Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-18005

Resolución de 27 de junio de 2011, de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publican las cuentas anuales, del ejercicio 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 17 de noviembre de 2011, páginas 119229 a 119285 (57 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2011-18005

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por lo que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el registro mercantil, publicarán anualmente en el «Boletín Oficial del Estado» el balance de situación y la cuenta del resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, correspondientes al ejercicio 2010, que figura con anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, 27 de junio de 2011.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, Pedro Jorge Rodríguez Zaragoza.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Memoria correspondiente al ejercicio anual

Terminado el 31 de diciembre de 2010

1) Actividad de la empresa.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, con domicilio social establecido en Santa Cruz de Tenerife, avenida Francisco la Roche, número 49, c.p. 38001, es un organismo estatal de derecho público, de los reguladas en el artículo 2, apartado 1, letra g), de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre; Ley general presupuestaria, creada al amparo de lo regulado en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del estado y de la marina mercante; Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley anterior, r.d. 1590/1992 de 23 de diciembre, que enumera las autoridades portuarias y los puertos de interés general que administran; la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, y la Ley 33/2010, de 5 agosto, de modificación de la anterior.

La Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 27/1992, publicada el 30 de diciembre de 1997 («BOE» número 312), tal y como recoge su exposición de motivos, trata de mejorar el régimen jurídico de la actividad portuaria, de integrar los intereses de las comunidades autónomas en la gestión de los puertos de interés general, de establecer un escenario de libre y leal competencia, perfilando los papeles que han de jugar tanto el sector público como el privado, y de dotar, en última instancia, al sistema portuario español de las facilidades necesarias para mejorar su posición competitiva en un mercado abierto. Todo ello en un régimen de autonomía y gestión de las autoridades portuarias reflejado en su plena capacidad para desarrollar las políticas portuarias y de inversiones, comerciales, de organización y servicios, de recursos humanos, etc., que les permita ejercer su actividad con criterios empresariales.

Por su parte, la Ley 48/2003, publicada el 27 de noviembre de 2003 («BOE» número 284), trae causa del continuo crecimiento en la demanda de transportes, el aumento de los tráficos portuarios asociados al transporte internacional de mercancías, la introducción de innovaciones y nuevas tecnologías en el sector del transporte en general, y en el marítimo en particular, lo que conlleva la permanente búsqueda de fórmulas que permitan aunar el interés general y los intereses privados para mejorar la competitividad del conjunto de los puertos.

Por todo ello, la Ley se dirige especialmente a dotar a los puertos españoles de interés general de un marco jurídico consistente y estable en el ámbito de los regímenes económico financiero y tributario, de prestación de servicios y de utilización del dominio público portuario. Para ello se prevén nuevas fórmulas de gestión como es la existencia de una mayor flexibilidad en la actuación de las administraciones portuarias para, dentro de los límites marcados por la prohibición de la discrecionalidad, la fijación de la cuantía de las prestaciones cobradas por la utilización del dominio y por la prestación de servicios portuarios.

Asimismo se concibe a las autoridades portuarias, además de como promotoras de estrategias globales tendentes a establecer y profundizar en las ventajas competitivas de los puertos atribuidos a su gestión, como proveedoras de infraestructuras y reguladoras del dominio público y, en el caso de los servicios portuarios básicos, sólo subsidiariamente como prestadoras de servicios. Así, las antiguas tarifas de servicios que implicaban la utilización del dominio público se convierten, previa redefinición de sus hechos imponibles, en verdaderas tasas por utilización especial de las instalaciones portuarias. También alcanzan dicha calificación las prestaciones exigibles por aquellos servicios obligatorios que no se prestan en concurrencia con el sector privado. El resto de servicios que coexisten con la iniciativa privada, y que no pueden calificarse como prestaciones patrimoniales impuestas de carácter público, siguen manteniendo su consideración de precios privados, derivados de servicios prestados en régimen de derecho privado.

Destacan también, dentro de los principios y objetivos del régimen económico del sistema portuario de titularidad estatal, entre otros, la autofinanciación del sistema portuario, la optimización de la gestión económica, la libertad tarifaria o el fomento de la participación de la iniciativa privada.

Por otra parte, entre los recursos del sistema portuario estatal deben resaltarse los ingresos derivados del nuevo fondo de compensación interportuario y el nuevo sistema de financiación de puertos del estado a través de la asignación de un porcentaje de las tasas recaudadas por las autoridades portuarias.

En cuanto a la nueva Ley 33/2010, de 5 agosto, de modificación de la Ley 48/2003, trata de reforzar la exigencia de adoptar en España medidas que mejoren la gestión de nuestros puertos y su eficiencia, impulsando su competitividad en una coyuntura de fuerte competencia internacional.

El importante papel que le corresponde desempeñar a los puertos y al transporte marítimo para la sostenibilidad económica, social y ambiental del sistema europeo de transporte de mercancías, fundamentado en la potenciación de la intermodalidad como la mejor forma de compatibilizar el crecimiento de la demanda con el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles y con la reducción de los costes externos asociados con el transporte, justifica la política de potenciación del modo marítimo/portuario a escala europea y, en concreto, de las autopistas del mar, preconizada desde la Unión Europea, y de la que España es uno de los primeros impulsores.

Para avanzar en estos objetivos, los puertos de interés general tienen que conformarse como puertos «landlord avanzados», facilitadores de la actividad económica, de la competitividad de nuestro tejido social y empresarial y de su sostenibilidad ambiental, así como coordinadores de los diferentes agentes y administraciones que intervienen en el paso por puerto de buques y mercancías.

Para ello se ha venido a reforzar la normativa que, desde comienzos de la década pasada, partiendo de la Ley 27/1992, instauró los principios de autonomía de gestión y autosuficiencia económico-financiera de los puertos de interés general, siguiendo con la Ley 62/1997, que incorporó la participación de las comunidades y ciudades autónomas a la gestión de las autoridades portuarias, y continuando con la Ley 48/2003, que adapta el sistema tarifario portuario a la obligada naturaleza de tasas, avanza en la liberalización de los servicios portuarios e incorpora una completa regulación del dominio público portuario para potenciar la participación e inversión de la iniciativa privada en la actividad portuaria.

La aportación de esta nueva Ley 33/2010 al marco normativo citado es la flexibilización del modelo tarifario para que cada Autoridad Portuaria pueda adaptarse a la realidad económica de cada momento y el refuerzo y profundización en la liberalización de los servicios portuarios y de la actividad económica y comercial que se desarrolla en los puertos, consiguiendo así que el conjunto de la legislación portuaria sea el cimiento estable para la mejora continua de la competitividad del sistema portuario de interés general en conjunto y de cada uno de los puertos que lo integran, asegurando el cumplimiento de su misión, que no es otra que coadyuvar al desarrollo económico y social del país.

El principio de autosuficiencia económica de los puertos, vigente desde la Ley 27/1992, en virtud del cual se recaudan los ingresos de cada una de las autoridades portuarias y que, tras la Ley 48/2003 pasaron de ser considerados precios privados a atribuirles la condición de tasas (ingresos procedentes de la utilización privativa y el aprovechamiento especial del dominio público portuario), se refuerza en esta nueva regulación que profundiza en la condición de tasas de las tarifas portuarias y reformula alguna de las bonificaciones e incorpora otras a fin de dar seguridad jurídica al modelo sin incrementar los costes y fomentando así la competitividad de los puertos españoles.

Este principio de autosuficiencia económica queda asimismo garantizado mediante la posibilidad para las autoridades portuarias de establecer coeficientes correctores diferentes en las correspondientes tasas al buque, al pasaje y a la mercancía en cada una de ellas, tomando en consideración las previsiones plurianuales de evolución de sus tráficos, de nivel de endeudamiento y de necesidades de inversión, así como sus objetivos de gestión, la rentabilidad anual objetiva y un rendimiento razonable sobre el activo no corriente neto para los ejercicios siguientes.

Esto supone una importante novedad en la medida en que cada Autoridad Portuaria deberá proponer sus coeficientes correctores y su política de bonificaciones, de acuerdo con su propia realidad física, económica y de situación competitiva a nivel nacional e internacional.

Todo ello supone, en definitiva, una tendencia hacia la disminución de la financiación pública en inversiones portuarias, en la flexibilización del modelo tarifario para que cada Autoridad Portuaria pueda adaptarse a la realidad económica de cada momento y un marcado protagonismo de la iniciativa privada en la financiación y explotación de instalaciones portuarias, en la explotación de servicios a través del otorgamiento de los correspondientes títulos habilitantes y en la ejecución de obras portuarias, apareciendo en este marco las autoridades portuarias como entes reguladores con funciones de provisión, gestión y ordenación de los espacios portuarios.

Las autoridades portuarias son organismos con personalidad jurídica y patrimonio propios, independientes de los del estado, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

La entrada en funcionamiento como tal Autoridad Portuaria, se produjo el 1 de enero de 1993, sucediendo al organismo autónomo de la administración del estado –junta de los puertos del estado en Santa Cruz de Tenerife– en la titularidad de su patrimonio, quedando subrogada en su misma posición en las relaciones jurídicas de las que aquél fuera parte.

Su actividad está regulada por referidas Leyes; por la Ley general presupuestaria; supletoriamente, por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la administración general del estado, y por las demás disposiciones que le sean de aplicación, actuando con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en las adquisiciones patrimoniales y de contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento les atribuye, desarrollando las funciones asignadas bajo el principio general de autonomía funcional y de gestión, sin perjuicio de las facultades atribuidas al ente público puertos del estado (eppe), y las de tutela y fiscalización que sobre ella ostente el ministerio de fomento.

El objeto social de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife es el siguiente:

A) La prestación de los servicios portuarios generales y la autorización y control de los servicios portuarios básicos para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

B) La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

C) La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tenga encomendadas, de acuerdo con la planificación general, especificaciones y coordinación que establezca puertos del estado.

D) La gestión del dominio público portuario y señales marítimas que le sea adscrito.

E) La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y demás recursos que tenga asignados.

F) El fomento de actividades industriales y comerciales, relacionadas con el tráfico marítimo o portuario.

G) La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

La actividad actual de la empresa coincide con su objeto social.

Órganos por los que se rige la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife:

A) Órganos de gobierno: Consejo de Administración y Presidente.

B) Órgano de gestión: Director.

C) Órgano de asistencia: Consejo de Navegación y Puerto.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife gestiona y administra los puertos de interés general siguientes:

1. Puerto de Santa Cruz de Tenerife, que incluye el de Granadilla.

2. Puerto de los Cristianos.

3. Puerto de San Sebastián de la Gomera.

4. Puerto de Santa Cruz de la Palma.

5. Puerto de la Estaca.

Asimismo son de su competencia los espacios afectados al servicio de señalización marítima, abarcando los faros, balizas y terrenos adscritos a los mismos.

○ Isla de Santa Cruz de Tenerife: Faro de Teno, Faro de Buenavista, Faro del Puerto de la Cruz, Faro de Punta del Hidalgo, Faro de Anaga, Faro de Punta de Abona y Faro de Punta de Rasca.

○ Isla de San Miguel de la Palma: Faro de Punta Cumplida, Faro de Arenas Blancas, Faro de Fuencaliente y Faro de Punta de Lava.

○ Isla de la Gomera: Faro de San Cristóbal.

○ Isla del Hierro: Faro de Orchilla.

La entidad es sociedad dominante del grupo denominado Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y publica sus cuentas en el «Boletín Oficial del Estado», una vez que han sido aprobadas por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife y que han sido auditadas por la Intervención General de la Administración del Estado (Ministerio de Economía y Hacienda). Las últimas cuentas anuales formuladas han sido las correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2009.

Son sociedades dependientes las sociedades estatales de estiba y desestiba (creadas al amparo de lo prevenido en el Real Decreto-ley 2/1986 de 23 de mayo), cuya gestión está encomendada a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, son las siguientes:

○ S. E. de E. y D. del puerto de s/s de la Gomera (participación 90,41%).

○ S. E. de E. y D. del puerto de la Estaca (participación 100%).

Son empresas asociadas, las siguientes:

○ Parque Marítimo Santa Cruz de Tenerife, S.A. (participación 50 %).

○ Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife, S.A. (participación 20%)

En Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, celebrado en fecha 1 de febrero de 2008, se acordó, después de examinadas las correspondientes propuestas, «autorizar la enajenación de las acciones de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba de los Puertos de Santa Cruz de Tenerife, S.A. (SESTIFE), y de Santa Cruz de la Palma (ESTIPALMA), en el caso de que, previo cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la citada Ley 48/2003, se esté en disposición de llevar a cabo la transformación de dichas sociedades en agrupaciones portuaria de interés económico, por el valor nominal de las acciones y debiendo efectuarse el pago, en ambos casos, en el plazo máximo de cinco (5) años.

Que, caso de llevarse a cabo la transformación por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife deberán adoptarse las medidas que permitan dar estricto cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional séptima.2 de la Ley 48/2003 y demás disposiciones que, sobre materia, resulten de aplicación.

Facultar al presidente de la Autoridad Portuaria para llevar a cabo los trámites conducentes a la ejecución de los acuerdos».

En relación a la S. E. de E. y D. del puerto de S/C de Tenerife y para cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 48/03, el 15 de febrero de 2008, la junta general extraordinaria de sestife acordó la transformación de la sociedad en agrupación portuaria de interés económico, así como la separación y liquidación de la participación según lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas, como socio, entre otros, de la apt. el acto de transformación societaria fue elevado a público en escritura de 4 de marzo de 2008, inscrita el 7 de octubre de 2008, en el registro mercantil de Santa Cruz de Tenerife.

El primer plazo se cobró el 14 de mayo de 2009, por importe de 30.050,60 euros, un quinto del importe total a recibir, 150.253 euros, importe por el que figuraba contabilizada la participación de la apt y que coincide con el valor teórico y nominal a 31 de diciembre de 2007.

En consecuencia, se procede a hacer el ajuste correspondiente a las cuentas anuales formuladas a 31 de diciembre de 2008, a petición de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

Código

Nombre cuenta

Debe

Haber

543

Créditos a c/p por enajenación inmovilizado

60.101,20

 

253

Créditos a l/p por enajenación inmovilizado

90.151,83

 

240

Participaciones a l/p en partes vinculadas

 

150.253,03

La moneda funcional con la que opera la empresa es el euro. Para la formulación de los estados financieros en euros se han seguido los criterios establecidos en el Plan General Contable, tal y como figura en el apartado 4. Normas de Registro y Valoración.

En el ejercicio 2010 se han recibido los ingresos por 30.050,63 euros correspondientes a la anualidad de 2009, así como 30.050,63 euros correspondientes a la anualidad del 2010. También se ha traspasado, a corto plazo, la anualidad 2011 por importe de 30.050,63 euros.

2) Bases de presentación de las cuentas anuales.

2.1) Imagen fiel.

Las cuentas anuales del ejercicio 2009 adjuntas han sido formuladas por el Consejo de Administración a partir de los registros contables de la entidad a 31 de diciembre de 2009 y en ellas se han aplicado los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el plan general de contabilidad y el resto de disposiciones legales vigentes en materia contable, y muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad, así como la veracidad de los flujos incorporados en el estado de flujos de efectivo.

No existen razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se hayan aplicado disposiciones legales en materia contable.

Debido a ser las primeras cuentas anuales formuladas con el Real Decreto 1514/2007, se han producido una serie de diferencias en los criterios contables aplicados en el ejercicio anterior y el actual (véase nota 22), tal como se menciona en la nota 2.3 de esta memoria.

Las cuentas anuales adjuntas formuladas, se someterán, de acuerdo con la normativa vigente, a la auditoria por parte de la intervención general de la administración del estado (ministerio de economía y hacienda), estimándose que serán informadas favorablemente.

En virtud de la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1514/2007, la sociedad sigue aplicando, en lo que no se opone a la legislación mercantil actual, las directrices de puertos del estado, que contienen los criterios contables específicos, adaptadas según informe de la intervención general del estado de fecha 18 de marzo de 2009.

2.2) Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.

La sociedad ha elaborado sus estados financieros bajo el principio de empresa en funcionamiento, sin que exista ningún tipo de riesgo importante que pueda suponer cambios significativos en el valor de los activos o pasivos en el ejercicio siguiente.

2.3) Comparación de la información.

Se presenta la misma estructura de balance y cuenta de pérdidas y ganancias, para los dos ejercicios que se comparan.

2.4) Agrupación de partidas.

Las cuentas anuales no tienen ninguna partida que haya sido objeto de agrupación en el balance, en la cuenta de pérdidas y ganancias, en el estado de cambios en el patrimonio neto o en el estado de flujos de efectivo.

2.5) Elementos recogidos en varias partidas.

No se presentan elementos patrimoniales registrados en dos o más partidas del balance.

2.6) Cambios en criterios contables.

No se han realizado en el ejercicio ajustes por cambios de criterios contables.

2.7) Corrección de errores.

Las cuentas anuales del ejercicio 2010 incluyen ajustes realizados como consecuencia de errores detectados en ejercicios anteriores.

Ajustes técnico-contables en el inmovilizado material de terrenos y bienes naturales en el ámbito de actuación de la dársena de pesca.

Valor terrenos y bienes naturales.

De acuerdo con el informe de valoración del inmovilizado material correspondiente a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, presentado por «American Appraisal España, S.A.», en el año 1998 el valor real al 1 de enero de 1993 de los terrenos afectos a la explotación para el total de los puertos y faros gestionados por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife se eleva a 18.533.130.000 ptas. (111.386.354,60 euros), correspondiendo 17.372.490.000 ptas. (104.410.767,73 euros) al puerto de Santa Cruz de Tenerife (considerándose incluidos los terrenos donde se ubican las oficinas centrales de la Autoridad Portuaria).

De la cifra anterior, 2.394.250.000 ptas. (14.389.732,31 euros) corresponden al valor real al 1 de enero de 1993 de los terrenos de la dársena de pesca.

Los datos de superficie y urbanísticos de los terrenos de la dársena de pesca fueron tomados del documento del plan especial del puerto de Santa Cruz de Tenerife del año 1995. La tabla-resumen que se incluye a continuación refleja el resultado de la valoración realizada por «American Appraisal España, S.A.», para los terrenos de la dársena de pesca.

