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Documento BOE-A-2011-19286

Orden CUL/3365/2011, de 25 de noviembre, por la que se conceden ayudas de acción y promoción cultural correspondientes al año 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2011, páginas 130237 a 130239 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2011-19286

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, establece las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. De conformidad con lo establecido en estas bases reguladoras se dictó la Orden CUL/748/2011, de 24 de marzo, por la que se convocan las ayudas de acción y promoción cultural, correspondientes al año 2011.

Transcurrido todo el proceso de presentación de solicitudes, instrucción del procedimiento y valoración de los proyectos se dictó la Orden CUL/2578/2011, de 20 de septiembre, por la que se conceden las ayudas de acción y promoción cultural, correspondientes al año 2011.

Dicha orden de concesión establecía en su anexo I una relación de entidades beneficiarias de la ayuda y en su anexo II, una segunda relación de suplentes en la que figuraban relacionados, por orden de puntuación, «todos los interesados que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimados por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria». Asimismo, y de acuerdo también con el apartado segundo de la orden «si se renunciase a la subvención por alguno de los beneficiarios, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes de ese anexo II».

Con posterioridad a la concesión de estas ayudas, un beneficiario formalizó la correspondiente renuncia, por imposibilidad de realizar las actividades y cumplir con las finalidades que motivaron la concesión de las mismas. Asimismo se dictó resolución de desistimiento para otra entidad que no presentó la documentación requerida para la aceptación de la ayuda. Esto ha permitido liberar 31.000 euros de crédito en la aplicación presupuestaria 24.06.334A.481, que financia las citadas ayudas.

De acuerdo con la valoración y cantidades propuestas por la Comisión de Valoración, en su reunión del 28 de junio de 2011, a los suplentes relacionados en el anexo II de la Orden CUL/2578/2011, el reparto del remanente existente ha alcanzado a los cuatro primeros suplentes de dicho anexo II.

Por tanto, vista la propuesta de resolución definitiva de la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y de Fundaciones y Mecenazgo de fecha 18 de octubre de 2011, en relación con la nueva concesión de ayudas de acción y promoción cultural correspondientes a 2011, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, dispongo:

Primero.

Conceder las ayudas que se relacionan en el anexo I de la presente orden, para la realización de las actividades y en las cuantías que en el mismo se mencionan.

Segundo.

Fijar el 31 de marzo del año 2012, como término para llevar a cabo las actividades objeto de las ayudas, así como para comprometer todos los gastos vinculados a las mismas.

La realización de estas actividades será justificada por los beneficiarios, ante la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y de Fundaciones y Mecenazgo, en los tres meses siguientes a la terminación del plazo establecido en el párrafo anterior (es decir, antes del 30 de junio de 2012), de conformidad con lo establecido en los artículos 11.3 y 11.4 de la Orden CUL/748/2011, de 24 de marzo de 2011, por la que se convocan las ayudas de acción y promoción cultural correspondientes al año 2011, mediante la presentación de:

a) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y resultados obtenidos.

b) Una relación clasificada de la totalidad de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor, del documento de gasto o factura, importe, fecha de emisión y, en su caso, de pago.

Mediante técnica de muestreo estratificado combinado, el órgano competente requerirá a los beneficiarios la aportación de los originales de los justificantes que estime oportunos, que supondrán al menos el 25% de la cantidad subvencionada.

Asimismo, los beneficiarios se comprometen al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 12 de la Orden CUL/748/2011, de 24 de marzo de 2011, por la que se convocan las ayudas de acción y promoción cultural, correspondientes al año 2011.

Tercero.

Esta orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación del mencionado recurso potestativo de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través de la oficina virtual –Registro electrónico– del Ministerio de Cultura (www.mcu.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

Lo que se hace público conforme al artículo 59.6 de la citada Ley 30/1992, en relación con el artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 25 de noviembre de 2011.–La Ministra de Cultura, P.D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Santos Castro Fernández.

ANEXO I
Nuevas ayudas concedidas

Ayudas de acción y promoción cultural 2011

Aplicación presupuestaria: 24.06.334A.481

Beneficiario

CIF

Actividad

Total

Asociación cultural española y de padres de familia Tübingen-Reutlingen.

EX0000228

Festival de cine español.

7.000

Fundación del Patrimonio Histórico de Castilla y León.

G47392618

Patrimonio cultural, paisaje e infraestructuras.

12.000

Centro de Cultura Iberoamericana (CCI).

G83491993

Plataforma Web del legado cultural español en Estados Unidos.

6.000

Fundación NMAC.

G11515277

Herramientas educativas y culturales en espacios museísticos en la era digital 2.0 y redes sociales.

5.000

Total

30.000

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