Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-19277

Resolución de 18 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se concede el distintivo de calidad Sello Escuela 2.0.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2011, páginas 130172 a 130176 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-19277

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 26 de abril de 2011 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de mayo) se convocó para 2011 la concesión del distintivo de calidad Sello Escuela 2.0 para el reconocimiento público del compromiso de una Entidad o Empresa o de la vinculación de un producto o servicio con el desarrollo y mejora de la calidad educativa mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el desarrollo del Programa Escuela 2.0.

La convocatoria, en su apartado segundo, prevé la concesión:

a) En el caso de entidades y empresas, a:

● Empresas públicas y privadas.

● Instituciones educativas.

● Organizaciones sin ánimo de lucro.

b) En el caso de productos y servicios, a:

● Productos comerciales.

● Aplicaciones informáticas de fuentes abiertas, libres o gratuitas.

● Servicios de asistencia técnica, mantenimiento, integración de soluciones, formación, comunicaciones, seguridad, etc.

La Comisión Evaluadora establecida en el punto cuatro de la Resolución de la convocatoria se reunió el día 8 de noviembre de 2011 para estudiar los expedientes de las solicitudes presentadas, basándose en los criterios de selección detallados en el punto dos de dicha Resolución.

Valorados los mencionados expedientes, la Comisión Evaluadora, en virtud del apartado cinco de la convocatoria, ha propuesto, y esta Secretaría de Estado ha resuelto, conceder los siguientes distintivos de calidad Sello Escuela 2.0:

Para entidades y empresas:

● Empresas públicas y privadas:

Aventia Iberia, S.L. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos con las especificidades particulares de la Comunidad Autónoma de Cataluña, y haber contribuido a la puesta a disposición del profesorado las TIC para la planificación didáctica y su posterior utilización, de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, dentro de las actuaciones de del Programa Escuela 2.0.

Cambridge University Press en España. Por haber desarrollado, de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Comunidad Autónoma de Cataluña en el desarrollo del Programa Escuela 2.0, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con las especificidades particulares de esa Comunidad Autónoma y poniendo a disposición del profesorado las TIC para la planificación didáctica y su posterior utilización.

Charmex Internacional, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón en el desarrollo del Programa Escuela 2.0.

CLD, S.L. Por haber desplegado operativamente los medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos, con las especificidades particulares de la Comunidad Autónoma de Aragón, soportando las condiciones de adaptación establecidas por la mencionada Comunidad Autónoma, y haber contribuido a la puesta a disposición del profesorado las TIC para la planificación didáctica y su posterior utilización, todo ello de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Comercio Electrónico B2B 2000, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de dicha Comunidad Autónoma, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Dispal Astur, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias en el desarrollo del Programa Escuela 2.0.

Distribuidora Vincens Vives, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Ediciones Don Bosco Salesianos Barcelona. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Ediciones Vincens Vives, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Editorial Anaya. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Empresa Ruprablas, S.L. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos, con las especificidades particulares de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Epson Ibérica, S.A.U. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Castilla-La Mancha, Cantabria, Andalucía, Illes Balears, País Vasco y Galicia, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

E-Sonde Network Monitoring. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Fonotext, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Fundación Santa María Ediciones SM. Por haber desarrollado, de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, en el marco de actuaciones del Programa Escuela 2.0, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos.

Informática El Corte Inglés, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Investrónica, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Macmillan Ibérica, S.A. Por haber desarrollado, en el marco de actuaciones del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos.

Mitshubishi Electric B.V. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Oxford University Press España, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Pearson Educación, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Plataforma Eleven, S.L. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Post Print, S.L.–Atlantic Devices. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Roycan Audiosistemas, S.A. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para Consejería de Educación de la Xunta de Galicia, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Sistemas Telecomunicación Xauen Sitelxa, S.L. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Solutia Innovaworld Technologies, S.L. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Telefónica de España, SAU. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones, SAU. Por haber desplegado operativamente medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Vicens Vives Primaria, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Ediciones del Serbal, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Ediciones Teide, S.A. Por haber desarrollado, en el marco del Programa Escuela 2.0 y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

● Instituciones educativas:

Por haber desarrollado nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, acelerando la asimilación, adopción y utilización, por parte de estudiantes y profesores, de las herramientas de la sociedad de la información como elemento habitual de trabajo, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza. Por facilitar, además, a los niños con dificultades de aprendizaje la utilización de contextos educativos con las nuevas tecnologías y propiciar experiencias de carácter integrador que reduzcan la brecha digital entre colectivos desfavorecidos, facilitando el acceso de los individuos a la sociedad de la información desde sus entornos de educación habitual. Todo ello de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma a la que está adscrito cada centro, en el marco de actuaciones del Programa Escuela 2.0:

CEIP José Ortega Valderrama (Pradejón. La Rioja).

CEIP San Juan de la Peña (Jaca. Huesca).

CEIP Gesta Dos (Oviedo. Asturias).

CEIP San Francisco (Pamplona. Navarra).

CEIP de Abarzuza (Abarzuza. Navarra).

CRA Moncalvillo (Nalda. La Rioja).

CEIP Baudilio Arce (Oviedo. Asturias).

CEIP Miguel Ángel Artazos Tamé (Utebo. Zaragoza).

CEIP Reyes Católicos (Melilla).

CEIP Río Ebro (Zaragoza).

Erentzun Ikastola (Viana. Navarra).

CEIP Clara Campoamor (Riaño-Langreo. Asturias).

Colegio Cristo Rey (Zaragoza).

CEIP El Carbayu (Lugones-Siero. Asturias).

Colegio Vizcaya (Zamudio. Bilbao).

Íñigo Aritza Ikastola (Alsasua. Navarra).

Para productos y servicios:

Internet Tutor Digital Books (E-Sonde Network Monitoring). Por haber desplegado operativamente, de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, los medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos, con las especificidades particulares de esa Comunidad Autónoma, en el marco de aplicación del Programa Escuela 2.0.

SMLIR (Fundación Santa María Ediciones SM). Por haber desarrollado, de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en el marco de actuaciones del Programa Escuela 2.0, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza.

Inves Dársena (Investrónica, S.A.). Por haber desplegado operativamente, de forma plenamente satisfactoria para las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas de Galicia y País Vasco, los medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos, con las especificidades particulares de esas Comunidades Autónomas, dentro de las actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Inves Noobi 10 (Investrónica, S.A.). Por haber desplegado operativamente los medios tecnológicos necesarios aplicados a los entornos educativos, con las especificidades particulares y de forma plenamente satisfactoria para la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el marco de aplicación del Programa Escuela 2.0.

Plataforma Weeras (SAAK Digital Content Services, S.L.). Por haber desarrollado, nuevas experiencias de utilización de las tecnologías en asignaturas de ámbito general, orientando y potenciando el desarrollo y soporte a asignaturas y contenidos curriculares utilizando los nuevos medios tecnológicos, con el objetivo de mejorar y enriquecer la calidad de la enseñanza y de forma plenamente satisfactoria para el Departamento de Enseñanza de la Generalitat de Catalunya, en el marco de actuaciones del Programa Escuela 2.0.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes desde su publicación ante el órgano convocante, o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponerse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 18 de noviembre de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid