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Documento BOE-A-2011-18504

Orden ITC/3215/2011, de 18 de noviembre, por la que se determina la retribución del año 2011 correspondiente a la actividad de distribución de gas natural realizada por las Sociedades Madrileña Red de Gas II, SA y Gas Natural distribución SDG, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2011, páginas 125359 a 125362 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-18504

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución de 24 de enero de 2011, de la Comisión Nacional de la Competencia, se aprobó la modificación del plan de actuaciones incluido en el expediente de concentración Gas Natural/Unión Fenosa. De acuerdo con lo anterior, Gas Natural Distribución SDG, S.A., comunicó, por escrito de 21 de junio de 2011, que el 7 de febrero de 2011 se produjo la firma de un contrato de compraventa de la sociedad BIS Distribución de Gas, S.A., que incluye desde el 1 de julio de 2011 la rama de actividad de distribución de Gas Natural Distribución SDG, SA, en varios distritos del municipio de Madrid y en otros dos municipios de la provincia de Madrid.

Mediante Resolución de 31 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, la Comunidad Autónoma de Madrid ha autorizado la transmisión de determinadas instalaciones de distribución de gas natural a BIS Distribución de Gas, SA. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional undécima. tercero.1.decimocuarta de la Ley del sector de hidrocarburos, la Comisión Nacional de Energía ha informado favorablemente la operación con fecha 24 de marzo de 2011.

Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 y concordantes de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, la Comisión Nacional de la Competencia, mediante Resolución de 11 de mayo de 2011, ha resuelto autorizar la operación.

El 16 de junio de 2011, la sociedad BIS Distribución de Gas, S.A., cambió su denominación social a Madrileña Red de Gas II, S.A.

El artículo 91.1 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, determina que las actividades destinadas al suministro de combustibles gaseosos serán retribuidas económicamente con cargo a las tarifas de último recurso, los peajes y cánones que se determinen por el Gobierno, y a los precios abonados. Asimismo el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural, en su artículo 20 establece que el Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo informe de la Comisión Nacional de Energía, establecerá, antes del día 1 de enero de cada año, la retribución que corresponda percibir a cada empresa distribuidora o grupo de empresa.

En consecuencia, y de acuerdo a lo anterior, procede publicar la retribución a la actividad de distribución para el año 2011 de la sociedad Madrileña Red de Gas II, S.A., así como una nueva retribución para Gas Natural Distribución SDG, S.A., como consecuencia de la escisión de la actividad de distribución.

En cumplimiento del preceptivo trámite de audiencia, previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la propuesta de orden fue remitida a Gas Natural Distribución SDG, S.A., y a Madrileña Red de Gas II, S.A., con el objeto de que formularan las alegaciones que consideraran oportunas. La única alegación formulada ha sido tenida en cuenta.

La presente orden, de acuerdo con la disposición adicional undécima. tercero.1.cuarta de la Ley del sector de hidrocarburos, ha sido objeto de informe por parte de la Comisión Nacional de Energía, con fecha 10 de noviembre de 2011.

Por lo anterior, dispongo:

Primero. Retribución anual del año 2011 correspondiente a la actividad de distribución realizada por las sociedades Madrileña Red de Gas II, SA y Gas Natural Distribución, SDG, S.A.

1. La actividad de distribución de la sociedad Madrileña Red de Gas II, S.A., anteriormente BIS Distribución de Gas, S.A., comprende las siguientes zonas de la provincia de Madrid:

El municipio de Pozuelo de Alarcón.

El municipio de San Fernando de Henares.

Los siguientes distritos del municipio de Madrid:

– Usera (distrito 12).

– Carabanchel (distrito 11).

– Latina (distrito 10).

– Moncloa-Aravaca (distrito 9), comprendiendo la zona situada al oeste del río Manzanares, delimitada por el río, con la excepción del área situada al sur del distrito comprendido entre la M-30 y la calle Ribera de Manzanares.

– Fuencarral-El Pardo (distrito 8), excluyendo las zonas siguientes:

Barrio de Valverde (86), sin la zona denominada «Las Tablas», y que está delimitado al este por la carretera de Fuencarral a Hortaleza y la calle del Castillo de Candanchú, al sur por la M-30, y al norte y al oeste por la carretera de Colmenar Viejo M-607.

El área situada en el barrio de la Paz (85), delimitada al norte por la Carretera de Colmenar Viejo, al oeste por la calle de Pedro Rico y el lado derecho (paseo de la Castellana) de la avenida de Monforte de Lemos en el tramo comprendido entre las calles Sinesio Delgado y Pedro Rico, al sur por la calle de Sinesio Delgado y al este por el paseo de la Castellana.

2. La retribución anual correspondiente al año 2011 de Madrileña Red de Gas II, S.A., que afecta a la actividad de distribución de gas natural de las zonas enumeradas anteriormente se establece en cincuenta y tres millones seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos veinticuatro euros (53.645.724 €).

3. Dicha cantidad se ha calculado a partir de la retribución del año 2011 de Gas Natural Distribución SDG, S.A., incluida en la columna «Actualización 2011» de la tabla de retribuciones a la distribución del anexo IV de la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas, que ha sido repartida en un 60% en función del número medio de clientes suministrados a presiones iguales o inferiores a 4 bar, en un 20% en función del volumen de gas suministrado a presiones iguales o inferiores a 4 bar y en un 20% en función del volumen de gas suministrado a presiones superiores a 4 bar. Dichas cantidades han sido posteriormente distribuidas de forma proporcional entre las dos sociedades en función de sus respectivas cifras de clientes y ventas del año 2011.