Dársena de pesca

Plan especial puerto 1995. Plano 4.1-6

m2

V.R.U. (ptas.)

V.R.U. (euros)

Zonas verdes.

Parques y jardines.

24.905

0

0,00

Área de dotaciones

y servicios portuarios.

Oficinas y equipamiento.

6.812

170.300.000

1.023.523,61

Área de almacenamiento mixto. Concesiones Servicio.

Almacenes.

23.280

349.200.000

2.098.734,27

Área de operaciones en muelle.

Almacenes de manipulación

de mercancías.

28.520

199.640.000

1.199.860,57

Edificio y áreas singulares.

Protección edificios y usos recreativos.

4.045

141.580.000

850.912,94

Zona de concesiones

y actividades varias.

Almacenes y equipamientos.

146.050

1.533.530.000

9.216.700,92

Zona de calles.

Viales.

23.900

0

0,00

257.512

2.394.250.000

14.389.732,31

Superficie portuaria.

De la comparación de la cartografía actual del puerto de Santa Cruz de Tenerife en la zona de la dársena de pesca con la cartografía utilizada en la elaboración del documento del plan especial del puerto de 1995 se obtienen las siguientes conclusiones básicas:

• Incorporación de terrenos por obras de la Autoridad Portuaria.

Se han incorporado al puerto los terrenos generados con las obras de defensa del ensanche de la explanada de la dársena de pesca (fase I, defensa vertical, 3.ª fase, y complementario de la 3.ª fase), con una superficie total (incluida la red viaria) aproximada de 198.662 m2 (este valor no incluye las superficies sobre el nivel del mar ocupadas por las escolleras de protección de la obra marítima).

La nueva explanada generada «ha dejado sin efecto» las obras de defensa originales sobre las que se adosa.

• Incorporación de terrenos por obras realizadas por concesionarios.

Se han incorporado al puerto los terrenos generados con las obras realizadas por la empresa «Atlanthum Gomera, S.L.», incluidas en el proyecto de «estación de servicios náuticos en la dársena pesquera», con una superficie aproximada de 3.106 m2.

Esta incorporación de terrenos «ha dejado sin efecto» parte de la escollera de defensa original.

Dada la naturaleza de los ajustes se han distinguido dos grupos de asientos: bajas de inmovilizado y reclasificación de valores de determinados inmovilizados (diques de abrigo, obras de encauzamiento, etc.) a terrenos, ya que no se produjo alta alguna en concepto de terrenos.

En este ejercicio se ha procedido a realizar los ajustes contables en diversos componentes del inmovilizado, con cargo o abono a patrimonio neto, tal como expresa la norma de registro y valoración 22ª del pgc 2007 define como errores «... las omisiones o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuadamente, información fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la empresa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la formulación de dichas cuentas». De acuerdo con esta norma su efecto se ha aplicado de forma retroactiva, por lo que los ingresos o gastos de ejercicios anteriores que se derivan de la subsanación del error se imputan directamente en el patrimonio neto. Asimismo la información comparativa que se incluye en las cuentas de 2010, fundamentalmente el balance a 31-12-2009, recogen las cifras afectadas por la subsanación del error. También se recogen este efecto en «el estado de cambios en el patrimonio neto».

Balance de cierre a 31-12-2009

Ajuste

Balance de apertura 2010

Act. no corriente.

482.292.756,62

–775.233,49

Act. no corriente.

481.517.523,13

Inmovilizado.

 

 

Inmovilizado.

 

Inmovilizado material.

 

 

Inmovilizado material.

 

Terrenos.

104.306.048,43

3.766.173,02

Terrenos.

108.072.221,45

Construcciones.

289.773.299,95

–4.981.406,51

Construcciones.

284.791.893,44

Inmovilizado en curso

y anticipos.

48.281.669,31

440.000,00

Inmovilizado en curso

y anticipos.

48.721.669,31

Activo corriente.

23.901.623,96

–542.821,08

Activo corriente.

23.358.802,88

Admin. pública, subv. oficiales ptes. de cobro.

9.309.085,77

–542.821,08

Admin. pública, subv. oficiales ptes. de cobro.

8.766.264,69

TOTAL ACTIVO

506.194.380,58

–1.318.054,57

 

504.876.326,01

Patrimonio neto.

417.389.736,96

–1.251.185,85

Patrimonio neto.

416.138.551,11

Resultados acumulados.

36.165.459,32

–1.251.185,85

Resultados acumulados.

34.914.273,47

Pasivo no corriente.

61.312.302,07

 

Pasivo no corriente.

61.312.302,07

Pasivo corriente.

27.492.341,55

–66.868,72

Pasivo corriente.

27.425.472,83

Admin. pública, anticipo

de subvenciones.

1.367.132,32

–66.868,72

Admin. pública, anticipo de subvenciones.

1.300.263,60

TOTAL ACTIVO

506.194.380,58

–1.318.054,57

 

504.876.326,01

3) Aplicación de resultados.

Se somete a la aprobación del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, la siguiente distribución de resultados del ejercicio:

Base de reparto

Importe

2010

2009

Resultado del ejercicio.

4.817.060,23

–12.647.549,48

Distribución

Importe

2010

2009

Resultados acumulados.

4.817.060,23

-12.647.549,48

4) Normas de registro y valoración.

4.1) Inmovilizado intangible.

Los elementos incluidos en el inmovilizado intangible figuran valorados por su precio de adquisición.

Después del reconocimiento inicial, el inmovilizado intangible se valora por su coste, menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

Para cada inmovilizado intangible se analiza y determina si la vida útil es definida o indefinida.

Los activos intangibles que tienen vida útil definida se amortizan sistemáticamente en función de la vida útil estimada de los mismos y de su valor residual. Los métodos y periodos de amortización aplicados son revisados en cada cierre de ejercicio y, si procede, ajustados de forma prospectiva. Al menos al cierre del ejercicio, se evalúa la existencia de indicios de deterioro, en cuyo caso se estiman los importes recuperables, efectuándose las correcciones valorativas que procedan.

La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife reconoce contablemente cualquier pérdida que haya podido producirse en el valor registrado de estos activos con origen en su deterioro, utilizándose como contrapartida el epígrafe «Pérdidas netas por deterioro» de la cuenta de pérdidas y ganancias, si bien en el presente ejercicio no se han reconocido «Pérdidas netas por deterioro» derivadas de los activos intangibles.

No existe ningún inmovilizado intangible con vida útil indefinida.

La sociedad incluye en el coste del inmovilizado intangible que necesita un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, explotación o venta, los gastos financieros relacionados con la financiación específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, construcción o producción.

A) Aplicaciones informáticas:

Se valoran al precio de adquisición o coste de producción, incluyéndose en este epígrafe los gastos de desarrollo de las páginas web. La vida útil de estos elementos se estima en cinco años

Las reparaciones que no representan una ampliación de la vida útil y los costes de mantenimiento son cargados en la cuenta de pérdidas y ganancias en el ejercicio en que se producen.

B) Deterioro de valor de inmovilizado intangible:

Al cierre del ejercicio o siempre que existan indicios de pérdidas de valor, la Entidad revisa los importes en libros de sus activos intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido una pérdida por deterioro de valor. Si existe cualquier indicio, el importe recuperable del activo se calcula con el objeto de determinar el alcance de la pérdida por deterioro de valor, si la hubiera. En caso de que el activo no genere flujos de efectivo por sí mismo que sean independientes de otros activos, la Entidad calculará el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que pertenece el activo.

El importe recuperable es el valor superior entre el valor razonable menos el coste de venta y el valor en uso.

Para estimar el valor en uso, la Entidad prepara las previsiones de flujos de caja futuros antes de impuestos a partir de los presupuestos más recientes aprobados por el Consejo de Administración de la Entidad. Estas previsiones cubren los próximos tres años, estimándose los flujos para los años futuros aplicando tasas de crecimiento razonables que, en ningún caso, son crecientes ni superan las tasas de crecimiento de los años anteriores.

Al evaluar el valor de uso, los futuros flujos de efectivos estimados se descuentan a su valor actual utilizando un tipo de interés de mercado sin riesgo, ajustados por los riesgos específicos del activo que no se han tenido en cuenta al estimar los futuros flujos de efectivo.

4.2) Inmovilizado material.

Se valora a su precio de adquisición o a su coste de producción que incluye, además del importe facturado después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio, todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en funcionamiento, como los gastos de explanación y derribo, transporte, seguros, instalación, montaje y otros similares. La entidad incluye en el coste del inmovilizado material que necesita un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, explotación o venta, los gastos financieros relacionados con la financiación específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, construcción o producción. La Entidad no tiene compromisos de desmantelamiento, retiro o rehabilitación para sus bienes de activo. Por ello no se han contabilizado en los activos valores para la cobertura de tales obligaciones de futuro.

Los gastos realizados durante el ejercicio con motivo de las obras y trabajos efectuados por la entidad, se cargarán en las cuentas de gastos que correspondan. Los costes de ampliación o mejora que dan lugar a un aumento de la capacidad productiva o a un alargamiento de la vida útil de los bienes, son incorporados al activo como mayor valor del mismo. Las cuentas del inmovilizado material en curso, se cargan por el importe de dichos gastos, con abono a la partida de ingresos que recoge los trabajos realizados por la Entidad para sí misma.

Los costes relacionados con grandes reparaciones de los elementos del inmovilizado material se reconocen como sustitución en el momento en que se incurren y se amortizan durante el periodo que medie hasta la siguiente reparación, dando de baja cualquier importe asociado a la reparación que pudiera permanecer en el valor contable del citado inmovilizado.

La amortización de los elementos del inmovilizado material se realiza, desde el momento en el que están disponibles para su puesta en funcionamiento, de forma lineal durante su vida útil estimada estimando un valor residual nulo, en función de la vida útil de cada uno de los elementos.

El día primero de enero de 1993 entraron en funcionamiento las autoridades portuarias, surgidas de la transformación de las hasta entonces denominadas juntas de puertos existentes a la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

El inicio de esta nueva andadura puso de relieve la necesidad de llevar a cabo una minuciosa labor de investigación y análisis de las propiedades adscritas a esta Autoridad Portuaria, con la finalidad de reflejar fielmente la auténtica situación patrimonial de la entidad, cometido que se fue posponiendo, ante la dificultad para encontrar empresa local independiente especializada en estos menesteres.

El ente público puertos del estado, consciente de los inconvenientes comunes encontrados también en otros puertos y dada la importancia del tema, adjudicó el 31 de octubre de 1995, a la firma «American Appraisal España, S.A.», la realización y valoración de los activos fijos de todas las autoridades portuarias, con el fin de incorporar en los estados financieros de 1995, los resultados del trabajo encomendado.

Dado el corto espacio de tiempo de que se disponía, «american appraisal» centró su trabajo exclusivamente en el estudio/valoración de determinados bienes materiales (terrenos, accesos marítimos, obras de abrigo y obras de atraque), quedando sin analizar el resto de los activos.

Por puertos del estado se fijaron, los siguientes criterios de valoración, estimados en función de la fecha de la inversión realizada:

A) Los activos producidos o adquiridos con anterioridad a la creación de las autoridades portuarias (1 de enero de 1993): por su valor real de utilización, entendiendo como tal el valor justo estimado entre un libre comprador y un libre vendedor actuando sin ninguna presión y teniendo ambos conocimiento pleno de todos los actos y considerando, al mismo tiempo como vida remanente el número de años estimado que puede transcurrir desde la fecha de valoración hasta el momento en que el bien deja de ser productivo.

B) Los bienes adquiridos con posterioridad al 1.º de enero de 1993: valorados exclusivamente a su precio de producción o adquisición, con una vida útil según nueva tabla de amortización fijada por puertos del estado.

4.3) Inversiones inmobiliarias.

La entidad clasifica como inversiones inmobiliarias aquellos activos no corrientes que sean inmuebles y que posee para obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para su uso en la producción o suministros de bienes o servicios, o bien para fines administrativos, o su venta en el curso ordinario de las operaciones.

Para la valoración de las inversiones inmobiliarias se utiliza los criterios del inmovilizado material para los terrenos y construcciones, siendo los siguientes:

○ Los solares sin edificar se valoran por su precio de adquisición más los gastos de acondicionamiento, como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúan con carácter previo a su adquisición, así como, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones presentes derivadas de los costes de rehabilitación del solar.

○ Las construcciones se valoran por su precio de adquisición o coste de producción incluidas aquellas instalaciones y elementos que tienen carácter de permanencia, por las tasas inherentes a la construcción y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.

4.4) Arrendamientos.

Los activos arrendados a terceros bajo contratos de arrendamiento operativo se presentan de acuerdo a la naturaleza de los mismos resultando de aplicación los principios contables que se desarrollan en los apartados de inmovilizado material e inmaterial. Los ingresos procedentes de los arrendamientos operativos, netos de los incentivos concedidos, se reconocen como ingresos de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base sistemática de reparto por reflejar más adecuadamente el patrón temporal de consumo de los beneficios derivados del uso del activo arrendado.

La normativa vigente establece que el coste de los bienes arrendados se registrará en el balance según la naturaleza del bien objeto del contrato y, simultáneamente, un pasivo por el mismo importe. Este importe será el menor entre el valor razonable del bien arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de las cantidades mínimas acordadas, incluida la opción de compra, cuando no existan dudas razonables sobre su ejercicio. No se incluirán en su cálculo las cuotas de carácter contingente, el coste de los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador.

Los activos registrados por este tipo de operaciones se amortizan con criterios similares a los aplicados al conjunto de los activos materiales, atendiendo a su naturaleza.

En las operaciones de arrendamiento operativo, la propiedad del bien arrendado y sustancialmente todos los riesgos y ventajas que recaen sobre el bien, permanecen en el arrendador.

Cuando la Entidad actúa como arrendatario, los gastos del arrendamiento se cargan linealmente a la cuenta de pérdidas y ganancias en función de los acuerdos y de la vida del contrato.

Para aquellos inmovilizados con arrendamientos operativos a la Entidad, los pagos se registran como gastos en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando se devengan.

En aquellos inmovilizados que la sociedad arrienda a terceros, los ingresos derivados de los arrendamientos operativos se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando se devengan. Los costes directos imputables al contrato se incluyen como mayor valor del activo arrendado y se reconocen como gasto durante el plazo del contrato, aplicando el mismo criterio utilizado para el reconocimiento de los ingresos del arrendamiento.

4.5) Instrumentos financieros.

La entidad tiene registrados en el capítulo de instrumentos financieros, aquellos contratos que dan lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. Se consideran, por tanto instrumentos financieros, los siguientes:

a) Activos financieros:

• Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.

• Créditos por operaciones comerciales: clientes y deudores varios.

• Créditos a terceros: tales como los préstamos y créditos financieros concedidos, incluidos los surgidos de la venta de activos no corrientes.

• Valores representativos de deuda de otras empresas adquiridos: tales como las obligaciones, bonos y pagarés.

• Instrumentos de patrimonio de otras empresas.

• Otros activos financieros: tales como depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al personal, fianzas y depósitos constituidos o dividendos a cobrar.

b) Pasivos financieros:

• Débitos por operaciones comerciales: proveedores y acreedores varios;

• Deudas con entidades de crédito;

• Otros pasivos financieros: deudas con terceros, tales como los préstamos y créditos financieros recibidos de personas o empresas que no sean entidades de crédito incluidos los surgidos en la compra de activos no corrientes o fianzas y depósitos recibidos.

C) Instrumentos de patrimonio propio: todos los instrumentos financieros que se incluyen dentro de los fondos propios.

Inversiones financieras a largo plazo:

○ Préstamos y cuentas por cobrar: se registran a su coste amortizado, correspondiendo al efectivo entregado, menos las devoluciones del principal efectuadas, más los intereses devengados no cobrados en el caso de los préstamos, y al valor actual de la contraprestación realizada en el caso de las cuentas por cobrar. La Entidad registra las correspondientes provisiones por la diferencia existente entre el importe a recuperar de las cuentas por cobrar y el valor en libros por el que se encuentran registradas.

○ Inversiones mantenidas hasta su vencimiento: aquellos valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijados, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la Entidad tiene intención y capacidad de conservar hasta su vencimiento. Se contabilizan a su coste amortizado.

○ Activos financieros registrados a valor razonable con cambios en resultados:

• Las inversiones en empresas del grupo.

• Inversiones disponibles para la venta.

Efectivo y otros medios líquidos equivalentes registra el efectivo en caja y bancos, depósitos a la vista y otras inversiones a corto plazo de alta liquidez que son rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.

Pasivos financieros:

○ Los préstamos, obligaciones y similares se registran inicialmente por el importe recibido, neto de costes incurridos en la transacción. Los gastos financieros, incluidas las primas pagaderas en la liquidación o el reembolso y los costes de transacción, se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias según el criterio del devengo utilizando el método del interés efectivo. El importe devengado y no liquidado se añade al importe en libros del instrumento en la medida en que no se liquidan en el período en que se producen.

○ Las cuentas a pagar se registran inicialmente a su coste de mercado y posteriormente son valoradas al coste amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectivo.

Inversiones en empresas del grupo:

○ Las inversiones en empresas del grupo se valoran inicialmente por su coste, que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción.

○ Al menos al cierre del ejercicio, la Sociedad procede a evaluar si ha existido deterioro de valor de las inversiones. Las correcciones valorativas por deterioro y en su caso la reversión, se llevan como gasto o ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias.

○ La corrección por deterioro se aplicará siempre que exista evidencia objetiva de que el valor en libros de una inversión no será recuperable. Se entiende por valor recuperable, el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión, calculados bien mediante la estimación de los que se espera recibir como consecuencia del reparto de dividendos realizados por la empresa participada y de la enajenación o baja en cuentas de la inversión misma, bien mediante la estimación de su participación en los flujos de efectivo que se espera que sean generados por la empresa participada. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se tomará en consideración el patrimonio neto de la Entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración.

○ Los pasivos financieros y los instrumentos de patrimonio se clasifican conforme al contenido de los acuerdos contractuales pactados y teniendo en cuenta el fondo económico. Un instrumento de patrimonio es un contrato que representa una participación residual en el patrimonio del grupo una vez deducidos todos sus pasivos.

La participación de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sociedades filiales o asociadas figura reflejadas en balance por su nominal.

Los valores mobiliarios de inversión temporales de renta fija, figuran por su precio de suscripción o compra.

4.6) Existencias.

Se valoran al precio de adquisición. El precio de adquisición es el importe facturado por el proveedor, deducidos los descuentos y los intereses incorporados al nominal de los débitos más los gastos adicionales para que las existencias se encuentren ubicados para su venta: transportes, aranceles, seguros y otros atribuibles a la adquisición.

El método FIFO es el adoptado por la empresa por considerarlo el más adecuado para su gestión. Los impuestos indirectos que gravan las existencias sólo se incorporan al precio de adquisición o coste de producción cuando no son recuperables directamente de la Hacienda Pública.

Cuando el valor neto realizable de las existencias es inferior a su precio de adquisición o a su coste de producción, se efectúan las oportunas correcciones valorativas reconociéndolas como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Si dejan de existir las circunstancias que causaron la corrección del valor de las existencias, el importe de la corrección es objeto de reversión reconociéndolo como un ingreso en la cuenta de pérdidas y ganancias.

No ha sido preciso efectuar ninguna corrección valorativa de las existencias.

Dada la naturaleza de la actividad que ejerce esta Autoridad Portuaria, no se produce la incorporación al proceso productivo de existencias. Las compras corresponden generalmente a consumibles destinados al mantenimiento y conservación de los activos.

4.7) Transacciones en moneda extranjera.

Las operaciones realizadas en moneda extranjera se registran en euros a los tipos de cambio vigentes en el momento de la transacción. Durante el ejercicio, las diferencias que se producen entre el tipo de cambio contabilizado y el que se encuentra en vigor a la fecha de cobro o de pago se registran como resultados financieros en la cuenta de resultados. La Entidad no ha cambiado en el ejercicio la moneda funcional que es el euro.

Asimismo, al 31 de diciembre de cada año, se realiza al tipo de cambio de cierre la conversión de los saldos a cobrar o pagar con origen en moneda extranjera. Las diferencias de valoración producidas se registran como resultados financieros en la cuenta de resultados.

4.8) Fondo de Compensación Interportuario.

La Ley 48/2003 regula, en su artículo 11.1.b), la contribución de las Autoridades Portuarias a los recursos económicos de Puertos del Estado, siendo en el caso de Canarias, el dos por ciento de los ingresos devengados en concepto de tasas, que tendrá la consideración de gasto de explotación y se liquidará con periodicidad trimestral.

Por otra parte, y de conformidad con el principio de solidaridad entre los organismos públicos portuarios, se crea el Fondo de Compensación Interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal en el marco de los principios de autofinanciación y de libre y leal competencia, que será administrado por Puertos del Estado de conformidad con los acuerdos adoptados por el Comité de Distribución del Fondo, y se dotará anualmente en el presupuesto de explotación individual de dicho organismo público.

El artículo 13 de la Ley 48/2003 señala que las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado realizarán aportaciones al Fondo de Compensación Interportuario conforme a los criterios y límites establecidos en esta Ley. Dichas aportaciones tendrán la consideración de gasto no reintegrable.

4.9) Impuesto sobre beneficios y provisión para impuestos.

De conformidad con lo señalado en el artículo 45 de la Ley 48/2003: «Las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado».

El gasto por impuesto se determina mediante la suma del gasto por impuesto corriente y el impuesto diferido. El gasto por impuesto corriente se determina aplicando el tipo de gravamen vigente a la ganancia fiscal, y minorando el resultado así obtenido en el importe de las bonificaciones y deducciones generales y aplicadas en el ejercicio.

Los activos y pasivos por impuestos diferidos, proceden de las diferencias temporarias definidas como los importes que se prevén pagaderos o recuperables en el futuro y que derivan de la diferencia entre el valor en libros de los activos y pasivos y su base fiscal. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.

Los activos por impuestos diferidos surgen, igualmente, como consecuencia de las bases imponibles negativas pendientes de compensar y de los créditos por deducciones fiscales generadas y no aplicadas.

Se reconoce el correspondiente pasivo por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, salvo que la diferencia temporaria se derive del reconocimiento inicial de otros activos y pasivos en una operación que en el momento de su realización, no afecte ni al resultado fiscal ni contable.

Por su parte, los activos por impuestos diferidos, identificados con diferencias temporarias deducibles, solo se reconocen en el caso de que se considere probable que la Sociedad va a tener en el futuro suficientes ganancias fiscales contra las que poder hacerlos efectivos y no procedan del reconocimiento inicial de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable. El resto de activos por impuestos diferidos (bases imponibles negativas y deducciones pendientes de compensar) solamente se reconocen en el caso de que se considere probable que la Entidad vaya a tener en el futuro suficientes ganancias fiscales contra las que poder hacerlos efectivos.

Con ocasión de cada cierre contable, se revisan los impuestos diferidos registrados (tanto activos como pasivos) con objeto de comprobar que se mantienen vigentes, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos, de acuerdo con los resultados de los análisis realizados.

El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación de los pasivos y activos por impuesto diferido, así como, en su caso, por el reconocimiento e imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias del ingreso directamente imputado al patrimonio neto que pueda resultar de la contabilización de aquellas deducciones y otras ventajas fiscales que tengan la naturaleza económica de subvención.

El importe de 1.184.724,34 euros que figura en balance dentro del epígrafe Otras Provisiones, se mantiene para atender a los posibles pagos que, en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, pudieran resultar de aplicación caso de no prosperar los recursos interpuestos por este Organismo contra su liquidación.

No existe dotación por el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) al concurrir en la Entidad, los requisitos de exención establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (art. 82) exención que se hace extensiva por su equiparación al régimen tributario del Estado, en virtud de lo indicado en el artículo 45 de la Ley 48/2003. La exención es de carácter legal no rogada y como tal no requiere acto administrativo alguno para su reconocimiento.

4.10) Criterios empleados para el registro y valoración de los gastos de personal. Provisión para pensiones y obligaciones similares.

Para el caso de las retribuciones por prestación definida las contribuciones a realizar dan lugar a un pasivo por retribuciones a largo plazo al personal cuando, al cierre del ejercicio, figuren contribuciones devengadas no satisfechas.

El importe que se reconoce como provisión por retribuciones al personal a largo plazo es la diferencia entre el valor actual de las retribuciones comprometidas y el valor razonable de los eventuales activos afectos a los compromisos con los que se liquidarán las obligaciones.

Excepto en el caso de causa justificada, las sociedades vienen obligadas a indemnizar a sus empleados cuando cesan en sus servicios.

Ante la ausencia de cualquier necesidad previsible de terminación anormal del empleo y dado que no reciben indemnizaciones aquellos empleados que se jubilan o cesan voluntariamente en sus servicios, los pagos por indemnizaciones, cuando surgen, se cargan a gastos en el momento en que se toma la decisión de efectuar el despido.

El saldo actual de la Cuenta de Provisión para pensiones y obligaciones similares es de 141.894,73 euros, una vez externalizado el fondo de Pensiones, en el ejercicio 2002.

4.11) Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

No obstante, la Autoridad Portuaria, de acuerdo con el principio de prudencia, únicamente contabiliza los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos y las pérdidas previsibles, aun siendo eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidos.

Los ingresos por la venta de bienes o servicios se reconocen por el valor razonable de la contrapartida recibida o a recibir derivada de los mismos. Los descuentos por pronto pago, por volumen u otro tipo de descuentos, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos, se registran como una minoración de los mismos. No obstante la Sociedad incluye los intereses incorporados a los créditos comerciales con vencimiento no superior a un año que no tienen un tipo de interés contractual, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.

Los ingresos por servicios prestados, se registran sin incluir los importes correspondientes a los impuestos que gravan estas operaciones (IGIC).

Por lo que se refiere a los gastos, se aplica el siguiente procedimiento:

En cuanto al régimen de prorrata y su aplicación al IGIC hay que resaltar que la regla de prorrata será de aplicación cuando el sujeto pasivo, en el ejercicio de su actividad, efectúe conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones que no habiliten para el ejercicio de dicho derecho. También se aplica cuando el sujeto pasivo perciba subvenciones que no integren la base imponible y se destinen a financiar las actividades empresariales o profesionales del sujeto pasivo.

Cuando resulta aplicable la prorrata general, el sujeto pasivo podrá deducir solamente el resultado de aplicar a la totalidad del IGIC soportado el porcentaje o prorrata de deducción.

La regla de prorrata impone además determinadas reglas en relación con la contabilización del IGIC soportado en las operaciones realizadas por la entidad, partiendo la norma general de la existencia de una prorrata provisional determinada en función del volumen de operaciones realizado el ejercicio anterior, cuyo porcentaje permite conocer la parte del IGIC soportado que será deducible.

Hay que tener en cuenta que la entrada en vigor de la Ley 48/2003 ha supuesto importantes cambios en la tributación por el IGIC de las operaciones realizadas por las Autoridades Portuarias de Canarias. La Ley establece una nueva regulación de las contraprestaciones a percibir por las Autoridades Portuarias que pueden provenir de las tasas que tienen naturaleza tributaria y de las tarifas exigibles en los servicios comerciales y otros prestados en concurrencia con el sector privado.

Por su parte, el artículo 9 de la Ley 20/1991, reguladora del IGIC, establece que no están sujetas al impuesto:

«Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por los entes públicos sin contraprestación o mediante prestación patrimonial de carácter público.

Los supuestos de no sujeción a que se refiere este número no se aplicarán cuando los referidos entes actúen por medio de empresa pública, privada, mixta o, en general, de empresas mercantiles.

La constitución de concesiones y autorizaciones administrativas, excepto las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar inmuebles o instalaciones en puertos y aeropuertos...»

Conforme a esta regulación, las operaciones realizadas por las Autoridades Portuarias de Canarias remuneradas mediante tasas no están sujetas al impuesto. No obstante, todas las operaciones que tengan por objeto el uso o utilización de los inmuebles o instalaciones portuarias, mediante concesión o autorización administrativa estarán sujetas al IGIC, aunque sean remuneradas mediante tasas. También estarán sujetos al IGIC los servicios prestados en régimen privado que se remuneran mediante tarifas.

Asimismo, tampoco estarán sujetas las operaciones remuneradas mediante tarifas pero que tengan la naturaleza de contraprestaciones de naturaleza pública, que se caracterizan por la nota de la coactividad, puesto que se imponen obligatoriamente a los particulares, lo que significa que, el concepto de contraprestación pública, puede llevar al ámbito de la no sujeción a la prestación de algunos servicios remunerados mediante tarifas cuando tengan la naturaleza de contraprestaciones públicas.

En resumen, la tributación en el IGIC será la siguiente:

○ Operaciones sujetas:

• Tasas por ocupación de los inmuebles o instalaciones portuarias, mediante concesión o autorización.

• Tarifas por servicios comerciales en régimen de concurrencia.

○ Operaciones no sujetas:

• El resto de las Tasas.

• Servicios generales remunerados mediante tarifas pero que son coactivos y tienen naturaleza de contraprestación pública.

Obviamente, los servicios u operaciones sujetas estarán exentos en la medida en que se presten a buques afectos a navegación marítima internacional o en cualquier otro supuesto que la Ley del IGIC asimila a exportación. Por lo tanto, estos servicios, a pesar de estar exentos, tienen derecho a la deducción de los IGIC soportados en su actividad.

Por último, hay que hacer referencia a las aportaciones a Puertos del Estado que se establecen en el cuatro por ciento de los ingresos devengados por las Autoridades Portuarias en concepto de tasas (dos por ciento en el caso de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla), teniendo ésta la consideración de gasto de explotación y liquidándose con periodicidad trimestral [art. 11.1.b) L. 48/2003].

En el ejercicio 2010, esta Autoridad Portuaria ha aplicado un 36% como Regla de Prorrata.

4.12) Provisiones y contingencias.

Las obligaciones existentes a la fecha del balance de situación surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para la Sociedad cuyo importe y momento de cancelación son indeterminados se registran en el balance de situación como provisiones por el valor actual del importe más probable que se estima que la Sociedad tendrá que desembolsar para cancelar la obligación.

La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supone una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la Sociedad del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido, registrándose dicho activo por un importe no superior de la obligación registrada contablemente.

4.13) Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental.

Los costes incurridos, en su caso, en sistemas, equipos e instalaciones cuyo fin sea la minimización del impacto medioambiental en el desarrollo de la actividad, y/o la protección y mejora del medio ambiente se registran como inversiones en inmovilizado.

El resto de gastos relacionados con el medio ambiente, distintos de los anteriores, se consideran gastos del ejercicio. Para el cálculo de posibles provisiones medioambientales que pudieran surgir se dota de acuerdo a la mejor estimación de su devengo en el momento que se conozcan, y en el supuesto de que las pólizas de seguro no cubran los daños causados.

4.14) Subvenciones, donaciones y legados.

Las subvenciones de capital no reintegrables se valoran por el importe concedido, reconociéndose inicialmente como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se imputan a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el período por los activos financiados por dichas subvenciones, salvo que se trate de activos no depreciables en cuyo caso se imputarán al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos.

Mientras tienen el carácter de subvenciones reintegrables se contabilizan como deudas a largo plazo transformables en subvenciones.

Cuando las subvenciones se concedan para financiar gastos específicos se imputarán como ingresos en el ejercicio en que se devenguen los gastos que están financiando.

4.15) Criterios empleados en transacciones entre partes vinculadas.

En el supuesto de existir, las operaciones entre empresas del mismo grupo, con independencia del grado de vinculación, se contabilizarán de acuerdo con las normas generales. Los elementos objeto de las transacciones que se realicen se contabilizarán en el momento inicial por su valor razonable. La valoración posterior se realizará de acuerdo con lo previsto en las normas particulares para las cuentas que corresponda.

Esta norma de valoración afecta a las partes vinculadas que se explicitan en la Norma de registro y valoración 13ª del Plan General de Contabilidad. En este sentido:

○ La Autoridad Portuaria entiende que una empresa forma parte del grupo cuando ambas estén vinculadas por una relación de control, directa o indirecta, análoga a la prevista en el artículo 42 del Código de Comercio, o cuando las empresas estén controladas por cualquier medio por una o varias personas jurídicas que actúen conjuntamente o se hallen bajo dirección única por acuerdos o cláusulas estatutarias.

○ La Autoridad Portuaria entiende que una empresa es asociada cuando, sin que se trate de una empresa del grupo en el sentido señalado, la empresa o las personas físicas dominantes, ejerzan sobre esa empresa asociada una influencia significativa, tal como se desarrolla detenidamente en la citada Norma de registro y valoración 13ª.

○ Una parte se considera vinculada a otra cuando una de ellas ejerce o tiene la posibilidad de ejercer directa o indirectamente o en virtud de pactos o acuerdos entre accionistas o partícipes, el control sobre otra o una influencia significativa en la toma de decisiones financieras y de explotación de la otra, tal como se detalla detenidamente en la Norma de registro y valoración 15ª.

4.16) Activos no corrientes mantenidos para la venta.

Se registran en este apartado aquellos activos en los que su valor contable se recuperará fundamentalmente a través de su venta, y siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

○ El activo debe estar disponible en sus condiciones actuales para su venta inmediata, y

○ Su venta debe ser altamente probable, ya sea porque se tenga un plan para vender el activo y se haya iniciado un programa para encontrar comprador, que la venta del activo debe negociarse a un precio adecuado en relación con su valor razonable actual y que se espera completar la venta dentro del año siguiente. Es improbable que haya cambios significativos en el mismo o que vaya a ser retirado.

Se valoran en el momento de su clasificación en esta categoría, por el menor entre su valor su valor contable y su valor razonable menos los costes de venta.

4.17) Operaciones interrumpidas.

La sociedad reconoce como tal los componentes que han sido enajenados o clasificados como mantenidos para la venta y cumplen alguna de las siguientes características:

1. Representan una línea de negocio o un área geográfica de la explotación.

2. Formen parte de un plan individual y coordinado de enajenación.

3. Es una empresa dependiente adquirida exclusivamente con la finalidad de venderla.

Los ingresos y gastos relacionados con las citadas operaciones se valorarán y reconocerán según la naturaleza de cada uno de los citados gastos e ingresos, clasificándose de forma separa en el estado de pérdidas y ganancias.

5) Inmovilizado material.

A) Altas.

El volumen imputado en este ejercicio al activo del subgrupo (23) «Inmovilizaciones materiales en curso» asciende a la cantidad de 23.443.893,53 euros.

El valor de concesiones revertidas en el ejercicio 2010 asciende a 470.579,15 euros.

B) Bajas.

No se han producido bajas.

c) Ajustes y reclasificaciones.

No se han producido ajustes y reclasificaciones.

D) Traspasos.

El saldo a 01.01.2010 se ha incrementado con respecto a 31.12.2009, en el importe de 440.000 euros como consecuencia de la consulta realizada al ICAC sobre la incorporación de las dotaciones anuales (2008 y 2009) a la Fundación Observatorio Granadilla.

Durante el año 2010 se han incorporado al inmovilizado, por terminación de las mismas, obras que anteriormente estaban en «curso de ejecución» por importe de 19.908.412,66 euros. El movimiento del subgrupo (23) «Inmovilizaciones materiales en curso» es el siguiente:

Inmovilizaciones materiales en curso (en euros)

 

Altas

Bajas

Saldo

Saldo a 01.01.2010.

 

 

48.721.669,31

Altas año 2010.

23.443.893,53

 

 

Reversión concesiones.

470.579,15

 

 

Traspaso a inmovilizado.

 

19.908.412,66

 

Sumas y saldo 31-12-2010.

23.914.472,68

19.908.412,66

52.727.729,33

El siguiente cuadro configura el valor bruto del inmovilizado material a fecha 31 de diciembre de 2010, una vez efectuada la incorporación a los bienes existentes el pasado año, de alta de nuevos activos, junto con el traspaso, ajustes y reclasificaciones habidas durante el presente ejercicio. La columna inicial presenta los datos a 01.01.2010 después de realizados los ajustes que se explican en el punto 2.7 de Corrección de errores realizados.

Inmovilizado material valores brutos (en euros)

Resumen total de bienes

Valores a 01-01-2010

Altas ejercicio

Bajas y reclasif.

Valores a 31-12-2010

1. Señales marítimas.

0,00

0,00

 

0,00

2. Accesos marítimos.

15.008.788,60

2.362.813,91

 

17.371.602,51

3. Obras de abrigo.

185.235.999,12

843.054,19

 

186.079.053,31

4. Obras de atraque.

131.253.604,86

762.187,67

 

132.015.792,53

5. Reparación barcos.

547.101,39

0,00

 

547.101,39

6. Edificaciones.

21.007.927,88

10.564.195,63

 

31.572.123,51

7. Instalaciones generales.

24.046.596,82

687.970,93

 

24.734.567,75

8. Pavimentos, calzadas, vías.

98.024.458,77

3.987.952,61

 

102.012.411,38

9. Manipulación mercancías.

3.229.531,10

0,00

 

3.229.531,10

10. Material flotante.

1.966.912,38

94.821,69

 

2.061.734,07

11. Equipo transporte.

1.254.260,25

0,00

 

1.254.260,25

13. Equipo de taller.

1.468.692,61

345.546,25

 

1.814.238,86

14. Mobiliario y enseres.

4.251.622,29

127.302,64

 

4.378.924,93

15. Material diverso.

375.545,15

1.917,51

 

377.462,66

16. Equipo informático.

3.180.595,38

130.649,63

 

3.311.245,01

Instalación ayuda naveg.

1.190.986,47

0,00

 

1.190.986,47

Terrenos.

11.876.308,70

0,00

 

11.876.308,70

TOTALES:

503.918.931,77

19.908.412,66

 

523.827.344,43

E) Amortizaciones.

E. 1) Regularizaciones.

E. 2) Traspasos.

E. 3) Dotación del ejercicio.

Con cargo a gastos del ejercicio, cuenta contable (681), se ha registrado como dotación para el mismo, la cantidad de 16.824.688,59 euros.

La amortización acumulada al cierre del ejercicio, una vez efectuados los ajustes a 01.01.2010 según se comenta en el punto 2.7 Corrección y errores y la dotación del año, se muestra en el siguiente cuadro:

Inmovilizado material

Amortizaciones a 31 diciembre de 2010 (en euros)

Resumen total de bienes

Acumulada 01.01.2010

Dotación del ejercicio

Am. Acum. Corrección

Total hasta 31.12.2010

1. Señales marítimas.

0

0

 

0

2. Accesos marítimos.

3.947.333,36

438.057,02

0,00

4.385.390,38

3. Obras de abrigo.

55.783.702,09

4.369.702,65

0,00

60.153.404,74

4. Obras de atraque.

51.283.065,38

4.108.565,30

0,00

55.391.630,68

5. Reparación barcos.

323.171,65

20.446,32

0,00

343.617,97

6. Edificaciones.

9.134.605,96

695.438,10

0,00

9.830.044,06

7. Instal. Generales.

9.661.907,62

1.201.507,49

0,00

10.863.415,11

8. Pav., calzadas, vías.

60.198.797,94

5.049.377,10

0,00

65.248.175,04

9. Manip. Mercancías.

2.329.429,92

86.820,16

0,00

2.416.250,08

10. Material flotante.

1.370.367,07

45.136,34

0,00

1.415.503,41

11. Equipo transporte.

857.602,59

99.056,05

0,00

956.658,64

13. Equipo de taller.

604.305,36

110.174,01

0,00

714.479,37

14. Mob. Y enseres.

2.481.181,81

307.229,68

0,00

2.788.411,49

15. Material diverso.

354.668,56

9.459,78

0,00

364.128,34

16. Equipo informático.

2.496.663,76

235.057,08

0,00

2.731.720,84

Instal. ayuda naveg.

930.344,61

48.661,51

0,00

979.006,12

TOTALES:

201.757.147,68

16.824.688,59

0,00

218.581.836,27

Porcentualmente, la amortización acumulada al cierre del presente ejercicio, equivale al 3,42 % del valor bruto de los activos materiales, excluidos los terrenos.

Finalmente, la comparación de los datos referidos a fecha 31 de diciembre de 2010, de los valores brutos de los bienes, por un lado, con los de la amortización acumulada, por el otro, componen el inmovilizado material neto de esta Autoridad Portuaria, siguiente:

Inmovilizado material

Valores netos a (31 diciembre 2010) (en euros)

Resumen total de bienes

Valores brutos

Amortización acumulada

Valores netos

1. Señales marítimas.

0,00

0

0

2. Accesos marítimos.

17.371.602,51

4.385.390,38

12.986.212,13

3. Obras de abrigo.

186.079.053,31

60.153.404,74

125.925.648,57

4. Obras de atraque.

132.015.792,53

55.391.630,68

76.624.161,85

5. Reparación barcos.

547.101,39

343.617,97

203.483,42

6. Edificaciones.

31.572.123,51

9.830.044,06

21.742.079,45

7. Instal. Generales.

24.734.567,75

10.863.415,11

13.871.152,64

8. Pav., calzadas, vías.

102.012.411,38

65.248.175,04

36.764.236,34

9. Manip. Mercancías.

3.229.531,10

2.416.250,08

813.281,02

10. Material flotante.

2.061.734,07

1.415.503,41

646.230,66

11. Equipo transporte.

1.254.260,25

956.658,64

297.601,61

13. Equipo de taller.

1.814.238,86

714.479,37

1.099.759,49

14. Mob. Y enseres.

4.378.924,93

2.788.411,49

1.590.513,44

15. Material diverso.

377.462,66

364.128,34

13.334,32

16. Equipo informático.

3.311.245,01

2.731.720,84

579.524,17

Instal.ayuda naveg.

1.190.986,47

979.006,12

211.980,35

Terrenos.

11.876.308,70

 

11.876.308,70

TOTALES:

523.827.344,43

218.581.836,27

305.245.508,16

Durante el 2010 no se han realizado ninguna corrección valorativa de los bienes de inmovilizado, ni se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa que afecte al ejercicio presente o a ejercicios futuros en las estimaciones de las vidas útiles y de los métodos de amortización.

El saldo pasivo de los proveedores de inmovilizado es de 3.190.507,63 euros, a corto plazo.

El IGIC soportado de inversiones en inmovilizado material ascendió a 1.100.909,44 euros.

6) Inversiones inmobiliarias.

El movimiento habido en este capítulo del balance de situación adjunto es el siguiente:

Inversiones inmobiliarias 2010

 

Saldo a 31-12-2009

Reclasificac. (+/–)

Altas 2010

Saldo a 31-12-2010

A) Terrenos.

104.306.048,43

3.766.173,02

248.149,52

108.320.370,97

Terrenos afectos a la explotación.

101.523.751,38

3.766.173,02

248.149,52

105.538.073,92

Terrenos no afectos a la explotación.

2.782.297,05

 

 

2.782.297,05

B) Construcciones.

27.434.697,94

 

418.257,07

27.852.955,01

Obras de abrigo y defensa.

 

 

 

 

Obras de atraque.

 

 

 

 

Instalaciones para reparación de barcos.

 

 

 

 

Edificaciones.

27.434.697,94

 

418.257,07

27.852.955,01

Instalaciones generales.

 

 

 

 

Pavimentos, calzadas y vías de circulación.

 

 

 

 

TOTAL:

131.740.746,37

3.766.173,02

666.406,59

136.173.325,98

Amortización acumulada de inversiones inmobiliarias 2010

Concepto

Saldo a 31-12-2009

Traspaso a/de inmovilizado material (+/–)

Dotación amortizacion 2010

Saldo a 31-12-2010

Obras de abrigo y defensa.

 

 

 

 

Obras de atraque.

 

 

 

 

Instalaciones para reparación de barcos.

 

 

 

 

Edificaciones.

7.615.310,46

0,00

814.406,53

8.429.716,99

Instalaciones generales.

 

 

 

 

Pavimentos, calzadas y vías de circulación.

 

 

 

 

TOTAL:

7.615.310,46

0

814.406,53

8.429.716,99

Durante el 2010 no se ha realizado ninguna corrección valorativa de los bienes de inmovilizado.

7) Inmovilizado intangible.

A) Altas.

El importe de los bienes dados de alta en el presente ejercicio asciende a la cantidad global de 719.779,65 euros.

B) Bajas.

No se han producido bajas en este ejercicio.

C) Ajustes y reclasificaciones.

No se han producido reclasificaciones entre las cuentas tal como se muestra el cuadro.

D) Amortizaciones.

La dotación del ejercicio asciende a 502.090,11 euros.

El efecto de las anotaciones descritas, configura en el siguiente cuadro:

Inmovilizado intangible (en euros)

Resumen

Total

Bienes

Valores brutos

Total a

31-12-2009

Adiciones

Año 2010

Bajas

Total

a

31-12-2010

Aplic. inform.

4.272.017,75

545.175,88

 

4.817.193,63

Anticipos.

98.291,93

174.603,77

 

272.895,70

Totales:

4.370.309,68

719.779,65

 

5.090.89,33

Inmovilizado intangible (en euros)

Resumen

Total

Bienes

Amortización acumulada

Valores a

31-12-2009

Dotación

Año 2010

Bajas

Total

Netos

a 31-12-2010

Aplic. inform.

2.805.845,41

502.090,11

 

3.307.935,52

Totales:

2.805.845,41

502.090,11

 

3.307.935,52

La amortización de los elementos del inmovilizado intangible se hace de forma lineal durante su vida útil estimada, en función de los siguientes años de vida útil:

Descripción

Años

% Anual

Desarrollo.

 

 

Concesiones.

 

 

Patentes, licencias, marcas y similares.

 

 

Aplicaciones informáticas

5

20

Otro inmovilizado intangible.

 

 

No se ha producido ninguna circunstancia que haya supuesto una incidencia significativa en el ejercicio presente o a ejercicios futuros que afecten a valores residuales, vidas útiles o métodos de amortización.

La sociedad no ha realizado correcciones valorativas de los bienes de inmovilizado intangible.

El IGIC soportado de inversiones en inmovilizado intangible ascendió a 19.112,37 euros.

8) Arrendamientos operativos.

El importe abonado por arrendamiento operativo durante el ejercicio 2010 asciende a 123.873,82 euros.

9) Instrumentos financieros.

A) Créditos a largo plazo al personal.

No se han producido movimientos en la cuenta (254) destinada a registrar el otorgamiento de préstamos al personal de la Entidad para la adquisición o mejora de vivienda, ya que durante el presente ejercicio no se han concedido nuevos préstamos al personal.

Se ha realizado, a 31-12-2010, el ajuste propuesto por la Intervención General de la Administración del Estado traspasando el saldo pendiente por importe de 28.727,64 euros a la cuenta (544) créditos a corto plazo al personal.

B) Participaciones en Capital.

Las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba (creadas al amparo de lo prevenido en el Real Decreto-ley 2/1986, de 23 de mayo), cuya gestión está encomendada a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, son las siguientes:

○ Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de S/S de la Gomera.

○ Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de La Estaca.

El detalle de la participación en las empresas del grupo es el siguiente:

Cuotas de participación de la autoridad portuaria de S/C Tenerife en las sociedades estatales de estiba y desestiba

Puerto

Participación total

Euros

Porcentaje

S/S de la Gomera

54.337,50

90,41

La Estaca

36.781,96

100,00

Total

91.119,46

 

La Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, establecía en su disposición adicional sexta, la transformación de las sociedades estatales de estiba y desestiba en agrupaciones portuarias de interés económico en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de dicha ley. No obstante, el Real Decreto-ley 3/2005, de 18 de febrero, amplió el plazo previsto de dicha transformación en 18 meses más.

En Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, celebrado en fecha 1 de febrero de 2008, se acordó, después de examinadas las correspondientes propuestas, «autorizar la enajenación de las acciones de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba de los Puertos de Santa Cruz de Tenerife, S.A. (SESTIFE), y de Santa Cruz de La Palma (ESTIPALMA) en el caso de que, previo cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la citada Ley 48/2003, se esté en disposición de llevar a cabo la transformación de dichas sociedades en Agrupaciones Portuaria de Interés Económico, por el valor nominal de las acciones y debiendo efectuarse el pago, en ambos casos, en el plazo máximo de cinco (5) años».

Que, caso de llevarse a cabo la transformación, por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife deberán adoptarse las medidas que permitan dar estricto cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional séptima.2 de la Ley 48/2003 y demás disposiciones que, sobre materia, resulten de aplicación.

Facultar al Presidente de la Autoridad Portuaria para llevar a cabo los trámites conducentes a la ejecución de los acuerdos.

En relación a la S. E. de E. y D. del puerto de S/C de Tenerife, y para cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 48/2003, el 15 de febrero de 2008 la Junta general extraordinaria de Sestife acordó la transformación de la sociedad en Agrupación Portuaria de Interés Económico, así como la separación y liquidación de la participación según lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas, como socio, entre otros, de la APT. El acto de transformación societaria fue elevado a público en escritura de 4 de marzo de 2008, inscrita el 7 de octubre de 2008, en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife.

El primer plazo se cobró el 14 de mayo de 2009, por importe de 30.050,60 euros, un quinto del importe total a recibir, 150.253 euros, importe por el que figuraba contabilizada la participación de la APT y que coincide con el valor teórico y nominal a 31 de diciembre de 2007.

En consecuencia, se procedió a hacer el ajuste correspondiente a las Cuentas Anuales formuladas a 31 de diciembre de 2008, a petición de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE).

Código

Nombre cuenta

Debe

Haber

543

Créditos a C/P por enajenación inmovilizado.

60.101,20

 

253

Créditos a L/P por enajenación inmovilizado.

90.151,83

 

240

Participaciones a L/P en partes vinculadas.

 

150.253,03

En el ejercicio 2010 se han recibido los ingresos por 30.050,63€ correspondientes a la anualidad de 2009 así como 30.050,63 euros correspondientes a la anualidad del 2010. También se ha traspasado a corto plazo la anualidad 2011 por importe de 30.050,63 euros.

Por otro lado, el ajuste propuesto por la Intervención General de la Administración del Estado y formalizado por la Autoridad Portuaria en 2008, es el siguiente:

Puerto

Saldo 01-01-2008

Ajustes IGAE

Saldo 31-12-2008

S/C. De la Palma.

318.776,82

–277.857,98

40.918,84

Ss. De la Gomera.

54.337,50

0,00

54.337,50

La Estaca.

60.101,21

–23.319,25

36.781,96

 

433.215,53

–301.177,23

132.038,30

Permanece inalterable nuestra cuota de participación del 50% en la sociedad «Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.», constituida con fecha 21-12-1994, con el Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, con un capital social de 60.121,21 euros.

Respecto a la «Sociedad de Fomento e Inversiones de Tenerife, S.A.» (SOFITESA), constituida el 12 de enero de 1999, las participaciones del capital social, de 1.126.897,70 euros, se distribuyeron de la siguiente forma:

○ Títulos tipo A: nominativos, el 80%

○ Títulos tipo B, al portador, el 20%

La composición del accionariado es el siguiente:

○ Cabildo Insular de Tenerife: 20% (títulos tipo A).

○ Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife: 20% (títulos tipo A).

○ Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife: 20% (títulos tipo A)

○ Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife: 20% (títulos tipo A).

○ Sociedad Tenerife Desarrollo Exterior, S.A.: 20% (títulos tipo B).

Nuestra participación en dicha sociedad hasta 2005 fue del 20% del capital social, por un valor de 225.379,54 euros. El día 27 de diciembre de 2005, Sofitesa en Junta General y Extraordinaria propuso reducción de capital por 450.000,00 €, elevando en escritura Pública el acuerdo en fecha 15 de mayo de 2006. Esta reducción supuso que la participación de la Autoridad Portuaria se disminuyera en 90.000,00 euros, tal como refleja nuestro balance.

Se procedió en el 2008 a realizar el ajuste propuesto por la Intervención General de la Administración del Estado, por importe de 123.527,93 euros, realizando así la corrección valorativa propuesta.

C) Activos financieros.

Las Inversiones financieras a largo plazo corresponden a un depósito realizado hace años con La Caixa, que se mantenían en inversiones a corto y que se ha reclasificado a este epígrafe y además han sido actualizadas a valor razonable a 31 de diciembre resultando un importe de 336.110,02 euros.

Como otros activos financieros incluimos una imposición a plazo fijo con Caja Canarias por valor de 600.000 euros, y el resto por importe de 21.176,89 euros corresponden a fianzas constituida a largo plazo.

La retribución obtenida en concepto de liquidación de intereses financieros, en las cuentas recaudatorias remuneradas abiertas en las Entidades Bancarias asciende a la cantidad de 28.318,93 euros. En la recaudación por vía ejecutiva, los intereses recaudados han sido 245.306,48 euros y los intereses de demora de 1.618,39 euros. El importe por recargo fuera plazo en este ejercicio asciende a 56.381,72 euros y por otros ingresos financieros se ha recibido 3.580.625,64 euros (3.578.159,82 euros corresponden a los litigios por T3 y 2.466,12 euros corresponden a otros), por intereses de cobro fraccionados 23.422,44 euros y por intereses de demora de facturas de apremio 26.901,96 euros.

D) Deudas no comerciales.

D.1) Deudas con empresas del grupo.

Los pagos realizados como aportación al Ente Público Puertos del Estado derivados de la aplicación del artículo 11.1 durante este ejercicio fueron de 715.708,62 euros. No existiendo deudas con empresas del grupo al cierre del ejercicio.

D.2) Póliza de crédito (a corto) y deudas a largo plazo.

En diciembre de 2001 se suscribió una póliza de crédito, para atender problemas puntuales de tesorería y esta ha sido ampliada hasta 23 M de euros.

En febrero de 2008 se firmó un préstamo en modalidad Club Deal para financiar el plan de inversiones a largo plazo de esta Entidad, la operación con cuatro entidades de crédito (Caja Canarias, Banco Bilbao Vizcaya, Banco Santander y La Caixa) siendo nombrada entidad Agente Caja Canarias, por importe de hasta 120M de euros, 25 años y con periodo de carencia de principal de hasta 5 años.

El saldo que figura en balance dentro del epígrafe deudas con entidades de crédito a largo plazo por importe de 69.882.400,00 euros se compone de las disposiciones realizadas hasta 2010 por 71 M de euros minorado en los gastos de formalización de dicho crédito que han sido traspasados a esta cuenta con la entrada en vigor del nuevo plan.

En el ejercicio 2010 se ha traspasado a gasto en concepto de gastos de formalización de deudas la cantidad de 52.800,00 euros.

E) Pasivos financieros.

Como Deudas a largo plazo (Otras), del Balance, figura la cantidad de 502.172,00 euros correspondiente al importe recibido durante el ejercicio 2010 del Ministerio de Ciencia e Innovación por el proyecto GISPORT.

Como Deudas a corto plazo, existe un saldo de 469.297,18 euros, que se desglosa como sigue: 300.223,05 euros que corresponden a partidas financieras pendientes de regularizar y 169.074,13 euros que corresponden a fianzas recibidas a corto plazo.

F) Patrimonio neto.

El Patrimonio neto de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife a 31 de diciembre de 2010 asciende a 418.670.776,14 euros y se compone de Fondos Propios (331.122.897,21 euros), Ajustes por cambios de valor (51.049,39 euros) y de Subvenciones, donaciones y legados recibidos (87.496.829,54 euros).

F.1) Fondos propios.

F.1.1) Patrimonio.

El Patrimonio de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, reflejado en el balance a 31 de diciembre de 2010, no se ha visto alterado en el presente ejercicio siendo su importe de 304.039.112,99 euros.

F.1.2) Resultados acumulados.

Con fecha 01-01-2010 se han realizado los ajustes ya comentados en el epígrafe 2.7 Corrección de errores. Tal como se expresan en el siguiente cuadro:

Balance de cierre a 31-12-2009

Ajuste

Balance de apertura 2010

Act. no corriente.

482.292.756,62

–775.233,49

Act. no corriente.

481.517.523,13

Inmovilizado.

 

 

Inmovilizado.

 

Inmovilizado material.

 

 

Inmovilizado material.

 

Terrenos.

104.306.048,43

3.766.173,02

Terrenos.

108.072.221,45

Construcciones.

289.773.299,95

–4.981.406,51

Construcciones.

284.791.893,44

Inmovilizado en curso y anticipos.

48.281.669,31

440.000,00

Inmovilizado en curso y anticipos.

48.721.669,31

Activo corriente.

23.901.623,96

–542.821,08

Activo corriente.

23.358.802,88

Admin. Pública, subv. Oficiales ptes. de cobro.

9.309.085,77

–542.821,08

Admin. Pública, subv. Oficiales ptes de cobro.

8.766.264,69

Total activo.

506.194.380,58

–1.318.054,57

 

504.876.326,01

Patrimonio neto.

417.389.736,96

–1.251.185,85

Patrimonio neto.

416.138.551,11

Resultados acumulados.

36.165.459,32

–1.251.185,85

Resultados acumulados.

34.914.273,47

Pasivo no corriente.

61.312.302,07

 

Pasivo no corriente.

61.312.302,07

Pasivo corriente.

27.492.341,55

–66.868,72

Pasivo corriente.

27.425.472,83

Admin. Pública, anticipo de subvenciones.

1.367.132,32

–66.868,72

Admin. Pública, anticipo de subvenciones.

1.300.263,60

Total activo.

506.194.380,58

–1.318.054,57

 

504.876.326,01

Los resultados acumulados durante el ejercicio 2010 son los siguientes:

Resultados acumulados:

Resultados acumulados 01-01-2010: 34.914.273,47.

1. Resultados de las operaciones 2009: –12.647.549,48.

2. Disminución reservas conc. Revertidas.

Resultados acumulados a 31-12-2010: 22.266.723,99.

F.1.3) Resultado del ejercicio.

El resultado obtenido en este ejercicio es: 4.817.060,23 euros.

F.2) Ajustes por cambios de valor.

En el epígrafe I. Activos financieros disponibles para la venta se ha registrado una actualización a valor razonable de las imposiciones y depósitos a largo plazo por importe de 1.140,93 euros, siendo su saldo, a 31-12-2010, por importe de 51.049,39 euros.

F.3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos.

Ver capítulo 16) de este documento.

G) Tesorería y otros activos financieros.

El saldo en cuentas corrientes a 31 de diciembre de 2010 es de 1.273.321,72 euros.

10) Existencias.

La composición del saldo de las existencias es la siguiente:

Almacenes

Debe

Haber

Saldo

Saldo a 31-12-2009.

 

 

617.273,78

Compras año 2010.

259.663,64

 

 

Consumo año 2010.

 

313.228,38

 

Existencias finales.

 

 

563.709,04

Al cierre del ejercicio no existe compromiso de compra o venta de los materiales en existencia, pudiendo disponerse libremente de los mismos al no estar afectados de garantía o carga ninguna.

La naturaleza de las existencias al 31 de diciembre de 2010 se corresponde con Material para reposición, reparación y conservación. No se han producido correcciones valorativas por deterioro de las existencias.

11) Situación fiscal.

A) Impuesto sobre Sociedades.

Antecedentes.

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 51 establecía que «las Autoridades Portuarias quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado», afirmación esta que, en relación con la entonces vigente Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, conllevaba sin mayor problema la exención de las Autoridades Portuarias respecto al Impuesto, dada la exención subjetiva del Estado (artículo 5.1 de la citada Ley 61/1978).

La nueva Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, conservó la exención de las Autoridades Portuarias respecto al tributo de referencia por dos vías distintas; en primer lugar, al mantener la exención tributaria del Estado [artículo 9.a)] y continuar entonces vigente el artículo 51 de la LPEMM (no obstante lo dispuesto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 43/95) y, en segundo lugar, al afirmar el artículo 9.f) de la Ley 43/1995 la exención de los entes públicos del artículo 6.5 de la Ley General Presupuestaria y tener las Autoridades Portuarias precisamente la consideración de entidades de derecho público de las previstas en el artículo 6.5 de dicha Ley General Presupuestaria (artículo 35 LPEMM).

A mayor abundamiento, la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 31 de diciembre de 2001, introduce una serie de modificaciones en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, disponiendo que estarán parcialmente exentos del Impuesto, en los términos previstos en los artículos 133 y siguientes de la Ley 43/1995, la Entidad de Derecho público Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero del año 2002 si bien, la Disposición final tercera establece que dicho régimen será aplicable a los ejercicios impositivos correspondientes a los años 2000 y 2001.

Situación actual.

Al igual que ocurría en la Ley de Puertos de 1992, con la nueva Ley 48/2003 Puertos del Estado y Autoridades Portuarias tienen el mismo régimen tributario que el Estado (artículo 45 «Las Autoridades Portuarias y Puertos del Estado quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado, sin perjuicio de la aplicación a dichas Entidades del régimen de entidades parcialmente exentas en el Impuesto sobre Sociedades, a cuyo efecto los ingresos por la prestación de servicios comerciales tendrán la consideración de ingresos procedentes de explotaciones económicas»). Ahora bien, a estas entidades se les aplicará el régimen de entidades parcialmente exentas en el Impuesto sobre Sociedades, respecto de los ingresos procedentes de explotaciones económicas en la prestación de servicios comerciales que estarán sujetos al Impuesto, a diferencia de los ingresos de naturaleza tributaria que estarán exentos. Ello obedece, como se ha señalado, a la modificación de la Ley 43/1995, del Impuesto de Sociedades, en la que se reconoce la exención parcial de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias.

De acuerdo con estas normas, los ingresos por actividades comerciales, sometidos al impuesto de Sociedades son: grúas; suministros, de agua y electricidad; Servicios diversos; y los financieros y accesorios.

Para el cálculo del impuesto, en lo relativo a las tarifas, se ha considerado como gasto los directamente imputables a las mismas, así como una parte de los gastos generales, una vez restado los gastos de las tarifas no exentas, en función del peso relativo que estas tarifas han tenido en el total de la facturación.

Los ingresos accesorios y financieros se han sumado, netos de gastos, en la tabla para el cálculo del rendimiento neto.

B) Retenciones y pagos a cuenta.

Durante el ejercicio en cuestión no se ha realizado ningún pago a cuenta (ya que las respectivas declaraciones resultaron negativas), y las retenciones practicadas por la remuneración de tesorería ha sido de 5.365,03 euros.

C) Impuesto General Indirecto Canario.

Al cierre del ejercicio, el saldo a nuestro favor del IGIC, asciende a la cantidad de 121.378,89 euros, cifra que corresponde a la diferencia entre el impuesto soportado y el repercutido en el ejercicio.

D) Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Durante el ejercicio 2010, se ha procedido al pago del mencionado impuesto por importe de 323.595,65 euros.

E) Impuesto de Actividades Económicas.

Exenta.

G) Otras deudas con las Administraciones Públicas.

El saldo a 31 de diciembre de 2010 por este concepto asciende a la suma de 324.708,15 euros, que se desglosa principalmente en las cuentas contables (475) «Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales» al cierre del ejercicio presenta un saldo acreedor por importe de 108.406,43 euros la (476) «Organismos de la Seguridad Social, acreedores» por importe de 219.452,53 euros.

12) Ingresos y gastos.

A) Personal.

La cuenta (641) recoge el importe correspondiente a las indemnizaciones del ejercicio por importe de 53.727,59 euros.

La cuenta contable (642) «Seguridad Social a cargo de la empresa» recoge exclusivamente el coste de la cuota patronal devengada en el presente ejercicio, cuyo importe es de 2.297.041,70 euros.

La cuenta (643) recoge el importe abonado por la Empresa como aportación al plan de pensiones por importe de 107.073,04 euros.

El detalle de la cuenta contable (649) «Otros gastos sociales» es como sigue:

6490001

Atenciones sociales.

Suministro de cortesía.

21.336,38

 

 

Cesta navidad.

38.388,69

 

 

Comisión paritaria.

36.660,00

 

 

Previmac.

17.128,12

 

 

Actividades deportivas.

13.900,19

 

 

Varios.

3.782,71

6490002

Vestuarios.

Uniformes.

13.014,17

6490003

Cursos formación personal.

Cursos.

70.274,86

6490004

Seguro médico.

Seg. Médico.

67.517,99

TOTAL.

282.003,11

B) Provisión para insolvencias de crédito

En este ejercicio se sigue manteniendo el criterio de provisionar la cobertura de probables insolvencias de clientes por operaciones de tráfico. Otro tanto, se realiza con el resto de deudores.

A finales de año, se realiza un análisis de cada uno de los saldos, procediéndose a aplicar sobre los mismos, el cálculo, que a criterio del (EPPE), debe seguirse para las deudas de dudoso cobro.

La tabla de porcentajes aplicada es la siguiente:

Antigüedad de la deuda

Servicios Portuarios

Concesiones Autorizaciones

Deudores varios

Entre 0 y 6 meses

0%

0%

0%

Entre 6 y 12 meses

100%

0%

100%

Entre 12 y 18 meses

100%

50%

100%

Entre 18 y 24 meses

100%

50%

100%

Más de 24 meses

100%

100%

100%

Los litigios derivados de la aplicación de la orden de 30 de julio de 1998, por la que se establecen los nuevos límites, máximos y mínimos, de las tarifas por los servicios portuarios prestados, relativos a reclamaciones de tarifas por parte de los usuarios, no han sido provisionados siguiendo las recomendaciones del Ente Público Puertos del Estado, tras un Dictamen del Consejo del Estado sobre la forma en la que las Autoridades Portuarias podrían proceder al cobro de los servicios prestados.

Dotación provisión insolvencias año 2010.

ANTIGÜEDAD DEUDAS

CLIENTES 430.0

TASAS 430.1

TOTAL

BASES

TOTAL

DOTACIÓN

DESDE - HASTA

MESES

%

BASE

DOTACIÓN

%

BASE

DOTACIÓN

JUL./DIC. 2010.

(0-6)

0

916.936,98

0

0

6.015.368,34

0

6.932.305,32

 

B162 JUL./DIC. 10.

 

100

635,17

635,17

100

185.672,62

185.672,62

186.307,79

186.307,79

ENE./JUN. 2010.

(6-12)

100

140.736,50

140.736,50

0

889.241,63

0

1.029.978,13

 

B162 ENE./JUN. 10.

 

0

0

0

100

144.518,24

144.518,24

144.518,24

285.254,74

ENE./DIC. 2009.

(12-24)

100

166.181,77

166.181,77

50

2.484.659,86

1.242.329,93

2.650.841,63

 

B162 ENE./DIC. 09.

 

0

0

0

100

834.246,54

834.246,54

834.246,54

2.242.758,24

ENE./DIC. 2008.

(>24)

100

162.343,34

 

100

2.003.620,01

 

2.165.963,35

 

ENE./DIC. 2007.

 

 

329.656,52

 

 

898.653,57

 

1.228.310,09

 

ENE./DIC. 2006.

 

 

52.621,73

 

 

515.625,31

 

568.247,04

 

ENE./DIC. 2005.

 

 

44.852,99

589.474,58

 

500.131,63

3.918.030,52

544.984,62

4.507.505,10

 

 

 

1.813.965,00

897.028,02

 

14.471.737,75

6,324.797,85

16.285.702,75

7.221.825,87

A lo largo del ejercicio se han producido anulaciones de créditos fallidos, dados de baja por insolvencia de clientes, que han sido cargados a la cuenta contable (650) «Pérdidas de créditos comerciales incobrables «con abono a sus respectivas cuentas de los subgrupos (43).

Al final de cada ejercicio, la provisión estimada según antigüedad y porcentajes anteriormente reseñados, se abona a la cuenta contable (490) «Provisión para insolvencias de tráfico «con cargo a la cuenta (694) «Dotación a la provisión para insolvencias de tráfico».

Asimismo, al final del ejercicio, se carga en la citada cuenta (490) el importe de la dotación realizada al cierre del ejercicio anterior, con abono a la cuenta (794) «Provisión para insolvencias de tráfico aplicada».

El detalle de la cuenta queda como sigue:

1) Cargo en el presente ejercicio a la cuenta (650) «Pérdidas de créditos comerciales incobrables» de fallidos.

• Servicios Portuarios: 68.114,84.

• Cánones por concesiones: 348.384,26.

• Deudores varios: 0,00.

Total: 416.499,10.

2) Por cancelación de los saldos del ejercicio precedente de la cuenta (490) «Provisión para insolvencia de tráfico» con abono a la cuenta (794) «Provisión para insolvencias tráfico aplicada».

• Servicios Portuarios: 1.172.147,42.

• Cánones por concesiones: 4.270.439,31

• Deudores: 0,00.

Total: 5.442.586,73.

3) La provisión calculada sobre los saldos de créditos pendientes a 31 de diciembre del presente año, ha sido cargada a la cuenta contable (694) «Dotación a la provisión de insolvencias de tráfico» con abono a la (490) «Provisión para insolvencias de tráfico».

• Servicios Portuarios: 897.028,02.

• Cánones por concesiones: 6.324.797,85.

• Deudores: 0,00.

Total: 7.221.825,87.

Quedando, finalmente, para el presente ejercicio, el siguiente resumen de la variación de las provisiones de tráfico en la cuenta de pérdidas y ganancias.

○ Cta. (650): 416.499,10.

○ Cta. (694): 7.221.825,87.

○ Cta. (794): -5.442.586,73.

Total: 2.195.738,24.

C) Facturación neta del ejercicio.

La distribución del importe neto de la cifra de negocios (excluido el IGIC.) Correspondiente a las actividades ordinarias del ejercicio, es la siguiente:

Facturación neta año 2010

Puerto

P. Privados

Tarifas

P. Públicos

Tasas

Importe

Total

S/C. de Tenerife

1.463.507,32

25.393.194,90

26.856.702,22

Los Cristianos

40.178,83

2.380.102,08

2.420.280,91

S/C. de la Palma

176.774,00

2.831.689,70

3.008.463,70

SS. de la Gomera

184.073,48

2.055.639,57

2.239.713,05

Granadilla

0,00

0,00

0,00

La Estaca

34.810,03

297.772,35

332.582,38

Total Puertos

1.899.343,66

32.958.398,60

34.857.742,26

La facturación neta, detallada por puertos del ejercicio 2010, ha supuesto un decremento global del –8,13% respecto del año 2009.

Variación que queda representada en el siguiente cuadro:

Facturación total neta (años 2006-2010)

 

2006

2007

2008

2009

2010

D (10/06)

S/c Tenerife

27.051.178,37

27.942.051,48

30.128.031,67

30.157.364,07

26.856.702,22

–0,72

Los Cristianos

2.609.222,27

2.570.646,43

2.411.210,26

2.383.228,00

2.420.280,91

–7,24

La Palma

2.316.102,54

2.444.403,80

2.693.874,33

2.875.429,03

3.008.463,70

29,89

S/S Gomera

1.936.629,06

2.068.566,16

2.221.662,65

2.210.989,42

2.239.713,05

15,65

La Estaca

333.658,39

343.706,60

336.668,15

301.848,73

332.582,38

–0,32

Granadilla

0,00

22.544,35

23.479,14

14.265,38

0,00

0,00

AP S/C Tenerife

34.246.790,63

35.391.918,82

37.814.926,20

37.943.124,63

34.857.742,26

1,78

Diferencia

 

1.145.128,19

2.423.007,38

128.198,43

–3.085.382,37

 

Porcentaje

 

3,34

6,85

0,34

–8,13

 

D) Personal.

El número de trabajadores/as de esta autoridad portuaria a 31 de diciembre de 2010 es de 242 con el detalle siguiente:

Personal fuera de Convenio.

Categoría profesional

Número de puestos

Total puestos

Media

Fijos

Eventuales

H

M

H

M

Alto cargo

1

0

0

0

1

0,25

Alta dirección

1

0

0

0

1

0,25

Jefe de área

1

0

0

0

1

0,25

Jefe de departamento

4

1

0

0

5

1,25

Jefe de división

9

3

1

0

13

3,25

Jefe de unidad

6

0

1

0

7

1,75

TOTAL

22

4

2

0

28

 

Niveles

Personal fijo sujeto a convenio colectivo

 

Media

1

2

3

4

5

6

7

8

Total

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

H

M

Total grupo II, banda I

0

0

3

1

0

0

1

1

2

3

0

0

1

0

4

4

20

1,25

Total grupo II, banda II

1

0

6

9

3

0

5

9

4

0

5

3

3

1

4

5

58

3,63

Total grupo III, banda I

0

0

0

0

0

0

9

0

2

0

0

0

1

0

0

0

12

0,75

Total grupo III, banda II

0

0

81

6

6

3

0

0

3

0

0

0

3

0

0

0

102

6,38

Total grupo III, banda III

2

0

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

4

0,25

TOTAL

3

0

91

16

9

3

15

10

11

3

5

3

9

1

8

9

196

 

Niveles

Personal temporal sujeto a convenio colectivo

Media

1

2

3

4

5

6

7

8

Total

Total grupo II, banda I

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Total grupo II, banda II

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

2

1

3

0,19

Total grupo III, banda I

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0,00

Total grupo III, banda II

0

0

0

0

3

0

0

0

0

0

0

0

7

4

0

0

14

0,88

Total grupo III, banda III

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

1

0,06

TOTAL

0

0

0

0

3

0

0

0

0

0

0

0

8

4

2

1

18

 

La regulación laboral de las retribuciones del personal integrado en la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, es la siguiente:

Los altos cargos, nombrados de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.1 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, perciben sus retribuciones a tenor de lo dispuesto en el artículo 26.5 de la Ley 51/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.

El personal directivo percibe sus emolumentos basándose en contratos de trabajos individuales, formalizados al margen del Convenio Colectivo vigente, con sujeción al Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, donde queda regulada la relación laboral de carácter especial del Personal de Alta Dirección.

El resto del personal se rige por el II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, que fue suscrito por las partes con fecha 1 de febrero de 2005 y publicado en el Boletín Oficial del Estado, el día 11 de enero del 2006. Este Convenio colectivo será de aplicación desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2009, excepto en aquellos conceptos para los que se establecen fechas de vigencia diferentes. Actualmente se ha iniciado la negociación del III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, con lo que el Convenio anterior queda prorrogado hasta la finalización de las negociaciones y firma del nuevo.

A nivel local sigue vigente el I Convenio Colectivo de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, suscrito por las partes el 3 de agosto de 2006, y publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife» el 5 de abril de 2007.

La regulación laboral de las retribuciones del personal integrado en la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife es la siguiente:

■ Los altos cargos, perciben sus retribuciones basándose en contratos de trabajo individuales, suscritos al margen del Convenio Colectivo.

■ El personal directivo, percibe sus emolumentos basándose en contratos de trabajo individuales, formalizados al margen del Convenio Colectivo vigente, con sujeción al Estatuto de los Trabajadores.

■ El resto del personal se rige por el «II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, que fue suscrito por las partes con fecha 1 de febrero de 2005 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el día 11 de enero del 2006. Este Convenio colectivo será de aplicación desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2009, excepto en aquellos conceptos para los que se establecen fechas de vigencia diferentes.

A nivel local sigue vigente el I Convenio Colectivo de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, suscrito por las partes el 3 de agosto de 2006, y publicado en el «Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife» el 5 de abril de 2007.

En el epígrafe Sueldos, Salarios y Asimilados, de la cuenta de pérdidas y ganancias se incluye el importe de la cuenta (645) Dietas consejeros de administración por importe de 9.742,03 euros y (640) Sueldos y salarios por el importe que se detalla en el siguiente cuadro:

Sueldos y salarios 2010

Conceptos retributivos

Directivo fijo

Directivo temporal

Laboral fijo

Laboral indefinido

Laboral temporal

Suma total

Retribuciones básicas

1.121.399,32

71.777,46

4.367.939,78

9.699,81

356.344,89

5.927.161,26

Sueldo base

906.395,46

61.502,63

3.383.579,37

7.509,76

308.406,35

 

Antigüedad

51.727,07

0

328.638,68

278,41

1.734,07

 

Paga extraordinaria Salarios

154.429,76

10.274,83

594.809,04

1.843,30

45.873,53

 

Paga extraordinaria Antigüedad

8.847,03

0

60.912,69

68,34

330,94

 

Retribuciones complementarias

327.276,66

20.954,17

1.057.429,31

2.590,87

98.923,20

1.507.174,21

Residencia

58.179,63

3.655,44

430.299,39

853,27

32.830,05

 

Horas extraordinarias

0

0

0

0

0

 

Programa productividad

308.941,68

19.872,44

771.169,22

2.343,43

75.687,40

 

Descuento Real Decreto-ley 8/2010

–39.844,65

–2.573,71

–144.039,30

–605,83

–9.594,25

 

Total

1.448.675,98

92.731,63

5.425.369,09

12.290,68

455.268,09

7.434.335,47

Fondo Fines Sociales

 

 

 

 

 

58.707,21

Total

1.448.675,98

92.731,63

5.425.369,09

12.290,68

455.268,09

7.493.042,68

E) Otros gastos de explotación.

Detalle de los gastos por subcuentas

 

Reparacion y conservación

3.736.393,03

6120000

Variacion existencia mate. Rep. y conserv.

53.564,74

6020001

Sum. Canalizac. Urbaniz. Pavimentación

0,00

6020601

Sum. Material de faros

45.930,88

6020701

Sum. Cerramiento y carpintería

0,00

6020801

Sum. Red de agua

9.437,38

6020901

Sum. Red eléctrica

1.690,38

6021001

Sum. Otras señales marítimas

48.786,18

6021101

Sum. Señal. Viaria y señalética

9.718,04

6021401

Sum. Otras redes

134,40

6021501

Suministro material electrónico

618,25

6021601

Sum. Sistemas de información

48.563,02

6021701

Sum. Parque móvil

9.758,62

6022001

Sum. Seguridad ambiental

1.865,92

6023101

Sum. Otros materiales

75.873,52

6029901

Otros

7.287,05

6220101

Mnto. dique de abrigo y atraque

12.150,00

6220201

Mnto. de muelles y pantalanes

0,00

6220301

Mnto. canaliza. urbaniza. pavimen

0,00

6220402

Mantenimiento de estructura

1.364.487,17

6220502

Mantenimiento de albañileria

0,00

6220602

Mantenimiento de faros

99.028,70

6220702

Mnto. cerramiento y carpintería

139.964,30

6220803

Mantenimiento red de agua

6.517,31

6220903

Mantenimiento red eléctrica

423.781,33

6221003

Mnto. otras señales marítimas

2.339,47

6221103

Mnto. señal. viaria y señalética

117.461,50

6221203

Mnto. grúas, rampas, embarcaciones

270.934,52

6221303

Mantenimiento de básculas

5.710,09

6221403

Mantenimiento de otras redes

210.426,58

6221503

Mantenimiento electrónico

85,34

6221603

Mnto. sistemas de información

27.039,76

6221703

Mantenimiento parque móvil

107.458,22

6221803

Mantenimiento de maquinaria

3.872,74

6221903

Mnto. control, prevención, seguri.

66.582,76

6222003

Mnto. de la seguridad ambiental

0,00

6222103

Mnto. sistemas de climatización

36.286,28

6222203

Mnto. de otras instalaciones

94.398,45

6223303

Recogida deshechos genera. buques

430.833,80

6229903

Otros mantenimientos

3.806,33

 

Servicios profesionales independientes

1.880.571,26

6231603

Servicio sistemas información

362.562,68

6231903

S. control, prevención y segurid.

22.291,26

6232003

Servicio seguridad ambiental

191.446,88

6232303

S. control tráfico marítimo por

449.544,70

6232503

S. control, gestión e inspeccion

297.284,36

6232603

S. emp.t.t y selección personal

7.635,72

6232703

Aseso. juridico, contable, fiscal

88.157,89

6232803

Servicios de trabajo submarino

204.266,73

6232903

Estudios e informes técnicos

148.705,63

6233003

Servicio de amarre

5.112,86

6239903

Otros servicios profesionales

103.562,55

 

Suministros

2.168.864,79

6280104

Combustible a granel

66.883,40

6280204

Combustible parque móvil

43.287,50

6281001

Agua

878.560,42

6281002

Energía eléctrica

1.180.133,47

 

Otros servicios exteriores

3.575.764,98

 

Arrendamientos

123.873,82

6210002

A. de edificios y otras const.

10.990,72

6210003

A. de maquinaria inst. y utill.

21.870,48

6210004

A. de material de transporte

91.012,62

 

Transportes

8.801,74

6240001

Transportes entes privados

8.801,74

 

Seguros

462.110,88

6250001

Primas de seguros

462.110,88

 

Servicios bancarios

71.036,56

6260001

Servicios bancarios y similares

71.036,56

 

Otros servicios exteriores

2.909.941,98

 

 

850.524,13

6270002

Atenciones protocolarias

24.040,51

6270101

Publicidad y propaganda

253.899,54

6270201

Patrocinios y colaboraciones

149.519,52

6270301

Concierto de navidad

364.295,97

6270401

Promociones y ferias

58.768,59

 

 

2.059.417,85

6290001

Dietas

67.761,15

6290002

Locomocion

95.782,65

6290005

Telefonica, telex y telefax

290.399,10

6290006

Servicios de limpieza

1.457.318,72

6290007

Varios

25.112,80

6290101

Dietas por formación

3.743,02

6291002

Locomoción por formación

2.856,23

6292001

Impresos, papeler. y mat. oficina

24.318,38

6292002

Prensa, revistas y libros

23.555,73

6292003

Anuncios y publicaciones

30.184,00

6292004

Mensajerías

37.566,50

6292005

Fotocopias y varios

819,57

 

Tributos

378.761,69

6310001

Otros tributos

317.391,53

6340000

Ajustes negativos igic circula

15.760,26

6341000

Ajustes negativos igic inversi

45.609,90

F) Gastos financieros y asimilados.

Los gastos financieros en el ejercicio 2010 ascienden a 1.677.869,19 euros. La utilización de las Pólizas de Crédito, 153.256,23 euros; la disposición del préstamo a largo plazo (Club Deal); 1.293.898,73 euros; gastos financieros de enero a junio derivados de la provisión de litigios de T-3 151.027,49 euros; los gastos de formalización del préstamo Club Deal, 52.800 euros (2009) y a otros gastos financieros, 26.886,74 euros.

G) Ingresos financieros.

Los ingresos financieros en el ejercicio 2010 ascienden a 3.962.575,86 euros, de entre los cuales cabe señalar que 3.578.159,82 euros corresponden a la subvención del Ministerio de Economía y Hacienda para hacer frente a los intereses por los litigios de la T3.

H) Ingresos traspasados al resultado por concesiones revertidas.

Los ingresos por este concepto ascienden a la cantidad de 158.836,17 euros.

I) Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar.

El saldo, a 31 de diciembre de 2010, por este concepto, es 9.723.990,87 euros.

La disposición final segunda de la Ley 25/2006 modificó el apartado 2 de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que, en su primer párrafo, establecía que en los supuestos en que por sentencias judiciales firmes se declarara la nulidad de liquidaciones de tarifas practicadas por las Autoridades Portuarias tras la entrada en vigor de la Ley 27/1992 y con anterioridad a la vigencia de la Ley 48/2003, como consecuencia de la nulidad de las disposiciones que les servían de cobertura, éstas serían exigidas nuevamente por la Autoridad Portuaria a partir de la entrada en vigor de esta disposición, debiendo procederse a la práctica de una nueva liquidación de conformidad con lo determinado en dicha disposición.

No obstante lo expuesto, el Tribunal Constitucional, en las sentencias 116/2009, de 18 de mayo; 146/2009, de 15 de junio, y 161/2009, de 29 de junio, la última de ellas referida expresamente al apartado 2 de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, en la redacción dada al mismo por la Ley 14/2000, ha declarado inconstitucionales y nulos diversos apartados de esa disposición, concretamente el diseño del sistema de refacturación consagrado en los mismos.

En la práctica, estas Sentencias han anulado la capacidad de las Autoridades Portuarias de refacturar las liquidaciones anuladas, por lo que procede dar cumplimiento a las resoluciones firmes dictadas en los procedimientos relativos a las reclamaciones de la T-3, así como a proceder al pago de los intereses de demora por los ingresos considerados indebidos.

Dentro de Acreedores y otras cuentas a pagar se recoge el importe de 4.136.959,41 euros que corresponde a la contabilización del principal de estas obligaciones.

Información sobre los aplazamientos de pago efectuados a proveedores. Disposición adicional tercera. Deber de información de la Ley 15/2010, de 5 de julio.

Pagos realizados y pendientes de pago a 31-12-2010

 

2010

%

Dentro del plazo máximo legal

9.736.199,24

68,75

Resto

4.426.301,84

31,25

Total pagos del ejercicio

14.162.501,08

100

PMPE (días) de pagos

16,78

 

Aplazamientos que a la fecha de cierre sobrepasan el plazo máximo legal

513.102,42

 

J) Deudores, empresas del grupo.

El saldo, a 31 de diciembre de 2010, por este concepto es 9.679.469,27 euros.

Con fecha 27 de diciembre de 2010 se aprobó, por el Ministerio de Hacienda, el expediente de Modificación presupuestaria mediante el cual se produce una transferencia de crédito por un importe de 141,1 millones de euros con cargo a la sección 31 para atender el pago del principal más los intereses derivados de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones por tarifas portuarias practicadas por las Autoridades Portuarias.

En este bloque se ha asignado a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife un importe de 9.679.469,27 euros de los que 6.101.309,45 euros corresponden al pago del principal y el resto 3.578.159,82 euros, en concepto de intereses.

13) Provisiones y contingencias:

A) Provisiones del grupo 1.

Los saldos de las cuentas que componen las provisiones son:

Concepto

31/12/2010

Para impuestos (IBI)

1.184.724,34

Para retribuciones a L/P al personal

141.894,73

TOTALES

1.326.619,07

B) Provisión para riesgos.

La Autoridad Portuaria tiene constituidos tres avales con Caja Canarias por importes de 600.000,00 euros, para responder ante la «Sociedad Polígono Industrial de Granadilla, S.A.», por los daños que pudieran causarse a las infraestructuras de dicho Polígono, y por importes de 22.000,00 euros y de 21.250,00 euros, ante la Dirección General de Política Energética y Minas para retribución de la actividad de producción de energía mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, 25 de mayo, para dicha tecnología y un aval con La Caixa por importe de 282.159,85 euros ante el Ayuntamiento de Valverde de El Hierro, por la cantidad correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles liquidado sobre el Puerto Comercial de La Estaca, a los efectos de suspender el procedimiento recaudatorio de la liquidación del mencionado Impuesto de Bienes Inmuebles mientras dure la sustentación del recurso de reposición interpuesto.

C) Contingencias.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por Auto de 23 de febrero de 2009, suspendió la vigencia de la Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias de fecha 2 de febrero de 2009, en virtud de la cual se procede a la descatalogación de la población de cymodocea nodosa que se encuentra en el ámbito territorial de las obras del futuro Puerto de Granadilla.

Dicha descatalogación tuvo lugar al amparo de lo dispuesto en el Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que se creó el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias y la Orden de 13 de julio de 2005, por la que se determinan los criterios que han de regir la evaluación de especies de flora y fauna silvestres amenazadas.

De acuerdo con dichas normas, la cymodocea nodosa, en su conjunto como especie, estaba catalogada como especie de «interés especial» en atención a su importancia científica, cultural, ecológica o singularidad.

A la vista del Auto de 23 de febrero de 2009, la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife estimó la conveniencia de paralizar cautelarmente las obras, por lo que en fecha 26 de febrero de 2009 se suscribió Acta de Suspensión Temporal Total por un plazo de ocho (8) meses.

Posteriormente, en fechas 23 de octubre de 2009, 25 de enero de 2010 y 26 de abril de 2010, no habiendo variado las circunstancias que motivaron la decisión de la Autoridad Portuaria de paralizar cautelarmente las obras, se suscribieron una segunda, tercera y cuarta Actas de Suspensión Temporal Total, en todos los casos, por periodos respectivos de tres (3) meses.

El 9 de junio de 2010 se publicó en el «Boletín Oficial de Canarias» la Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo de Especies Protegidas. Dicha Ley –que entró en vigor al día siguiente (disposición final 2)– supone la derogación normativa del Decreto 151/2001 y de la Orden de 23 de julio de 2005.

En virtud de dicha norma, la cymodocea nodosa pasa a estar catalogada, en su conjunto y sin excepciones, como especie de «interés para los ecosistemas canarios» (Anexo III).

En base a lo expuesto, por considerar que la Orden de 2 de febrero de 2009 había perdido toda su virtualidad habida cuenta el cambio de régimen jurídico y de protección de la cymodocea nodosa, por resolución del Director de la Autoridad Portuaria, de fecha de 12 de julio de 2010, se dispuso la reanudación de las obras.

En el caso de las obras del Contradique, durante al año 2010 se realizaron labores de implantación (replanteo, instalaciones de obra, desbroce y movimientos de tierra).

En el caso de las obras de abrigo durante el año 2010 la implantación de las mismas se simultaneó con el acopio de materiales en la zona terrestre de obras.

14) Información sobre medio ambiente.

En la propia naturaleza de la actividad de la Autoridad Portuaria está la generación de infraestructura portuaria y la explotación de las mismas. Al acometer nuevas obras se han de realizar las consultas pertinentes sobre la necesidad de someter o no dichas obras al trámite ambiental aplicable según la legislación vigente. De estas consultas se derivan la realización de Estudios de Impacto Ambiental, en sus distintos tipos, y estudios complementarios al mismo, y los posteriores programas de vigilancia ambiental.

En lo relacionado con la explotación de la infraestructura portuaria resultan necesarias otra serie de actuaciones cuyo objetivo es también la protección del medio ambiente.

En el ejercicio 2010, la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife ha acometido la realización de varias acciones, tanto en infraestructuras como en explotación, relacionadas con la protección del medio ambiente, entre los que cabe destacar:

La Fundación Pública Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla se ha encargado de la vigilancia ambiental del proyecto de «Tercera fase del defensa del ensanche de la explanada de la Dársena de Pesca del Puerto de Santa Cruz de Tenerife». Durante 2010 se ha continuado el Programa de Vigilancia Ambiental de la de dicha obra, iniciado en 2004 y que tras la finalización de las obras en 2007, se ha centrado en el seguimiento del LIC ES7020120 «Sebadal de San Andrés».

Además se continúa con los Programas de Vigilancia Ambiental de dos obras con declaración de impacto ambiental:

«Nueva Base de Contenedores en la Dársena del Este del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, Fase II», iniciada en 2008.

«Prolongación del Dique del Puerto de San Sebastián de La Gomera» iniciada en 2009, finalizando el seguimiento de la fase de obras a finales de 2010.

En julio de 2010 se reanudan los trabajos correspondientes a «Obras de abrigo del puerto de Granadilla» y «Contradique del puerto de Granadilla» y con ello, la vigilancia ambiental de las mismas. Estas obras fueron el motivo fundacional del Observatorio Ambiental de Granadilla, que es quien realiza la vigilancia ambiental.

Por otro lado, durante el año 2010 se continúa con la tramitación de impacto ambiental iniciada en 2009 de los siguientes proyectos:

«Proyecto de ordenación del área funcional de Valleseco».

«Proyecto de mejora de la capacidad de las instalaciones de varada en la Dársena de Pesca en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife».

«Ensanche de explanada en la segunda alineación del dique sur del Puerto de Santa Cruz de Tenerife»

Asimismo, la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, dentro de su política ambiental, conjuntamente a las resoluciones y declaraciones de impacto ambiental emitidas por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, viene realizando la:

a) Redacción, y aplicación durante las obras, de un Programa de Vigilancia Ambiental con el mismo grado de control que obras de similares características y sometidas recientemente a tramitación reglada de Impacto Ambiental.

b) Incorporación en la documentación objeto de contratación las medidas correctoras que, con carácter general, la Autoridad Portuaria viene aplicando a obras marítimas de similares características.

En el desarrollo de la Declaración de Impacto Ambiental del Nuevo Puerto en el litoral de Polígono Industrial de Granadilla se ha realizado el Proyecto Piloto de Rehabilitación de Sebadales. Este proyecto, ya iniciado en el año 2004, consistía en un proyecto piloto para poder acometer con garantía de éxito todas aquellas iniciativas destinadas a minimizar los efectos negativos que sobre los sebadales se puedan producir con la construcción de la Dársena de Granadilla. Este proyecto ha continuado desde 2004 hasta 2009, en su fase de experimentación aportando nuevas técnicas con respecto a años anteriores (replantación mediante semillas, análisis de la variabilidad genética, etc.) y seguimiento de las experiencias realizadas. Esta fase ha concluido en 2010.

Asimismo, en cumplimiento del dictamen de la Comisión Europea, el 4 de abril de 2008 se ha constituido la Fundación Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla y fue inscrita en el registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Marino y Rural, el 14 de octubre de 2008.

Igualmente, en relación a la medida B.iii. Del Dictamen de la Comisión Europea sobre el proyecto del Nuevo Puerto de Granadilla, la «Campaña de avistamiento de la tortuga boba, Caretta caretta, en el LIC Sebadales del Sur» se inició en 2007, y una vez constituida la Fundación Observatorio Ambiental del Puerto de Granadilla en abril de 2008, la misma ha continuado con el Programa de Seguimiento para evaluar el estado de conservación de la población Caretta caretta en las islas Canarias, ya iniciado en el año 2008.

En el ámbito de la explotación del puerto:

En septiembre de 2009, la autoridad portuaria de santa cruz de tenerife contrata a la sociedad «Compañía General de Ingenieria y Sondeos, S.A.», para la realización de la asistencia técnica para asesoramiento, seguimiento y control analítico del subsuelo en seis emplazamientos del Puerto de Santa Cruz de Tenerife. Dicha compañía ha continuado los trabajos iniciados en 2009 de control y evaluación del subsuelo comprendido en el ámbito portuario, realizando revisiones y toma de muestras quincenales que han permitido un mejor conocimiento del estado del mismo así como el estudio de métodos de remediación más eficaces.

La autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en colaboración con empresas que operan en la zona de servicio portuario, supervisa en la actualidad las labores de descontaminación activas en diferentes emplazamientos. En dichos trabajos se emplean diferentes métodos como barreras hidráulicas, zanjas drenantes de recogida, etc. Hasta el momento el resultado de los trabajos es positivo tal y como se refleja en los resultados de los ensayos periódicos de control y se constata una disminución paulatina de los niveles de contaminación en el subsuelo.

El 12 de noviembre de 2009, la Autoridad Portuaria adjudica a la Empresa «Markleen Terra, S.L.», el suministro de medios de lucha contra la contaminación marina accidental en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife. Dicho suministro cuyo importe de adjudicación asciende 398.686,42 euros IGIC excluido, comprende la adquisición de numeroso material para hacer frente a los posibles derrames de productos contaminantes procedentes de buques, así como medios sofisticados para la recogida de estos. La Autoridad Portuaria se equipa además con medios fácil y rápidamente trasladables sobre remolque, pudiendo hacer frente a cualquier contingencia en el resto de Puertos de su competencia. Los equipos adquiridos permiten el cierre de cualquier dársena en el Puerto de Santa Cruz en un tiempo inferior a 5 minutos, garantizando la concentración y recogida de productos contaminantes en caso de vertidos accidentales, sin que se vea afectado el entorno próximo. Para ello, y durante el año 2010, se han llevado a cabo cursos de especialización y simulacros, para el personal implicado en el manejo de estos nuevos y modernos medios de lucha contra la contaminación marina.

Asimismo se ha contratado, dentro del servicio de limpieza, la recogida selectiva de residuos sólidos urbanos (papel y plástico), así como residuos peligrosos (pilas), en el ámbito de las oficinas portuarias. Este contrato está vigente desde 2007 hasta febrero de 2012.

En agosto de 2010, se otorgó licencia a la entidad «La Esponja del Teide, S.L.», para la prestación del servicio de recepción de desechos líquidos y sólidos generados por buques en los puertos de la Autoridad Portuaria.

En el ámbito de las dos actividades, la Autoridad Portuaria está realizando la Implantación de la Directiva Marco del agua y aplicando la r.o.m. 5.1-0.5. en este sentido durante el año 2006, se contrató la «asistencia tecnica para la realización de ensayos para el plan de vigilancia sistemático de la autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife», que ha sido desarrollada durante los años 2007, 2008 y 2009, culminando esta fase de ensayos de 2 años y medio con la selección de indicadores de calidad de las aguas portuarias. Este plan se ha redefinido en colaboración con el ICCM y el Observatorio Ambiental de Granadilla, y se prolongará hasta 2012, con la nueva selección de indicadores. A lo largo de 2010, el Observatorio Ambiental de Granadilla ha sido quien ha llevado a cabo esta labor.

En el ámbito del Área de planificación y urbanismo se ha iniciado la tramitación ambiental de los siguientes proyectos y planes:

En noviembre de 2010 se da por finalizado por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el procedimiento de evaluación ambiental del Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de Los Cristianos. Dicho comunicado se hace a partir de la solicitud de desistimiento realizada por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

En mayo de 2010, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite resolución por la que se decide no someter a evaluación ambiental el Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de San Sebastián de La Gomera, en respuesta a la consulta realizada por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

15) Retribuciones a largo plazo al personal.

La cuenta (643) recoge la aportación que, como promotor, la Autoridad Portuaria ha realizado al plan de pensiones que gestiona la empresa Puertos Pensiones, F.P. por importe de 107.073,04 euros.

En el ejercicio 1993, se dotó un provisión que según cálculo actuarial realizado, cubría la obligación en el abono de los complementos de pensión reconocidos a favor del personal pasivo del Montepío de Previsión Social para Empleados y Obreros de Puertos existente en 1 de mayo 1987, fecha en que dicho Montepío quedó integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, en aplicación del Real Decreto 2248/1985, de 20 de noviembre. En el ejercicio 2002 se procedió a la externalización efectiva del mismo.

El saldo, a 31 de diciembre de 2010, de esta provisión es de 141.894,73 euros.

16) Subvenciones, donaciones y legados.

A) Subvenciones de capital.

Los importes y variaciones experimentadas por las diversas partidas que componen las subvenciones recibidas de los distintos órganos para inversiones del inmovilizado, quedan detalladas en los cuadros que más abajo se insertan.

A.1) Devengo.

Subvenciones de capital (devengos)

 

Saldo

a 31-12-2009

AJ. contraído

año 2010

Contraído

año 2010

Saldo

a 31-12-2010

Feder M.C.A. 89/93

 

 

 

 

P.O.C. - Obras en Muelle Bufadero

193.525,89

 

0,00

193.525,89

P.o.c. - ampliación pto. La palma

4.113.344,71

 

0,00

4.113.344,71

REGIS I - Defensa D. Este y Tacón Buques Ro-Ro

1.473.720,90

 

0,00

1.473.720,90

P.o.i. Gomera - ampliación pto. S/s Gomera

3.419.952,77

 

0,00

3.419.952,77

Feder M.C.A. 94/99

 

 

 

 

P.o.c. - ampliación pto. S/s gomera

3.562.198,74

 

0,00

3.562.198,74

P.o.c. - vía servicio muelle norte/ bufadero

9.143.895,34

 

0,00

9.143.895,34

Regis ii-habilitación muelle la palma

1.794.808,46

 

0,00

1.794.808,46

Regis ii- vía servicio dique este/ dna. Pesquera

4.732.835,21

 

0,00

4.732.835,21

Feder M.C.A. 00/06

 

 

 

 

Defensa nueva explanada D. Pesca

832.365,93

 

0,00

832.365,93

Acondicionamiento infraestructura actual dique

1.744.452,69

 

0,00

1.744.452,69

Pantalán para Ferries M. Enlace

2.044.672,34

 

0,00

2.044.672,34

Tacón norte m. Bufadero

879.798,41

 

0,00

879.798,41

Def. Rellenos D. Este Quiebro 1 y 2 Esp

2.809.112,58

 

0,00

2.809.112,58

Acondicionamiento pavimento dique este

310.956,36

 

0,00

310.956,36

Atraque ro-ro dique cierre nueva d.

1.109.979,15

 

0,00

1.109.979,15

Mod. 1 acondicionamiento borde peatonal

420.265,62

 

0,00

420.265,62

Acondicionamiento del Pavimento e Inst. 2 Alinec

248.960,50

 

0,00

248.960,50

Acondicionamiento espaldón d. Susr

1.128.544,03

 

0,00

1.128.544,03

Pavimentación explanada anexa pant

481.321,22

 

0,00

481.321,22

Urbanización ensanche explanad. D. Pesca

1.091.491,79

 

0,00

1.091.491,79

Apertura bocana d. Los llanos d.

1.183.533,07

 

0,00

1.183.533,07

Defensa ensanche explanada d. Pesca 3f

5.461.060,91

 

0,00

5.461.060,91

Rampa Roll-on Roll-off Muelle Sur

956.099,43

 

0,00

956.099,43

Urb. Vía Interior y calle transversal 4 D. De Pesca

119.301,37

 

0,00

119.301,37

Abastecimiento m. Ribera dársena anaga

108.050,77

 

0,00

108.050,77

Nueva Base de Contenedores D. Este

8.230.764,60

 

0,00

8.230.764,60

Ampliación y prot. Explanada R. Hila

3.581.488,32

 

0,00

3.581.488,32

Nuevo tacón rampa fast-ferries

1.427.989,49

 

0,00

1.427.989,49

Acondicionamiento acceso Muelle Bufadero

80.412,26

 

0,00

80.412,26

Inst. Canalización servicio edif. P. Ciudad m. Norte

159.067,46

 

0,00

159.067,46

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca 2 fase

1.676.926,34

 

0,00

1.676.926,34

Comp.1 3f defensa ensanche expl.d.pesca

894.642,15

 

0,00

894.642,15

Complem. Nuevo tacón para fast-ferries La Palma

308.682,68

 

0,00

308.682,68

Reord. Accesos-plataf. E M L. Palma

453.128,67

 

0,00

453.128,67

Reforma y ampliac. Infraest. Elec. Puerto La Palma

245.842,78

 

0,00

245.842,78

Prolongación sur muelle ribera la palma

1.550.713,99

 

0,00

1.550.713,99

Ensanchamiento de la 3º Alineación Dique La Palma

3.193.861,61

 

0,00

3.193.861,61

Acceso Sur al Puerto La Palma

399.280,12

 

0,00

399.280,12

Obra Civil para Rampa Móvil

76.725,79

 

0,00

76.725,79

Instalación grupo electrógeno estación marítima

97.228,32

 

0,00

97.228,32

Adaptación estación marítima pto cristianos

76.820,01

 

0,00

76.820,01

Comp.2ª Fase Urbaniz. Ensanche Explanada

303.804,48

 

0,00

303.804,48

Acondicionamiento 2º Alineación Dique Exterior

124.175,44

 

0,00

124.175,44

Proyecto señalización Informativa Esquema Gral

128.346,06

 

0,00

128.346,06

Comp mod/. 1 nueva base contenedores

827.814,26

 

0,00

827.814,26

Feder M.C.A. 07/13

 

 

 

 

Nueva Base de Contenedores D. Este 2º fase

3.485.099,49

-931.693,63

625.267,09

3.178.672,95

Canalización del Desagüe Barranco Bufadero

1.413.237,82

-7.268,26

60.684,06

1.466.653,62

Acondicionamiento Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

146.507,84

-89.369,65

115.500,83

172.639,02

Adecuación Paisajística Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

74.852,48

-45.150,95

48.592,83

78.294,36

Rup 07/13

 

 

 

 

Ampliación Estación Marítima Puerto S/C la Palma

639.334,25

 

 

639.334,25

Instalación de energía fotovoltáica E. M. S/C la Palma

138.942,25

 

 

138.942,25

Ampliación estación marítima puerto s s gomera

150.373,25

 

559.633,00

710.006,25

Prolongación del Dique del Puerto SS Gomera

934.152,57

 

739.573,20

1.673.725,77

Feder POC 07/13

 

 

 

 

Infrae. Parcela DP. Fase I

 

 

50.000,00

50.000,00

Infrae. Parcela DP. Fase II

 

 

50.000,00

50.000,00

Fondos de cohesión

 

 

 

 

Ampliación del Puerto de la Estaca

21.114.914,12

 

0,00

21.114.914,12

Vía acceso al nuevo complejo Portuario

1.859.514,88

 

0,00

1.859.514,88

Feoga, ifop

 

 

 

 

Equipamiento pto. Pesquero la palma

55.395,38

 

0,00

55.395,38

Equipamiento pto. Pesquero la palma

111.168,36

 

0,00

111.168,36

Remodelación edf. Comercializacion d. Pesca

1.471.988,90

 

0,00

1.471.988,90

Otras subvenciones

 

 

 

 

D.g.telecomunicaciones - santa cruz 4 plus

320.724,10

 

0,00

320.724,10

Gobierno canarias - vía dique este/dna. Pesca

1.202.024,20

 

0,00

1.202.024,20

Subvención daños temporal 1999

4.192.118,53

 

0,00

4.192.118,53

Infopaxmac

555.165,50

 

0,00

555.165,50

Cruisatlan

63.067,14

 

0,00

63.067,14

Alermac

33.205,19

 

0,00

33.205,19

Tec-tripe

16.092,08

 

0,00

16.092,08

TOTALES

111.179.841,35

-1.073.482,49

2.249.251,01

112.355.609,87

A.2) Ajustes.

En este ejercicio se ha procedido a ajustar el importe devengado en –1.073.482,49 euros, en aplicación de lo señalado por la IGAE, en su Informe de 2 de noviembre de 2010, relativo a la operación comunitaria P8SC1A3003, que engloba las subvenciones a las obras incluidas en FEDER M.C.A. 07/13.

A.3) Amortización.

Con cargo a la cuenta (130) «Subvenciones oficiales de Capital» se ha realizado el siguiente asiento, por importe 3.773.487,63 euros, con abono a la cuenta (746) «Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio».

Subvenciones de capital (amortizaciones)

 

Saldo a 31-12-2009

Dotación año 2010

Acumulada 31-12-2010

Feder M.C.A. 89/93

 

 

 

P.O.C. - Obras en Muelle Bufadero

134.476,47

8.065,58

142.542,05

P.O.C - Ampliación Pto. La Palma

2.213.539,61

157.308,91

2.370.848,52

REGIS I - Defensa D. Este y Buques Ro-Ro

555.112,82

38.068,12

593.180,94

P.O.I. GOMERA - Ampliación Pto. S/S Gomera

1.748.482,46

122.396,12

1.870.878,58

Feder M.C.A. 94/99

 

 

 

P.O.C. - Ampliación Pto. S/S Gomera

1.821.271,03

127.492,70

1.948.763,73

P.O.C. - Vía Servicio Muelle Norte/ Bufadero

6.146.727,78

609.593,02

6.756.320,80

REGIS II - Habilitación Muelle La Palma

543.477,20

44.883,58

588.360,78

REGIS II - Vía Servicio Dique Este/ Dna. Pesquera

3.664.448,95

315.543,38

3.979.992,33

Feder M.C.A. 00/06

 

 

 

Defensa nueva explanada D. Pesca

181.792,54

20.013,84

201.806,38

Acondicionamiento Infraestructura Actual Dique

324.501,68

38.940,24

363.441,92

Pantalán para Ferries M. Enlace

532.786,07

65.911,68

598.697,75

Tacón Norte M. Bufadero

245.622,41

30.386,28

276.008,69

Def. Rellenos D. Este Quiebro 1 y 2 Esp

423.023,37

61.810,86

484.834,23

Acondicionamiento Pavimento Dique Este

169.932,97

20.709,69

190.642,66

Atraque Ro-Ro Dique Cierre Nueva D.

