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Documento BOE-A-2011-18502

Resolución de 1 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza de márgenes en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la tarifa 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2011, páginas 125338 a 125355 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-18502

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, han suscrito el 25 de abril de 2011, una adenda al Convenio marco de colaboración, firmado el 12 de mayo de 2010, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza de márgenes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de junio de 2011.–El Secretario de Estado de Energía, Fabricio Hernández Pampaloni.

ANEXO
Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza de márgenes en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la tarifa 2008

En Mérida, a 25 de abril de 2011.

REUNIDOS

El sr. don Fabricio Hernández Pampaloni, Secretario de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 4 de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008.

El sr. don José Luis Navarro Ribera, Consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente, en representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura y conforme a lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, habiendo sido autorizado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en sesión de 8 de abril de 2011.

Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para obligarse en representación de los respectivos organismos.

ANTECEDENTES

Con fecha 12 de mayo de 2010, y previos los trámites reglamentarios correspondientes, se firmó el Convenio marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza de márgenes, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de agosto de 2010 y en el «Diario Oficial de Extremadura» de 23 de agosto de 2010.

En la cláusula primera de citado Convenio se establece que el objeto del Convenio es «Incluir dentro del Plan de Calidad de suministro de energía eléctrica a realizar en la Comunidad Autónoma las obras de los programas de actuación temporal en distribución para la mejora de la calidad del servicio, aprobadas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma al amparo de lo dispuesto en el artículo 107.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, planes de control de tensión y planes para realizar la limpieza de la vegetación de los márgenes por donde discurran líneas eléctricas de distribución, según establece el artículo 4 de la Orden ITC/2860/2007, de 28 de diciembre. Estas obras figuran en los anexos I, II y III del Convenio, respectivamente. Asimismo, el Convenio tiene como objeto definir el modelo de cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma de Extremadura y las correspondientes empresas distribuidoras en el territorio».

Mediante escrito de fecha 1 de febrero de 2.011 la Comunidad Autónoma de Extremadura, a petición de las empresas distribuidoras que se indican a continuación se propuso los siguientes cambios:

– Cambio de las fechas de certificación de determinadas obras de 2010 a 2011, una obra de 2010 a 2012 y otras obras de 2011 a 2012 solicitadas por las empresas Alconera de Electricidad, SLU, D.E. Enrique García Serrano, SL, D.E. Valle de Santa Ana, SL, Eléctrica Santa Marta y Villalba, SL, Eléctricas Pitarch Distribución, SL, Energética de Alcocer, SL, Endesa Distribución Eléctrica, SL, Energía de Miajadas, SA, Fuentes y Compañía, SL, Gloria Mariscal, SL, Herederos de García Baz, SL, Hijos de Francisco Escaso, SL, Hijos de Jacinto Guillén, D.E., SL, Iberdrola Distribución Eléctrica, SA y Luis Rangel y Hermanos, SA, todo ello dentro del período de vigencia del Convenio marco.

Quedando todos los cambios propuestos dentro de la vigencia del Convenio marco citado y sin implicar una aumento en las aportaciones del Ministerio o de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Así, con objeto de cumplir los objetivos contenidos en el Convenio marco citado y poder finalizar los planes de calidad, control de tensión del servicio eléctrico y limpieza de vegetación, las partes,

MANIFIESTAN

Que ambas partes desean establecer la presente adenda al Convenio marco de referencia, sujeto a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de las fechas de certificación de determinadas obras.

Se modifican las fechas de certificación de determinadas obras de 2010 a 2011, de una obra de 2010 a 2012 y de otras obras de 2011 a 2012, quedando comprendidas todas ellas en el Convenio marco de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza de márgenes con cargo a la tarifa 2008, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» por Resolución de 5 de agosto de 2010, en los siguientes términos:

A) La relación de obras que sufren cambios son:

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Segunda. Reajuste de anualidades.

Como consecuencia de lo anterior, se modifica la cláusula segunda del Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de planes de mejora de la calidad del servicio eléctrico, planes de control de tensión y de limpieza de márgenes en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la tarifa 2008, únicamente en lo relativo a los importes correspondientes a la Comunidad Autónoma de Extremadura por anualidades quedando fijados los mismos de la siguiente forma:

– Ejercicio 2010: 86.905,60 euros, importe realmente abonado según las justificaciones presentadas por las empresas distribuidoras.

– Ejercicio 2011: 970.817,48 euros.

– Ejercicio 2012: 1.081.722,17 euros.

Tercera. Aplicación de las condiciones del Convenio marco.

En todo lo no recogido o detallado con anterioridad, serán de plena y total aplicación las cláusulas del Convenio marco.

Y en prueba de conformidad con todo lo anterior, ambas partes firman la presente adenda, por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

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