4. La retribución anual para el año 2011 de la sociedad Gas Natural Distribución, SDG, S.A., sin incluir la actividad de distribución de las zonas mencionadas es de seiscientos ochenta y nueve millones ciento dieciocho mil cuatrocientos sesenta y ocho euros (689.118.468 €), resultado de restar a la retribución anual original de setecientos cuarenta y dos millones setecientos sesenta y cuatro mil ciento noventa y dos euros (742.764.192 €), incluida en la columna «Total» del anexo IV de la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre, la retribución asignada a Madrileña Red de Gas II, S.A., en el párrafo 2.

5. Las retribuciones del año 2011 anteriormente referidas tienen carácter provisional mientras que no se disponga de la cifra definitiva de clientes y de ventas.

Segundo. Retribución a liquidar en el año 2011 a Madrileña Red de Gas II, SA y a Gas Natural Distribución SDG, S.A.

1. A los efectos de liquidaciones, la retribución reconocida a Madrileña Red de Gas II, S.A., para el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2011 (ambos incluidos), calculada mediante el prorrateo de la retribución anual reconocida en el apartado primero por el número de días de 2011 en que dicha escisión es efectiva, es de veintisiete millones cuarenta y tres mil trescientos veinticuatro euros (27.043.324 €).

2. A los efectos de liquidaciones, la retribución reconocida a Gas Natural Distribución SDG, S.A., para el año 2011 es de setecientos quince millones setecientos veinte mil ochocientos sesenta y ocho euros (715.720.868 €), que resultan de restar a la cantidad de setecientos cuarenta y dos millones setecientos sesenta y cuatro mil ciento noventa y dos euros (742.764.192 €) publicada en la columna «Total» de la tabla 1 del anexo IV de la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre, la cifra reconocida a Madrileña Red de Gas II, S.A., en el párrafo anterior.

La Comisión Nacional de Energía incluirá las nuevas retribuciones de Madrileña Red de Gas II, S.A., y Gas Natural Distribución, SDG, S.A., en el procedimiento de liquidación en curso para el año 2011, de conformidad con lo establecido en la Orden ECO/2692/2002, de 28 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de la retribución de las actividades reguladas del sector gas natural y de las cuotas con destinos específicos y se establece el sistema de información que deben presentar las empresas.

Tercero. Revisión.

Las retribuciones de ambas compañías serán actualizadas en cuanto se disponga de valores más precisos de los parámetros empleados en su cálculo.

Para el cálculo de la retribución de Madrileña Red de Gas S.A., en el año 2012 se calculará una nueva retribución de partida para el año 2011 empleando las últimas cifras de clientes y ventas disponibles para los años 2011 y 2010.

Los saldos que resulten de las revisiones de las retribuciones provisionales de los años 2010 y 2011 por las instalaciones transmitidas serán imputados a Gas Natural Distribución, SDG, S.A., hasta la fecha en que se formaliza la transmisión de los activos, y a Madrileña Red de Gas II, S.A., las generadas con posterioridad.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante el Ministro de Industria, Turismo y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación o directamente recurso contenciosos-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contenciosos-administrativo de la Audiencia Nacional. En caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 18 de noviembre de 2011.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

ANEXO
Datos provisionales empleados

Gas Natural S.D.G., S.A.

Clientes < 4 bar (fin 2010)

3.316.553

Clientes < 4 bar (fin 2011)

3.392.272

Clientes medios < 4 bar (2011)

3.354.412

Ventas < 4 bar (MWh)

33.629.039

Ventas > 4 bar (MWh)

69.609.237

Madrileña Red de Gas II, S.A.

 

 

Proporción Madrileña Red de Gas II / Gas Natural Distribución SDG

Clientes < 4 bar (fin 2010)

304.856

 

Clientes < 4 bar (fin 2011)

305.450

 

Clientes medios < 4 bar (2011)

305.153

9,097%

Ventas < 4 bar (MWh)

3.206.065

9,534%

Ventas > 4 bar (MWh)

0

 

Cifra retribución 2011 Gas Natural SDG, S.A. (ITC/3354/2010), sin correcciones: 728.391.020.

Cifra retribución 2011 Gas Natural SDG, S.A. (ITC/3354/2010), con correcciones: 742.764.192.

 

Desglose retribución Gas Natural Distribución

Coeficiente de reparto

Reparto a Madrileña Red de Gas II, S.A.

Clientes < 4 bar (60%)

437.034.612,00

9,097%

39.757.315

Clientes < 4 bar (20%)

145.678.204,00

9,534%

13.888.409

Ventas > 4 bar (20%)

145.678.204,00

 

 

 

728.391.020,00

 

53.645.724

Retribución 2011 después de la escisión (año completo):

Madrileña Red de Gas II, S.A.: 53.645.724.

Gas Natural Distribución: 689.118.468.

Retribución 2011 después de la escisión (prorrateo desde 1 de julio de 2011):

Fecha efectiva escisión: 1 de julio de 2011.

Días 2011 prorrateo: 184.

Madrileña Red de Gas II, S.A.: 27.043.324.

Gas Natural Distribución: 715.720.868.

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