168.502,23

33.960,97

202.463,20

Mod. 1 Acondicionamiento Borde Peatonal

199.531,98

27.989,69

227.521,67

Acondicionamiento del Pavimento e Inst. 2 Alinec

127.240,37

16.580,77

143.821,14

Acondicionamiento Espaldón D. Susr

182.461,90

25.459,80

207.921,70

Pavimentación Explanada Anexa Pant

242.542,36

31.635,96

274.178,32

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca

361.764,00

60.294,00

422.058,00

Apertura Bocana D. Los Llanos D.

178.176,58

35.051,13

213.227,71

Defensa Ensanche Explanada D. Pesca 3F

132.561,94

109.221,22

241.783,16

Rampa Roll-on Roll-off Muelle Sur

116.500,05

23.902,49

140.402,54

Urb. Vía Interior y calle transversal 4 D. De Pesca

43.246,90

7.833,80

51.080,70

Abastecimiento M. Ribera Dársena Anaga

37.577,87

7.196,18

44.774,05

Nueva Base de Contenedores D. Este

306.374,02

274.084,46

580.458,48

Ampliación y prot. Explanada R. Hila

85.563,52

71.629,77

157.193,29

Nuevo Tacón Rampa Fast-Ferries

234.372,39

59.069,46

293.441,85

Acondicionamiento acceso Muelle Bufadero

20.922,96

5.355,46

26.278,42

Inst. Canalización Servicio Edif. P. Ciudad M. Norte

36.977,04

10.593,89

47.570,93

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca 2 fase

135.549,73

111.683,29

247.233,02

Comp.1 3F Defensa Ensanche Expl.D.Pesca

119.166,34

59.583,17

178.749,51

Complem. Nuevo tacón para fast-ferries La Palma

40.936,63

11.695,11

52.631,74

Reord. Accesos-plataf. E M L. Palma

61.281,86

30.107,29

91.389,15

Reforma y ampliac. Infraest. Elec. Puerto La Palma

25.464,36

14.455,56

39.919,92

Prolongación Sur Muelle Ribera La Palma

34.667,99

31.014,28

65.682,27

Ensanchamiento de la 3º Alineación Dique La Palma

118.885,36

106.355,59

225.240,95

Acceso Sur al Puerto La Palma

59.586,88

26.100,10

85.686,98

Obra Civil para Rampa Móvil

6.863,28

1.918,14

8.781,42

Instalación Grupo Electrógeno Estación Marítima

14.284,73

5.717,03

20.001,76

Adaptación Estación Marítima Pto Cristianos

4.486,71

2.189,37

6.676,08

Comp.2ª Fase Urbaniz. Ensanche Explanada

17.316,86

8.658,43

25.975,29

Acondicionamiento 2º Alineación Dique Exterior

14.818,82

8.270,08

23.088,90

Proyecto señalización Informativa Esquema Gral

22.679,41

12.834,61

35.514,02

Comp Mod. 1 Nueva Base Contenedores

47.991,57

42.516,54

90.508,11

Feder M.C.A. 07/13

 

 

 

Nueva Base de Contenedores D. Este 2º fase

0,00

0,00

0,00

Canalización del Desagüe Barranco Bufadero

0,00

0,00

0,00

Acondicionamiento Vía Litoral frente a Mª Jiménez

0,00

0,00

0,00

Adecuación Paisajística Vía Litoral frente a Mª Jiménez

0,00

0,00

0,00

RUP 07/13

 

 

 

Ampliación Estación Marítima Puerto S/C la Palma

0,00

15.425,47

15.425,47

Instalación de energía fotovoltáica E. M. S/C la Palma

0,00

0,00

0,00

Ampliación Estación Marítima Puerto S S Gomera

0,00

1.607,73

1.607,73

Prolongación del Dique del Puerto SS Gomera

0,00

0,00

0,00

Fondos de cohesión

 

 

 

Ampliación Puerto Estaca

1.221.196,67

450.496,61

1.671.693,28

Vía acceso al nuevo complejo Portuario

433.886,82

123.967,66

557.854,48

Feoga, IFOP

 

 

 

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

52.029,61

3.119,25

55.148,86

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

55.990,29

3.407,74

59.398,03

Remodelación Edf. Comercializacion D. Pesca

111.705,57

41.111,43

152.817,00

Otras Subvenciones

 

 

 

D.G.Telecomunicaciones - Santa Cruz 4 Plus

320.724,10

0,00

320.724,10

Gobierno Canarias - Vía Dique Este/Dna. Pesca

808.026,71

80.134,95

888.161,66

Subvención daño temporal

670.279,62

83.842,38

754.122,00

Infopaxmac

182.664,08

29.785,33

212.449,41

Alermac

9.487,30

2.371,80

11.859,10

Cruisatlan

22.795,85

4.135,63

26.931,48

Tec-Tripe

16.092,09

0,00

16.092,09

TOTALES

25.808.370,71

3.773.487,62

29.581.858,33

Detalle de los cobros con expresión de fechas y programas:

Subvenciones cobradas en el ejercicio 2010

Fecha

Programa

Euros

12/02/10

FEDER POC 07/13

100.000,00

17/08/10

FEDER 07/13

4.374.999,98

17/08/10

RUP 07/13

1.862.802,40

13/09/10

FEDER 07/13

49.999,95

13/09/10

RUP 07/13

88.611,45

Total

6.476.413,78

Cuadro resumen con expresión de programa, importe devengo, amortizado y neto:

Subvenciones de capital (netos)

 

Devengado

Amortizado

Diferencia

Feder M.C.A. 89/93

 

 

 

P.O.C. - Obras en Muelle Bufadero

193.525,89

142.542,05

50.983,84

P.O.C. - Ampliación Pto. La Palma

4.113.344,71

2.370.848,52

1.742.496,19

REGIS I- Defensa D. Este y Buques Ro-Ro

1.473.720,90

593.180,93

880.539,97

P.O.I. GOMERA- Ampliación Pto. S/S Gomera

3.419.952,77

1.870.878,58

1.549.074,19

Feder M.C.A. 94/99

 

 

 

P.O.C. - Ampliación Pto. S/S Gomera

3.562.198,74

1.948.763,73

1.613.435,01

P.O.C. - Vía Servicio Muelle Norte/ Bufadero

9.143.895,34

6.756.320,80

2.387.574,54

REGIS II-Habilitación Muelle La Palma

1.794.808,46

588.360,78

1.206.447,68

REGIS II- Vía Servicio Dique Este/ Dna. Pesquera

4.732.835,21

3.979.992,33

752.842,88

Feder M.C.A. 00/06

 

 

 

Defensa nueva explanada D. Pesca

832.365,93

201.806,38

630.559,55

Acondicionamiento Infraestructura Actual Dique

1.744.452,69

363.441,92

1.381.010,77

Pantalan para Ferries M. Enlace

2.044.672,34

598.697,75

1.445.974,59

Tancon Norte M. Bufadero

879.798,41

276.008,69

603.789,72

Def. Rellenos D. Este Quiebro 1 y 2 Esp

2.809.112,58

484.834,23

2.324.278,35

Acondicionamiento Pavimento Dique Este

310.956,36

190.642,66

120.313,70

Atraque Ro-Ro Dique Cierre Nueva D.

1.109.979,15

202.463,20

907.515,95

Mod. 1 Acondicionamiento Borde Peatonal

420.265,62

227.521,67

192.743,95

Acondicionamiento del Pavimento e Inst. 2 Alinec

248.960,50

143.821,14

105.139,36

Acondicionamiento Espaldon D. Susr

1.128.544,03

207.921,70

920.622,33

Pavimentación Explanada Anexa Pant

481.321,22

274.178,32

207.142,90

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca

1.091.491,79

422.058,00

669.433,79

Apertura Bocana D. Los Llanos D.

1.183.533,07

213.227,71

970.305,36

Defensa Ensanche Explanada D. Pesca 3F

5.461.060,91

241.783,16

5.219.277,75

Rampa Roll-on Roll-off Muelle Sur

956.099,43

140.402,54

815.696,89

Urb. Vía Interior y calle transversal 4 D. De Pesca

119.301,37

51.080,70

68.220,67

Abastecimiento M. Ribera Dársena Anaga

108.050,77

44.774,05

63.276,72

Nueva Base de Contenedores D. Este

8.230.764,60

580.458,48

7.650.306,12

Ampliación y prot. Explanada R. Hila

3.581.488,32

157.193,29

3.424.295,03

Nuevo Tacón Rampa Fast-Ferries

1.427.989,49

293.441,85

1.134.547,64

Acondicionamiento acceso Muelle Bufadero

80.412,26

26.278,42

54.133,84

Inst. Canalización Servicio Edif. P. Ciudad M. Norte

159.067,46

47.570,93

111.496,53

Urbanización Ensanche Explanad. D. Pesca 2 fase

1.676.926,34

247.233,02

1.429.693,32

Comp.1 3F Defensa Ensanche Expl.D.Pesca

894.642,15

178.749,51

715.892,64

Complem. Nuevo tacon para fast-ferries La Palma

308.682,68

52.631,74

256.050,94

Reord. Accestos-plataf. E M L. Palma

453.128,67

91.389,15

361.739,52

Reforma y ampliac. Infraest. Elec. Puerto La Palma

245.842,78

39.919,92

205.922,86

Prolongación Sur Muelle Ribera La Palma

1.550.713,99

65.682,27

1.485.031,72

Ensanchamiento de la 3º Alineación Dique La Palma

3.193.861,61

225.240,95

2.968.620,66

Acceso Sur al Puerto La Palma

399.280,12

85.686,98

313.593,14

Obra Civil para Rampa Móvil

76.725,79

8.781,42

67.944,37

Intalación Grupo Electrógeno Estación Marítima

97.228,32

20.001,76

77.226,56

Adaptación Estación Marítima Pto Cristianos

76.820,01

6.676,08

70.143,93

Comp.2ª Fase Urbaniz. Ensanche Explanada

303.804,48

25.975,29

277.829,19

Acondicionamiento 2º Alineación Dique Exterior

124.175,44

23.088,90

101.086,54

Proyecto señalización Informativa Esquema Gral.

128.346,06

35.514,02

92.832,04

Comp Mod. 1 Nueva Base Contenedores

827.814,26

90.508,11

737.306,15

Feder M.C.A. 07/13

 

 

 

Nueva Base de Contenedores D. Este 2º fase

3.178.672,95

0,00

3.178.672,95

Canalización del Desagüe Barranco Bufadero

1.466.653,62

0,00

1.466.653,62

Acondicionamiento Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

172.639,02

0,00

172.639,02

Adecuación Paisajística Vía Litoral frente a M.ª Jiménez

78.294,36

0,00

78.294,36

RUP 07/13

 

 

 

Ampliación Estación Marítima Puerto S/C la Palma

639.334,25

15.425,47

623.908,78

Instalación de energía fotovoltáica E. M. S/C la Palma

138.942,25

0,00

138.942,25

Ampliación Estación Marítima Puerto S S Gomera

710.006,25

1.607,73

708.398,52

Prolongación del Dique del Puerto SS Gomera

1.673.725,77

0,00

1.673.725,77

Feder POC 07/13

 

 

 

Infrae. Parcela DP. Fase I

50.000,00

 

50.000,00

Infrae. Parcela DP. Fase II

50.000,00

 

50.000,00

Fondos de cohesión

 

 

 

Ampliación del Puerto de la Estaca

21.114.914,12

1.671.693,28

19.443.220,84

Vía acceso al nuevo complejo Portuario

1.859.514,88

557.854,48

1.301.660,40

Feoga, Ifop

 

 

0

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

55.395,38

55.148,86

246,52

Equipamiento Pto. Pesquero La Palma

111.168,36

59.398,03

51.770,33

Remodelación Edf. Comercializacion D. Pesca

1.471.988,90

152.817,00

1.319.171,90

Otras Subvenciones

 

 

 

D.G.Telecomunicaciones- Santa Cruz 4 Plus

320.724,10

320.724,10

0,00

Gobierno Canarias- Vía Dique Este/Dna. Pesca

1.202.024,20

888.161,66

313.862,54

Subvención daños temporal 1999

4.192.118,53

754.122,00

3.437.996,53

Infopaxmac

555.165,50

212.449,41

342.716,09

Cruisatlan

63.067,14

26.931,48

36.135,66

Alermac

33.205,19

11.859,10

21.346,09

Tec-Tripe

16.092,08

16.092,08

0,00

TOTALES

112.355.609,87

29.581.858,31

82.773.751,56

B) Subvenciones de explotación.

El saldo de las cuentas (740) Subvenciones, donaciones y legados a la explotación y (747) Otras subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio, se detalla a continuación:

Concepto

Importe

Concierto de Navidad 2010

108.886,85

Proyecto Wavenergy

5.203,63

Bonificación cuota patronal por Formación Continua

25.671,22

Proyecto Gisport

4.326,00

Corrección cobros 2003

2.693,61

TOTAL

146.781,31

C) Administraciones Públicas, anticipos de subvenciones.

El saldo por este concepto a 31 de diciembre 2010 es de 1.438.875,00 €.

D) Donaciones y legados.

No se han producido ni donaciones ni legados en 2010.

17) Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas.

Al cierre del ejercicio de 2010, no hay activos no corrientes mantenidos para la venta ni se han producido operaciones interrumpidas.

18) Hechos posteriores al cierre.

Parque Marítimo.

En mayo de 2010 se recibió informe favorable de Puertos del Estado sobre la propuesta de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife de cesión de las acciones de su propiedad en el «Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.», a favor del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

En la sesión del 23 de diciembre de 2010, el Consejo de Administración examinó la propuesta relativa a la enajenación gratuita de las acciones de titularidad de la Autoridad Portuaria en la sociedad «Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.», a favor del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, y acordó proceder a la misma, acuerdo que se ha dado traslado a dicha corporación, poniendo ésta una serie de condiciones para su aceptación.

De cualquier forma, a lo largo del año 2011 se espera traspasar efectivamente nuestras participaciones al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife o a otra entidad pública.

Junta de Compensación del Núcleo Urbano La Salle-Ensanche Sur (Polígono CEPSA-DISA).

El 25 de enero de 2011 se celebró la Asamblea General de la Junta de Compensación del Núcleo Urbano «La Salle-Ensanche Sur» (Polígono CEPSA-DISA). En dicha Junta se informa sobre la finalización de las obras de urbanización del polígono, y, por tanto, se da por cumplidos los objetivos para los que se constituyó la Junta de Compensación.

Tras aprobar las cuentas, se acuerda iniciar los trámites para la disolución de la sociedad. Para ello, es preciso saldar las cuentas con los diferentes partícipes, y en lo que esta Autoridad se refiere, se desprende que debe procederse a un retorno de 785.034,27 euros, que, finalmente, implicará un ajuste en la partida de terrenos en nuestro balance, que esperamos se verificará a lo largo del ejercicio 2011.

Recurso Casación 7389/2005 Terminales Canarios, S.L.

El pasado 18 de marzo de 2011, y con escrito de entrada n.º 1639 en nuestra Autoridad Portuaria, nos han dado traslado de la Sentencia Firme dictada por el Tribunal Supremo desestimando el recurso de casación que, como última instancia, había interpuesto la entidad «Terminales Canarios, S.L.», en relación con las liquidaciones emitidas en su día en concepto de «Aplicación artículo 21 del Pliego de Condiciones diferencia por suministro de combustible a Buques inferior al mínimo establecido de 300.000 TN anuales correspondientes a los años 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999, las citadas liquidaciones suponen un total de 723.986,76 euros, sin contar los intereses de demora desde la fecha de vencimiento del plazo para el ingreso en periodo voluntario y la fecha en que se haga efectivo el pago.

Fondo para atender el pago del principal más intereses.

El pasado 21 de marzo de 2011 se recibió procedente de Puertos del Estado el libramiento del Fondo de 9.679.469,27 euros (6.101.309,45 euros y 3.578.159,82 euros) para atender al pago del principal más los intereses derivados de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones por tarifas portuarias.

19) Operaciones con partes vinculadas.

En el ejercicio 2010 no hay operaciones con partes vinculadas.

20) Otra información.

A) Los miembros del Consejo de Administración tienen asignadas dietas por asistencia a los Consejos de Administración. En el año 2010, el importe total de las dietas pagadas ha sido de 97.030,61 euros, de los que 9.742,03 euros corresponden a personal de la Autoridad Portuaria.

B) La distribución por sexos al término del ejercicio de los miembros del Consejo de Administración es el siguiente:

Distribución de los miembros del Consejo de Administración por sexo

Consejeros

2010

2009

V

H

V

H

20

4

20

4

C) No hay gastos de auditoría externas, por considerar suficiente la auditoría efectuada anualmente por la Intervención General de la Administración del Estado.

D) Origen y aplicación de Fondos.

21) Información segmentada.

Facturación neta año 2010

Puerto

P. Privados

Tarifas

P. Públicos

Tasas

Importe

Total

S/C. de Tenerife

1.463.507,32

25.393.194,90

26.856.702,22

Los Cristianos

40.178,83

2.380.102,08

2.420.280,91

S/C. de La Palma

176.774,00

2.831.689,70

3.008.463,70

SS. de La Gomera

184.073,48

2.055.639,57

2.239.713,05

Granadilla

0,00

0,00

0,00

La Estaca

34.810,03

297.772,35

332.582,38

Total Puertos

1.899.343,66

32.958.398,60

34.857.742,26

22) Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables

Las cuentas anuales de la Sociedad del ejercicio 2008 fueron las primeras elaboradas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Esta normativa supone, con respecto a las cuentas anuales de la Sociedad del ejercicio anterior:

○ Cambios en las políticas contables, criterios de valoración y forma de presentación de los estados financieros que forman parte de las cuentas anuales.

○ La incorporación a las cuentas anuales de dos nuevos estados financieros: el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo.

○ Un incremento significativo en la información facilitada en la memoria de las cuentas anuales.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid