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Documento BOE-A-2011-17438

Resolución de 27 de julio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, SAU la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, "Morata de Tajuña-Cofrentes-La Eliana", en el tramo "Cofrentes - La Eliana", entre los apoyos 33 y 34 bis, en el término municipal de Chiva, en la provincia de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2011, páginas 115762 a 115763 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2011-17438

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Valencia, a instancia de Red Eléctrica de España, SAU, con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes n.º 177, solicitando la autorización administrativa de la modificación de la instalación arriba citada.

Resultando que la línea «Morata de Tajuña-La Eliana» fue autorizada y declarada, en concreto, de utilidad pública, por Resolución de la Dirección General de Energía y Combustibles del Ministerio de Industria de fecha 13 de febrero de 1971, aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía de fecha 30 de junio de 1983.

Resultando que con fecha 29 de diciembre de 1978 por Resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía se autoriza y declara, en concreto, de utilidad pública la línea de «Entrada y salida en la subestación de la central nuclear de Cofrentes de la línea Morata de Tajuña-La Eliana», aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución de fecha 5 de noviembre de 1979.

Resultando que de acuerdo con lo establecido en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, por la empresa PLODER, concesionaria del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, se ha solicitado a Red Eléctrica de España, SAU, la modificación de la citada línea eléctrica aérea a 400 kV, en el tramo Cofrentes-La Eliana, con motivo de las obras de construcción de la línea del tren de alta velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valencia-Murcia, en el tramo Cheste-Aldaya, siendo preciso realizar una modificación de la línea eléctrica con variación de la traza en el tramo comprendido entre los apoyos 33 y 34 bis, en el término municipal de Chiva (Valencia), con el fin de adecuar el cruzamiento que producirá la nueva infraestructura ferroviaria con la línea eléctrica citada.

Resultando que según consta en el expediente, el ADIF, mediante escrito de 10 de octubre de 2007 dirigido a Red Eléctrica de España, SAU muestra su conformidad en facilitar los permisos o autorizaciones para el establecimiento de servidumbre de paso de energía eléctrica con el alcance y los términos establecidos en los artículos 157 y 159 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, SAU ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 125 del citado Real Decreto 1955/2000, en el BOE de 3-12-2008 y en el BOPV de fecha 8-12-2008, no habiéndose presentado alegaciones durante el plazo reglamentario.

Resultando que por el Área de Industria y Energía se remite un ejemplar del proyecto solicitando informe y exposición en el tablón de anuncios al Ayuntamiento de Chiva a los efectos del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y de la ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, no presentándose oposición al proyecto.

Resultando que igualmente se envían ejemplares del proyecto a la Demarcación de Carreteras del Estado a los efectos del Real Decreto 1955/2000 y al Servicio Territorial de Planificación y Ordenación del Territorio de la Generalidad Valenciana a los efectos de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, no presentándose tampoco oposición al proyecto de modificación.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Red Eléctrica de España, SAU, la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, «Morata de Tajuña-Cofrentes-La Eliana», en el tramo «Cofrentes-La Eliana», entre los apoyos 33 y 34 bis, en el término municipal de Chiva, en la provincia de Valencia, que consiste básicamente en:

Instalación de un nuevo apoyo n.º 34 bis, a 225,46 m del actual, sobre la misma traza de la línea en dirección al apoyo n.º 35.

Instalación de un nuevo apoyo n.º 34, a 245 m del 34 bis, fuera de la traza existente.

Instalación de un nuevo apoyo n.º 33 en la traza actual, desplazado 31,10 m del existente en dirección al 34 bis.

Desmontar los apoyos n.º 33 y 34.

Características técnicas:

Conductores: de Al-Ac de 547,3 mm2 de sección, dúplex.

Cables de tierra: dos, uno de alumoweld de 58,56 mm2 de sección, y otro compuesto con fibra óptica de 119 mm2 de sección.

Apoyo: Metálicos, constituidos por perfiles de angulares de alas iguales.

Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio.

Cimentaciones: Independientes para cada pata del apoyo, constituidas por macizos de hormigón en masa.

Puestas a tierra: Todos los apoyos irán puestos a tierra mediante anillos de cable de cobre de 50 mm2 de sección.

Longitud de la modificación: 723 m.

La finalidad de la modificación de la línea es compatibilizar su trazado con el del tren de alta velocidad «Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Murcia» en condiciones reglamentarias.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 27 de julio de 2011.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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