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Documento BOE-A-2011-16568

Orden EDU/2843/2011, de 5 de octubre, por la que se amplía la Orden EDU/2601/2011, de 13 de septiembre, que autorizó la implantación y supresión de enseñanzas en centros públicos de educación secundaria de Ceuta y Melilla para el curso 2011/2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 2011, páginas 110286 a 110287 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-16568

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EDU/2601/2011, de 13 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), se autorizó la implantación y supresión de enseñanzas en centros públicos de educación secundaria de Ceuta y Melilla para el curso 2011/2012.

Posteriormente las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla realizan nuevas propuestas de implantación de Ciclos Formativos de Formación Profesional en la Modalidad de Educación a Distancia y de Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño para el citado curso 2011/2012, regulados en el Título I, capítulos V y VI, respectivamente, de la Ley 2/2006 de 3 de mayo, de Educación.

Vistos los informes favorables de la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional y de la Subdirección General de Ordenación Académica.

Procede, por lo tanto, completar las autorizaciones contenidas en la mencionada Orden EDU/2601/2011, de 13 de septiembre.

En virtud de lo expuesto este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Se autoriza la implantación de los Ciclos Formativos de Formación Profesional en la modalidad de Educación a Distancia en los centros relacionados en el Anexo I a partir del curso 2011/2012.

Segundo.

Se autoriza la implantación del Ciclo Formativo de Artes Plásticas y Diseño en el centro relacionado en el Anexo II a partir del curso 2011/2012.

Tercero.

No podrán implantarse en los centros más enseñanzas que las autorizadas por esta Orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.dos del Reglamento de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero. Los Directores Provinciales de Ceuta y Melilla velarán por el cumplimiento de esta norma.

Cuarto.

Se autoriza a la Subsecretaría y a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del Departamento para dictar las Instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que exijan la implantación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.

Madrid, 5 de octubre de 2011.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ANEXO I
Centros Públicos de Educación Secundaria que iniciarán en el curso 2011/2012 la implantación de Ciclos Formativos de Formación Profesional en la Modalidad de Educación a Distancia

Provincia/Centro/Código de Centro

Familia Profesional

Nivel

Nombre del Ciclo Formativo

Ceuta

IES «Almina»/51000304.

Sanidad.

CFGM

Emergencias Sanitarias.

Melilla

IES «Reina Victoria Eugenia»/52000403.

Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

CFGS

Educación Infantil.

ANEXO II
Centro Público de Artes Plásticas y Diseño que iniciará en el curso 2011/2012 la implantación de Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño

Provincia/Centro/Código de Centro

Familia Profesional

Nivel

Nombre del Ciclo Formativo

Melilla

Escuela de Arte «Miguel. E. Marmolejo Fernández»/52000373.

Diseño de Interiores.

CFGS

Amueblamiento.

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