,24 euros mensuales.

Canadá: 1.000 dólares canadienses mensuales.

Estados Unidos: 1.000 dólares estadounidenses mensuales.

Francia: 775 euros mensuales en Francia, 1.070 en Guayana, 1.104 en Martinica y Guadalupe, 889 en Mayotte, 1.190 en La Reunión y 1.502 en Nueva Caledonia.

Irlanda: 918 euros mensuales.

Italia: 725 euros mensuales.

Malta: 700 euros mensuales.

Nueva Zelanda: 23,327 dólares neocelandeses para todo el año académico.

Portugal: 700 euros mensuales.

Reino Unido: 859 libras mensuales.

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