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Documento BOE-A-2011-18778

Resolución de 4 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se concede la protección nacional transitoria a la indicación geográfica protegida "Cordero Segureño".

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 2011, páginas 127051 a 127051 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-18778

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 19 de enero de 2011, de la Directora General de Industria y Mercados Alimentarios del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, por la que se adopta y se publica la decisión favorable al registro de la Indicación Geográfica Protegida «Cordero Segureño», se publicó el pliego de condiciones en que está basada esa decisión favorable, según lo dispuesto en el artículo 5.5 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios, en relación con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y la oposición a ellas.

La solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida «Cordero Segureño», que se ajusta a lo dispuesto en los citados Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, y Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, ha sido transmitida a la Comisión Europea con fecha 30 de marzo de 2011, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 11 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, que ha sustituido al mencionado Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, el Ministerio podrá conceder a la denominación de origen o indicación geográfica de que se trate la protección nacional transitoria, prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, lo cual conllevará la publicación de su pliego de condiciones en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas a esta Dirección General, resuelvo:

Conceder la protección nacional transitoria (PNT) a la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cordero Segureño», prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, que cesará a partir de la fecha en que la Comisión Europea adopte una decisión sobre su inscripción en el registro.

A tal efecto, la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Cordero Segureño», señalando que la dirección de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en que se encuentra publicado es: http://www.marm.es/es/temas/calidad-agroalimentaria/PLIEGO_IGP__cordero_segure%C3%B1o_17-10-11__2__tcm7-178132.pdf.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Secretario General de Medio Rural, de conformidad con lo prevenido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 4 de noviembre de 2011.–La Directora General de Industria y Mercados Alimentarios, Isabel Bombal Diaz.

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