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Documento BOE-A-2011-18761

Orden EHA/3265/2011, de 10 de noviembre, por la que se autoriza la fusión por absorción de la entidad Caixa de Barcelona Seguros de Vida, SA de Seguros y Reaseguros por parte de la entidad VidaCaixa, SA de Seguros y Reaseguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 2011, páginas 126939 a 126939 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2011-18761

TEXTO ORIGINAL

Las entidades VidaCaixa, S.A. de Seguros y Reaseguros y Caixa de Barcelona Seguros de Vida, S.A. han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción de Caixa de Barcelona Seguros de Vida, S.A. por parte de VidaCaixa, S.A. de Seguros y Reaseguros.

A la vista de la documentación aportada y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:

Primero.

Autorizar la fusión por absorción de la entidad Caixa de Barcelona Seguros de Vida, S.A. por parte de VidaCaixa, S.A. de Seguros y Reaseguros.

Segundo.

Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Caixa de Barcelona Seguros de Vida, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 72.3 del citado Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa».

Madrid, 10 de noviembre de 2011.–La Vicepresidenta del Gobierno de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa Fernández.

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