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Documento BOE-A-2011-17828

Orden SPI/3047/2011, de 27 de octubre, por la que se clasifica la Fundación Grupo Develop y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 14 de noviembre de 2011, páginas 117527 a 117528 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-17828

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Grupo Develop resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Grupo Develop.

Fines: Los fines de interés general de la Fundación son:

1) Fomentar el desarrollo institucional de las organizaciones sociales que prestan servicios de asistencia e inclusión social y en políticas de igualdad. Apoyo a estas organizaciones y ayuda directa a personas usuarias de servicios sociales.

2) Favorecer la integración de aquellos colectivos con necesidades y problemas de integración social, mediante respuestas que tiendan a eliminar situaciones de desigualdad y discriminación, y mejorar la calidad de vida de las personas usuarias de los servicios sociales básicos y especializados.

3) Fomentar el conocimiento de las necesidades y expectativas de las entidades del tercer sector, especialmente aquellas que están trabajando las diferentes formas de integración y las políticas de igualdad.

4) Promocionar el debate, la reflexión, el intercambio de ideas y las experiencias sobre temas y prácticas de acción social, formas de discriminación y políticas de igualdad, en las personas adultas.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación radicará en la calle Canoa, número 9, de Madrid, CP 28042, y su ámbito de actuación será nacional.

Fundadores: Don Fructuoso de Castro de la Iglesia, doña Nuria Rodríguez Calleja y doña Rebeca Le More Rodríguez.

Dotación inicial: Treinta mil euros.

Desembolso inicial: Siete mil quinientos euros, aportados por la sociedad «Grupo Develop Consulting, S.L.».

Desembolso pendiente: Veintidós mil quinientos euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Madrid, don Francisco Javier Monedero San Martín, el 19 de mayo de 2011, con el número 1.821 de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, y siendo modificada por escritura otorgada ante el mismo notario, el 7 de octubre de 2011, con el número 3.291 de protocolo.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Fructuoso de Castro de la Iglesia.

Secretaria: Doña Nuria Rodríguez Calleja.

Vocal: Doña Rebeca Le More Rodríguez.

Asimismo, por acuerdo del Patronato, se confiere poder a favor de don Fructuoso de Castro de la Iglesia, doña Nuria Rodríguez Calleja y doña Rebeca Le More Rodríguez, en los términos que constan en la escritura.

Fundamentos de derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundacion Grupo Develop cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social y de promoción de la acción social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 28-1.648.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato, la aceptación de sus cargos y el otorgamiento de poderes, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 27 de octubre de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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