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Visto el expediente de indulto de don Alejandro Rodríguez Jiménez, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección vigésima novena, en sentencia de 26 de mayo de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 197.793 euros, por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de noviembre de 2011,
Vengo en indultar a don Alejandro Rodríguez Jiménez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 25 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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